ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA CIUDAD DE EL PASO EL DÍA 24 DE FEBRERO DE 2022 ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: Don Sergio Javier Rodríguez Fernández CONCEJALES: Grupo Municipal CCa-PNC Dº Ángeles Nieves Fernández Acosta Dª Pablo Omar Hernández Concepción Dª Irinova Hernández Toledo Dº Gustavo Jesús Concepción Rodríguez Dº Daniel Martín Martín Dº Eloy Martín Barreto Dª Teresa de Jesús Hernández Díaz Grupo Municipal PSOE Dª Francisco Jesús Fernández Afonso Dª Isabel Rodríguez Hernández Grupo Mixto Dº Ángel Tomás Hernández Armas AUSENCIAS NO JUSTIFICADAS: Dº Bryan Martín Guerra Dº Jonay Pérez González SECRETARIA: Dª María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso y en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, siendo las dieciocho horas y cinco minutos del día veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, se reúne el Pleno de la Corporación Municipal bajo la Presidencia del Alcalde titular, Don Sergio Javier Rodríguez Fernández y con la asistencia de los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión ordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 373/2022, de fecha 21 de febrero de 2022. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Ver firma Ver firma Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 1/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 Ver sello SESIÓN PLENARIA Número: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 A efectos de votación, se hace constar que la Corporación está integrada por trece miembros de hecho y de derecho, incluido el Alcalde Presidente. Válidamente constituida y abierta la sesión por la Presidencia, seguidamente se entra a conocer los asuntos incluidos en el Orden del Día: A) PARTE DECISORIA PRIMERO. Lectura y aprobación si procede, de actas precedentes. 1.1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión plenaria celebrada en sesión ordinaria de fecha 27 de enero de 2022. (Expediente nº 2022/274). Se trae para su aprobación el borrador del acta correspondiente a la sesión del Ayuntamiento Pleno celebrada el día 27 de enero de 2022, de carácter ordinario. Formulada por la Presidencia la pregunta de si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al borrador de la referida acta, y no habiéndose formulado ninguna, se considera aprobada por unanimidad de conformidad con el artículo 91.1º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. SEGUNDO. Aprobación de la modificación de la relación de las actuaciones municipales incluidas en la anualidad 2021 del Plan Insular de Cooperación en Obras y Servicios Municipales, sustituyendo la obra denominada “Proyecto de vestuarios y gimnasio en el espacio polideportivo Las Manchas, por la obra denominada “Proyecto de prolongación de la Av. Islas Canarias. (Expediente Nº 2021/1624). Por el Sr. Alcalde se da cuenta de que este expediente no ha sido dictaminado por la Comisión informativa correspondiente, pero que se ha incluido en el orden del día puesto que urge su resolución para poder cumplir con los plazos de justificación de las obras incluidas en la anualiadad 2021 del Plan Insular de Cooperación en obras y servicios municipales, por lo que se hace necesario ratificar la su inclusión en el orden del día. Interviene la Sra. Rodríguez Hernández para solicitar explicaciones de por qué este expediente no se somete a dictamen de la Comisión informativa. Interviene el Sr. Alcalde para explicar que si este expediente no se resuelve ya, se estaría comprometiendo su justificación en plazo. Sometida a votación la inclusión de este punto en el orden del día, es ratificada por unanimidad de los miembros presentes del Pleno. Seguidamente por el Sr. Alcalde Presidente se da cuenta al Pleno de la solicitud de sustitución de una de las actuaciones incluidas en la anualidad 2021 del Plan Insular de Cooperación en obras y servicios municipales formulada por Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 2/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 este Ayuntamiento al Cabildo Insular el pasado 13 de enero de 2022, cuyo tenor literal es el que a continuación se transcribe. “El pasado 23 de diciembre se firmó, entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento, el Convenio así como la Memoria-anexo del Plan Insular de Cooperación en obras y servicios municipales para los años 2021-2024. El espíritu de dicho Plan, como se recoge en el mismo, es “el fomento del empleo y de la actividad económica local, ya que la ejecución de las obras programadas conlleva la utilización de un importante volumen de mano de obra y de materiales que beneficia a los trabajadores y las empresas locales”; “colaborando con los Ayuntamientos en el mantenimiento y mejora de las infraestructuras y equipamientos, y en los servicios que prestan, según las propuestas que formulan los propios Ayuntamientos, y en las que se recogen las carencias que tiene en sus municipios en la prestación de servicios esenciales y en dotación de equipamiento básico, a fin de lograr que el nivel y calidad de vida de los habitantes de estos municipios mejoren”. Entre los proyectos de obra propuestos por este Ayuntamiento, e incluidos en la anualidad 2021, del Plan Insular de Cooperación en obras y servicios municipales se encuentra el denominado “PROYECTO DE VESTUARIOS Y GIMNASIO EN EL ESPACIO POLIDEPORTIVO LAS MANCHAS”. Pues bien, desde este Ayuntamiento se plantea, en este momento y por los motivos que más adelante se detallan, la necesidad de sustituir el proyecto “PROYECTO DE VESTUARIOS Y GIMNASIO EN EL ESPACIO POLIDEPORTIVO LAS MANCHAS”, contemplado como una mejora de los equipamientos deportivos, en este caso, ubicado en la zona sur del municipio, por el denominado “PROYECTO DE PROLOGANCIÓN DE LA AV. ISLAS CANARIAS”, planteado como una actuación para la ejecución de una infraestructura, que forma parte del sistema general viario, con sus correspondientes elementos urbanizadores, y que viene a completar dicha red en el extremo norte del casco del municipio. Varias son las razones que justifican la propuesta de sustitución que, en este momento y de conformidad con lo previsto en la cláusula sexta del Convenio suscrito entre ambas Entidades locales el pasado 23 de diciembre, trasladamos a esa Entidad para su consideración y aceptación: 1. Las actuaciones planteadas en el “PROYECTO DE VESTUARIOS Y GIMNASIO EN EL ESPACIO POLIDEPORTIVO LAS MANCHAS” se localizan en el Espacio Polideportivo de Las Manchas, emplazada en el lado oeste de la Carretera San Nicolás (LP-212) y próximo al encuentro con otra vía la LP-2. 2. Como se recoge en el propio proyecto “el programa de necesidades responde a los servicios de vestuarios y gimnasio que requiere tanto el propio Espacio Polideportivo Las Manchas como el campo anexo de Lucha Canaria”. Se entiende, por tanto, como complemento a los usos deportivos y de ocio que se desarrollan en las instalaciones del campo de fútbol, pista de atletismo, terrero, equipamiento biosaludable,… Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 3/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 3. Con fecha 19/SEP/21 se produce la erupción del volcán en la zona de Cabeza de Vaca, dentro del término municipal de El Paso, declarándose por el Gobierno la totalidad de la isla de La Palma como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC), conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros, de 28 de septiembre de 2021. Como se recoge en el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre “la colada de lava volcánica ha destruido o afectado gravemente a las infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de los municipios afectados, imposibilitando o alterando gravemente la movilidad y los desplazamientos de los habitantes de la isla”. Aunque la colada y la lava han causado la inmensa mayoría de pérdidas y afecciones a inmuebles e infraestructuras, la acumulación de ceniza ha sido una preocupación constante en la duración del proceso eruptivo, especialmente para la estabilidad de cubiertas, tejados y estructuras ligeras y especialmente en la zona suroeste. Uno de esos edificios afectados, por la acumulación de ceniza y posiblemente las continuas explosiones del volcán, es el terrero “Federico Simón”. La totalidad de la estructura de la cubierta metálica cedió el 24 de septiembre, quedando inutilizada la totalidad de la instalación y, a falta de cuantificar y valorar la afección producida, en los soportes y cerramientos del resto del inmueble. La acumulación de ceniza no sólo afectó a la cubierta del terrero sino que actualmente sepulta las instalaciones recientemente inauguradas como el campo de fútbol de césped artificial, pista de atletismo de tartán y otros equipamientos destinados a la práctica deportiva y saludable. Acumulándose una altura cercana a los 1’5 metros, sepultando casi por completo los elementos de la instalación deportiva. 