ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2024 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: Dº Eloy Martín Barreto Sres. Concejales: Don Pablo Omar Hernández Concepción Doña Irinova Hernández Toledo Doña Teresa de Jesús Hernández Díaz Don Gustavo Jesús Concepción Rodríguez Sra. Secretaria: Doña María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso, siendo las nueve horas del día 27 de diciembre de 2024, se reúne, en el Salón de Plenos, la Junta de Gobierno Local, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde y concurriendo los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión ordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 3361, de fecha 23 de diciembre de 2024. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaria la válida constitución de la Junta de Gobierno Local, dado que se cumple el quórum legal para su celebración, la Presidencia abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Lectura y aprobación si procede, de actas precedentes. 1.1ºAprobación del acta de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de noviembre de 2024. (Expediente nº 2024/5032). Se da cuenta del borrador del acta resultante de la sesión ordinaria celebrada el 22 de noviembre de 2024, que previamente fue remitida a los miembros de la Junta, y estando todos los miembros presentes conformes, es aprobada por unanimidad y sin reparos. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 06-02-2025 08:27:52 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:11 Ver firma Ver firma Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-005511 Código Seguro de Verificación (CSV): A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 . - 1/6 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:10 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:25:30 Ver sello JUNTA DE GOBIERNO Número: 17/2025 Fecha: 10-02-2025 1.2ºAprobación del acta de la sesión extraordinaria y urgente de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de diciembre de 2024. (Expediente nº 2024/5246). Se da cuenta del borrador del acta resultante de la sesión extraordinaria y urgente celebrada el 5 de diciembre de 2024, que previamente fue remitida a los miembros de la Junta, y estando todos los miembros presentes conformes, es aprobada por unanimidad y sin reparos SEGUNDO. Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de El Paso y la Fundación Mapfre Canarias, para la colaboración de la semana de Seguridad Vial en El Paso. (Expediente 2024/5019). Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe jurídico de fecha 3 de diciembre de 2024, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “En relación con el expediente referenciado en el encabezado incoado para la suscripción de un Convenio de colaboración entre la Fundación MAPFRE Guanarteme y este Ayuntamiento para el desarrollo de las Jornadas de Educación vial que organiza este Ayuntamiento con el objetivo de formar a la población del municipio en materia de Seguridad vial, de conformidad con lo solicitado por la Alcaldía y en virtud de lo establecido en los artículos 173 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y 3.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se emite el siguiente, informe propuesta con base en los siguientes ANTECEDENTES UNICO.- Por la Fundación Mapfre Guanarteme se ha propuesto la firma de un Convenio de Colaboración con este Ayuntamiento cuya finalidad es el desarrollo de la undécima edición de las Jornadas de Seguridad de vial que organiza este Ayuntamiento con el objetivo de formar a la población del municipio en materia de Seguridad vial. LEGISLACIÓN APLICABLE La legislación básica aplicable es la siguiente: - Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. -Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. -Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias. -Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 06-02-2025 08:27:52 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:11 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-005511 Código Seguro de Verificación (CSV): A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 . - 2/6 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:10 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:25:30 PRIMERA.- En virtud de lo previsto en el artículo 111 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, las Entidades Locales pueden concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración. SEGUNDA.- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula en sus artículos 47 a 53 los convenios de colaboración, estableciendo sus requisitos de validez y eficacia, las causas de resolución e imponiendo la obligada remisión de los mismos al Tribunal de Cuentas. Admite la posibilidad de celebrar convenios entre Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetos tanto a derecho público como a derecho privado. El convenio deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. TERCERA.- Por su parte, la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, regula los Convenios de Colaboración en sus artículos 15 y siguientes, permitiendo a los Cabildos Insulares y a los Ayuntamientos de su isla, celebrar convenios en los que establezcan libremente los instrumentos de colaboración previstos para la consecución de fines comunes de interés público, y atribuyendo al Ayuntamiento Pleno la competencia para autorizar la firma de los mismos (art. 16.3). CUARTA.- En este sentido, se hace necesario incardinar la necesidad y oportunidad de la actuación municipal por la que se decide conveniar a estos fines, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad formativa en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en esta Ley, esto es, que supone una mejora de la eficiencia de la gestión pública, o que facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, o que contribuye a la realización de actividades de utilidad pública, y todo ello cumpliendo con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. QUINTA.- El convenio de colaboración surge de un acuerdo de voluntades, con derechos y obligaciones para ambas partes que deben quedar claramente definidas. El convenio no podrá tener por objeto prestaciones propias de los contratos; en tal caso, su naturaleza y régimen jurídico deberá ajustarse a lo previsto en la legislación de contratos del sector público. SEXTA.- De conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio deberá tener al menos siguiente contenido: a) Sujetos que lo suscriben y la capacidad jurídica con la que actúan. b) La competencia en la que se fundamenta la actuación del Ayuntamiento. c) Objeto del convenio y actuaciones a realizar por cada sujeto para su cumplimiento, indicando, en su caso, la titularidad de los resultados obtenidos. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 06-02-2025 08:27:52 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:11 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-005511 Código Seguro de Verificación (CSV): A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 . - 3/6 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:10 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:25:30 d) Obligaciones y compromisos económicos asumidos por cada una de las partes, si los hubiera, indicando su distribución temporal por anualidades y su imputación concreta al presupuesto correspondiente de acuerdo con lo previsto en la legislación presupuestaria. e) Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes y, en su caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento. f) Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Este mecanismo resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. g) El régimen de modificación del convenio. A falta de regulación expresa, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes. h) Plazo de vigencia del convenio teniendo en cuenta que su duración será determinada y no superior a cuatro años, salvo que normativamente se prevea un plazo superior. No obstante en cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigente, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. SÉPTIMA.- De conformidad con el artículo 16.3º de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, las Entidades Locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Por acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria, celebrada el 29 de junio de 2023 el Pleno delegó en la Junta de Gobierno local la competencia para suscribir convenios, en nombre y representación del Ayuntamiento, cualquier clase de convenio con otras Administraciones Públicas, sociedades u organismos autónomos de ellos dependientes, y con personas o entidades privadas. Los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno local, en el ejercicio de sus competencias delegadas por el Ayuntamiento Pleno, deberán ir precedidas de la emisión de dictamen por la Comisión informativa correspondiente. Visto que el Convenio contempla obligaciones económicas para este Ayuntamiento, deberá someterse a informe de la Intervención municipal. A tal fin, el Presupuesto municipal deberá incluir las dotaciones presupuestarias necesarias para hacer frente al correspondiente gasto. Dado que la eficacia del convenio supone la concurrencia de voluntades, el acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado será notificado a la Fundación Mapfre Guanarteme al objeto de proceder a su firma, en el plazo que se estipule. Por todo lo expuesto, y previa fiscalización de conformidad de la Intervención municipal, se propone a la Junta de Gobierno, previo dictamen de la Comisión informativa de Urbanismo, Obras, Servicios Públicos y Seguridad, que adopte acuerdo en los siguientes términos: Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 06-02-2025 08:27:52 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:11 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-005511 Código Seguro de Verificación (CSV): A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 . - 4/6 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:10 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:25:30 PRIMERO.- Aprobar el borrador del Convenio de cooperación entre la Fundación MAPFRE Guanarteme y este Ayuntamiento para el desarrollo de las Jornadas de Educación vial 2024 que organiza este Ayuntamiento con el objetivo de formar a la población del municipio en materia de Seguridad vial, de conformidad con el texto que obra en este expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde para la suscripción del referido Convenio de Colaboración. TERCERO.- Comunicar el acuerdo a la Fundación Mapfre Guanarteme, al objeto de que proceda a firmar el Convenio de Colaboración. CUARTO.- Inscribir el mencionado Convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de convenios de este Ayuntamiento . QUINTO.- Dar traslado del acuerdo a la Intervención municipal y al Concejal delegado de Seguridad para su conocimiento y efectos procedentes.” Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno en uso de las competencias delegadas por el Pleno y por unanimidad, adopta el acuerdo que seguidamente se transcribe, sirviendo de motivación al mismo los informes transcritos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Aprobar el borrador del Convenio de cooperación entre la Fundación MAPFRE Guanarteme y este Ayuntamiento para el desarrollo de las Jornadas de Educación vial 2024 que organiza este Ayuntamiento con el objetivo de formar a la población del municipio en materia de Seguridad vial, de conformidad con el texto que obra en este expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde para la suscripción del referido Convenio de Colaboración. TERCERO.- Comunicar el acuerdo a la Fundación Mapfre Guanarteme, al objeto de que proceda a firmar el Convenio de Colaboración. CUARTO.- Inscribir el mencionado Convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de convenios de este Ayuntamiento . QUINTO.- Dar traslado del acuerdo a la Intervención municipal y al Concejal delegado de Seguridad para su conocimiento y efectos procedentes. TERCERO. Asuntos de urgencia. No se plantean. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 06-02-2025 08:27:52 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:11 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-005511 Código Seguro de Verificación (CSV): A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 . - 5/6 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:10 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:25:30 CUARTO. Ruegos y preguntas. No se formularon. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el Sr. Presidente levanta la sesión siendo las nueve horas y diez minutos, de lo cual como Secretaria doy fe. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 06-02-2025 08:27:52 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 06-02-2025 08:43:11 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2025 Fecha: 10-02-2025 08:02 Nº expediente administrativo: 2024-005511 Código Seguro de Verificación (CSV): A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A1FBA6EF5093A2D175AAA1DBAA986EA6 . - 6/6 - Fecha de sellado electrónico: 10-02-2025 08:30:10 Fecha de emisión de esta copia: 18-03-2025 14:25:30