ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA Y URGENTE CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA CIUDAD DE EL PASO EL DÍA 13 DE MARZO DE 2024. ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: Dº Eloy Martín Barreto CONCEJALES: Grupo Municipal Coalición Canaria Dª Pablo Omar Hernández Concepción Dª Irinova Hernández Toledo Dª Teresa de Jesús Hernández Díaz Dº Gustavo Jesús Concepción Rodríguez Dª Amanda Díaz Pérez Dª Isabel García Iglesias Dº David González González Dª Yaitzha Crisbert González Rondón Grupo Municipal Mixto Dº Bryan Martín Guerra (PSOE) Dª María Nayra Castro Pérez(Partido Popular) AUSENCIAS JUSTIFICADAS: Dª Isabel Rodríguez Hernández(Grupo Mixto-PSOE) AUSENCIAS NO JUSTIFICADAS: Dª Ángeles Nieves Fernández Acosta SECRETARIA: Dª María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso y en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, siendo las dieciocho horas del día trece de marzo de 2024, se reúne el Pleno de la Corporación Municipal, bajo la Presidencia del Alcalde titular, Don Eloy Martín Barreto y con la asistencia de los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión extraordinaria y urgente, en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 1086 de fecha 12 de marzo de 2024. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Ver firma Ver firma Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 1/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Ver sello A efectos de votación, se hace constar que la Corporación está integrada por trece miembros de hecho y de derecho, incluido el Alcalde presidente. Válidamente constituida y abierta la sesión por la Presidencia, seguidamente se entra a conocer los asuntos incluidos en el Orden del Día: A) PARTE DECISORIA PRIMERO.- Pronunciamiento del Pleno sobre la urgencia de la convocatoria. Por el Sr. Alcalde Presidente se motiva la urgencia de la convocatoria en la necesidad de aprobar el Presupuesto municipal para este ejercicio y poder comenzar con su ejecución. No teniendo lugar intervención alguna, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica mayoría absoluta legal, aprecia la urgencia de la convocatoria y posibilita su celebración. VOTACIÓN: Número de votantes: 10 Escrutinio de la votación: Aprobada la urgencia por unanimidad de todos los presentes. Acceso a la votación en el siguiente enlace: https://elpaso.seneca.tv/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMz ljNDdmMTE5NDBh&start=77 Apreciada la urgencia de la sesión, se procede al debate y votación de los asuntos incluidos en la presente sesión plenaria. SEGUNDO. Toma de posesión de Doña Isabel García Iglesias como Concejala del Ayuntamiento de El Paso. (Expediente nº 2024/257). Por la Presidencia se concede el uso de la palabra a la Sra. Secretaria que da cuenta del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación en la sesión celebrada el día 25 de enero de 2024 por la que se tomó conocimiento de la renuncia voluntaria de Don Jonay Pérez González al cargo de concejal de este Ayuntamiento. Continua señalando que seguidamente se solicitó a la Junta Electoral Central que le fueran enviadas las credenciales de Doña Isabel García Iglesias, siguiente en Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 2/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 la lista de candidatos presentada por el partido Coalición canaria en las elecciones municipales celebradas el 28 de mayo de 2023. Visto que la Junta Electoral Central ha remitido la credencial de Dª Isabel García Iglesias, siguiente en la lista de la misma candidatura del último proceso electoral. Visto asimismo que Dª Isabel García Iglesias ha presentado la declaración de bienes patrimoniales y la declaración sobre causas de incompatibilidad y actividades ejercidas para su inscripción en los Registros de intereses de los miembros de esta Corporación. Finalmente señala que, llegados a este punto, procede que la Sra. concejal sustituta preste juramento o promesa mediante la formula contemplada en el artículo 1º del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, que regula la fórmula para la toma de posesión de cargos o funciones públicas. Tras haber prestado promesa, el Sr. Alcalde le expresa que queda posesionada en el citado cargo y en el ejercicio de sus derechos y asunción de las obligaciones inherentes al mismo. Se abre por la Presidencia un turno de intervenciones de los distintos portavoces municipales. Interviene la Sra. Castro Pérez para dar la bienvenida a la nueva Concejal, y manifestar su deseo de que desempeñe el cargo con orgullo, objetividad y responsabilidad, que es lo que se espera de todos los miembros del grupo de gobierno. A continuación, interviene el Sr. Martín Guerra para dar también la bienvenida a la nueva Concejala, desearle suerte y exigirle el compromiso y la responsabilidad que el cargo y los ciudadanos de este Municipio se merecen. Interviene, finalmente, el Sr. Hernández Concepción para dar la bienvenida a la Sra. García Iglesias, mostrar la satisfacción del grupo de gobierno por esta nueva incorporación, destacar los valores personales de la nueva Concejala y ofrecerle apoyo para el desempeño de sus funciones. Concluye el Sr. Hernández Concepción resaltando el carácter especial de un día como el de hoy y deseándole éxito en el ejercicio de su cargo. Acceso a las intervenciones en el siguiente enlace: https://elpaso.seneca.tv/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMzljNDdm MTE5NDBh&start=86 Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 3/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Concluidas las intervenciones, el Pleno queda enterado. TERCERO. Aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento de El Paso para el ejercicio económico 2024 junto con sus bases de ejecución, así como la aprobación de la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento para el ejercicio 2024 y la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones (Expediente nº 2024/720). Antes de entrar en el debate y votación del asunto, por la Presidencia se da cuenta de sendos errores materiales que se contienen el certificado del dictamen emitido por la Comisión de Hacienda sobre este asunto, del que se dio traslado con la convocatoria y; que afectan, concretamente, a la transcripción de fechas y a la omisión del resultado de la votación. Dando por subsanados los mencionados errores, el Sr. Presidente abre el turno de intervenciones, concediendo la palabra a la Sra. Concejal de Hacienda, Sra. Hernández Toledo. Interviene la Sra. Hernández Toledo para destacar tanto la importancia de este Pleno como la trascendencia del documento, que hoy se trae para su estudio y debate, e indicando cuáles son las líneas maestras y objetivos del Presupuesto municipal para este año. Continúa la Sra. Concejal mostrando, en nombre de todo el equipo de gobierno, el agradecimiento a todos los que han participado en la elaboración del proyecto del Presupuesto para este ejercicio. Seguidamente entra a desglosar en detalle la estructura y el contenido