ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente accidental: Don Eloy Martín Barreto. Sres. Concejales: Don Pablo Omar Hernández Concepción Doña Teresa de Jesús Hernández Díaz Don Gustavo Concepción Rodríguez Sr. Secretario: Don Lope Samuel Rodríguez Lorenzo En la Ciudad de El Paso, siendo las 08:15 horas del día 02 de septiembre de 2024 se reúne, en el Salón de Plenos, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Presidente y concurriendo los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión extraordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 2416/2024. Actúa de Secretario por sustitución de la Corporación, Don Lope Samuel Rodríguez, que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaria la válida constitución de la Junta de Gobierno Local, dado que se cumple el quórum legal para su celebración, la Presidencia abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Modificación del contrato de servicios de gestión integral y transporte adaptado para el Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia. (Expediente nº 2024/3034). Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, de la propuesta de la Alcaldía, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Ver firma Ver firma Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 1/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 Ver sello JUNTA DE GOBIERNO Número: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 “Vista Providencia de Alcaldía en la que se pone de manifiesto la necesidad de proceder a la modificación del CONTRATO DE SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (LOTE 1 Y LOTE 2), adjudicado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de fecha 16 de septiembre de 2022, y a la vista de lo establecido en la Disposición Adicional 3ª.8º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se emite el presente informe jurídico con base en los siguientes ANTECEDENTES PRIMERO. - La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de fecha 16 de septiembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo para el Contrato de servicio de gestión integral y transporte adaptado para el Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia. (Expediente nº 2021/767): “PRIMERO. - Adjudicar el CONTRATO DE SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (LOTE 1 Y LOTE 2), con un presupuesto base de licitación de TRESCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS CON DIECISÉIS CÉNTIMOS (309.640,16 €), en los términos siguientes: • Adjudicar el LOTE 1: SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, a IVÁN CARLOS BENÍTEZ PUENTE con CIF nº 42180013Z, y correo electrónico a efecto de notificaciones info@yourteam.com.es, en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, por un importe de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (175.534, 82 €), exentos de IGIC, por considerarse la propuesta que ha ofertado la mejor calidad-precio en la ejecución por aplicación de los criterios previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares: ✓ Oferta económica: 175.534,82 € ✓ Formación adicional al personal adscrito al contrato: 3 cursos ✓ Reducción plazo de entrega del Reglamento de Régimen Interno: inferior a 1 mes. ✓ Personal adicional para la ejecución del contrato: • Podólogo/a: 20 horas a la semana • Fisioterapeuta: 20 horas a la semana • Psicólogo/a: 20 horas a la semana • Adjudicar el LOTE 2: SERVICIO DE TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, a TRANSPORTES ANTONIO DÍAZ HERNÁNDEZ con CIF B35062926, y correo electrónico a efecto de Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 2/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 notificaciones planificacion@grupo1844.es, en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, por un importe de CINCUENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (50.577,12 €), de los cuales MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (1.473,12 €), corresponden al 3% de IGIC por considerarse la propuesta que ha ofertado la mejor calidad-precio en la ejecución por aplicación de los criterios previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares: ✓ Oferta económica: 49.104,00 € ✓ Mayor número de salidas adicionales para actividades fuera del centro: 10 salidas ✓ Formación adicional al personal adscrito al contrato: 20 cursos. SEGUNDO. - Disponer el gasto que asciende a la cantidad de DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL CIENTO ONCE EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (226.111,94 €), para el que existe consignación presupuestaria adecuada y suficiente con cargo a la aplicación presupuestaria nº 2311.22799 (Mayores. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales), de la agrupación de servicios futuros para los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025, asignado al Proyecto de Gastos: 21.3.48. SEGUNDO. - La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2022, acordó: PRIMERO.- Aceptar la RENUNCIA presentada por el licitador TRANSPORTES ANTONIO DÍAZ HERNÁNDEZ, S.L., a la adjudicación del LOTE 2 del expediente de contratación 2021/767: Servicio de transporte adaptado para el Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia, sin imposición de penalidades atendiendo a las circunstancias excepcionales que se han puesto de manifiesto en el expediente y proceder a la devolución de la garantía definitiva aportada por TRANSPORTES ANTONIO DÍAZ HERNÁNDEZ S.L., propuesta en primer lugar como adjudicataria, ya que atendiendo a la renuncia presentada, dicho documento no es soporte de la garantía de contrato alguno. SEGUNDO.