ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 5 DE FEBRERO DE 2021 Asistentes: Sr Alcalde: Dº Sergio Javier Rodríguez Fernández Sres. Concejales: Dª Angeles Nieves Fernández Acosta Don Pablo Omar Hernández Concepción Don Gustavo Jesús Concepción Rodríguez Ausencias: Doña Irinova Hernández Toledo, que excusa su asistencia Sra. Secretaria accidental: Doña María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso y en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, siendo las nueve horas del día 5 de febrero de dos mil veintiuno, se reúne la Junta de Gobierno Local bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, Don Sergio Javier Rodríguez Fernández y con la asistencia de los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión ordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 264/2021, de fecha 4 de febrero de 2021. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Válidamente constituida y abierta la sesión por la Presidencia, seguidamente se entra a conocer los asuntos incluidos en el Orden del Día: ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Lectura y aprobación si procede, de actas precedentes. 1.1 Acta de sesión de Junta de Gobierno Local de fecha 15 de Enero de 2021 (Expediente nº 2021/151). Se da cuenta del borrador del Acta resultante de la sesión ordinaria celebrada el 15 de enero de 2021, que previamente fue remitida a los miembros de la Junta, y estando todos los miembros presentes conformes, es aprobada por unanimidad y sin reparos. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Ver firma Ver firma Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 1/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 Ver sello JUNTA DE GOBIERNO Número: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 SEGUNDO. Acuerdos que procedan sobre licencias urbanísticas. 2.1. Licencia urbanística Nº 6/2016 para vivienda unifamiliar aislada (Expediente nº 2015/419). Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe técnico emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 28 de enero de 2021, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “En relación con la instancia presentada por D ONAN CRUZ DIAZ, con registro de entrada Nº 2020-008820, de fecha 8/SEP/2020 (haciendo a la vez referencia a otra instancia anterior, con registro de entrada Nº 2020-004866, de fecha 4/JUN/2020), referido a una solicitud de licencia urbanística promovida por D DIEGO FRANCIS CASTRO DIAZ, en la que se aporta una serie de documentación que se le había requerido, necesaria para llevar a cabo el trámite de notificación del derecho que le asiste al promotor, para dar comienzo a las obras que fueron objeto de licencia urbanística a partir de un Proyecto Básico, para lo que se acompaña el Proyecto de Ejecución que trata, de: (Expte. 419/2015) PROYECTO Ejecución: VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA PROMOTOR : D. DIEGO FRANCIS CASTRO DIAZ SITUACIÓN : CAMINO EL ESPIGON, s/n -REF CATASTRAL: 38027A032000610000UL- (F. MATRIZ) INFORMO, como Arquitecto Municipal, en atención a la documentación aportada, lo siguiente: Se trata de un expediente por el que se otorgó la licencia urbanística de obra mayor Nº 6/2016, a favor de D DIEGO FRANCIS CASTRO DIAZ, concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28/ENE/2016, en base a un Proyecto Básico (sin visado, de fecha OCT/2015), el cual sirvió para obtener las autorizaciones administrativas pero no para la ejecución de las obras de nueva planta autorizadas, que tratan de la construcción de una Vivienda Unifamiliar Aislada, de 190,10 m2 de superficie total construida y 2 plantas de altura, en una unidad apta para la edificación con una superficie de 1.004,38 m2, en el sitio conocido por Cno. El Espigón, s/n. En base al Plan General en vigor, aprobado definitivamente por Acuerdo de la COTMAC adoptado en sesión celebrada el 26/SEP/2012, el terreno que sirve de soporte a la edificación proyectada (edificación que debe quedar vinculada Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 2/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 registralmente a la integridad de la finca que le otorga soporte -Finca Nº 13.677-), constituye una unidad apta para la edificación que forma parte del Suelo Rústico de Asentamiento Rural (SRAR Tajuya 1 - ER2), en zona O.T. D1.1., donde el uso principal es la vivienda unifamiliar, además de otros compatibles o autorizables con las limitaciones establecidas por las normas del Plan General y la legislación sectorial