de los distintos capítulos, tanto del presupuesto de ingresos como el de gastos. Terminada la exposición del proyecto de presupuesto, por la Sra. Hernández Díaz se pasa a dar cuenta de las enmiendas al Presupuesto presentadas por la Sra. Castro Pérez, señalando los motivos por los que no han sido atendidas, para finalizar mostrando la predisposición a que en las modificaciones presupuestarias que se produzcan a lo largo del ejercicio se puedan recoger las iniciativas de todos los miembros de la Corporación así como recordando el compromiso de dotar a esta Entidad de una norma que regule el procedimiento de aprobación del Prepuesto municipal. Toma la palabra la Sra. Castro Pérez para poner en valor su trabajo en este expediente como para defender el contenido de las enmiendas que ha presentado, para continuar agradeciendo que se hayan recogido parcialmente algunas de esas enmiendas Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 4/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Continua la Sra. Castro Pérez señalando que su exposición se basa en los datos que le han trasladados, poniendo a disposición de todos los interesados el documento que le ha sido facilitado y señalando que, por su parte, no se tergiversan datos, recordando su forma de hacer política en el Cabildo Insular. Por la Sra. Castro Pérez se pasa a detallar el contenido de determinadas partidas de gastos del Presupuesto, como turismo, fiestas, publicidad, propaganda, reuniones, conferencias, deportes, préstamos bancarios…cuestionando por excesiva la cantidad destinada a turismo, cuestionando si se conoce la repercusión y el retorno de inversión que para este Municipio supusieron dos subvenciones nominativas contempladas en el Presupuesto del pasado ejercicio. Continúa indicando cuáles entiende que son las necesidades y expectativas de los ciudadanos de este Municipio, pidiendo una política más austera y con más inversión en el Municipio, para seguir detallando el contenido y la finalidad de las enmiendas que ha presentado. Prosigue cuestionando el nulo o escaso apoyo económico a deportistas de varias modalidades deportivas de este Municipio, en contraposición al que se presta a Entidades o deportistas de otros Municipios, reiterando la solicitud de que se elaboren unas bases para el otorgamiento en el ámbito deportivo de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. Plantea, asimismo, que se contemple el otorgamiento de determinadas subvenciones nominadas para varios deportistas del Municipio así como la cantidad necesaria para la adquisición de un motor para ayudar a la Iglesia en procesiones de los pasos en Semana Santa. Finaliza la Sra. Castro Pérez destacando que este presupuesto endeudará al Ayuntamiento al tiempo que reducirá el gasto en inversión y obras, solicitando que sean atendidas todas sus enmiendas, detallando nuevamente diversos aspectos relativos al contenido, el alcance y la forma en que fueron presentadas. Interviene nuevamente la Sra. Concejal de Hacienda para analizar las enmiendas presentadas por la Sra. Castro Pérez y detallar las razones y causas por las qué entiende que no pueden ser atendidas. Por la Presidencia tras hacer una puntualización sobre un dato aportado por la Sra. Hernández Toledo sobre el plazo de ejecución del nuevo Mercadillo municipal, se concede la palabra al Sr. Hernández Concepción. Comienza, el Sr. Hernández Concepción su intervención, mostrando su preocupación por las afirmaciones que como concejala ha hecho sobre la inversión en obra pública en este Municipio, pues omite hablar de la financiación externa que Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 5/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 para inversión se ha conseguido y parece que desconoce la importancia de contemplar partidas para gastos que cubran los desplazamientos y reuniones necesarias para obtener financiación externa. Continua el Sr. Hernández Concepción manifestando su extrañeza por la mención que la Sra. Castro Pérez ha hecho en esta sesión de algunos deportistas concretos, olvidando nombrar a otros que también necesitan ayuda económica y que han logrado importantes resultandos, en otras disciplinas deportivas en el ámbito nacional. Se detalla, por el Sr. Hernández Concepción, las vías que se han elegido, hasta que se elaboren las bases, para ayudar a las Entidades y deportistas del Municipio y las áreas desde que la se afrontarán esos gastos, entre ellas desde la de Turismo. Invita a la Sra. Castro Pérez a participar en todas las reuniones a las que se la invita para conocer la realidad municipal y que no limite su participación a la asistencia a los Plenos y a las Comisiones informativas de las que es miembro, señalando que entiende que la postura de la Sra. Castro Pérez responde a fines electoralistas, para concluir dando explicaciones sobre la finalidad de las subvenciones concedidas al Club Deportivo Mensajero y al Team Concepción. Por la Presidencia se detallan las cantidades que se van a destinar a obras en este Municipio. Toma la palabra la Sra. Castro Pérez para manifestar que entiende que es una falta de respeto las afirmaciones que se hacen sobre su desconocimiento del contenido del Presupuesto. Continua la Sra. Castro Pérez señalando que sus enmiendas tienen cabida en el Presupuesto y que les ha propuesto en varias ocasiones negociar las formas de financiarlas, que no se ha negado a asistir a ninguna reunión y que sólo ha manifestado que el Presupuesto se tiene que debatir y estudiar en las Comisiones convocadas de acuerdo a la normativa, detallando lo que ha sucedido hasta el día de hoy respecto a este extremo. Por la Sra. Castro Pérez se vuelve a explicar detalladamente las razones que justifican las enmiendas que ha presentado, para señalar que no se pueden dar subvenciones ni contratos a dedo, insistiendo en la necesidad de aprobar unas bases y de ayudar económicamente a los ciclistas con subvenciones nominativas no con contratos de patrocinio puesto que estos últimos requieren de una tramitación más compleja. Interviene el Sr. Hernández Concepción para manifestar los motivos por los que, en determinados supuestos, se ha optado por la figura del contrato de patrocinio frente a la subvención nominativa. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 6/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Toma la palabra el Sr. Martín Guerra para reconocer el esfuerzo de la Concejalía de Hacienda y de todos los que han intervenido en la elaboración del Presupuesto, así como para agradecer que se hayan contemplado algunas de las propuestas formuladas por los concejales del Partido Socialista. Continúa el Sr. Martín Guerra pidiendo explicaciones sobre el pasivo financiero. Toma la palabra la Sra. Hernández Toledo para explicar que dado que se cumplen los requisitos legales para ello y vista la necesidad de afrontar a corto plazo una serie de inversiones que detalla, se prevé concertar una operación de crédito para su financiación. Concluye el Sr. Martín Guerra solicitando que por el grupo de gobierno se intente dar acogida, en la medida de lo posible, a todas aquellas iniciativas que se han propuesto en esta sesión, en aras de conseguir un Presupuesto con el mayor consenso posible. Finalmente interviene el Sr. Presidente para hacer diversas consideraciones sobre el contenido del Proyecto de Presupuesto que se trae a este Pleno. Acceso a las intervenciones en el siguiente enlace: https://elpaso.seneca.tv/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMzljNDdm MTE5NDBh&start=429 Concluido el debate y sometido el asunto a votación, el Pleno, con los (9) votos a favor de Dª Eloy Martín Barreto (CCA), Dº Pablo Omar Hernández Concepción (CCA), Dª Irinova Hernández Toledo (CCA), Dª Teresa de Jesús Hernández Díaz(CCA), Dº Gustavo Jesús Concepción Rodríguez (CCA), Dª Amanda Díaz Pérez (CCA), Dº Isabel García Iglesias (CCA), Dº David González González (CCA) y Dº Yaitzha Crisbert González Rondón (CCA), y las abstenciones (2) de Don Bryan Martín Guerra (Grupo Mixto-PSOE) y Dª María Nayra Castro Pérez (Grupo Mixto-PP), acuerda: Primero.- Aprobar inicialmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de El Paso para el ejercicio económico 2024, junto con sus Bases de ejecución. Segundo.- Aprobar la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de El Paso para el ejercicio 2024 que al Presupuesto se acompaña. Tercero.- Aprobar el Plan estratégico de subvenciones para el ejercicio 2024. Cuarto.- Que el Presupuesto así aprobado se expongan al público por un plazo de quince días hábiles, previo anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de la Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 7/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Provincia de S/C de Tenerife y en el Tablón de anuncios de la Corporación, a efectos de reclamaciones. Quinto.- A tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1º del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales deberá de estar a disposición de los ciudadanos de este Ayuntamiento y de cualquier persona con interés, conforme a la legislación vigente, para reclamar durante quince días en los servicios municipales de Intervención. Transcurridos los cuales y en caso de no presentarse alegaciones se entenderá definitivamente aprobado conforme el artículo 169.1º del referido Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sexto.- Considerar elevados a definitivos estos acuerdos en el caso de que no se presente ninguna reclamación. Séptimo.- Remitir copia a la Administración del Estado, así como, a la Comunidad Autónoma de Canarias VOTACIÓN: Número de votantes: 11 Escrutinio de la votación: aprobados los acuerdos anteriormente transcritos cos nueve (9) votos a favor: Dª Eloy Martín Barreto(CCA), Dº Pablo Omar Hernández Concepción(CCA), Dª Irinova Hernández Toledo(CCA), Dª Teresa de Jesús Hernández Díaz(CCA), Dº Gustavo Jesús Concepción Rodríguez(CCA), Dª Amanda Díaz Pérez(CCA), Dº Isabel García Iglesias(CCA), Dº David González González(CCA) y Dº Yaitzha Crisbert González Rondón(CCA), y dos (2) abstenciones: Don Bryan Martín Guerra(Grupo Mixto-PSOE) y Dª María Nayra Castro Pérez(Grupo Mixto-PP) Acceso a la votación en el siguiente enlace: https://elpaso.seneca.tv/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMzl jNDdmMTE5NDBh&start=6232 CUARTO. Aprobación de la Ordenanza reguladora de la concesión de ayudas de emergencia social de este Ayuntamiento. (Expediente nº 2023/5929). Por la Presidencia se informa que este expediente fue dictaminado por la Comisión informativa de Servicios Sociales. Abierto el turno de intervenciones, toma la palabra el Sr. Martín Guerra para manifestar cuál será el sentido de su voto en este asunto. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 8/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 A continuación, interviene la Sra. Castro Pérez para hacer diversas aportaciones que afectan tanto a objeto de esta Ordenanza como con las finalidades contempladas en la misma, así como con respecto al importe máximo de las ayudas que en la misma se contemplan. Toma la palabra la Sra. Concejal de Servicios sociales para hacer diversas precisiones respecto a las aportaciones propuestas por la Sra. Martín Castro y para emplazarla a que las aportaciones las realice a través del representante del Grupo mixto en la Comisión informativa previa al Pleno. Tanto la Presidencia, como la Sra. Concejal de Servicios Sociales y la Sra. Castro Pérez manifiestan sus distintos pareceres respecto a la cuestión relativa al estudio y debate de los expedientes, tanto en las Comisiones informativas como en las sesiones plenarias. Acceso a las intervenciones en el siguiente enlace: https://elpaso.seneca.tv/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMzljNDdm MTE5NDBh&start=6252 Concluido el debate y sometido el asunto a votación el Pleno, con (10) votos a favor de Dº Eloy Martín Barreto (CCA), Dº Pablo Omar Hernández Concepción (CCA), Dª Irinova Hernández Toledo (CCA), Dª Teresa de Jesús Hernández Díaz (CCA), Dº Gustavo Jesús Concepción Rodríguez (CCA), Dª Amanda Díaz Pérez (CCA), Dº Isabel García Iglesias (CCA), Dº David González González (CCA) y Dº Yaitzha Crisbert González Rondón (CCA) y Don Bryan Martín Guerra (Grupo Mixto-PSOE) y un (1) abstención de Dª María Nayra Castro Pérez (Grupo Mixto-PP), acuerda PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal reguladora de la concesión de ayudas de emergencia social del Ilustre Ayuntamiento de El Paso y cuyo contenido es el que a continuación se transcribe: “Ordenanza reguladora de la concesión de ayudas de emergencia social del Ilustre Ayuntamiento de El Paso” Artículo primero.-Objeto Esta Ordenanza tiene por objeto establecer las condiciones para la concesión de las ayudas de emergencia social que, desde el área de Servicios Sociales, concederá el Ayuntamiento de El Paso, ya bien sea a instancia de parte o, de oficio cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen; destinadas a paliar o a resolver, por sí mismas o complementariamente con otras prestaciones y/o recursos, situaciones de emergencia social; a prevenir situaciones de exclusión social y a favorecer la plena integración social de los sectores de población que carezcan de recursos económicos para la atención de sus necesidades básicas. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 9/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Las ayudas de emergencia social son prestaciones económicas no periódicas, destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de desigualdad social. Estas prestaciones tienen la naturaleza de las ayudas económicas contempladas en el Real Decreto Ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico. Estas ayudas económicas tienen carácter finalista, debiendo destinarse únicamente al objeto para el que sean concedidas, y naturaleza prestacional no subvencional ni periódica y, son inembargables. Dado su carácter no subvencional, para obtener la condición de beneficiario no es necesario hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones legales vigentes. Artículo segundo.