- Adjudicar el LOTE 2: SERVICIO DE TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA del CONTRATO DE SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, a IVÁN CARLOS BENITEZ PUENTES, con NIF nº 42180013Z correo electrónico info@yourteam.com.es, por un importe de CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (46.893,96 €), de los cuales MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (1.365,84 €) corresponden al 3% de IGIC, por considerarse la propuesta que ha ofertado la mejor calidad-precio en la ejecución por aplicación de los criterios previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares: ✓ Oferta económica: 45.528,12 € (excluido IGIC) ✓ Mayor número de salidas adicionales para actividades fuera del centro: 3 salidas ✓ Formación adicional al personal adscrito al contrato: 3 cursos. Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 3/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 TERCERO. - La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 9 de febrero de 2024, adoptó, el siguiente acuerdo sobre la primera prórroga del contrato de servicios de “Gestión integral y transporte adaptado para el Centro de día para personas mayores en situación de dependencia” (Expediente nº 2021/767): Primero: Aprobar la prórroga del contrato de servicios consistente en “Servicio de gestión integral y transporte adaptado para el Centro de día para personas mayores en situación de dependencia, lotes nº 1 y nº 2, hasta el 1 de febrero de 2025 y por importe de 222.428,76 euros (IGIC incluido). Segundo: Autorizar y disponer de la cuantía de 222.428,76 euros (IGIC incluido), gasto que conlleva la prórroga, con cargo a la aplicación presupuestaria 2311.22799 (Mayores. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales) del estado de gastos del Presupuesto de esta Entidad para el corriente ejercicio 2024, así como de la agrupación de ejercicios futuros, ejercicio 2025; destinada a financiar las obligaciones de contenido económico derivadas de este contrato. CUARTO. - Mediante Providencia de Alcaldía de fecha 27 de junio de 2024, se advierte la necesidad de proceder a la modificación del CONTRATO DE SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (LOTE 1 Y LOTE 2), por los motivos y las cuantías expuestos a continuación: “Que como consecuencia del impacto que tuvo la erupción del volcán de Cumbre Vieja en el año 2021, en la isla de La Palma, afectando a un 10% de la superficie de la isla, ha derivado en un incremento del número de usuarios y en el cambio de rutas, correspondientes a la afectación de las infraestructuras públicas, como la inoperatividad de carreteras sepultadas por la lava, resultado de tal acontecimiento sobrevenido, suscitando la necesidad de proporcionar un servicio que cubra la demanda real existente. Del mismo modo, en cuanto a gestión del Centro de Día El Paso, éste se ha establecido como un recurso invaluable en nuestra comunidad, brindando apoyo y servicios esenciales a personas mayores, fomentando su bienestar y participación social. A lo largo del año pasado, el Centro ha experimentado una demanda que supera su capacidad máxima, evidenciando la creciente necesidad de expandir y diversificar sus servicios para satisfacer las demandas de la comunidad a la que sirve. Este fenómeno no solo refleja la alta calidad del servicio ofrecido sino también la creciente dependencia de nuestra población en estos servicios esenciales. La singularidad de los servicios ofrecidos radica en la capacidad para ofrecer no solo cuidados diarios, sino también enriquecimiento cultural y social a través de eventos y actividades que celebran fechas significativas y promueven la inclusión social de los usuarios y sus familias, siendo imperativo, para ello, ampliar la infraestructura existente y capacidad de servicio. A tales efectos se precisa: • El Incremento de Capacidad y Refuerzo del Personal: Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 4/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 Para la adecuación de las necesidades de nuestra comunidad, se presenta necesario expandir la capacidad oficial de atención, de 30 a 35 usuarios/as, ajustando la infraestructura y ratio de personal acorde a esta expansión. Esto implicará la contratación de personal adicional, no solo gerocultores, sino también especialistas en atención psicosocial, para garantizar un cuidado integral que aborde tanto las necesidades físicas como emocionales de los usuarios. • Infraestructura y Servicios Auxiliares: El transporte adaptado se ampliará para garantizar la accesibilidad de todos los usuarios a los servicios del Centro, incluyendo la participación en actividades fuera del sitio. La adecuación del servicio de catering, mediante el ofrecimiento opciones más diversas y nutricionalmente equilibradas, teniendo en cuenta las necesidades dietéticas específicas de los usuarios. Además de la expansión de los servicios de limpieza, crítica para mantener un ambiente seguro y sanitario, especialmente considerando las ampliaciones necesarias. • Incorporación de un Animador/a Sociocultural: La contratación de un profesional en animación sociocultural necesario para desarrollar un programa