aplicable en cada caso. -Se aporta documento acreditativo de haber practicado en el registro de la propiedad (Nota Simple Informativa, de fecha 16/FEB/2016), la correspondiente inscripción del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28/ENE/2016, por el que se otorgó licencia urbanística de obra mayor al proyecto básico objeto del presente expediente (Licencia Nº 6/2016), mediante asiento practicado en el Folio 51 del Tomo 2132, Libro 213 de El Paso, finca 13.677, inscripción 2ª. -Consta en el expediente la designación por parte del promotor de las obras, los técnicos competentes adscritos a la dirección de la obra y la dirección de la ejecución, según la establecido por la LOE. Al amparo del art 346 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y art 221 del Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de Planeamiento de Canarias, se atiende ahora al correspondiente Proyecto de Ejecución (Visado Nº20/000062/5000, de fecha 04/JUN/2020), para la construcción de la Vivienda Unifamiliar Aislada descrita con anterioridad, de 190,10 m2 de superficie total construida y 2 plantas de altura, pudiendo dar comienzo a las actuaciones que fueron objeto de la licencia urbanística concedida. Ha transcurrido el plazo inicial de vigencia de la licencia para la ejecución de las obras autorizadas, comunicando ahora al ayuntamiento el comienzo de las actuaciones que fueron objeto de licencia con la aportación del correspondiente Proyecto de Ejecución. A pesar de que el interesado no ha dado comienzo a la actuación habilitada en el plazo establecido, la administración no ha ejercido la facultad de incoar expediente de caducidad de la licencia concedida. Así pues, hasta el momento en que se decrete su caducidad por el transcurso del plazo inicial concedido, el transcurso de dicho plazo no impedirá la vigencia y plena eficacia de la licencia otorgada. En la actualidad se mantienen las mismas condiciones urbanísticas que sirvieron de base para la concesión licencia. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 3/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 Según determina el art 332.1.c) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, la primera ocupación de la edificación autorizada se trata de una actuación sujeta a comunicación previa, debiéndose llevar a cabo de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de ordenación y calidad de la edificación. En este caso, se deberá acompañar a dicha comunicación previa, título habilitante de la ejecución de la edificación autorizada y certificado final de la misma, acreditativo de que la obra se ha ajustado al proyecto autorizado y demás términos legalmente establecidos, en virtud del art 349.4 de esa misma ley. En virtud del art 330.1c) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, la obra de edificación de nueva planta autorizada se trata de una actuación sujeta a licencia urbanística municipal, y las condiciones urbanísticas recogidas en la licencia concedida, son: Condiciones urbanísticas de la obra: -Promotor : D Diego Francis Castro Díaz -Clase de obra o instalación: Obra mayor (Vivienda Unifamiliar Aislada) -Situación de la obra: Camino El Espigón s/n -Naturaleza urbanística suelo: Suelo Rústico de Asentamiento Rural (SRAR-ER2) -Finalidad y uso: Residencial -Nº habitantes: Cuatro -Altura : 2 Plantas -Superficie construida: 190,10 m2 -Parcela de terreno : 1.004,38 m2 -Ocupación: 20 % -Retranqueos: 5 m y mayor -Plazo de inicio: 6 meses -Plazo de terminación: 18 meses -Presupuesto E.M.: 145.563 €” Visto el informe jurídico emitido por la Asesora Jurídica del Ayuntamiento, de fecha de 4 de febrero de 2021, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “Visto el expediente promovido por DIEGO FRANCIS CASTRO DÍAZ Y PALOMA SEGGEL relativo a solicitud de inicio de las obras para construcción de Vivienda Unifamiliar Aislada, en parcela sita en este término municipal, se tiene a bien emitir el presente informe sobre la base de los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 4/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 PRIMERO.- En fecha 15 de abril de 2016, registro de entrada nº 2998, DIEGO FRANCIS CASTRO DÍAZ, con DNI nº 42.183.399-L, y domicilio a efecto de notificaciones en c/ Convento, nº 37-piso 01-P G (Los Llanos de Aridane), se presenta instancia solicitando el inicio de las obras amparadas por licencia urbanística nº 6/2016. SEGUNDO.