4. Con ambas edificaciones inutilizadas, y que sirven de soporte y razón de ser para el proyecto de vestuarios y gimnasio, es razonable entender que dicho proyecto pierde el interés de mejora de los equipamientos en la actualidad. La prioridad se centrará en reponer las instalaciones existentes para ponerlas en uso para la población y ejecutar entonces estas obras complementarias. 5. Con la interrupción de la LP-212 y la LP-2 así como la desaparición de barrios enteros del entorno de la ubicación del espacio deportivo (Alcalá, El Paraíso, El Frontón, parte de El Corazoncillo,…) dicho equipamiento pierde atractivo hasta el restablecimiento de la infraestructura viaria y recomunicarla con el resto de los núcleos urbanos situados al norte de la colada. 6. Ante el estado actual del terrero de lucha incluso se podría repensar la reposición de un nuevo inmueble que incorpore dichos vestuarios y gimnasio en la totalidad del complejo. Asimismo, son también varias los motivos que justifican la sustitución de ese proyecto por el denominado “PROLONGACIÓN DE LA AV. ISLAS CANARIAS”: 1. Las obras planteadas en este proyecto se corresponde al inicio de las obras de urbanización del tramo final de la Av. Islas Canarias, que discurre de norte a sur dentro del Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 4/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 casco urbano del municipio. Esta prolongación supone la finalización de dicha vía de comunicación en el extremo norte. Desde el colegio Adamancasis hasta el final del suelo de urbano. Con la aportación del Cabildo se pretende dar comienzo a dicho proyecto hasta completar la totalidad de la partida aportada. 2. Dicho tramo se encuentra recogido en el PGO y supone la culminación del Sistema General Viario 5.1 y eje principal del casco. 3. Actualmente desde el Ayuntamiento se están llevando a cabo obras en la mejora en esta zona del municipio como son las obras de emergencia para la pavimentación y urbanización de la vía lateral (SGRV3.4) del colegio Adamancasis y que conectaría con la prolongación prevista. Así mismo se están comenzando con los trámites administrativos para la adquisición de terrenos para la futura ejecución de la vía que conecta la zona de Tenerra (SGRV3.3) con ese vial que discurre lateralmente al colegio Adamancasis. 4. La ejecución de dicha vía dará acceso y urbanización para unas 4 parcelas urbanas, aumentado el atractivo para la consolidación y colmatación del suelo urbano. 5. Dentro del artículo 4(Objetivos del Plan) de la Memoría-Anexo, se recogen actuaciones principalmente de infraestructuras, equipamientos y servicios sociales. Esta actuación se incluiría como urbanización de avenida. En el mismo artículo se menciona la colaboración del Cabildo y los Ayuntamientos en la dotación de equipamiento básico y en el mantenimiento y mejora de las infraestructuras y equipamientos, entendiéndose como base para el desarrollo de los núcleos las infraestructuras viarias y los elementos urbanizadores de la misma. En conclusión, por los motivos expuestos, se traslada para su consideración la solicitud de sustitución del proyecto de obra denominado“PROYECTO DE VESTUARIOS Y GIMNASIO EN EL ESPACIO POLIDEPORTIVO LAS MANCHAS”, incluido en la anualidad 2021 de Plan Insular de Cooperación en obras y servicios municipales, por el denominado “PROLONGACIÓN DE LA AV. ISLAS CANARIAS, con el ruego de que se sirva comunicar su aceptación para poder adoptar los oportunos acuerdos plenarios, por parte de ambas Entidades.” Asimismo se da cuenta del oficio del Consejero Insular del Área de Infraestructuras, Innovación, Nueva Tecnologías y Ordenación del Territorio del Cabildo Insular de La Palma, que tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento el 15 de febrero de 2022 bajo el nº 2502, y mediante el que se da traslado del acuerdo adoptado por unanimidad por el Pleno del Cabildo Insular, en la sesión celebrada el 11 de febrero de 2022, de aprobación de la modificación del Plan Insular de Cooperación en obras y servicios municipales, anualidad 2021, sustituyento la obra denominada “Proyecto de vestuarios y gimnasio en el Espacio polideportivo Las Manchas” con un importe de 200.000 € por la obra denominada “Proyecto de prolongación de la Avda. Islas Canarias”, con un importe de 200.000 €. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 5/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 Sin producirse debate, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica la mayoría absoluta legal, acuerda: PRIMERO.- Aprobar la modificación del Plan Insular de Cooperación en obras y servicios municipales, anualidad 2021, sustituyento la obra denominada “Proyecto de vestuarios y gimnasio en el Espacio polideportivo Las Manchas” con un importe de 200.000 € por la obra denominada “Proyecto de prolongación de la Avda. Islas Canarias”, con un importe de 200.000 €. SEGUNDO.-Dar traslado de este acuerdo al Servicio de Infraestructuras del Cabildo Insular de La Palma, al Interventor municipal, a la Agencia de Desarrollo Local y al la Oficina técnica municipal para su conocimiento y efectos procedentes. B) PARTE DECLARATIVA TERCERO. Certificación acuerdo adoptado por el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Sanxenxo, relativo a moción en apoyo a los Ayuntamientos afectados en la isla de La Palma por la erupción volcánica de Cabeza de Vaca (Expediente Nº 2022/829). Dada cuenta de la Moción remitida por el Ayuntamiento de Sanxenxo relativa a Apoyo a los Ayuntamientos afectados en la Isla de La Palma por la erupción volcánica de Cabeza de Vaca que reza literalmente: “Luis Ángel Sabaríz Rolán,Secretario acctal. del Ayuntamiento de Sanxenxo. CERTIFICO: que la Corporación Municipal en Pleno de este Ayuntamiento, en la sesión ordinaria del día VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO, en relación con el “EXPTE. NÚM. 2021009387: MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR EN APOYO A LOS AYUNTAMIENTOS AFECTADOS EN LA ISLA DE PALMA POR LA ERUPCIÓN VOLCÁNICA DE CABEZA DE VACA (R. DE ENTRADA NÚM. 2021011126 do 23/09/2021)” adoptó por unanimidad de los miembros presentes de derecho de la Corporación el acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe: ÚNICO.- El Ayuntamiento de Sanxenxo, se compromete a donarle a los ayuntamientos de Llanos de Aridane y El Paso la cantidad de 17.810 €, lo que supone una aportación de un euro por cada vecino/a empadronado/la en este municipio. Se toma como referencia la población inscrita en el padrón municipal el día 19 de septiembre de 2021 tal y como se desprende en el certificado emitido por el secretario general del Ayuntamiento. Y para que conste, con la salvedad del art. 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido este certificado. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 6/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 El secretario general, Luis Ángel Sabaríz Rolán, visto bueno del alcalde, Telmo Martín González (firmado en Sanxenxo con firma digital certificada en la fecha que figura al pie).” Por el Sr. Alcalde Presidente se abre turno de debate, y sometido el asunto a votación, una vez mostrado el apoyo a la moción por los portavoces municipales, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica mayoría absoluta legal, acuerda: Primero.-Agradecer al Ayuntamiento de Sanxenso la ayuda y solidaridad mostrada con este Municipio. Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Ayuntamiento de Sanxenxo para su constancia y efectos CUARTO. Moción del Grupo Municipal Socialista solicitando acuerdos sobre definición de mojones según sistema de coordenadas UTM y buscar fórmulas para el restablecimiento de la conexión entre el hoy camino de Suela Zapata y el hoy camino Pino Santiago a la altura de los mojones 9 y 10 (Expediente Nº 2022/832). Dada cuenta de la moción presentada por el Grupo Municipal PSOE solicitando acuerdos sobre definición de mojones según sistema de coordenadas UTM y buscar fórmulas para el restablecimiento de la conexión entre el hoy camino de Suela Zapata y el hoy camino Pino Santiago a la altura de los mojones 9 y 10, que figura a continuación: “La demarcación y señalamiento de la línea límite entre los municipios de El Paso y los Llanos está fijada sobre el terreno por medio de veinticinco mojones cuyas características y situación está fijada en el Acta de Fijación y descripción de mojones de 9 de abril de 1964, de conformidad con lo ordenado por el Ministerio de la Gobernación en Resolución de fecha 27 de septiembre de 1960, confirmado por resolución del Tribunal Supremo en su Sala Cuarta con el recurso número 6.055 acumulado al 6.445, en fecha 29 de marzo de 1963. La situación de los mojones en el Acta de 1964 está fijada por medidas georreferenciadas o físicas a puntos "a la vista indubitables" a decir del acta, lo que es igual a referencia inequívocas y, bien sabemos, desgraciadamente, cual frágil es cualquier referencia sobre el terreno. Las medidas fueron hechas en 1964 con taquímetro con división centesimal y las lecturas referidas siempre al norte magnético. Desde el mojón 1, siguen el camino de "Molino de Viento", "Camino antiguo a Santa Cruz de La Palma" o "Camino Viejo del Sur. El problema comienza en el mojón número cuatro, en la confluencia de este camino con la carretera general en el lado oeste dentro del entonces kilómetro 41, ya en Jedey. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 7/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 A partir de ahí el límite es la carretera general LP-2, hasta la Calzada de Jesús del Monte donde se encuentra el mojón número cinco, siendo por tanto entre los mojones 4 y 5 donde encontramos problemas: 1.- Las obras que han cambiado el curso puntual de la carretera, pero no el lindero que continúa siendo la carretera tal como estaba en 1964. Ya hubo precedentes de problemas de interpretación en los años en que se llevó a cabo la mejora y rectificación de curvas de la carretera entre Los Llanos y El Paso (LP-3). 2.- La erupción volcánica del 19 de septiembre de 2021 que destruyó la carretera entre Las Manchas y Tajuya con un ancho de colada en línea recta, estimativa de 2 Km. y la pérdida total de referencias limítrofes municipales de no ser por la fotografía aérea y satelital. Pero éste no es el único problema según nuestro criterio, que queremos hacer extensible a toda la Corporación, llamémoslo así, de calidad en la definición de los limites municipales, aventajados claramente hasta por la metodología catastral. Llamamos la atención a otro asunto más Pero hagamos otro llamado más a otro lugar de la línea divisoria y por distintos motivos. Del mojón seis sigue el Camino de Las Calderetas y desde el mojón 7 sigue a la izquierda hasta Lomo de la Ánimas y curso del Camino de los Tijaraferos hasta la desaparición del mismo. El tema está en que la comisión que describe la linde y que caminó la misma el 23 de octubre de 1963 (levantando Acta) no tuvo problemas de paso entre el mojón nº 9 en el Lomo de "Chu Santiago" y el nº 10, margen izquierdo aguas abajo del barranco de Zapata, es decir, caminó en toda su longitud el Camino de los Tijaraferos. Hoy, y desde hace años, lustros, es imposible pasar desde hoy Suela Zapata a hoy camino de Pino Santiago. Tenemos un problema más, ese pase público es importante y necesario, entendemos. ACUERDOS: 1.- Definir la situación de los mojones según el sistema de coordenadas UTM (Universal Transversal de Mercator). 2.- Buscar fórmulas de restablecimiento de la conexión entre el hoy Camino de Suela Zapata y el hoy llamado Pino Santiago a la altura de los mojones nueve y diez. Por el Sr. Alcalde Presidente se abre turno de debate. Interviene la Sra. Rodríguez Hernández para solicitar la adopción de acuerdo en los términos que se contienen en la moción presentada. A continuación interviene el Sr. Hernández Armas para manifestar que desconoce la situación de los mojones nueve y diez, que sabe que hay otros mojones desplazados en Hermosila y en el Paso de Abajo, pero que está de acuerdo con todo lo que sea la mejora de la delimitación del municipio. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 8/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 Seguidamente interviene el Sr. Alcalde para manifestar que están de acuerdo con el primer punto de los acuerdos propuestos en la moción presentada y relativo a la utilización del sistema de coordenadas UTM para la definición de la situación de los mojones y, para proponer la supresión del punto relativo a la búsqueda de fórmulas para el restablecimiento de la conexión entre el Camino de Suela Zapata y Pino Santiago porque es un problema sobre el que se está trabajando. Sometido el asunto a votación, una vez mostrado el apoyo de los portavoces de los grupos municipales a la supresión de punto segundo de la moción por ser una cuestión sobre la que ya se está trabajando, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica mayoría absoluta legal, acuerda: PRIMERO.- Definir la situación de los mojones según el sistema de coordenadas UTM(Universal Transversal de Mercator). SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo a la Oficina Técnica Municipal para su conocimiento y efectos procedentes. QUINTO. Acuerdo adoptado en sesión plenaria del Ayuntamiento de Tijarafe, relativo a moción del Grupo político de Coalición Canaria, solicitando el mantenimiento del servicio de transporte marítimo de los agricultores hasta Puerto Naos (Expediente Nº 2022/834). Dada cuenta de la Moción remitida por el Ayuntamiento Tijarafe relativa al mantenimiento del servicio de transporte marítimo de los agricultores hasta Puerto Naos, que reza literalmente: “MOCIÓN Mantenimiento del servicio de transporte marítimo de los agricultores hasta Puerto Naos EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Tras la interrupción, debido a la afección de las coladas lávicas derivadas de la erupción volcánica de Cumbre Vieja, de las comunicaciones terrestres directas entre el Valle de Aridane y las zonas plataneras situadas al sur de dichas coladas, comenzó a operar desde mediados del pasado noviembre un servicio, prestado por lanchas de desembarco LCM-1E de la Armada Española, para trasladar por vía marítima desde el Puerto de Tazacorte a la Playa de Puerto Naos a los agricultores que atendían las fincas situadas en esa zona. Esta solución provisional, permitía a casi un centenar de plataneros poder llegar de manera más rápida a sus fincas y poder acometer las labores de limpieza, mantenimiento y preparación de las mismas de cara a poder garantizar las próximas cosechas. Cabe señalar que esta medida tuvo una muy buena acogida por parte de los agricultores, pues Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 