ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 28 DE MAYO DE 2021 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: Dº Sergio Javier Rodríguez Fernández Sres. Concejales: Dª Angeles Nieves Fernández Acosta Don Pablo Omar Hernández Concepción Doña Irinova Hernández Toledo. Don Gustavo Jesús Concepción Rodríguez Sra. Secretaria accidental: Doña María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso, siendo las nueve horas, del día 28 de mayo de 2021, se reúne, en el Salón de Plenos, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Sr. Alcalde y concurriendo los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión ordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 1277/2021, de fecha 27 de mayo de 2021. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaria la válida constitución de la Junta de Gobierno Local, dado que se cumple el quórum legal para su celebración, la Presidencia abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Lectura y aprobación si procede, de actas precedentes. 1.1ºActa de sesión extraordinaria de Junta de Gobierno Local de fecha 21 de mayo de 2021 (Expediente nº 2021/1800). Se da cuenta del borrador del acta resultante de la sesión celebrada el 21 de mayo de 2021, que previamente fue remitida a los miembros de la Junta, y estando todos los miembros presentes conformes, es aprobada por unanimidad y sin reparos. SEGUNDO. Acuerdos que procedan sobre licencias urbanísticas. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 24-08-2021 11:12:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 24-08-2021 13:11:51 Ver firma Ver firma Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 13:39 Nº expediente administrativo: 2021-002057 Código Seguro de Verificación (CSV): 27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A - 1/8 - Fecha de sellado electrónico: 13-09-2021 11:57:16 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:39:13 Ver sello JUNTA DE GOBIERNO Número: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 No se formularon TERCERO. Informes municipales de planes y proyectos de otras administraciones. No se formularon CUARTO. Asistencia a la Alcaldía en el ejercicio de sus funciones. No se formularon. QUINTO. Convenio por el que se instrumentaliza la subvención a favor de los Ayuntamientos de la isla para la organización y desarrollo del Plan de Promoción Deportiva Básica de La Palma 2021-2025 (Expediente nº 2021/671). El Sr. Alcalde informa que este asunto no ha sido objeto de dictamen por lo que debe ser ratificada su inclusión en el orden del día para su posterior debate y votación. Sometida a votación la ratificación de la inclusión de este punto en el orden del día ofrece el siguiente resultado: Votos a favor: 5 Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 En consecuencia queda aprobada por unanimidad su ratificación. Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe jurídico de fecha 17 de marzo de 2021, que se transcribe a continuación: “En relación con el expediente referenciado en el encabezado incoado para la suscripción de un Convenio de colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento para el desarrollo del Plan de Promoción Deportiva Básica de la Isla de la Palma, de conformidad con lo solicitado por providencia del Sr. Alcalde y en virtud de lo establecido en los artículos 173 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y el artículo 3.3º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se emite el siguiente, informe propuesta con base en los siguientes ANTECEDENTES Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 24-08-2021 11:12:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 24-08-2021 13:11:51 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 13:39 Nº expediente administrativo: 2021-002057 Código Seguro de Verificación (CSV): 27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A - 2/8 - Fecha de sellado electrónico: 13-09-2021 11:57:16 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:39:13 UNICO.-Con fecha 4 de marzo de 2021 y bajo el n º 2799 tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento oficio suscrito por el Miembro corporativo Delegado de Turismo y Deportes del Excmo. Cabildo Insular de La Palma mediante el que se daba traslado del acuerdo adoptado por el Consejo Insular de dicha Entidad y relativo a aprobación del Plan de promoción deportiva básica de la Isla de La Palma para el período 2021-2025 así como del borrador del Convenio de colaboración a suscribir con los Ayuntamientos interesados en el desarrollo del referido Plan. LEGISLACIÓN APLICABLE La legislación básica aplicable es la siguiente: - Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. - El Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril -Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. -Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias. -Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. CONSIDERACIONES JURÍDICAS PRIMERA.- En virtud de lo previsto en el artículo 111 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, las Entidades Locales pueden concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración. SEGUNDA.- El Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula en sus artículos 47 a 53 los convenios de colaboración, estableciendo sus requisitos de validez y eficacia, las causas de resolución e imponiendo la obligada remisión de los mismos al Tribunal de Cuentas. Admite la posibilidad de celebrar convenios entre Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetos tanto a derecho público como a derecho privado. El convenio deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 24-08-2021 11:12:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 24-08-2021 13:11:51 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 13:39 Nº expediente administrativo: 2021-002057 Código Seguro de Verificación (CSV): 27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A - 3/8 - Fecha de sellado electrónico: 13-09-2021 11:57:16 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:39:13 de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. TERCERA.