- Por el Arquitecto, con fecha 5 de febrero de 2020, se emite informe favorable en relación al proyecto de ejecución aportado en los términos siguientes : “…se atiende ahora al correspondiente PROYECTO DE EJECUCIÓN (Visado nº 20/000065/5000, de fecha 04/JUN/2020), para la construcción de Vivienda Unifamiliar Aislada descrita con anterioridad, de 190,10 m² de superficie total construida y 2 plantas de altura, pudiendo dar comienzo a las actuaciones que fueron objeto de la licencia urbanística concedida. Ha transcurrido el plazo inicial de vigencia de la licencia para la ejecución de las obras autorizadas, comunicando ahora al ayuntamiento el comienzo de las actuaciones que fueron objeto de licencia con la aportación del correspondiente Proyecto de Ejecución. A pesar de que el interesado no ha dado comienzo a la actuación habilitada en el plazo establecido, la administración no ha ejercido la facultad de incoar expediente de caducidad de la licencia concedida”. TERCERO.- Consta en el expediente que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 28 de enero de 2016, se resolvió otorgar licencia urbanística nº 6/2016 a D. Diego Francis Castro Díaz y Paloma Saggel, para la construcción de Vivienda Unifamiliar Aislada, en Camino El Espigón s/n. En la referida licencia se advertía al interesado que el comienzo de las obras requería, en todo caso, comunicación previa al Ayuntamiento con al menos 10 días de antelación al inicio de las obras, a la que se adjuntaría el correspondiente proyecto de ejecución, al haberse presentado la solicitud de licencia con un proyecto básico. n FUNDAMENTOS JURÍDICOS I.-Del proyecto de ejecución.- El Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, en su artículo 8 establece que, el proyecto técnico a presentar puede consistir en un proyecto básico o de ejecución, si bien será necesaria la presentación de proyecto de ejecución: a) Con carácter previo al inicio de las actuaciones sujetas a licencia, cuando esta haya sido otorgada en virtud de proyecto básico. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 5/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 El artículo 346 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, dispone que “El comienzo de las actuaciones objeto de licencia, una vez obtenida esta de forma expresa o por silencio, y verificado, en su caso, el cumplimiento de sus condiciones, requerirá, en todo caso, de notificación al ayuntamiento con al menos diez días de antelación a la fecha proyectada para dicho inicio, acompañada del proyecto de ejecución, si fuera preceptivo y la licencia hubiera recaído sobre un proyecto básico”. Asimismo, dispone a continuación que, durante dicho plazo, deberán personarse en la obra los técnicos municipales a fin de señalar las alineaciones y rasantes. De no hacerlo en dicho plazo establecido al efecto, podrá levantarse el acta de replanteo firmada por el promotor, los técnicos directores y, en su caso, la empresa constructora e iniciarse la obra. II.-De la caducidad de las licencia de obras.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 347 de la Ley 4/2017, el transcurso del plazo, inicial o prorrogado, de vigencia de una licencia sin que el interesado haya comenzado, facultará a la Administración para incoar expediente de caducidad de la licencia, donde se dará audiencia al interesado. Según consta en el informe del Arquitecto Municipal, no se ha iniciado expediente para declarar la caducidad administrativa de dicha licencia. III. Plazos. El artículo 347 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, por su parte, dispone que “Toda licencia urbanística deberá establecer un plazo inicial de vigencia para la realización de la actuación que en la misma se legitima, salvo que, por la naturaleza de dicha actuación que en la misma se legitima, salvo que, por la naturaleza de dicha actuación o por su proyección sobre usos definitivos, la licencia deba tener una vigencia permanente o indefinida en el tiempo. 2. Cuando se trate de la realización de actuaciones edificatorias o constructivas, se deberá fijar un plazo inicial para su comienzo y otro para su conclusión, acordes con la duración previsible de las obras y que, en ningún caso, podrán exceder de cuatro años para el comienzo ni de cuatro para su conclusión. De no establecerse plazo en la resolución de otorgamiento, será de aplicación los señalados como máximo en el presente apartado”. Atendiendo a que el interesado no presenta cronograma de plazos, atendiendo al informe del Arquitecto Municipal, se concederá bajo la observancia de seis (6) meses para iniciar las obras y dieciocho (18) meses para terminarlas. Por todo lo expuesto, se tiene a bien informar favorablemente y realizar la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 6/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 PRIMERO.