de actividades más robusto y diversificado, diseñado para fomentar la interacción social, la actividad física y el bienestar emocional de nuestros usuarios. • Sostenibilidad Financiera y Gratuidad del Servicio: La necesidad de asegurar la sostenibilidad financiera y gratuidad del servicio, siendo en la actualidad la gratuidad del 100% de los servicios que se ofrecen en el Centro de Día, lo que implica que la empresa soporta todo el coste del catering y servicios similares, así como del transporte. Dicha gratuidad promueve que más usuarios soliciten el servicio. • Evaluación Continua y Mejora del Servicio: Dada la realidad presente en la ejecución del servicio, se precisa la implementación de un sistema de retroalimentación continua con usuarios, familiares y personal, complementado con evaluaciones periódicas del servicio, para asegurar una mejora constante y adaptación a las necesidades cambiantes de nuestra comunidad. En virtud de la Resolución 2024/1401 de 21 de febrero de 2024, con Ref.: 91/2024/AASS- SUBNOM, del Cabildo Insular de La Palma, se incoa procedimiento para la concesión de subvención nominativa, de acuerdo con el siguiente detalle: BENEFICIARIO: AYUNTAMIENTO DE EL PASO. CENTRO DE DÍA MAYORES. GASTOS DE MANTENIMIENTO NIF: P3802700I EJERCICIO ECONÓMICO: 2024 IMPORTE TOTAL: 340.808,20 € GASTOS DE MANTENIMIENTO: 292.599,90 € GASTOS TRANSPORTE: 48.208,30 € Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 5/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 APLICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO: 23346232 SEXTO. - El contrato se adjudicó por importe de: • LOTE 1: CIENTO SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (175.534,82 €), exentos de IGIC. • LOTE 2: CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (45.528,12 €), IGIC excluido. TOTAL: DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL SESENTA Y DOS EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (221.062,94 €). Siendo la cuantía del presupuesto adicional devengado por la prestación de los servicios la siguiente: Transporte 12.700,08 € Gastos de personal 86.585,25 € Gratuidad del servicio 5.424,37 € Total 104.709,70 € Así pues, el incremento del número de usuarios y variación de las rutas de transporte, supone un importe adicional de 104.709,70 euros. Por lo expuesto, Importe total de adjudicación, IGIC excluido: 221.062,94 € Adicional Transporte: 12.700,08 € Adicional Gastos de personal: 86.585,25 € Adicional gratuidad del servicio 5.424,37 € Importe adicional total: 104.709,70 € Total, sin IGIC: 325.772,64 € A este respecto, la diferencia entre el importe de adjudicación, sin IGIC, y la cuantía adicional objeto de abono supone un incremento de 47,36 % sobre el precio inicial. SÉPTIMO. – Que, el desglose de los gastos adicionales referidos es el siguiente: Transporte Renting de vehículo adaptado 778,29 € 12 Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 6/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 Adicion Actual al TOTAL 9.339,4 8 € Gasolina (en base a 2023) 280,05 € 12 Renting de vehículo adaptado 778,29 € 12 Gasolina (en base a 2023) 280,05 € 12 Personal Director/a 20 Gerocultor/a 40 Gerocultor/a 40 Gerocultor/a 40 Gerocultor/a 40 Fisioterapeuta 20 Administrativo/a 35 Limpiador/a 30 Conductor 40 Podólogo 20 Psicólogo/a 20 Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 7/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 3.360,6 0 € 9.339,48 € 3.360,60 € 12.700, 08 € 17.885, 36 € 10 10.790,0 9 € 21.583, 06 € 40 21.583,0 6 € 21.583, 06 € 21.583, 06 € 21.583, 06 € 12.231, 28 € 21.583, 06 € 16.202, 29 € 20 10.821,5 3 € 21.583, 00 € 20 10.791,5 3 € 9.210,96 € 13.888,1 2 € Animador/a sociocultural 15 25 € Gratuidad servicio Centro de día Servicio de catering en el Centro de Día (soportado por la empresa debido a la gratuidad del servicio solicitada por el Ayuntamiento) Snacks saludables, infusiones y otros Celebración de días especiales, encuentros y cumpleaños QUINTO. - Se ha incorporado al expediente Certificado de existencia de crédito, expedido por la Intervención Municipal. FUNDAMENTOS JURÍDICOS I.- Legislación aplicable: - Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP, en adelante). - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. II.- La modificación de los contratos. - Los contratos administrativos celebrados por los órganos de contratación solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos: a) Cuando así se haya previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 204 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 8/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 9.500,00 € 86.585, 30 usuari 31.470, 84 € 5 usuari 5.245,14 os os € 30 usuari 828,18 € 5 usuari 138,03 € os os 30 usuari 247,17 € 5 usuari 41,20 € os os 5.424,3 7 € b) Excepcionalmente, cuando sea necesario realizar una modificación que no esté prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares, siempre y cuando se cumplan las condiciones que establece el artículo 205 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El Artículo 102, en relación al Procedimiento para las modificaciones, dispone que, “Cuando sea necesario introducir alguna modificación en el contrato, se redactará la oportuna propuesta integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquélla. La aprobación por el órgano de contratación requerirá la previa audiencia del