ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 7 DE FEBRERO DE 2025 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: Dª Eloy Martín Barreto Sres./ras. Tenientes de Alcalde: Don Pablo Omar Hernández Concepción Doña Irinova Hernández Toledo Doña Teresa de Jesús Hernández Díaz Don Gustavo Jesús Concepción Rodríguez AUSENCIAS JUSTIFICADAS: Doña Irinova Hernández Toledo Sra. Secretaria: Doña María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso, siendo las nueve horas, del día 7 de febrero de 2025, se reúne, en el Salón de Plenos, la Junta de Gobierno Local, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde y concurriendo los Señores y Señoras Tenientes de Alcalde que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión ordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 419, de fecha 6 de febrero de 2025. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaria la válida constitución de la Junta de Gobierno Local, dado que se cumple el quórum legal para su celebración, la Presidencia abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Lectura y aprobación si procede, de actas precedentes. 1.1. Aprobación del acta de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de enero de 2025. (Expediente nº 2025/298). Se da cuenta del borrador del acta resultante de la sesión celebrada el 24 de enero de 2025, que previamente fue remitida a los miembros de la Junta, y estando todos los miembros presentes conformes, es aprobada por unanimidad y sin reparos. SEGUNDO. Rehabilitación y acondicionamiento del Teatro Monterrey. (Expediente nº 2024/5332). Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe jurídico, de fecha de 28 de enero de 2025, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: Visto expediente relativo a necesidad de proceder a la adjudicación por procedimiento abierto simplificado, de la contratación de la obra “REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL TEATRO MONTERREY”, para el Ayuntamiento de El Paso, según Memoria Justificativa, se emite presente INFORME-PROPUESTA en base a los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Mediante Memoria de fecha 15 de enero de 2025 se justifica la necesidad de proceder a la contratación de las obras para la ejecución del Proyecto redactado por los Servicios Técnicos Municipales y aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada con fecha 11 de octubre de 2024. Con fecha 24 de enero de 2025, la Junta de Gobierno Local toma en consideración las modificaciones introducidas al Proyecto derivadas de los condicionantes recogidos en la Resolución nº 2024/9448, de fecha 17/09/2024, del Consejero de Cultura y Patrimonio Histórico del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, conforme Dictamen favorable emitido por la Comisión Insular de Patrimonio Cultural. Vista las características del contrato, se presente adjudicar por PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO. SEGUNDO. Atendiendo a la naturaleza y objeto de este contrato, no se propone su división en lotes según lo previsto en el artículo 99.33 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, pues la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificulta la correcta ejecución del mismo atendiendo a su consideración como unidad funcional. TERCERO. Por la Intervención Municipal, se ha emitido informe con fecha 20 de enero de 2025, sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente, a los efectos de determinar el órgano competente para contratar. Asimismo, por la Intervención Municipal se ha efectuado la retención de crédito que acredita que existe crédito suficiente y adecuado en la aplicación presupuestaria 3330.63200 (Edificios y otras construcciones. Equipamientos culturales y museos), del Estado de Gastos del Presupuesto de esta Entidad, asignado al Proyecto de Gastos 23.2.82 (Rehabilitación Teatro Monterrey), por los siguientes importes: ✓ Presupuesto neto de licitación: 1.253.928,96 €. ✓ En concepto de IGIC (7,0%): 87.775,03 €. ✓ Total: 1.341.703,99 €. CUARTO. Con fecha 20 de enero de 2025 se emitió Informe por los Servicios Jurídicos sobre la Legislación aplicable, el procedimiento a seguir y el órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. QUINTO.- Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada con fecha 24 de enero de 2025, se acuerda iniciar el expediente para la contratación de la obra “REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL TEATRO MONTERREY”, al tiempo que se ordenaba la redacción de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, que han de regir el contrato y el proceso de adjudicación. SEXTO.- Con fecha 27 de enero de 2025, se han incorporado al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) que han de regir la adjudicación del contrato. LEGISLACIÓN APLICABLE I.- Legislación aplicable.- La Legislación aplicable al asunto es la siguiente: —Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. — El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. — El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (Artículos vigentes tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo). II.- Competencias en materia de contratación en las Entidades Locales. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, “Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades Locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales, cuando su valor estimado no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada”. Por el contrario, dispone su párrafo 2º, “Corresponden al Pleno las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos mencionados en el apartado anterior que celebre la Entidad Local, cuando por su valor o duración no correspondan al Alcalde o Presidente de la Entidad Local, conforme al apartado anterior. Asimismo, corresponde al Pleno la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas generales a los que se refiere el artículo 121 de esta Ley”. Del informe emitido por la Intervención Municipal que consta en el expediente se desprende que, “…el 10% de los recursos ordinarios por operaciones corrientes deducidos del Presupuesto vigente asciende a la cantidad de 1.007.213,95 €. Atendiendo a lo anterior, el valor estimado del contrato supera el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, por lo cual el órgano de contratación será el Pleno, salvo que tal competencias esté específicamente atribuida a otro órgano por una norma jurídica, como es el caso del Ayuntamiento de El Paso, que en Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de junio de 2023 adoptó el acuerdo de delegar en la Junta de Gobierno Local una serie de atribuciones, entre las que se encuentra la aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión. Los acuerdos de la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de sus competencias delegadas por el Ayuntamiento en Pleno, deberán ir precedidas de la emisión de Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente, salvo por razones de urgencia, en cuyo caso deberá darse cuenta a la Comisión Informativa en la primera sesión que ésta celebre. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Alcalde de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la que suscribe eleva la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento abierto simplificado, del CONTRATO DE OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL TEATRO MONTERREY”, redactado por los Servicios Técnicos Municipales, con un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS TRES EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (1.341.703,99 €), de los cuales OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON TRÉS CÉNTIMOS (87.775,03 €), corresponden al 7% de IGIC, convocando su licitación. SEGUNDO. Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria 3330.63200 (Edificios y otras construcciones. Equipamientos culturales y museos), del Estado de Gastos del Presupuesto de esta Entidad, asignado al Proyecto de Gastos 23.2.82. TERCERO. Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato. CUARTO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. QUINTO.- Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas. SEXTO.- Designar a los miembros de la mesa de contratación y publicar su composición en el perfil de contratante: ➢ D. David González González, que actuará como Presidente de la Mesa (Concejal de Obras). ➢ Dª. María Carmen Camacho Lorenzo, Vocal (Secretaria de la Corporación). ➢ D. Alejandro Haddad Hernández, Vocal (Arquitecto Municipal) ➢ Dª. Mariela Rodríguez Calero, Vocal (Interventor). ➢ D. Eusebio Barreto Martín, Vocal (Asesor jurídico). ➢ Dª. Patricia Taño Rodríguez, que actuará como Secretaria de la Mesa (Funcionaria). SÉPTIMO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.4 d) en su nueva redacción dada por la disposición final séptima de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia («B.O.E.» 19 septiembre), la apertura de los sobres o archivos electrónicos conteniendo la proposición se hará por la Mesa de Contratación por el orden que proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 en función del método aplicable para valorar los criterios de adjudicación establecidos en los pliegos. Es todo cuanto cúmpleme informar, no obstante, el órgano competente resolverá lo que estime procedente conforme a derecho.” Asimismo se da cuenta de que la propuesta transcrita fue dictaminada favorablemente por la Comisión informativa de Urbanismo, Obras, Servicios Públicos y Seguridad en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el 4 de febrero de 2025. Sin producirse intervenciones y sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno en uso de las competencias delegadas por el Pleno y por unanimidad, adopta el acuerdo que seguidamente se transcribe, sirviendo de motivación al mismo los informes transcritos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento abierto simplificado, del CONTRATO DE OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL TEATRO MONTERREY”, redactado por los Servicios Técnicos Municipales, con un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS TRES EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (1.341.703,99 €), de los cuales OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON TRÉS CÉNTIMOS (87.775,03 €), corresponden al 7% de IGIC, convocando su licitación. SEGUNDO. Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria 3330.63200 (Edificios y otras construcciones. Equipamientos culturales y museos), del Estado de Gastos del Presupuesto de esta Entidad, asignado al Proyecto de Gastos 23.2.82. TERCERO. Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato. CUARTO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. QUINTO.- Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas. SEXTO.- Designar a los miembros de la mesa de contratación y publicar su composición en el perfil de contratante: ➢ D. David González González, que actuará como Presidente de la Mesa (Concejal de Obras). ➢ Dª. María Carmen Camacho Lorenzo, Vocal (Secretaria de la Corporación). ➢ D. Alejandro Haddad Hernández, Vocal (Arquitecto Municipal) ➢ Dª. Mariela Rodríguez Calero, Vocal (Interventor). ➢ D. Eusebio Barreto Martín, Vocal (Asesor jurídico). ➢ Dª. Patricia Taño Rodríguez, que actuará como Secretaria de la Mesa (Funcionaria). SÉPTIMO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.4 d) en su nueva redacción dada por la disposición final séptima de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia («B.O.E.» 19 septiembre), la apertura de los sobres o archivos electrónicos conteniendo la proposición se hará por la Mesa de Contratación por el orden que proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 en función del método aplicable para valorar los criterios de adjudicación establecidos en los pliegos. TERCERO. Asuntos de urgencia. No se plantean. CUARTO. Ruegos y preguntas. No se formulan. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el Sr. Presidente levanta la sesión siendo las nueve horas y diez minutos, de lo cual como Secretaria doy fe.