- Autorizar el inicio de las obras a las que se refiere la licencia urbanística nº 6/2016, otorgada a D. Diego Francis Castro Díaz y Paloma Saggel, para la construcción de Vivienda Unifamiliar Aislada, en Camino El Espigón s/n, parcela catastral 38027A032000610000UL, según Proyecto de ejecución (Visado nº 20/000065/5000, de fecha 04/JUN/2020) del Arquitecto D. Onán Cruz Díaz, colegiado nº 2837 del COAC, y de acuerdo a las prescripciones técnicas contenidas en el informe del Arquitecto Municipal de fecha 22 de enero de 2021: - Promotor: D. Diego Francis Castro Díaz - Clase de la obra o instalación: Obra mayor (Vivienda Unifamiliar Aislada) - Situación de la obra: Camino El Espigón s/n - Naturaleza urbanística del suelo: Suelo Rústico de Asentamiento Rural (SRAR- ER2) - Finalidad y uso: Residencial - Nª habitantes: Cuatro -Altura: 2 plantas - Superficie construida: 190,10 m² - Parcela de terreno: 1.004,38 m² - Ocupación: 20% - Retranqueos: 5 m y mayor - Plazo de inicio: 6 meses - Plazo de terminación: 18 meses - Presupuesto E.M.: 145.563 € SEGUNDO.- Notificar al interesado la resolución que se adopte. Es cuanto cúmpleme informar, no obstante, el órgano competente resolverá lo que estime procedente conforme a derecho. “ Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno en uso de las competencias delegadas por el Sr. Alcalde y por unanimidad, adopta el acuerdo que seguidamente se transcribe, sirviendo de motivación al mismo los informes transcritos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Autorizar el inicio de las obras a las que se refiere la licencia urbanística nº 6/2016, otorgada a D. Diego Francis Castro Díaz y Paloma Saggel, para la construcción de Vivienda Unifamiliar Aislada, en Camino El Espigón s/n, parcela catastral 38027A032000610000UL, según Proyecto de ejecución (Visado nº 20/000065/5000, de fecha 04/JUN/2020) del Arquitecto D. Onán Cruz Díaz, colegiado nº 2837 del COAC, y de acuerdo a las prescripciones técnicas contenidas en el informe del Arquitecto Municipal de fecha 22 de enero de 2021: - Promotor: D. Diego Francis Castro Díaz Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 7/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 - Clase de la obra o instalación: Obra mayor (Vivienda Unifamiliar Aislada) - Situación de la obra: Camino El Espigón s/n - Naturaleza urbanística del suelo: Suelo Rústico de Asentamiento Rural (SRAR- ER2) - Finalidad y uso: Residencial - Nª habitantes: Cuatro -Altura: 2 plantas - Superficie construida: 190,10 m² - Parcela de terreno: 1.004,38 m² - Ocupación: 20% - Retranqueos: 5 m y mayor - Plazo de inicio: 6 meses - Plazo de terminación: 18 meses - Presupuesto E.M.: 145.563 € SEGUNDO.- Notificar al interesado este acuerdo con indicación de los recursos que procedan. TERCERO. Informes municipales de planes y proyectos de otras administraciones . 3.1. Proyecto Museo Forestal Macaronésico “Pino de la virgen” Fase I (Expedientes Nº2020-3809). Se da cuenta del proyecto denominado “Proyecto del Museo forestal macaronésico “Pino de la Virgen” promovido por la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el cambio climático y Planificación territorial del Gobierno de Canarias en la C/ Virgen del Pino, s/n de este término municipal, y respecto del que la mencionada Consejería interesa la evacuación del trámite de cooperación interadministrativa previsto en el artículo 334 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de Espacios Naturales Protegidos de Canarias, así como la disponibilidad de los terrenos para la ejecución de la Fase I del mencionado proyecto que consistirá principalmente en la rehabilitación y adecuación de la edificació ya existente, en la finca conocida como Hacienda del Pino. El mencionado Proyecto se somete a informe por parte del Arquitecto Municipal emitiéndose por éste el que seguidamente se reproduce: “…En base al Plan General en vigor, aprobado definitivamente por Acuerdo de la COTMAC adoptado en sesión celebrada el 26/SEP/2012, la zona en la que se pretende llevar a cabo la actuación pretendida tiene la clasificación de Suelo Rústico Protección Natural, en Zona PORN A2.2- Conectores Ecológicos en Entorno Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 8/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 Natural, dentro de