contratista y la fiscalización del gasto correspondiente”. En relación a la potestad de modificación de los contratos, el artículo 203 de la LCSP dispone que, los contratos administrativos celebrados por los órganos de contratación solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguiente supuestos: a) Cuando así haya sido previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 204. b) Excepcionalmente, cuando sea necesario realizar una modificación que no esté prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre y cuando se cumplan las condiciones que establece el artículo 205. En el caso de modificaciones no previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares: prestaciones adicionales, circunstancias imprevisibles y modificaciones no sustanciales, el artículo 205 de la LCSP dispone que, solo podrán realizarse cuando cumplan los siguientes requisitos: - Que encuentren justificación en alguno de los supuestos del apartado 2º del artículo 205. - Que se limiten a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. Los supuestos a los que se refiere el párrafo 2º del artículo 205 LCSP son: 1.- Cuando deviniera necesario añadir obras, suministros o servicios adicionales a los inicialmente contratados, siempre y cuando se den los dos siguientes requisitos: a) Que el cambio de contratista no fuera posible por razones de tipo económico o técnico, o genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación. b) Que la modificación del contrato implique una alteración en su cuantía que no exceda, aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas conforme a este artículo, del 50 por ciento de su precio inicial, (IGIC excluido). 2.- Cuando la necesidad de modificar un contrato vigente se derive de circunstancias sobrevenidas y que fueran imprevisibles en el momento en que tuvo lugar la licitación del contrato, siempre y cuando se cumplan las condiciones siguientes: 1. Que la necesidad de la modificación se derive de circunstancias que una Administración diligente no hubiera podido prever. Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 9/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 2. Que la modificación no altere la naturaleza global del contrato 3. Que la modificación del contrato implique una alteración en su cuantía que no exceda, aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas conforme a este artículo, del 50% de su precio inicial, IVA excluido. 3.- Cuando las modificaciones no sean sustanciales. En este caso se tendrá que justificar especialmente la necesidad de las mismas, indicando las razones por las que esas prestaciones no se incluyeron en el contrato inicial. Para la consideración de cuando una modificación es sustancial o no, se estará a lo establecido en el apartado En el presente supuesto, atendiendo a la naturaleza de la modificación planteada, se trata de una modificación no prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y que, a la vista de la propuesta y de informe de Secretaría que consta en el expediente 767/2021, se debe a la concurrencia de circunstancias sobrevenidas no previsibles en el momento en que tuvo lugar la licitación, con motivo de la erupción volcánica de Cumbre Vieja, que no altera la naturaleza global del contrato, y que supone una alteración en su cuantía que asciende a 47,36 % sobre el precio inicial, por lo que no excede del límite previsto. La cláusula 33 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que regula la modificación del contrato, se pronuncia en los términos siguientes: El contrato sólo podrá modificarse por razones de interés público, con arreglo a lo establecido en los apartados siguientes 203 a 207 de la LCSP, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 191. El artículo 191 de la LCSP establece que, en los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a las prerrogativas de los órganos de contratación, deberá darse audiencia al contratista, siendo además preceptivo el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva en los casos y respecto de los contratos que se indican a continuación: “b) Las modificaciones de los contratos cuando no estuvieran previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea superior a un 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido y su precio sea igual o superior a 6.000.000 de euros. Consta en el expediente principal que se dio audiencia al contratista y que, con fecha 17 de mayo de 2024, y registro de entrada nº 2024-8110, se ha presentado escrito por la entidad contratista en la que se hace constar que se aceptan las condiciones de la modificación del contrato en todos los términos indicados. Las modificaciones del contrato, deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153, y deberán publicarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 207 y 63. Sobre la información relativa a los contratos, el artículo 63 de la LCSP dispone que, deberá publicarse al menos la siguiente información: “Los anuncios de información previa, de convocatoria de las licitaciones, de adjudicación y de formalización de los contratos, los anuncios de modificación y su justificación (…). Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 10/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 III.