9/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 se reducía de manera considerable el tiempo de traslado por carretera, al evitar recorrer diariamente un trayecto que les obligaba a rodear media isla, con el consiguiente ahorro en tiempo y combustible. Según han podido saber el centenar de agricultores que utilizan estas lanchas de la Armada para acceder diariamente a sus fincas, el servicio se pretende suspender el próximo 8 de febrero, sin tener más información al respecto y sin otra solución que volver a afrontar un trayecto de más de tres horas de ida y vuelta, cuando aún se desconoce el tiempo que pasará hasta que puedan volver a conectar Los Llanos con la costa por su trayecto habitual desde el Valle. La realidad es que la situación, a día de hoy, es la misma que en noviembre, cuando se puso en marcha esta conexión por mar para dar una alternativa de acceso a los agricultores afectados para llegar a los cultivos de la costa. Más aún, después de tantos meses de sufrimiento y de pérdidas, esta incomprensible decisión de retirar la barcaza de la Armada es un obstáculo más para el centenar de agricultores que están ya limpiando las fincas para prepararlas para la próxima cosecha, por cuanto supone convertir en estéril el trabajo y la inversión realizados hasta la fecha por estos agricultores. Según afirman los propios afectados, es precisamente ahora el momento que más necesaria la existencia de este servicio. De esta demanda de los agricultores afectados por la intención de retirar la opción de la conexión marítima, se ha hecho eco, no sólo Coalición Canaria en La Palma, sino la propia Asociación de Entidades Exportadoras y Cooperativas de Plátanos de la isla de La Palma (ASEPALMA), que ha solicitado al Cabildo Insular de La Palma la continuidad del servicio de transporte marítimo prestado por la Armada Española, para los agricultores afectados por la erupción volcánica de Cumbre Vieja. En esta decisión desafortunada, desconocemos el papel del Cabildo de La Palma, ya que aún no se ha manifestado al respecto, pero pedimos, a través de esta moción, una postura firme para no agravar aún más la situación de estos agricultores y sus producciones. No podía concluir la la parte expositiva de esta moción sin incluir un agradecimiento expreso a la Armada Española, sin cuya implicación hubiera sido imposible haber disfrutado de esta solución efectiva de transporte para muchos agricultores afectados por la erupción volcánica de Cumbre Vieja. Del mismo modo, resulta justo reconocer aquí el enorme esfuerzo realizado por los propios agricultores para lograr mantener sus fincas en producción y con ello contribuir también a una pronta recuperación económica de la isla de La Palma. Por todo ello, en el ánimo de evitar agravar aún más la situación de los agricultores de las zonas costeras del Valle de Aridane y hacer justicia a sus denodados esfuerzos por mantener sus producciones y haciéndonos eco de una petición de esos mismos agricultores y de sus representantes, el grupo de Coalición Canaria en el Ayuntamiento de Tijarafe presenta al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación, si procede, los siguientes Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 10/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 ACUERDOS PRIMERO.- Que se garantice la continuidad del servicio de conexión marítima entre el Puerto de Tazacorte y Puerto Naos para los agricultores de las zonas afectadas al sur de las coladas del volcán, como mínimo hasta el restablecimiento de las conexiones terrestres directas entre el Valle de Aridane y dichas zonas. SEGUNDO.- Agradecer a la Armada Española el servicio que ha venido prestando hasta este momento para transportar a los agricultores afectados. TERCERO.- Reconocer el esfuerzo realizado por los propios agricultores para lograr mantener sus fincas en producción y con ello contribuir también a una pronta recuperación económica de la isla de La Palma. CUARTO.- Dar traslado de estos acuerdos a los restantes Ayuntamientos de La Palma, al Cabildo Insular, al Gobierno de Canarias, a la Delegación del Gobierno en Canarias, al Ministerio de Defensa, a ASEPALMA y al resto de organizaciones vinculadas con el sector platanero en La Palma.” Por el Sr. Alcalde Presidente se abre turno de debate, y sometido el asunto a votación, una vez mostrado el apoyo a la moción por los portavoces municipales, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica mayor absoluta legal, acuerda: Primero.- Apoyar la Moción remitida por el Ayuntamiento Tijarafe relativa al mantenimiento del servicio de transporte marítimo de los agricultores hasta Puerto Naos, en los mismos términos en los que ha sido formulada. Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Ayuntamiento de Tijarafe para su constancia y efectos. C) PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN SEXTO. Toma de conocimiento de los Decretos dictados por Alcaldía. — Decretos del nº 104/2022 al nº 364/2022 emitidos desde el día 24 de enero al 18 de febrero de 2022. Por el Alcalde-Presidente se da cuenta que desde la fecha de la convocatoria de la última sesión, 24 de enero de 2022, hasta la fecha de la convocatoria de la presente sesión, 18 de febrero de 2022, se han dictado 260 Decretos, concretamente los que van desde el número 104 hasta el 264 ambos inclusive. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 11/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 Interviene la Sra. Rodríguez Hernández para preguntar, a la vista de varias resoluciones en materia de inhumaciones y exhumaciones en el Cementerio municipal, de concesión de derechos funerarios, etc, por la situación de este servicio. Contesta el Sr. Alcalde que esos Decretos responden al proceso de regularización de las concesiones municipales en el Cementerio. Pregunta la Sra. Rodríguez Hernández y el Sr. Hernández Armas por el motivo de la existencia de procedimientos sancionadores resueltos por prescripción. Contesta el Sr. Alcalde que se debe a colapsos puntuales en la tramitación de esos expedientes tanto a nivel municipal como a nivel de la Dirección insular. Pregunta la Sra. Rodríguez Hernández por un decreto de resolución de discrepancias donde hay dos facturas por obras de emergencia volcánica, que no sabe si corresponden a las obras que se están ejecutando en las proximidades del Adamancasis o si se refiere a otras obras, y si fueran otras cuáles son. Contesta el Sr. Alcalde que en este momento hay muchas obras de emergencia y muchos contratos de emergencia, explicando cuándo se puede recurrir a esa figura. Interviene la Sra. Rodríguez Hernández para manifestar que solicitará por escrito información sobre este asunto. Finalizadas las intervenciones, el Pleno toma conocimiento. SÉPTIMO. Toma de conocimiento acuerdos de Junta de Gobierno Local: 7.1º. Adhesión al Convenio de colaboración entre la Fecam y Grafcan para el desarrollo coordinado del sistema de información territorial de la Comunidad Autónoma de Canaria (SITCAN) en el ámbito de los municipios de Canarias, periodo 2021-2024. (Expediente Nº 2020/4425). Por la Sra. Secretaria se da cuenta del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno local, en sesión celebrada el 18 de febrero de 2022, y relativo a la adhesión de este Ayuntamiento al Convenio de colaboración entre la Fecam y Grafcan para el desarrollo coordinado del sistema de información territorial de la Comunidad Autónoma de Canaria (SITCAN) en el ámbito de los municipios de Canarias, periodo 2021-2024. El Pleno toma conocimiento del acuerdo adoptado por delegación por la Junta de Gobierno Local en fecha 28 de dicuiembre de 2020, referente al Convenio aludido. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 12/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 D) ASUNTOS DE URGENCIA OCTAVO. Asuntos de urgencia 8.1º Regulación de parámetros urbanísticos en aplicación del Decreto ley 1/2022, de 20 de enero por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectados por la erupción volcánica en la Isla de La Palma. Por el Sr. Alcalde Presidente se motiva la urgencia de la inclusión de este asunto en el orden del día en la necesidad de adoptar acuerdo con la máxima celeridad posible, debido a la importancia de la propuesta en sí. Sometida a votación la apreciación de la urgencia, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica mayoría absoluta legal, aprecia la misma. Se trajo a la vista la propuesta del Sr. Alcalde para la regulación de parámetros urbanísticos en aplicación del Decreto ley 1/2022 por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectados por la erupción volcánica en la Isla de La Palma, cuyo tenor literal es el siguiente: “VISTO que, el Decreto Ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma (BOC nº 16, de 24.1.2022), establece en su artículo 2 que será de aplicación a la construcción y reconstrucción de las viviendas habituales, legales o en situación asimilada, destruidas por las coladas de la erupción volcánica acaecida a partir del 19 de septiembre de 2021. Y en su punto 2. Dispone que, asimismo, será de aplicación a la rehabilitación de inmuebles afectados por dichas coladas para ser destinados a vivienda, con o sin modificación del uso actual. VISTO que, como consecuencia de lo anterior, el Artículo 4.- Autorización para la construcción y reconstrucción de viviendas habituales y rehabilitación de inmuebles, en situación legal o asimilada a la misma, establece: 1. Las personas propietarias y titulares de viviendas habituales, en situación legal o asimilada a la misma, destruidas o afectadas estructuralmente por la erupción volcánica acaecida a partir del 19 de septiembre de 2021, podrán solicitar licencia para la construcción y reconstrucción hasta un máximo equivalente a la edificabilidad del inmueble sustituido, con el mismo uso que se desarrollaba en dicho inmueble, y adaptándose a la tipología del entorno en que se encuentre la parcela. En caso de edificaciones en situación de fuera de ordenación, la altura máxima en suelo urbano y rústico de asentamiento será de dos plantas, sin que pueda superarse la que tuviera la vivienda afectada, en caso de ser menor. En el resto de categorías de suelo rústico a que se refiere el apartado 2 de este artículo, la altura máxima será de una planta. Dichos parámetros podrán alterarse para el cumplimiento de la normativa sobre condiciones de habitabilidad. También podrán solicitar la rehabilitación de inmuebles afectados por dichas coladas para ser destinados a vivienda, con o sin modificación del uso actual, siempre que se encuentren en situación legal o asimilada a la misma. 2. La reconstrucción de viviendas podrá ejecutarse en la misma parcela en que se ubiquen, si resulta materialmente posible. La construcción de nuevas viviendas en sustitución de las destruidas podrá realizarse en cualquier parcela situada en el ámbito territorial de esta norma, no incluido en Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 13/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 las coladas de la erupción volcánica, respecto de la que acrediten ser titulares de cualquier derecho subjetivo suficiente y que esté clasificada como suelo urbano o suelo rústico de asentamiento. En caso de que las personas afectadas no tengan ningún derecho de titularidad del dominio o derecho suficiente sobre la parcela correspondiente o acrediten la imposibilidad o inviabilidad de ejecutar las viviendas en parcelas clasificadas y categorizadas según lo dispuesto en el párrafo anterior, las mismas se podrán implantar en parcelas sobre las que tengan algún derecho subjetivo que les faculte para dicha reconstrucción, que estén clasificadas y categorizadas según el siguiente orden de prelación: a) Suelo rústico común. b) Suelo rústico de protección agraria. c) Suelo rústico de protección paisajística. La construcción podrá legitimarse con independencia de las determinaciones aplicables a dicha parcela en la ordenación general de los recursos naturales y del territorio y en la ordenación urbanística. En caso de que la parcela se ubique en suelo rústico común, suelo rústico de protección agraria o suelo rústico de protección paisajística, la reconstrucción se realizará en la zona menos fértil de la misma. 3. La construcción a que se refiere el apartado 2 de este precepto no podrá materializarse sobre parcelas: a) Incluidas en un espacio natural protegido o en Red Natura 2000, salvo que el respectivo plan o norma legitime el correspondiente uso y edificación en dicha parcela. b) Destinadas a dominio público o afectadas por sus servidumbres, o que, según el planeamiento urbanístico, estén destinadas a zonas verdes o espacios libres. c) Que, según el Plan Insular de Ordenación de La Palma, deban ser excluidas del proceso de urbanización y edificación, en prevención de riesgos sísmicos, geológicos, meteorológicos u otros, incluyendo los incendios forestales. d) Que, según el Plan Insular de Ordenación de La Palma, deban ser excluidas de procesos de urbanización y edificación por razones ambientales. e) Que, según el Plan Insular de Ordenación de La Palma, estén incluidas en áreas de actividad económica estratégica. De conformidad con los siguientes artículos del Plan Insular de Ordenación de La Palma: Artículo 25. Áreas del territorio que deben ser excluidas de los procesos de urbanización y en su caso de edificación por razones ambientales. (NAD) 1. Este Plan Insular excluye de los procesos de urbanización y edificación aquellos espacios que, por sus características naturales, su trascendencia para el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales o para la preservación de la diversidad genética y de la variedad, singularidad o belleza de los ecosistemas y del paisaje, son incompatibles con las transformaciones que supone la urbanización. 2. Las zonas A y Ba PORN y la subzona Bb1 PORN quedan excluidas de nuevos procesos de urbanización y edificación, excepto aquellos previstos por el Plan Insular o autorizados por los planes y normas de los Espacios Naturales Protegidos en el desarrollo de las competencias que les atribuye la legislación vigente. Asimismo, los citados instrumentos de planeamiento y los Planes Generales, reconocerán la existencia de suelo urbano, asentamientos rurales o agrícolas y otras edificaciones o instalaciones existentes en sus correspondientes ámbitos de planeamiento, incluso en el caso que no vengan señalados por este Plan Insular. Artículo 26. Áreas del territorio donde se posibilitan los procesos de edificación y urbanización. (NAD) 1. En las zonas Bb PORN se autorizarán exclusivamente las edificaciones e instalaciones vinculadas al sector económico de referencia para cada subzona: forestal, agrícola, ganadera, instalaciones vinculadas al litoral, o la edificación que autorice el planeamiento de los Espacios Naturales o urbanístico en los asentamientos rurales o agrícolas que delimite. Se admiten también las instalaciones turísticas previstas por el Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística y el planeamiento que desarrolle el Plan Insular, así como las construcciones e instalaciones que fueran precisas para el desarrollo de la actividad correspondiente a cada subzona. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 14/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 2. En las zonas C PORN, además de las vinculadas al sector económico de referencia en las correspondientes subzonas, se admiten las construcciones vinculadas a actividades de interés general. 