la Zona Periférica de Protección del PN de la Caldera de Taburiente. Estas zonas PORN quedan excluidas de los nuevos procesos de urbanización y edificación, excepto aquellos que estén previstos por el Plan Insular de Ordenación de la isla de La Palma (PIOLP), o autorizados por los planes y normas de los Espacios Naturales Protegidos en el desarrollo de sus competencias. Asimismo, se admitirá la conservación de los edificios preexistentes, siempre que no se especifique lo contrario y se destinen a los usos admitidos en la correspondiente zona PORN. En este tipo de suelos sólo serán posibles con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación ambiental y otras normas sectoriales, los usos y las actividades que sean compatibles con la finalidad de protección y los necesarios para la conservación y, en su caso, el disfrute público de sus valores. El objetivo general es garantizar la protección y conservación de los recursos naturales vinculados, siendo el uso principal el de la conservación ambiental con garantía de conectividad. Cualquier tipo de actuación que se pretenda llevar a cabo en esta zona, deberá garantizar el mantenimiento y conservación de los valores naturales de este espacio, permitiendo la libre circulación de especies, según se determina por del PIOLP para estos espacios que actúan como conectores ecológicos en entorno natural, teniendo la posibilidad en las zonas A2.2 de compartir los objetivos de conectividad con las zonas Bb1.1, que son conectores ecológicos con actividad tradicional. Considerando los usos admitidos para esta zona en la que se pretende llevar a cabo la actuación pretendida, se deberá respetar, en todo caso, el uso de conservación ambiental con garantía de conectividad como uso principal, admitiendo como uso compatible complementario, el científico y de educación ambiental, que es en el que se podría englobar, en última instancia, el uso pretendido para la edificación a rehabilitar. Además de los usos descritos, se permitirían como usos compatibles autorizables con limitaciones, entre otros, la introducción de nuevos usos siempre que no comporten obras o edificaciones no previstas por el PIOLP, debiéndose justificar su relación con la preservación de la continuidad de la capacidad conectora. La actuación pretendida se llevará a cabo en una edificación existente, que es propiedad municipal, localizada en una parcela de terreno con una extensión de 66.617 m2, por lo que se informa la disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución del proyecto definido como Fase I de Museo Forestal. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 9/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 Las obras de rehabilitación encaminadas a la conservación de la edificación existente, se consideran que no producen transformaciones que puedan crear un efecto de barrera ecológica ni suponen una alteración a la continuidad del espacio conector, tal como establece el artículo 171.2.d) del PIOLP. Dado el carácter educativo y divulgativo de los valores naturales y ambientales del lugar, que se pretende con la implantación del uso del museo forestal, podemos considerarlo como un uso complementario del uso principal de la zona, que es, tal como se ha dicho, el de conservación ambiental con garantía de conectividad. La Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en su art 60. 6 a), establece que será posible realizar en suelo rústico actos específicos que traten de la “rehabilitación para su conservación, o la reconstrucción en los términos y condiciones previstos en el artículo 161 de esta ley, de edificios de valor etnográfico o arquitectónico, aun cuando se encontrasen en situación de fura de ordenación, pudiendo excepcionalmente incluir obras de ampliación indispensables para el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad, que habrán de situarse de modo que no afecten a la fachada ni, en su caso, a las partes más valiosas de la edificación……”. Dado que no se dispone a nivel municipal de alguno de los instrumentos que debieran incluir los bienes integrantes del patrimonio municipal, el valor arquitectónico y patrimonial de este bien inmueble y, en su caso, la actuación a realizar, se determinará mediante el oportuno informe preceptivo del área del Cabildo que tenga atribuidas las competencias en materia de patrimonio, según lo dispuesto por el Art 74.5 del PIOLP. Con la reforma de la edificación existente propuesta, que se ciñe exclusivamente al proyecto de FASE I DEL MUSEO FORESTAL, se