-Finalidad A los efectos de esta Ordenanza, se consideran gastos susceptibles de ser atendidos mediante una ayuda de emergencia social los siguientes: a) Gastos de vivienda o alojamiento: - Los gastos de alquiler o alojamiento. - Los gastos relativos a los suministros básicos de la vivienda entendiendo por tales los de luz, agua, gas e internet. - Los gastos derivados del realojamiento temporal por desahucio, por siniestros(incendio, inundación, ruina, etc.) o por emergencias o catástrofes naturales. b) Gastos para cubrir las necesidades básicas de subsistencia: - Los gastos de alimentación y vestido, - Los gastos de servicio de comedor y/o servicio de ayuda domiciliaria para personas mayores de 65 años. - Las gastos de comedor y/o servicio de ayuda domiciliaria para personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad. c) Gastos en la vivienda que constituya el domicilio de la unidad familiar: - Los gastos para las reparaciones ordinarias y extraordinarias necesarias para mantener la vivienda en condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad, higiene y salubridad. - Los gastos en obras o instalaciones que permitan la adaptación de la vivienda a la normativa vigente en materia de agua, electricidad, gas, protección contra incendios, etc. - Los gastos destinados a la adquisición y renovación de enseres, mobiliario y/o útiles, que mitiguen las labores propias del hogar. Las camas articuladas y los colchones anti escaras se considerarán como mobiliario básico. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 10/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 - Los gastos por la realización de obras de adaptación o mejora de la accesibilidad así como las de eliminación de barreras arquitectónicas del hogar. d) Gastos derivados de intereses y amortización de créditos contraídos con anterioridad a la situación de emergencia social. e) Gastos farmacéuticos. f) Gastos de transporte (billetes de avión o barco), siempre que no sean cubiertos por otras Entidades públicas y, se justifique debidamente la necesidad y el fin del desplazamiento. g) Gastos derivados de tratamientos de rehabilitación tales como estimulación precoz, psicomotricidad, fisioterapia, logopedia ,etc. o para la adquisición de prótesis, órtesis, audífonos, gafas graduadas así como los derivados de tratamientos odontológicos, en este último caso siempre y cuando no sean de naturaleza estética y estén acompañados de un informe de un facultativo del Servicio Canario de Salud que acredite su necesidad. h) Cualquier otro gasto no previsto en los apartados anteriores u otras causas que, según la valoración del trabajador social o de la trabajadora social, sea de urgente necesidad o por motivos de interés social o humanitario debidamente justificados, permitan su otorgamiento. A los efectos de esta Ordenanza se entiende que no son gastos susceptibles de una ayuda de emergencia social: - Los gastos derivados de obligaciones tributarias y deudas con la Seguridad Social. - Los gastos derivados de multa y otras sanciones pecuniarias debidas al incumplimiento de ordenanzas municipales. -Los gastos derivados del cumplimiento de una sentencia judicial condenatoria. - Los gastos derivados de impuestos, tasas y precios públicos. Estas ayudas podrán ser concedidas, dependiendo de la valoración técnica que se realice en cada caso concreto, como pago único o por un periodo de tiempo determinado. En supuestos excepcionales, se podrá determinar, previo informe social, que el pago de la ayuda se realice en efectivo. Artículo Tercero.-Beneficiarios. Podrán ser reconocidas como beneficiarios de las ayudas de emergencia social, las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un país incluido o no en la Unión Europea y los refugiados, asilados, solicitantes de protección internacional y apátridas. b) Ser mayor de edad o estar emancipado legalmente, o en su defecto, haber iniciado el trámite legal de emancipación. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 11/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 c) Estar empadronados y residir de forma efectiva en el municipio de El Paso, excepto los transeúntes que se encuentren en situación de extrema urgencia. A los efectos de la presente Ordenanza se considera residente a la persona que inscrita en el Padrón Municipal de Habitantes con una antigüedad mínima de seis meses anterior a la solicitud, o incoación de oficio, del expediente de ayuda de emergencia social. d) Que sus recursos económicos sean inferiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples(IPREM) de cada año, según los límites establecidos en el artículo séptimo. e) No ser propietario o usufructuario de bienes muebles o inmuebles, a excepción de la vivienda donde se tenga la residencia habitual, que por sus características, valoración, posibilidad de explotación o venta, indique de manera notoria la no existencia de medios suficientes para atender la necesidad para la que se solicita la ayuda, a excepción de que, disponiendo de una vivienda en régimen de propiedad, exista un derecho de uso a favor de un tercero establecido en una resolución judicial, o únicamente disponga de la nuda propiedad de otra vivienda gravada con un derecho de usufructo a favor de un tercero. Excepcionalmente, y por causas acreditadas en el expediente y valoradas y justificadas en el informe social, podrán ser beneficiarios, aquellas personas en las que, aun no cumpliendo todos los requisitos enunciados, concurran circunstancias que las coloquen en situación de extrema necesidad o de exclusión social. Artículo cuarto.- Determinación de la unidad familiar. A los efectos de la presente Ordenanza se entiende por unidad familiar la persona, o conjunto de personas, que residen en una misma vivienda de forma habitual o permanente, unidos por una relación conyugal o análoga, o por vínculos de consanguinidad hasta el segundo grado o de afinidad en primer grado. En caso de separación o divorcio, no se considerará miembro computable a aquel que no conviva con el solicitante de la ayuda. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuyas rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar. Artículo quinto.- Documentación. Para solicitar estas ayudas económicas será necesario aportar los documentos originales o copias, que a continuación se relacionan: a) Solicitud suscrita por el interesado o por quien ostente su representación legal mediante instancia normalizada de este Ayuntamiento. b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de extranjeros del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar que lo posean. c) Libro de Familia o documento equivalente que acredite el vínculo o unión de todos los miembros de la unidad familiar. d) Fotocopia de la tarjeta de desempleo o mejora de empleo de los mayores de 16 años. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 12/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 e) En caso de vivir en régimen de alquiler o contar con hipoteca, fotocopia de los tres últimos recibos pagados. f) Alta de terceros en el sistema contable del Ayuntamiento de El Paso debidamente cumplimentada. g) Justificante o autorización expresa para consultar los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad familiar, en los siguientes términos: a) Pensionistas: documento acreditativo de la pensión que percibe. b) Trabajadores/as por cuenta ajena: tres últimas nóminas. c) Trabajadores/as autónomos/as: última liquidación trimestral o pago fraccionado del IRPF y declaración responsable de los ingresos que percibe. d) Desempleados/as: Fotocopia de la tarjeta de demandante de Empleo y certificado de prestaciones de la Oficina de Empleo. e) Estudiantes mayores de 16 años: Justificante o matricula de estudios. f) En su caso, declaración responsable de medios de vida e informe de vida laboral h) Autorizaciones expresas del solicitante de la ayuda y de los otros miembros que componen la unidad familiar mayores de 18 años, para recabar la información relativa a: Datos referidos a residencia y/o convivencia en el domicilio, mediante el acceso a los datos del Padrón municipal de habitantes. Datos de carácter tributario a través del acceso a la Agencia Estatal de Administración Tributaria Datos catastrales i) Extractos bancarios de los tres últimos meses, inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda que corresponda, por parte del solicitante. No obstante lo anterior, y a criterio del técnico, podrá requerirse los extractos bancarios de los tres últimos meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de todos o de algunos de las personas que compongan la unidad familiar. j) Documento que acredite la existencia de la deuda para la que pudiera solicitarse la ayuda. k) En la separación de hecho, se deberá presentar documento notarial, o justificante de interposición de demanda de separación o divorcio, debidamente sellada por el Juzgado, o informe de convivencia acompañado de la solicitud de letrado del turno de oficio debidamente sellada u otros documentos que avalen la situación. En caso de separación judicial o divorcio, deberá aportarse la sentencia judicial que determine las misma o convenio regulador. l) Presupuesto del gasto que origine la petición de ayuda, en los casos que proceda, o factura, si el gasto ya se hubiera realizado. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 13/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 m) Prescripción médica emitida por facultativo/a del Servicio Canario de Salud, en los casos que proceda, con previa valoración del técnico que suscriba la ayuda. n) En caso de pago indirecto, autorización de cobro debidamente cumplimentada, incluyendo copia del alta de terceros de la cuenta bancaria donde se realizará el abono. o) Declaración responsable del solicitante siempre que se le requiera que acredite situaciones que no se encuentren recogidas en la documentación solicitada. p) Cualquier otra documentación que atendiendo al objeto o finalidad de la ayuda pueda ser requerida por parte del Ayuntamiento. Si los datos o información anteriores ya constaran en el área de Servicios sociales no será necesario aportarlos, pero se deberá presentar declaración responsable que acredite que las circunstancias no han variado. Todo ello, salvo que se considere oportuno reclamarlos con el fin de actualizar o completar algún documento en los términos previstos en el artículo 28.2º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De forma excepcional, en aquellos supuestos que consistan en gastos de escasa cuantía o por tratarse de situaciones graves y urgentes, se podrá prescindir de alguno de los documentos establecidos, siempre que así se estimará desde el área de Servicios Sociales, sin perjuicio de que con posterioridad sea requerido para completar el expediente. Deberá necesariamente obrar en el expediente, junto a la documentación y los documentos exigidos, informe social conteniendo la oportuna valoración profesional efectuada por el/la trabajador/a social sobre la procedencia o no de la ayuda solicitada, así como de la cuantía de la misma. Artículo sexto.-Lugar, plazo de presentación y procedimiento de concesión. La solicitud y la documentación exigida se presentará en el Área de Servicios Sociales o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de las solicitudes estará permanentemente abierto, sujeto en todo caso a la existencia de consignación presupuestaria para hacer frente al importe de la ayuda en cada uno de los ejercicios presupuestarios. Las solicitudes se tramitarán, de acuerdo con el procedimiento que a continuación se detalla y, a la regulación contenida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Presentadas las solicitudes, se procederá por el Área de Servicios Sociales a comprobar si las mismas reúnen los requisitos exigidos en esta Ordenanza y/o los datos recogidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En su caso, se requerirá al interesado para que, en un plazo máximo e improrrogable de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación del requerimiento, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, de acuerdo con los términos y efectos previsto en el artículo 68 de la mencionada Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 14/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Ley. Transcurrido el plazo, sin haber atendido el requerimiento, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución declaratoria dictada a tal fin. Los actos de instrucción del procedimiento se realizarán por el Área de Servicios Sociales de este Ayuntamiento, debiendo facilitarse a los solicitantes cuanta información y orientación sea necesaria para la tramitación de la ayuda económica. En caso de detectarse errores o contradicciones en la solicitud, desde el Ayuntamiento se podrá requerir al solicitante o a otras Entidades públicas o privadas cualquier otro dato, documento o informe que se considere necesario para completa y/o subsanar el expediente. Una vez tramitadas y valorada la solicitud de ayuda, el trabajador social elaborará el preceptivo informe motivando la necesidad y fijando la cuantía económica de la ayuda, para que por Decreto de la Alcaldía, y previo informe de la Intervención municipal que acredite la existencia de consignación presupuestaria para atender al gasto, se resuelva, procediéndose a su notificación de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. El plazo de resolución será de tres meses, a partir de la presentación de la solicitud. En caso de que no recaiga resolución expresa dentro del plazo señalado, se entenderá estimada la solicitud, en cuyo caso la efectividad de la estimación de esa ayuda quedará condicionada a la determinación de su importe por el trabajador social. No obstante, a la vista de la solicitud presentada por el interesado, o de oficio cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen, el trabajador social elaborará, con carácter urgente, el informe social valorando tanto la necesidad con la emergencia de la misma, del que dará traslado a la Alcaldía, para que previo informe de la Intervención municipal, resuelva en un plazo de setenta y dos horas. Artículo séptimo.