- El equilibrio económico del contrato. La referencia a la sostenibilidad financiera y gratuidad del servicio recogida en la propuesta de modificación, lleva a preguntarse si sería posible el reequilibrio del precio de los contratos, singularmente de los de servicios y suministros, por la vía de la modificación no prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en los casos de riesgo imprevisible, de forma que puedan evitarse los costosos, largos e inciertos procesos de demanda de reequilibrio ante los Tribunales. Sobre esta cuestión se ha pronunciado, con fecha 09/01/2023 el Observatorio de Contratación Pública a propósito de la Sentencia de la Audiencia Nacional 4711/2022, de 10 de octubre. Si bien acudir al reequilibro del precio de los contratos por la vía de la modificación no prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en casos de riesgo imprevisible, encontraría aparentemente amparo en el artículo 205.2.b) de la LCSP, que regula aquellas modificaciones contractuales no previstas en los Pliegos regidores del contrato “cuando la necesidad de modificar un contrato vigente se derive de circunstancias sobrevenidas que fueran imprevisibles en el momento en que tuvo lugar la licitación del contrato, siempre y cuando se cumplan las tres condiciones siguientes: 1ª) Que la necesidad de la modificación se derive de circunstancias que una Administración diligente no hubiera podido prever; 2ª) Que la modificación no altere la naturaleza global del contrato; 3ª) Que la modificación del contrato imp implique una alteración en su cuantía que no exceda, aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas conforme a este artículo, del 50 por ciento de su precio inicial, IVA excluido”. Sin embargo, esta vía se enfrenta a la barrera de la doctrina consultiva y jurisprudencial que viene negando la posibilidad de alterar el precio del contrato a través de la aplicación del artículo 205.2 b), ya que el precio es considerado un “elemento esencial” del contrato (ex art. 1445 en relación con el art. 1231 del Código Civil), y su modificación vulneraría el principio de igualdad de trato para el resto de licitadores, tal y como se recoge en la Resolución nº 436/2022, de 7 de abril, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, o la Junta Consultiva del Estado en su recomendación de 10 de diciembre de 2018, que sostenía que “desde el punto de vista material una modificación que afectase al precio de los contratos sería claramente una revisión de precios encubierta. Además, supondría una alteración de las condiciones del contrato que afectaría a dos elementos fundamentales del mismo que ha sido definidos en la fase de preparación como son el presupuesto y el valor estimado”. IV.- Alcance de la modificación propuesta en relación al LOTE 1 y LOTE 2. La modificación planteada, según el desglose propuesto se plantea en los siguientes términos: ➢ LOTE 1: SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, adjudicado a IVAN CARLOS BENITEZ PUENTES, con DNI nº 42180013Z, por importe de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (175.534,82 €), exentos de IGIC. Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 11/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 La modificación propuesta plantea un incremento de NOVENTA Y DOS MIL NUEVE EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (92.009,62 €), que una vez aplicado el porcentaje de baja ofertado por el contratista de 27,40 % supone una cantidad de SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (66.798,98 €). ➢ LOTE 2: SERVICIO DE TRANSPORTE PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, adjudicado a IVAN CARLOS BENITEZ PUENTES, con DNI nº 42180013Z, adjudicado por importe de CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (46.893,96 €), de los cuales MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS 1.365,84 €) corresponden al 3% de IGIC. La modificación propuesta plantea un incremento de DOCE MIL SETECIENTOS EUROS CON OCHO CÉNTIMOS (12.700,08 €), y una vez aplicado el porcentaje de baja ofertado por el contratista de 32,92 %, supone una cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (8.773,22 €), cantidad a la que procede aplicarle el 3% en concepto de IGIC, por lo que la modificación del LOTE 2 incluido IGIC asciende a la cantidad total de NUEVE MIL TREINTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (9.036,42 €). Atendiendo a lo anterior, el incremento total del CONTRATO DE SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (LOTE 1 Y LOTE 2), asciende a la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (75.835,40 €). V.- Ajuste de la garantía definitiva. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 22 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, “Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 LCSP”. Visto cuanto antecede y de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. – Aprobar el expediente de modificación del CONTRATO DE SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (LOTE 1 Y LOTE 2), que supone un incremento en el importe de adjudicación que asciende a la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (75.835,40 €), resultando un precio total del contrato de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (298.264,18 €). La modificación se produce en los términos siguientes: Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 12/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 ➢ LOTE 1: SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, adjudicado a D. IVAN CARLOS