apuesta por poner en valor los entornos forestales de toda esta zona. Se parte de la existencia de una antigua construcción residencial canaria para su adaptación a las nuevas necesidades museísticas planteadas por el ayuntamiento de El Paso. La superficie total construida para el edificio del Museo Forestal Fase I proyectado es de 208,00 m2, desarrollados a nivel de planta baja y planta semisótano, según el cuadro de superficies del proyecto. El coste de ejecución por contrata (igic, incluido) del proyecto, asciende a la cantidad de 290.012,07 €. En la memoria del proyecto presentado se expone textualmente: “El objetivo principal es aprovechar una infraestructura preexistente, consistente en una Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 10/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 edificación de una planta, que se corresponde con la tipología de casa rural canaria, propiedad del Ayuntamiento de El Paso, para su adaptación al entorno y a las nuevas realidades museísticas demandadas por la sociedad actual con el objetivo de fomentar una educación forestal básica dada la importancia cuantitativa y cualitativa que representan los ecosistemas forestales desde el punto de vista económico, social y ambiental, de manera que se vaya generando una cultura forestal global que vaya impregnando la sociedad actual. Todo en el marco de un ecosistema forestal de pinar canario de los más representativos de Canarias, conjuntamente con el pino canario más antiguo del mundo (El Pino de La Virgen de El Paso).” Se considera que la actuación propuesta es compatible con la finalidad de protección de esta zona de protección natural (Zona PORN A2.2- Conectores Ecológicos en Entorno Natural), en la que se plantea la rehabilitación y reforma de una edificación existente y una pequeña zona de ampliación, con la introducción de un nuevo uso que se entiende que trata de un uso compatible autorizable con el uso principal de la zona, por lo que se informa favorable el proyecto presentado. No obstante, según se hace constar en apartados anteriores, como condición previa a cualquier tipo de aprobación que ampare la ejecución de las obras proyectadas, será preciso: - Informe favorable del área del Cabildo que tenga atribuidas las competencias en materia de patrimonio (Comisión Insular de Patrimonio Histórico). - Informe relativo sobre la compatibilidad del uso del suelo y de la obra de rehabilitación y reforma proyectada con los fines de protección de la zona de localización, por parte del Patronato de PN de la Caldera Taburiente.” Visto además el informe jurídico emitido por la Secretaria, donde se propone: “…Primero.- Tomar conocimiento del oficio remitido por el Viceconsejero de Lucha contra el Cambio Climático, mediante el que interesa la formalización del trámite de cooperación interadministrativa prescrito por el artículo 334 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, en relación con el proyecto “Proyecto del museo forestal macaronésico “Pino de La Virgen”, cuya promoción plantea la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el cambio climático y Planificación territorial del Gobierno de Canarias en la C/Virgen del Pino(finca Hacienda del Pino), dando por evacuado el trámite de cooperación interadministrativa e informando favorablemente el mismo a efectos municipal, con observancia de los condicionantes enunciados en el informe técnico anteriormente reproducido y del que se dará cumplido traslado. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 11/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 Segundo.- Poner a disposición de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el cambio climático y Planificación territorial del Gobierno de Canarias, el inmueble municipal afectado por el proyecto denominado “Proyecto del museo forestal macaronésico “Pino de La Virgen”. Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo a la Viceconsejería de Lucha contra el cambio climático a los efectos procedentes, significándole que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, al concurrir la condición de Administración Pública en el interesado, no cabrá interponer recurso en vía administrativa. No obstante, podrán formular requerimiento previo en los términos de aquél precepto. El requerimiento deberá dirigirse al órgano competente mediante escrito razonado que concretará el acto objeto del requerimiento y deberá producirse en el plazo de dos meses contados desde que la Administración requirente hubiera conocido o podido conocer el acto. El requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, el requerido no lo contestara. El plazo para interponer Recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses. Cuando hubiera precedido el requerimiento citado, el plazo se contará desde el día siguiente a aquél en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.” En su virtud, la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia delegada por el Sr. Alcalde, por unanimidad de los miembros presentes, ACUERDA: Primero.