- Criterios de valoración. Para la concesión de las ayudas se tendrá en cuenta la valoración emitida por los trabajadores sociales del Ayuntamiento, a través de los informes sociales, los cuales serán preceptivos y contendrán necesariamente una propuesta de resolución donde se reflejará la cuantía económica de la ayuda a conceder, en su caso. En la valoración que realicen los trabajadores sociales, se deberá tener en cuenta los siguientes criterios: a) No disponer de recursos económicos suficientes para afrontar el gasto al que se destinará la ayuda. Se considera que no se dispone de tales recursos cuando la suma total de los ingresos netos mensuales de la unidad familiar, una vez detraído, en su caso, el importe de los gastos de una mensualidad del préstamo hipotecario o del alquiler de la vivienda, no supere el límite establecido en el siguiente baremo: • Unidad familiar de 1 miembro; 75% del importe del IPREM • Unidad familiar de 2 miembros: 85% del importe del IPREM Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 15/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 • Unidad familiar de 3 miembros: 95% del importe del IPREM • Unidad familiar de 4 miembros: 105% del importe del IPREM • Unidad familiar de 5 miembros: 115% del importe del IPREM • Unidad familiar de 6 miembros:125% del importe del IPREM • Unidad familiar de 7 miembros;135 % del importe del IPREM Para hacer este cálculo se tomarán como referencia los ingresos netos de la unidad familiar de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Los ingresos de ese período no podrán superar los límites anteriormente señalados. b) Problemática y riesgo social. c) El grado de necesidad y urgencia de la ayuda solicitada. d) Idoneidad y eficiencia de la ayuda solicitada en la resolución de la necesidad. e) El grado de participación o respuesta en las actividades que integran los programas familiares. f) El cumplimiento de las obligaciones acordadas en relación a otras ayudas concedidas con anterioridad por el área de Servicios Sociales. g) Las dificultades de inserción en el mercado laboral en función de las circunstancias del solicitante. h) El número de miembros de la unidad familiar, así como el número de personas a cargo del solicitante, especialmente si se trata de menores, mayores y/o dependientes o personas con discapacidad. i) No haber percibido una ayuda económica del Área social de este Ayuntamiento, en los cuatro meses anteriores a la solicitud. j) Disponibilidad y previsión de necesidades respecto a los créditos consignados al efecto. En función de la naturaleza de la ayuda, y de las causas justificativas alegadas en el informe social; se podrán considerar, como criterios preferentes, otros distintos de los ingresos de la unidad familiar, aun cuando estos superen el baremo establecido, así como, se podrá prescindir de criterios expuestos con anterioridad si la situación de extrema necesidad lo requiere, bajo criterio técnico del trabajador social que elabore el oportuno informe social. Artículo octavo.- Cuantía y abono de las ayudas El importe de las ayudas, que se contendrá necesariamente en la propuesta del informe social, se fijará en función de la necesidad que se pretende cubrir y de la valoración efectuada por el trabajador social, con un importe mínimo de doscientos euros(200,00 €). La concesión de estas ayudas está supedita a la existencia de crédito suficiente y adecuado destinado a tal fin, conforme a las consignaciones económicas que se dispongan en el presupuesto municipal para cada ejercicio económico. Según el modo de percepción de las ayudas, estas podrán ser: a) Directas: cuando se otorguen y abonen personalmente a la propia persona beneficiaria o a su representante legal. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 16/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 b) Indirectas: cuando se concedan al beneficiario y se abonen al profesional, proveedor, Institución o Centro que presta el servicio o suministro al que se destina la ayuda. El pago del importe de la ayuda se efectuará con posterioridad a la resolución administrativa estimatoria de la solicitud formulada y se efectuará a través de transferencia bancaria a la cuenta designada por el solicitante, pudiendo, de manera excepcional, y siempre que así se justifique en el informe social, realizarse el pago en efectivo. El importe de la ayuda se abonará en su totalidad, o bien fraccionando su pago, si así se establece en el informe social. Artículo noveno.- Justificación. En orden a la acreditación, los beneficiarios están obligados a aportar al Ayuntamiento en el plazo de cuatro (4) meses desde que recibieron la cuantía económica total, la documentación que acredite suficientemente que la ayuda ha sido destinada al fin para que fue concedida, mediante las correspondientes facturas originales del gasto. Si por el Área de Servicios Sociales se estima necesario, los beneficiarios estarán obligados a permitir la verificación material de la obra realizada y/o del bien adquirido con la ayuda concedida, por el personal designado por este Ayuntamiento. Artículo décimo.- Obligaciones. Son obligaciones de las personas beneficiarias las siguientes. a) Aplicar la ayuda a la finalidad para la que fue concedida. b) Facilitar cuanta información les sea requerida por este Ayuntamiento y someterse a cuantas comprobaciones se estimen necesarias. c) Comunicar las alteraciones de las situaciones, condiciones o requisitos que propiciaron el otorgamiento de la ayuda. d) Facilitar la labor de los Servicios Sociales municipales con cuanta información sea necesaria para la elaboración de los informes sociales que resulten procedentes, manteniendo en todo momento una actitud colaboradora. e) Reintegrar el importe de las ayudas indebidamente percibidas o en la cuantía indebida. f) Aceptar y cumplir las actuaciones que se hayan determinado por los técnicos del Área de Servicios Sociales de este Ayuntamiento. g) Justificar el cumplimiento del objeto para el que fue concedida la ayuda. En determinados casos y a propuesta del trabajador social que valore la necesidad, el interesado deberá suscribir un Plan Personalizado de Intervención Social. El Plan Personalizado de Intervención Social es un instrumento dirigido a los usuarios y los miembros de su unidad familiar, diseñado para garantizar el carácter integral de la atención, su continuidad y homogeneidad en las intervenciones entre distintos equipos profesionales. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 17/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 El plan personalizado de intervención social recogerá, al menos, los aspectos siguientes: a) Diagnóstico de la situación y la valoración de las necesidades de atención que explícitamente las capacidades y potencialidades de la persona y su familia y el plazo estimado para la realización de todo el proceso. b) Planificación de las actuaciones, acuerdos y compromisos tomados entre la persona, su familia o unidad de convivencia y los equipos profesionales implicados. c) Indicadores y la periodicidad del seguimiento que permita la evaluación de la consecución de los objetivos y reorientar, en su caso, la intervención y las actuaciones. El Plan personalizado de intervención social, será consensuado con el solicitante y su unidad familiar. En caso de desacuerdo, prevalecerá el criterio técnico en las situaciones de riesgo o desprotección social. La persona beneficiaria de ayuda deberá aceptar el Plan Personalizado de Intervención Social, cuando así se requiera. En caso de incumplimiento, por causas propias, la ayuda concedida será desestimada, revocada y/o aminorada, pudiendo solicitarse el reintegro de la misma, en los términos establecidos en estas bases. Artículo decimoprimero- Causas de denegación y revocación. 1.- Se podrá revocar y/o denegar la ayuda de emergencia social cuando resulta improcedente por causas o circunstancias sobrevenidas, entre otras: a) Defunción de la persona beneficiaria. b) Desaparición de los requisitos que motivaron la concesión. c) Incumplimiento de la obligación a que se refiere el artículo noveno de esta Ordenanza. d) Actuación fraudulenta de la persona beneficiaria para obtener la prestación. e) Renuncia voluntaria de la persona beneficiaria. f) No haber aportado la documentación solicitada dentro del plazo de 10 días hábiles desde su requerimiento. g) La negativa y/o falta de colaboración para cumplir el plan personalizado de intervención social cuando se requiera. h) Cualquier otro supuesto de revocación o denegación que impida o desnaturalice el objeto de la ayuda solicita antes de ejecutar su abono. Artículo decimosegundo.- Reintegro. Con carácter general no será exigido el reintegro de la ayuda, procediendo la devolución de toda o parte del importe recibido cuando concurran alguno de los siguientes supuestos: 1.- Cuando se haya obtenido la ayuda sin reunir las condiciones exigidas para su concesión, como consecuencia de fraude o engaño por parte del beneficiario o su representante legal. 2.- Cuando se incumpla el deber de acreditar las condiciones impuestas en los plazos establecidos. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 18/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 3.-Cuando se incumplan la finalidad y condiciones impuestas en la concesión de la ayuda. En los casos de reintegro de ayudas, no se podrá proceder a la concesión de una nueva ayuda hasta que el reintegro se haya realizado. Disposición adicional Se faculta al Alcalde y por su delegación al Concejal delegado del Área de Servicios Sociales para la resolver las dudas de interpretación de esta Ordenanza o para resolver cualquier eventualidad no recogida en la misma, previo informe de los técnicos del Área de Servicios Sociales. Disposición transitoria A las solicitudes de ayudas que se encuentren en trámite o en fase de recurso en la fecha de entrada en vigor de esta Ordenanza, les será de aplicación lo dispuesto en la misma, en todo aquello que les sea más favorable. Disposición derogatoria Quedan derogadas cuantas disposiciones municipales se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en esta Ordenanza.” SEGUNDO.- Someter el expediente a exposición pública mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife y Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, durante un plazo de 30 días, a los efectos de que por los interesados puedan presentarse las reclamaciones o sugerencias que estimen pertinentes a su derecho. TERCERO.- En el caso de que no se presentaran reclamaciones, la Ordenanza se considerará aprobada definitivamente de forma automática, debiendo publicarse el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife. Además, se remitirá a la Administración del Estado y al Departamento correspondiente de la Comunidad Autónoma, en el plazo de quince días, la certificación que acredite la elevación a definitiva de la aprobación inicial, así como copia íntegra autenticada. VOTACIÓN Número de votantes: 11 Escrutinio de la votación: aprobados los acuerdos anteriormente transcritos con (10) votos a favor: Dº Eloy Martín Barreto(CCA), Dº Pablo Omar Hernández Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 19/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Concepción(CCA), Dª Irinova Hernández Toledo(CCA), Dª Teresa de Jesús Hernández Díaz(CCA), Dº Gustavo Jesús Concepción Rodríguez(CCA), Dª Amanda Díaz Pérez(CCA), Dº Isabel García Iglesias(CCA), Dº David González González(CCA) y Dº Yaitzha Crisbert González Rondón(CCA) y Don Bryan Martín Guerra(Grupo Mixto- PSOE) y un (1) abstención de Dª María Nayra Castro Pérez(Grupo Mixto-PP) Acceso a la votación en el siguiente enlace: https://elpaso.seneca.tv/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMzljNDdm MTE5NDBh&start=6762 QUINTO. Protocolo de Adhesión al Servicio de Asistencia Técnica y Dinamización de la participación de las Administraciones Públicas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). (Expediente nº 2024/817). Por la Presidencia, una vez dada cuenta del contenido de este punto del orden del día, se abre el turno de intervenciones. Toma la palabra la Sra. Castro Pérez para preguntar con qué personal se va a afrontar esta tarea, dadas las carencias de este Ayuntamiento en ese aspecto y, cómo se procederá, en su caso, para su selección. Por el Sr. Hernández Concepción se explica qué este servicio, al que esta Entidad pretende adherirse, responde a una demanda del Municipalismo para facilitar la participación de los pequeños Municipios en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, informando asimismo de qué este Ayuntamiento ya ha tramitado algunas subvenciones dentro de este Plan. Interviene finalmente el Sr. Martín Guerra para señalar que mantendrán el sentido del voto formulado en la Comisión informativa en la que se estudió este asunto. Acceso a las intervenciones en el siguiente enlace: https://elpaso.seneca.tv/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMzl jNDdmMTE5NDBh&start=6787 Concluidas las intervenciones y sometido el asunto a votación, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda: PRIMERO.