BENITEZ PUENTES, con DNI nº 42180013Z, por importe de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (175.534,82 €). La modificación propuesta plantea un incremento de NOVENTA Y DOS MIL NUEVE EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (92.009,62 €), exentos de IGIC, que una vez aplicado el porcentaje de baja ofertado por el contratista de 27,40 % supone una cantidad de SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (66.798,98 €). ➢ LOTE 2: SERVICIO DE TRANSPORTE PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, adjudicado a D. IVAN CARLOS BENITEZ PUENTES, con DNI nº 42180013Z, adjudicado por importe de CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (46.893,96 €), de los cuales MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS 1.365,84 €) corresponden al 3% de IGIC. La modificación propuesta plantea un incremento de DOCE MIL SETECIENTOS EUROS CON OCHO CÉNTIMOS (12.700,08 €), y una vez aplicado el porcentaje de baja ofertado por el contratista de 32,92 %, resulta una cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (8.773,22 €), al que procede aplicarle el 3% en concepto de IGIC, por lo que la modificación del LOTE 2 incluido IGIC asciende a la cantidad total de NUEVE MIL TREINTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (9.036,42 €). SEGUNDO. - AUTORIZAR y disponer crédito por importe de SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (75.835,40 €), a favor del adjudicatario del LOTE 1 y del LOTE 2, D. IVÁN CARLOS BENITEZ PUENTES, con cargo a la aplicación presupuestaria 2311.22799 (Mayores. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales) del estado de gastos del Presupuesto de esta Entidad para el corriente ejercicio 2024, así como de la agrupación de ejercicios futuros, ejercicio 2025; destinada a financiar obligaciones de contenido económico derivadas de este contrato. TERCERO. - La modificación del contrato de SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (LOTE 1 Y LOTE 2) no conlleva una alteración del plazo previsto para la ejecución. QUINTO. – Reajustar la garantía del contrato, mediante ampliación de la misma por importe de TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN EUROS CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (3.791,77€). SEXTO.- Formalizar la modificación del contrato acordada por la presente resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 153 de la LCSP. SÉPTIMO.- Dar traslado al contratista de la presente Resolución. OCTAVO.- Publicar la presente resolución en la Plataforma de Contratación del Sector Público.” Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 13/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno por unanimidad, adopta el acuerdo que seguidamente se transcribe, sirviendo de motivación al mismo el informe transcrito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO. – Aprobar el expediente de modificación del CONTRATO DE SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (LOTE 1 Y LOTE 2), que supone un incremento en el importe de adjudicación que asciende a la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (75.835,40 €), resultando un precio total del contrato de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (298.264,18 €). La modificación se produce en los términos siguientes: ➢ LOTE 1: SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, adjudicado a D. IVAN CARLOS BENITEZ PUENTES, con DNI nº 42180013Z, por importe de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (175.534,82 €). La modificación propuesta plantea un incremento de NOVENTA Y DOS MIL NUEVE EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (92.009,62 €), exentos de IGIC, que una vez aplicado el porcentaje de baja ofertado por el contratista de 27,40 % supone una cantidad de SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (66.798,98 €). ➢ LOTE 2: SERVICIO DE TRANSPORTE PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, adjudicado a D. IVAN CARLOS BENITEZ PUENTES, con DNI nº 42180013Z, adjudicado por importe de CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (46.893,96 €), de los cuales MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS 1.365,84 €) corresponden al 3% de IGIC. La modificación propuesta plantea un incremento de DOCE MIL SETECIENTOS EUROS CON OCHO CÉNTIMOS (12.700,08 €), y una vez aplicado el porcentaje de baja ofertado por el contratista de 32,92 %, resulta una cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (8.773,22 €), al que procede aplicarle el 3% en concepto de IGIC, por lo que la modificación del LOTE 2 incluido IGIC asciende a la cantidad total de NUEVE MIL TREINTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (9.036,42 €). SEGUNDO. - AUTORIZAR y disponer crédito por importe de SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (75.835,40 €), a favor del adjudicatario del LOTE 1 y del LOTE 2, D. IVÁN CARLOS BENITEZ PUENTES, con cargo a la aplicación presupuestaria 2311.22799 (Mayores. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales) del estado de gastos del Presupuesto de esta Entidad para el corriente ejercicio 2024, así como de la Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 14/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 agrupación de ejercicios futuros, ejercicio 2025; destinada a financiar obligaciones de contenido económico derivadas de este contrato. TERCERO. - La modificación del contrato de SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (LOTE 1 Y LOTE 2) no conlleva una alteración del plazo previsto para la ejecución. QUINTO. – Reajustar la garantía del contrato, mediante ampliación de la misma por importe de TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN EUROS CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (3.791,77€). SEXTO.