- Tomar conocimiento del oficio remitido por el Viceconsejero de Lucha contra el Cambio Climático, mediante el que interesa la formalización del trámite de cooperación interadministrativa prescrito por el artículo 334 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, en relación con el proyecto “Proyecto del museo forestal macaronésico “Pino de La Virgen”, cuya promoción plantea la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el cambio climático y Planificación territorial del Gobierno de Canarias en la C/Virgen del Pino(finca Hacienda del Pino), dando por evacuado el trámite de cooperación interadministrativa e informando favorablemente el mismo a efectos municipal, con observancia de los condicionantes enunciados en el informe técnico anteriormente reproducido y del que se dará cumplido traslado. Segundo.- Poner a disposición de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el cambio climático y Planificación territorial del Gobierno de Canarias, el inmueble municipal afectado por el proyecto denominado “Proyecto del museo forestal macaronésico “Pino de La Virgen”. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 12/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo a la Viceconsejería de Lucha contra el cambio climático a los efectos procedentes, significándole que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, al concurrir la condición de Administración Pública en el interesado, no cabrá interponer recurso en vía administrativa. No obstante, podrán formular requerimiento previo en los términos de aquél precepto. El requerimiento deberá dirigirse al órgano competente mediante escrito razonado que concretará el acto objeto del requerimiento y deberá producirse en el plazo de dos meses contados desde que la Administración requirente hubiera conocido o podido conocer el acto. El requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, el requerido no lo contestara. El plazo para interponer Recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses. Cuando hubiera precedido el requerimiento citado, el plazo se contará desde el día siguiente a aquél en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.” CUARTO. Asistencia a la Alcaldía en el ejercicio de sus funciones. 4.1. Solicitud de instalación de abastecimiento de agua de la red pública municipal en la calle Riquibas (Expediente Nº 2020/3096). Por la Sra. Secretaria se da cuenta de sendos escritos presentados en el Registro General de este Ayuntamiento los días 13 y 21 de octubre, bajos los números 10575 y 11047, mediante los que varios vecinos de la C/ Riquibas de este Municipio solicitan la instalación de la red de abastecimiento de agua en esa vía municipal. Tras una bre deliberación, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Primero.- Atender a la mencionada demanda. Segundo.- Dar traslado a los interesados de la intención de atender su demanda a lo largo de este ejercicio económico, significándoles que por los Servicios Técnicos Municipales se va a proceder a la redacción del oportuno documento técnico que amparará la ejecución de la referida infraestructura. QUINTO. Asuntos de urgencia. No se plantean. SEXTO. Ruegos y preguntas. No se formularon Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 13/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39 Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, la Sra. Presidenta levanta la sesión siendo las nueve horas y quince minutos, de lo cual como Secretaria doy fe. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 15-02-2021 11:49:24 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 15-02-2021 13:04:18 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 8/2021 Fecha: 16-02-2021 13:55 Nº expediente administrativo: 2021-000283 Código Seguro de Verificación (CSV): 8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/8E8AF4026C9B62CD10764B4C8BC16EDB - 14/14 - Fecha de sellado electrónico: 16-02-2021 14:53:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:25:39