-Acordar la adhesión del Ayuntamiento de El Paso al servicio para la asistencia técnica y la dinamización de la participación de las Administraciones Públicas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma del documento de adhesión al servicio para la asistencia técnica y la dinamización de la participación de las Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 20/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Administraciones Públicas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte a TRAGSATEC y a la Agencia desarrollo local para su conocimiento y efectos procedentes. VOTACIÓN Número de votantes: 11 Escrutinio de la votación: aprobados por unanimidad de los miembros del Pleno presentes los acuerdos anteriormente transcritos. Acceso a la votación en el siguiente enlace: https://elpaso.seneca.tv/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMzljNDdm MTE5NDBh&start=6960 Y no habiendo más asuntos que tratar, por el Presidente, tras agradecer el trabajo de los concejales del Partido socialista y de los técnicos municipales en la elaboración del Presupuesto municipal, se levanta la sesión a las diecinueve horas y cinco minutos, de todo lo cual, yo la Secretaria accidental doy fe. ACTA DE REUNION Generada el Domingo, 24 de Marzo de 2024 21:53:20 ==================================================================== ================ Asunto : PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE 13/03/2024 Legislatura: 2023-2027 Órgano : Pleno Fecha Inici: Miércoles, 13 de Marzo de 2024 18:57:54 Fecha Fin : Miércoles, 13 de Marzo de 2024 20:54:53 Parte : PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE 13 DE MARZO DE 2024 Duración : 01:56:59 - HTML ----------------------------------------------------------------------------- https://elpaso.seneca.tv:443/watch?id=YWMyZThkMDgtYzQ4Zi00YWI5LTgwOTEtMzljN DdmMTE5NDBh - Media (MASTER) ------------------------------------------------------------------- [1] Video Windows Media, 720p, Stereo, 1.5 GiB Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 21/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 Url - https://elpaso.seneca.tv:443/s/T2dstK1gJUQvZyFy8MWW3ThtgjBP1WS2z2WnjR3GawP 4URSb.wmv SHA512 - 63feca4741885c3b0e6391697b8e61e7bfc91a485b2d59d82cec1459f1d14b1f73893e0 d4605ca77454773113c67c2cf4609f339ae85810410786299460af0b4 - Media (PROXYS) ------------------------------------------------------------------- [1] Video H264, 480p, Stereo, 1.1 GiB Url - https://elpaso.seneca.tv:443/s/kJxXi3Z9VlbwE76HHtXAKcBXnaNhyytM8Cn8AQDS1bK RGi2K.mp4 SHA512 - a5b03a3f15202634deca70626abb8d3144a1918b753d4f017e9172142f30b06484f61eb 294c730c559dbba2c5b85306a96ada94550f68e25e347220083102c6e - Minutaje ------------------------------------------------------------------------- 00:00:00 - Asistentes : García Iglesias, Isabel; González González, David; Concepción Rodríguez, Gustavo Jesús; Hernández Toledo, Irinova; González Rondón, Yaitzha Crisbert; Secretaria; Hernández Díaz., Teresa de Jesús; Hernández Concepción, Pablo Omar; Martín Barreto, Eloy; Castro Pérez, María Nayra; Díaz Pérez, Amanda; Martín Guerra, Bryan; 00:00:02 - Martín Barreto, Eloy 00:00:52 : PRIMERO. Pronunciamiento, si procede, de la urgencia de la convocatoria. 00:01:17 - VOTACIÓN. Número de votantes 11. Se aprueba por unanimidad de los miembros presentes. 00:01:26 : SEGUNDO. Toma de posesión de Doña Isabel García Iglesias como Concejala del Ayuntamiento de El Paso. (Expediente nº 2024/257). 00:01:42 - Secretaria 00:03:11 - Martín Barreto, Eloy 00:03:36 - García Iglesias, Isabel 00:04:15 - Martín Barreto, Eloy 00:04:17 - Castro Pérez, María Nayra 00:04:38 - Martín Barreto, Eloy 00:04:40 - Martín Guerra, Bryan 00:05:07 - Martín Barreto, Eloy 00:05:16 - Martín Barreto, Eloy 00:05:22 - Hernández Concepción, Pablo Omar Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 22/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 00:07:09 : TERCERO. Aprobación Inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento de El Paso para el ejercicio económico 2024 junto con sus bases de ejecución, así como la aprobación de la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento para el ejercicio 2024 y la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones (Expediente Nº 2024/720). 00:07:09 - Martín Barreto, Eloy 00:08:39 - Hernández Toledo, Irinova 00:26:59 - Martín Barreto, Eloy 00:27:04 - Castro Pérez, María Nayra 00:40:25 - Hernández Toledo, Irinova 00:45:01 - Martín Barreto, Eloy 00:45:16 - Castro Pérez, María Nayra 00:45:21 - Martín Barreto, Eloy 00:45:25 - Castro Pérez, María Nayra 00:45:44 - Martín Barreto, Eloy 00:45:49 - Castro Pérez, María Nayra 00:46:06 - Martín Barreto, Eloy 00:46:15 - Hernández Toledo, Irinova 00:58:55 - Martín Barreto, Eloy 00:59:19 - Hernández Concepción, Pablo Omar 01:05:36 - Martín Barreto, Eloy 01:06:43 - Castro Pérez, María Nayra 01:06:48 - Martín Barreto, Eloy 01:07:02 - Castro Pérez, María Nayra 01:26:00 - Martín Barreto, Eloy 01:26:09 - Hernández Toledo, Irinova 01:26:11 - Martín Barreto, Eloy 01:26:15 - Hernández Toledo, Irinova 01:29:33 - Castro Pérez, María Nayra 01:29:37 - Martín Barreto, Eloy 01:29:46 - Hernández Concepción, Pablo Omar 01:29:50 - Martín Barreto, Eloy 01:29:59 - Castro Pérez, María Nayra 01:30:07 - Martín Barreto, Eloy 01:30:10 - Hernández Toledo, Irinova 01:30:33 - Martín Barreto, Eloy 01:30:37 - Hernández Concepción, Pablo Omar 01:32:15 - Martín Barreto, Eloy 01:32:26 - Castro Pérez, María Nayra 01:33:10 - Castro Pérez, María Nayra 01:33:16 - Martín Barreto, Eloy 01:33:31 - Hernández Concepción, Pablo Omar Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 23/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 01:34:13 - Martín Barreto, Eloy 01:34:17 - Martín Guerra, Bryan 01:35:36 - Hernández Toledo, Irinova 01:37:48 - Martín Barreto, Eloy 01:37:52 - Martín Guerra, Bryan 01:38:26 - Martín Barreto, Eloy 01:39:35 - Martín Guerra, Bryan 01:40:15 - Martín Barreto, Eloy 01:43:52 - Número de votantes 11. Votos a favor: nueve (9) del Grupo nacionalista canario, Votos en contra: 0, Abstenciones: dos (2), una (1) del Grupo Socialista y uno (1) del Partido Popular 01:44:12 : CUARTO. Aprobación de la Ordenanza reguladora de la concesión de ayudas de emergencia social de este Ayuntamiento. (Expediente nº 2023/5929). 01:44:39 - Martín Guerra, Bryan 01:44:52 - Martín Barreto, Eloy 01:44:56 - Castro Pérez, María Nayra 01:46:49 - Martín Barreto, Eloy 01:46:53 - Díaz Pérez, Amanda 01:48:10 - Martín Barreto, Eloy 01:48:14 - Castro Pérez, María Nayra 01:49:01 - Martín Barreto, Eloy 01:50:19 - Díaz Pérez, Amanda 01:50:55 - Martín Barreto, Eloy 01:51:20 - Castro Pérez, María Nayra 01:51:36 - Martín Barreto, Eloy 01:52:14 - Castro Pérez, María Nayra 01:52:25 - Martín Barreto, Eloy 01:52:42 - VOTACIÓN. Número de votantes 11. Se aprueba por unanimidad de los miembros presentes. 01:53:07 : QUINTO. Protocolo de Adhesión al Servicio de Asistencia Técnica y Dinamización de la participación de las Administraciones Públicas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). (Expediente nº 2024/817). 01:53:32 - Martín Barreto, Eloy 01:53:35 - Castro Pérez, María Nayra 01:54:10 - Martín Barreto, Eloy 01:54:14 - Hernández Concepción, Pablo Omar 01:55:47 - Martín Barreto, Eloy 01:55:51 - Martín Guerra, Bryan 01:55:58 - Martín Barreto, Eloy 01:56:00 - VOTACIÓN. Número de votantes 11. Se aprueba por unanimidad de los Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 24/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41 miembros presentes. 01:56:59 : [FIN] Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-06-2024 12:57:28 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 18-06-2024 13:00:30 Nº expediente administrativo: 2024-001410 Código Seguro de Verificación (CSV): FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/FD0436DA8ECDFFDED7B71028556B466D . - 25/25 - Fecha de sellado electrónico: 12-12-2024 11:24:16 Fecha de emisión de esta copia: 12-12-2024 12:26:41