- Formalizar la modificación del contrato acordada por la presente resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 153 de la LCSP. SÉPTIMO.- Dar traslado al contratista de la presente Resolución. OCTAVO.- Publicar la presente resolución en la Plataforma de Contratación del Sector Público.” SEGUNDO. Convenio de cooperación entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas y el Ayuntamiento de El Paso para la puesta a disposición de los terrenos, así como la ejecución de las obras incluidas en el “Proyecto de construcción de la ampliación de la red de saneamiento en El Paso, Colectores de El Barrial”. Clave LP-572-3. (Expediente nº 2024/2537). Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, de la propuesta de la Alcaldía, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “Asunto: Convenio entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias y el Ilustre Ayuntamiento de El Paso, para la puesta a disposición de los terrenos así como la ejecución de las obras incluidas en el “PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA RED DE SANEAMIENTO EN EL PASO. COLECTORES DE EL BARRIAL. CLAVE LP-572-3”. En cumplimiento de lo solicitado por el Sr. Alcalde mediante providencia de fecha 22 de agosto de 2024 se emite informe-propuesta de resolución teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 22 de agosto de 2024 se remitió a esta Administración borrador de Convenio entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias y el Ilustre Ayuntamiento de El Paso para la puesta a disposición de los terrenos así como la ejecución de las obras incluidas en el “PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA RED DE SANEAMIENTO EN EL PASO. COLECTORES DE EL BARRIAL. CLAVE LP- Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 15/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 572-3”, al objeto de proceder a la suscripción de éste último una vez aprobado definitivamente. Se aporta junto con el borrador del Convenio: ➢ Memoria explicativa de la Directora General de Aguas de fecha 26 de junio de 2024 ➢ Informe de la letrada habilitada de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad de fecha 16 de julio de 2024. ➢ Informe de la oficina presupuestaria de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas de 8 de agosto de 2024. CONSIDERACIONES JURÍDICAS I.- El artículo 140.1 establece en sus apartados c) y d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los principios de colaboración y cooperación entre las distintas administraciones públicas. De conformidad con lo establecido en el artículo 143 del mismo texto legal, las relaciones de cooperación voluntaria entre las administraciones públicas se han de formalizar mediante aceptación expresa de las partes a través de acuerdos en sus órganos de cooperación o en convenios. Al respecto, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en su artículo 47.2.a) dispone que las administraciones públicas pueden suscribir convenios entre sí para el ejercicio conjunto de competencias propias o delegadas. Además, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y administrativa en asuntos de interés común ha de desarrollarse, con carácter voluntario, mediante los convenios administrativos que se suscriban. Asimismo, el artículo 15 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, dispone que “El Gobierno de Canarias con los Ayuntamientos y Cabildos Insulares y éstos con los Ayuntamientos de su isla, podrán celebrar convenios en los que establezcan libremente los instrumentos de colaboración previstos para la consecución de fines comunes de interés público. 2. A través de los convenios de colaboración, las partes podrán coordinar sus políticas de fomento dirigidas a un mismo sector, distribuir las subvenciones otorgadas por una de ellas con referencia al ámbito territorial o población de otra, ejecutar puntualmente obras o servicios de la competencia de una de las partes, compartir las sedes, locales o edificios que sean precisos para el desarrollo de competencias concurrentes; ceder y aceptar la cesión de uso de bienes patrimoniales, desarrollar actividades de carácter prestacional y adoptar las medidas oportunas para alcanzar cualquier otra finalidad, de contenido análogo a las anteriores”. El artículo 111 del Texto Refundido de las disposiciones vigente en material de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, establece que las entidades locales podrán concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración. No vulnerando el presente convenio estos principios. II.