3. Entre las limitaciones establecidas en los apartados anteriores no se consideran incluidas: a) La construcción de infraestructuras, caso de que se autorice el uso correspondiente, que deben ubicarse, siempre que sea posible, fuera de la zonas A, Ba y Bb PORN o, en su caso, justificarse convenientemente. b) La conservación de infraestructuras, elementos de urbanización, instalaciones y edificios preexistentes, siempre que no se especifique lo contrario y se destinen a usos admitidos en la correspondiente zona. c) Las instalaciones especialmente previstas por este Plan Insular o el planeamiento de Espacios Naturales Protegidos, territorial y urbanístico en desarrollo de los objetivos de este Plan Insular. 14 Plan Insular de Ordenación de La Palma Normas CCRS arquitectos Artículo 27. Áreas del territorio que deben ser excluidas de los procesos de urbanización y edificación por razones de riesgo. (ND) 1. Los procesos de urbanización y edificación deben prohibirse en particular en las áreas que delimiten los planes y normas de los Espacios Naturales y los planes territoriales o urbanísticos para prevenir riesgos sísmicos, geológicos, meteorológicos u otros, incluyendo los incendios forestales y las riadas, tanto las naturales como las que puedan producirse por accidente o por la ocupación indebida de los cauces. 2. La delimitación de estas áreas a escala insular se remite a un Plan Territorial Especial de Prevención de Riesgos. El Plan Territorial Especial de Prevención de Riesgos, los planes y normas de los Espacios Naturales y los planes territoriales o urbanísticos tendrán en cuenta la información preliminar contenida en el documento de información del Plan Insular. 3. En el caso de que las posibles medidas a implantar para la prevención de riesgos no garantizaran la seguridad suficiente, la existencia de riesgo puede ser determinante para prescindir de actuaciones previstas por el planeamiento. VISTO lo establecido en el Artículo 5.- Competencia. 1. Se atribuye al Pleno del Ayuntamiento en el que se ubique la parcela en que pretenda ejecutarse la construcción, reconstrucción y/o rehabilitación la competencia para otorgar la autorización prevista en el artículo 4 de esta norma. Asimismo el punto 2. Dicha competencia no podrá ser delegada en otro órgano de la misma o distinta Administración. CONSIDERANDO que según señala el Decreto con respecto al procedimiento para la concesión de las correspondientes autorizaciones se basa en el procedimiento establecido en el artículo 342 de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. VISTO el Decreto Ley 2/2022 de 10 de febrero, por el que por el que se adaptan las medidas tributarias excepcionales en la isla de La Palma, al Decreto Ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma y por el que se modifica el citado Decreto ley, en cuya Disposición final primera.- Modificación del Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma, se señala: Se modifica el Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma, en los siguientes términos: Uno. Se añade una nueva disposición final, que pasa a ser final segunda, del siguiente tenor: “Disposición final segunda.- Regulación de parámetros en suelo rústico. El Pleno de cada Ayuntamiento podrá establecer mediante acuerdo plenario los siguientes parámetros para la construcción de viviendas en las categorías de suelo rústico recogidas en el apartado 2 del artículo 4 de esta norma: a) Parcela mínima edificable. b) Altura, que no podrá superar una planta, salvo en suelo rústico de asentamiento, donde podrá alcanzar dos plantas. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 15/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 c) Localización de la edificación dentro de la parcela, que deberá respetar lo dispuesto en el artículo 4.2, último párrafo, de este Decreto ley. d) Retranqueos a linderos y al eje de caminos.” Dos. La actual disposición final segunda pasa a ser disposición final tercera. En su virtud, se eleva al Pleno del Ayuntamiento la siguiente Propuesta de Ordenación de Parámetros Urbanísticos en aplicación del Decreto Ley 1/2022 de 20 enero por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma: PRIMERO.- Suspender las determinaciones del Plan General de Ordenación de El Paso dentro de los ámbitos de aplicación de este Decreto y del objeto del mismo. SEGUNDO.- En sustitución de las determinaciones suspendidas, establecer las normas siguientes: NORMATIVA DE LA EDIFICACIÓN SUELO URBANO CONSOLIDADO Y NO CONSOLIDADO ORDENADO. Parcela mínima: la que establezca el Plan General de Ordenación Altura: La que establezca el Plan General. En el caso de edificaciones fuera de ordenación la altura máxima será de dos plantas, sin que pueda superarse la que tuviera la vivienda afectada, en caso de ser menor. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima: la del inmueble sustituido. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO NO ORDENADO. Parcela mínima: 500 m² Altura: La altura máxima será de dos plantas, sin que pueda superarse la que tuviera la vivienda afectada, en el caso de ser menor. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima la del inmueble sustituido ASENTAMIENTO RURAL Parcela mínima: 500 m², salvo que el Plan General de Ordenación estableciese una menor. Altura: La que establezca en Plan General de Ordenación. En el caso de edificaciones fuera de ordenación: dos plantas, sin que pueda superarse la que tuviera la vivienda afectada, en el caso de ser menor. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima la del inmueble sustituido SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN AGRARIA Y SUELO RÚSTICO COMÚN. Parcela mínima: 500 m² Altura: una planta. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima la del inmueble sustituido SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN PAISAJISTICA Parcela mínima: 1000 m² Altura: una planta. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima la del inmueble sustituido CONDICIONES GENERALES EN SUELO URBANO NO CONSOLIDADO NO ORDENADO, SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN AGRARIA, SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA Y SUELO RÚSTICO COMÚN. OCUPACIÓN: 30% de la parcela En esta ocupación se incluyen las dependencias propias de vivienda y otras complementarias, con usos de garaje, almacén, trastero o pequeña bodega, piscina o baños ecológicos, dispuestos en la propia envolvente, o aislados. RETRANQUEOS: 3 metros a linderos y 5 metros a vía pública. TIPOLOGÍA: Adaptación al entorno en el que se encuentre la parcela. NO SE ESTABLECE FRENTE MÍNIMO A VIARIO, si bien, se debe garantizar que la parcela tenga acceso desde camino público, con un ancho mínimo de 3 metros, cuando sólo afecte a una parcela, Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 16/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 pudiendo establecerse un ancho superior a criterio de los Servicios Técnicos Municipales si afectara a más de una parcela. CONDICIONES PARA LA IMPLANTACIÓN DE EDIFICACIONES RESIDENCIALES EN SUELO RÚSTICO a) Todas las edificaciones en suelo rústico común, suelo rústico de protección agraria o suelo rústico de protección paisajística la reconstrucción se realizará en la zona menos fértil de la misma. Se establece el fondo máximo edificable en 50 metros desde el frente de la parcela. b) De implantación. Se justificará la implantación de las edificaciones atendiendo a: Menores impactos paisajísticos. Mejor integración orográfica. Menores valores agrícolas del suelo en que se implante. Menor movimiento de tierras. c) De agregación. En las explotaciones que se precise de más de una edificación, estas se dispondrán, preferentemente, en un único conjunto. d) De volumen y disposición de volúmenes. Los volúmenes edificados serán simples y se integrarán en las condiciones de pendiente del lugar en que se ubique. No se admiten alturas superiores a 4 metros en ningún tramo de sus fachadas. Las medidas se tomarán de suelo a techo, en el punto de arranque de la cubierta. e) De paisaje. En ningún caso se admitirán edificaciones en puntos altos, en líneas de horizonte, o en posiciones que pudieran afectar a las visuales desde las carreteras de la red general. SEGREGACIÓN Podrá segregarse la parcela objeto de la reconstrucción. La solicitud de segregación podrá presentarse de forma conjunta con la solicitud de reconstrucción, y la propuesta de segregación deberá contener, en su caso, los viales que serán de cesión obligatoria al Ayuntamiento para garantizar el acceso a la parcela por vía/camino público. La segregación que en su caso se practique, se autorizará en el mismo acto y quedará vinculada a la autorización de reconstrucción. “ Abierto el turno de intervenciones por el Sr. Alcalde se explica que se trata de concretar los parámetros urbanísticos para la reconstrucción de las viviendas destruidas por la erupción volcánica, al amparo de lo establecido en el Decreto ley 1/2022, de 20 de enero y remarcando que este documento ha sido consensuado por el personal de las oficinas técnicas de los tres municipios de la Comarca, y sometido el asunto a votación, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica la mayoría absoluta legal, acuerda: PRIMERO.