- La Dirección General de Aguas es el órgano superior encargado de dirigir, impulsar y Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 16/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 coordinar el ejercicio de las funciones en materia de aguas terrestres superficiales y subterráneas. Así mismo, se ha de encargar de programar las infraestructuras hidráulicas de interés autonómico de conformidad con las previsiones, objetivos y prioridades de los correspondientes planes, su proyecto, financiación y ejecución. Por otro lado, es de su competencia el impulsar y fomentar las mejoras hidrológicas, tanto en el abastecimiento, depuración y reutilización, así como la investigación y el desarrollo tecnológico en la materia, así pues, la Dirección General de Aguas en el marco de la colaboración interadministrativa con el Ayuntamiento de El Paso, y en base a lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 12/1990, de 26 de julio de Aguas de Canarias, promueve la elaboración del presente Convenio. III.- El régimen jurídico de los convenios que se celebren se encuentra recogido, con carácter general, en el Capítulo IV del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, norma estatal de carácter básico, que los define como acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las administraciones públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público, vinculadas o dependientes, entre sí o con sujetos privados para un fin común y los denomina convenios administrativos cuando se celebran entre administraciones públicas, como es el presente caso. IV.- Estos convenios pueden servir como se ha indicado, para articular las bases de las relaciones de cooperación, estos es, de aquellas situaciones en las que dos o más administraciones públicas, de manera voluntaria y en ejercicio de sus competencias, asumen compromisos específicos en aras de una acción común. V.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, las Entidades Locales actuarán en los Convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiere a materias en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Asimismo, el artículo 31.1º e) de la Ley 7/1985, de 1 de abril, de municipios de Canarias señala entre las competencias del Alcalde la firma de los convenios acordados por el Pleno. Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 28 de junio de 2019, se acordó delegar en la Junta de Gobierno la competencia para suscribir, en nombre y representación del Ayuntamiento, cualquier clase de convenio con otras Administraciones Públicas. Asimismo en el acuerdo de delegación se señala que los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de sus competencias delegadas por el Ayuntamiento Pleno, deberán ir precedidas de la emisión de dictamen por la Comisión informativa competente. No obstante lo anterior, se podrán adoptar acuerdos, por razones de urgencia, sin el referido dictamen previo, pero en este último caso, deberá darse cuenta a la Comisión informativa en la primera sesión que ésta celebre. En virtud de todo lo anteriormente expuesto, el Secretario Accidental por Sustitución, eleva a la Junta de Gobierno, previo dictamen favorable de la Comisión informativa competente por razón de la materia, en su caso, la siguiente propuesta de resolución: Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 17/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00 PRIMERO.- Aprobar el Convenio entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias y el Ilustre Ayuntamiento de El Paso, para la puesta a disposición de los terrenos así como la ejecución de las obras incluidas en el “PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA RED DE SANEAMIENTO EN EL PASO. COLECTORES DE EL BARRIAL. CLAVE LP-572-3”, conforme al texto que obra en el expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma del mencionado Convenio. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte al Ministerio de Política Territorial. CUARTO.- Inscribir el convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de convenios del ayuntamiento. QUINTO.- Dar traslado del Convenio, una vez suscrito, a la Oficina Técnica Municipal y a la Concejalía de Obras y Servicios. “ Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno por unanimidad, adopta el acuerdo que seguidamente se transcribe, sirviendo de motivación al mismo el informe transcrito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Aprobar el Convenio entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias y el Ilustre Ayuntamiento de El Paso, para la puesta a disposición de los terrenos así como la ejecución de las obras incluidas en el “PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA RED DE SANEAMIENTO EN EL PASO. COLECTORES DE EL BARRIAL. CLAVE LP-572-3”, conforme al texto que obra en el expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma del mencionado Convenio. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte a la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas. CUARTO.- Inscribir el convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de convenios del Ayuntamiento. QUINTO.- Dar traslado del Convenio, una vez suscrito, a la Oficina Técnica Municipal y a la Concejalía de Obras y Servicios.” Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el Sr. Presidente levanta la sesión siendo las 08:19 horas, de lo cual, como Secretario doy fe. Firmado por: LOPE SAMUEL RODRÍGUEZ LORENZO - Secretaria/o por sustitución Fecha: 05-02-2025 18:17:48 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 10/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-003590 Código Seguro de Verificación (CSV): B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/B4C57B6885480C9687F967DFFBBD9163 . - 18/18 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:02 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:31:00