- Suspender las determinaciones del Plan General de Ordenación de El Paso dentro de los ámbitos de aplicación del Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma y del objeto del mismo. SEGUNDO.- En sustitución de las determinaciones suspendidas, establecer las normas siguientes: NORMATIVA DE LA EDIFICACIÓN SUELO URBANO CONSOLIDADO Y NO CONSOLIDADO ORDENADO. Parcela mínima: la que establezca el Plan General de Ordenación Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 17/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 Altura: La que establezca el Plan General. En el caso de edificaciones fuera de ordenación la altura máxima será de dos plantas, sin que pueda superarse la que tuviera la vivienda afectada, en caso de ser menor. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima: la del inmueble sustituido. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO NO ORDENADO. Parcela mínima: 500 m² Altura: La altura máxima será de dos plantas, sin que pueda superarse la que tuviera la vivienda afectada, en el caso de ser menor. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima la del inmueble sustituido ASENTAMIENTO RURAL Parcela mínima: 500 m², salvo que el Plan General de Ordenación estableciese una menor. Altura: La que establezca en Plan General de Ordenación. En el caso de edificaciones fuera de ordenación: dos plantas, sin que pueda superarse la que tuviera la vivienda afectada, en el caso de ser menor. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima la del inmueble sustituido SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN AGRARIA Y SUELO RÚSTICO COMÚN. Parcela mínima: 500 m² Altura: una planta. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima la del inmueble sustituido SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN PAISAJISTICA Parcela mínima: 1000 m² Altura: una planta. Tipología Edificatoria: Adaptación a tipología del entorno. Edificabilidad máxima la del inmueble sustituido CONDICIONES GENERALES EN SUELO URBANO NO CONSOLIDADO NO ORDENADO, SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN AGRARIA, SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA Y SUELO RÚSTICO COMÚN. Ocupación: 30% de la parcela En esta ocupación se incluyen las dependencias propias de vivienda y otras complementarias, con usos de garaje, almacén, trastero o pequeña bodega, piscina o baños ecológicos, dispuestos en la propia envolvente, o aislados. Retranqueos: 3 metros a linderos y 5 metros a vía pública. Tipología: Adaptación al entorno en el que se encuentre la parcela. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 18/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 No se establece frente mínimo a viario, si bien, se debe garantizar que la parcela tenga acceso desde camino público, con un ancho mínimo de 3 metros, cuando sólo afecte a una parcela, pudiendo establecerse un ancho superior a criterio de los Servicios Técnicos Municipales si afectara a más de una parcela. CONDICIONES PARA LA IMPLANTACIÓN DE EDIFICACIONES RESIDENCIALES EN SUELO RÚSTICO a) Todas las edificaciones en suelo rústico común, suelo rústico de protección agraria o suelo rústico de protección paisajística la reconstrucción se realizará en la zona menos fértil de la misma. Se establece el fondo máximo edificable en 50 metros desde el frente de la parcela. b) De implantación. Se justificará la implantación de las edificaciones atendiendo a: Menores impactos paisajísticos. Mejor integración orográfica. Menores valores agrícolas del suelo en que se implante. Menor movimiento de tierras. c) De agregación. En las explotaciones que se precise de más de una edificación, estas se dispondrán, preferentemente, en un único conjunto. d) De volumen y disposición de volúmenes. Los volúmenes edificados serán simples y se integrarán en las condiciones de pendiente del lugar en que se ubique. No se admiten alturas superiores a 4 metros en ningún tramo de sus fachadas. Las medidas se tomarán de suelo a techo, en el punto de arranque de la cubierta. e) De paisaje. En ningún caso se admitirán edificaciones en puntos altos, en líneas de horizonte, o en posiciones que pudieran afectar a las visuales desde las carreteras de la red general. SEGREGACIÓN Podrá segregarse la parcela objeto de la reconstrucción. La solicitud de segregación podrá presentarse de forma conjunta con la solicitud de reconstrucción, y la propuesta de segregación deberá contener, en su caso, los viales que serán de cesión obligatoria al Ayuntamiento para garantizar el acceso a la parcela por vía/camino público. La segregación que en su caso se practique, se autorizará en el mismo acto y quedará vinculada a la autorización de reconstrucción. TERCERO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento(https://sede.elpaso.es) CUARTO.- Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 19/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo,en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 8.2º Adhesión a la Declaración institucional de la Federación Canaria de Municipios con motivo de la celebración del día de la Mujer el próximo 8 de marzo. Se justifica la urgencia de la inclusión de este punto en el orden del día dada la necesidad de adoptar acuerdo con anterioridad a la conmemoración del Día Internacional de La Mujer que se celebra el día 8 de marzo. Sometida a votación la apreciación de la urgencia, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica mayoría absoluta legal, aprecia la misma. Seguidamente, por la Sra. Secretaria se da cuenta del oficio de la Presidenta de la Fecam, que tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento el día 22 de febrero de 2022 bajo el nº 2917, mediante el que se daba traslado de la Declaración institucional con motivo de la Conmemoración del Día Internacional de La Mujer, el próximo día 8 de marzo, que reza literalmente así: Por el Sr. Alcalde Presidente se abre turno de debate, y sometido el asunto a votación, toda vez que no tiene lugar intervención alguna, el Pleno, por unanimidad de los miembros presentes, lo que implica mayoría absoluta legal, acuerda: Primero.- Aprobar la adhesión a Declaración Institucional remitida por la Federación Canaria de Municipio (FECAM) con motivo de la celebración del Día Internacional de la Mujer, el próximo 8 de marzo, en los mismos términos en los que ha sido formulada. Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo a la Federación Canaria de Municipios (FECAM) para su constancia y efectos. E) RUEGOS Y PREGUNTAS NOVENO. Ruegos y preguntas. 9.1º. Preguntas con solicitud de respuesta oral dirigidas al Alcalde Presidente (Expediente nº 2022/838). Con respecto a las preguntas sobre el inmueble de la C/ Paso de Abajo, contesta el Sr. Alcalde que se ha solicitado informe a la Oficina técnica municipal de este y otro inmueble situado en la C/ Cantadores. Con respecto a este último ya se ha dictado una orden de ejecución, y con respecto al de la C/ Paso de Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 20/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 Abajo se está a la espera de las conclusiones del informe técnico para adoptar las decisiones oportunas. Es un tema preocupante, que requiere de una actuación, sobre todo porque hay problemas entre los propietarios, no habiéndose adoptado ninguna medida hasta no contar con el informe técnico. Con respecto a la pregunta sobre el edificio de Correos, el Alcalde responde que le sorprende porque hay una sentencia que reconoce a la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, como propietaria de parte de este inmueble, que no cabe la reversión, y que el servicio de correos se mantendrán en la misma parte del inmueble en que se viene llevando a cabo. Interviene el Sr. Hernandez Armas para preguntar por un contencioso- administrativo interpuesto por Francisco Dobao contra este Ayuntamiento. Explica el Sr. Alcalde que el Ayuntamiento no ha actuado porque entiende que es un problema entre particulares por una pared medianera. Pregunta el Sr. Hernández Armas por un contrato de patrocinio para un traje de carnaval. Contesta el Sr. Hernández Concepción que es un traje para el Carnaval de S/C de Tenerife de este año. Pregunta el Sr. Hernández Armas por si es necesario adquirir un dron y un GPS para la Oficina técnica. Contesta el Sr. Alcalde que es una herramienta muy útil que tiene muchos usos en materia de planeamiento y de seguridad. Pregunta el Sr. Hernández Armas si se va a formar a personal municipal para el manejo de esas herramientas. Contesta el Sr. Alcalde que sí y que mientras se contratará el servicio. Pregunta el Sr. Hernández Armas por el alto coste de este dron. Contesta el Sr. Alcalde que responde al hecho de adquirir una herramienta que permita afrontar los nuevos retos con la mejor tecnología y que está a favor de dotar a los servicios municipales de buenas herramientas tecnologicas. Pregunta el Sr. Hernández Armas si se va a alquilar o a comprar un local en la Avenida Islas Canarias y cuál va a ser su destino. Contesta el Sr. Alcalde que se va a arrendar y se va a destinar a sede de los servicios sociales municipales. Pregunta el Sr. Hernández Armas si el suelo para la prolongación de la Avenida Islas Canarias es propiedad municipal. Contesta el Sr. Alcalde que la parte de la vía sí y otras no. Pregunta el Sr. Hernández Armas por el tratamiento del cauce del Barranco de esa zona. Contesta el Sr. Alcalde que una posible continuación de la vía por esa zona, requeriría un nuevo proyecto, pero ahora no es una actuación que este contemplada ni prevista. Pregunta la Sra. Rodríguez Hernández si se va a cubrir la plaza del policía local que ha solicitadao jubilación anticipada. Contesta el Sr. Alcalde que si se puede acumular a las dos plazas que están en trámite de cubrise, se hará, y que se está a la espera de un informe sobre ese asunto. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 21/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 Pregunta la Sra. Rodríguez Hernández en qué consiste el renting de vehículos para la emergencia volcánica. Contesta el Sr. Alcalde que el programa de contratación del Plan extraordinario de empleo y formación del volcán contempla la posibilidad de adquisición de medios materiales(vehículos, maquinaria, etc), y a la vista de que el parque móvil municipal no es suficiente para atender las demandas del nuevo personal contratado, se ha procedido a alquilar más vehículos para los distintos servicios municipales. Pregunta la Sra. Rodríguez Hernández si resta alguna actuación municipal que llevar a cabo en los terrenos cedidos al Instituto Canario de la vivienda para la instalación de viviendas modulares para los afectados por la erupción volcánica. Contesta el Sr. Alcalde que los compromisos del Ayuntamiento están cumplidos al 100%. Hay publicaciones en las redes sociales que no se ajustan a la realidad. El compromiso del Ayuntamiento era preparar el suelo y el del Gobierno de Canarias, urbannizar y colocar las viviendas. El proyecto de urbanización se contrató hace tres semanas y no se ha puesto en marcha porque hay una discrepancia en los costes de urbanización. A continuación se proyectan en un pantalla varias imágenes de carteles de obras promovidas por distintas Administraciones. Continúa señalando el Sr. Presidente que hay una discrepancia en el coste de la urbanización, que estamos hablando de dinero público y que el hecho ha sido puesto en conocimiento de quién lo tiene que saber. Quiere aclarar que la labor de preparación del suelo esta terminada, con un muros que delimitan el perímetro que podrína ser mejores, pero la urgencia ha sido la que ha sido. Se ha conseguido que haya suelo para instalar más viviendas y se muestra un plano de la zona en la que se ve cómo es el planteamiento que se va hacer en la zona. Este tema le ha preocupado, no es responsabilidad del Ayuntamiento y se ha puesto en conocimiento de la más alta esfera del gobierno canario, la lealtad y la transparencia son básicas y le duele la desinformación y lo que quiere dejar claro es la responsabilidad de cada uno. Desconoce porque se ha demorado tanto la contratación del proyecto de urbanización. La Sra Hernández Rodríguez hace el ruego de que la transcripción de las actas se más literal. La Sra. Hernández Rodríguez hace el ruego de que se mantengan en mejores condiciones los inmuebles municipales, poniendo como ejemplo las escuelas de Tajuya. Interviene el Sr. Alcalde para explicar los motivos por los que no se ha podido ejecutar las obras previstas en las escuelas de Tajuya. Pregunta el Sr. Hernández Armas porque se ha tardado tanto en pagar las ayudas a los alumnos. Contesta el Sr. Alcalde que se iban a pagar la última semana de diciembre y que se sabe quién paga en este Ayuntamiento y lo que ha pasado. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 22/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37 Insiste el Sr. Hernández Armas de porque no se pasó al Banco una orden para hacer esos pagos. Contesta el Sr. Alcalde que no entiende ni comprende lo que quiere decir el Sr. Hernández Armas, que es de sobra conocido el motivo por el que no se pudo pagar en la última semana y que le sorprende su desconocimiento del procedimiento de pagos para una persona que lleva tanto tiempo en la Administración- Pregunta el Sr. Hernández Armas a la Sra. Fernández Acosta por si tiene conocimiento de quejas con respecto al trato recibido por los ciudadadanos por personal del Departamento de Servicios sociales. Contesta la Sra. Fernández Acosta que no le consta ninguna queja por escrito salvo que el Sr. Hernández Armas se refiera a las “denuncias” de un paciente psiquiátrico que se queja del trato recibido por todo el mundo y le informa de que hay un jurista encargado del tema de las quejas. Insiste el Sr. Hernández Armas de que en las ultimas resoluciones de la Alcaldía hay dos relativas a temas de quejas. Contesta la Sr. Fernández Armas que se trata de quejas de otros años que se han resuelto ahora, al contar el Ayuntamiento con más juristas. Y no habiendo más asuntos que tratar, por el Presidente se levanta la sesión a las diecinueve horas y treinta minutos, de todo lo cual, yo la Secretaria accidental doy fe. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 18-05-2022 11:23:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 18-05-2022 13:45:19 Registrado en: SESIONES PLENARIAS - Nº: 10/2022 Fecha: 25-05-2022 12:58 Nº expediente administrativo: 2022-000841 Código Seguro de Verificación (CSV): AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA734C0474395F5C7841E2ACBB88C6A3 . - 23/23 - Fecha de sellado electrónico: 25-05-2022 12:11:15 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 12:08:37