- Por su parte, la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, regula los Convenios de Colaboración en sus artículos 15 y siguientes, permitiendo a los Cabildos Insulares y a los Ayuntamientos de su isla, celebrar convenios en los que establezcan libremente los instrumentos de colaboración previstos para la consecución de fines comunes de interés público, y atribuyendo al Ayuntamiento Pleno la competencia para autorizar la firma de los mismos (art. 16.3). CUARTA.-En este sentido, se hace necesario incardinar la necesidad y oportunidad de la actuación municipal por la que se decide conveniar a estos fines, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en esta Ley, esto es, que supone una mejora de la eficiencia de la gestión pública, o que facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, o que contribuye a la realización de actividades de utilidad pública, y todo ello cumpliendo con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. QUINTA.- El convenio de colaboración surge de un acuerdo de voluntades, con derechos y obligaciones para ambas partes que deben quedar claramente definidas. El convenio no podrá tener por objeto prestaciones propias de los contratos; en tal caso, su naturaleza y régimen jurídico deberá ajustarse a lo previsto en la legislación de contratos del sector público. SEXTA.-De conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio deberá tener al menos siguiente contenido: a) Sujetos que lo suscriben y la capacidad jurídica con la que actúan. b) La competencia en la que se fundamenta la actuación del Ayuntamiento. c) Objeto del convenio y actuaciones a realizar por cada sujeto para su cumplimiento, indicando, en su caso, la titularidad de los resultados obtenidos. d) Obligaciones y compromisos económicos asumidos por cada una de las partes, si los hubiera, indicando su distribución temporal por anualidades y su imputación concreta al presupuesto correspondiente de acuerdo con lo previsto en la legislación presupuestaria. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 24-08-2021 11:12:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 24-08-2021 13:11:51 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 13:39 Nº expediente administrativo: 2021-002057 Código Seguro de Verificación (CSV): 27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A - 4/8 - Fecha de sellado electrónico: 13-09-2021 11:57:16 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:39:13 e) Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes y, en su caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento. f) Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Este mecanismo resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. g) El régimen de modificación del convenio. A falta de regulación expresa, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes. h) Plazo de vigencia del convenio teniendo en cuenta que su duración será determinada y no superior a cuatro años, salvo que normativamente se prevea un plazo superior. No obstante en cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigente, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. SÉPTIMA.- En cuanto al procedimiento a seguir, deberán tenerse en cuenta los artículos 49 y 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regulan el contenido mínimo de los convenios, los trámites preceptivos para su suscripción y sus efectos. Los convenios se perfeccionan por la prestación del consentimiento de las partes. Deben ser inscritos en el correspondiente Registro electrónico de órganos de cooperación y de convenios (art. 144.3 LRJSP). De conformidad con el artículo 16.3º de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, las Entidades Locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, adoptado en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el 28 de junio de 2019, se delegó en la Junta de Gobierno local la competencia para suscribir, en nombre y representación del Ayuntamiento cualquier clase de convenio con otras Administraciones públicas. En todo caso, el acuerdo se adoptará previo dictamen de la Comisión Informativa competente por razón de la materia. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 24-08-2021 11:12:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 24-08-2021 13:11:51 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 13:39 Nº expediente administrativo: 2021-002057 Código Seguro de Verificación (CSV): 27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A - 5/8 - Fecha de sellado electrónico: 13-09-2021 11:57:16 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:39:13 Cuando el Convenio suponga obligaciones económicas para este Ayuntamiento, deberá someterse a informe de la Intervención municipal. A tal fin, el Presupuesto municipal deberá incluir las dotaciones presupuestarias necesarias para hacer frente al correspondiente gasto. Dado que la eficacia del convenio supone la concurrencia de voluntades, el acuerdo adoptado será notificado al Cabildo Insular de la Palma al objeto de proceder a su firma. De conformidad con todo lo expuesto, procede informar favorablemente la suscripción del referido convenio, proponiendo a la Junta de Gobierno que, previo dictamen de la Comisión informativa competente por razón de la materia, adopte acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO.- Aprobar el Convenio de colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento para el desarrollo del Plan de Promoción deportiva básica de la Isla de La Palma con el contenido que obra en el expediente. SEGUNDO.- Comunicar el acuerdo al Cabildo Insular de la Palma, al objeto de que proceda a firmar el correspondiente Convenio de colaboración. TERCERO.- Facultar a la Alcaldía para la suscripción del mencionado Convenio de colaboración. CUARTO.- Inscribir el Convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de convenios de este Ayuntamiento. QUINTO.- Dar traslado del convenio al Interventor municipal y al Servicio de Deportes de este Ayuntamiento para su conocimiento y efectos procedentes.” Sometido el asunto a votación y en ejercicio de la compentencia delegada por el Pleno de este Ayuntamiento se aprueba por unanimidad, adoptándose el acuerdo que seguidamente se describe, sirviendo de motivación al mismo el informe transcrito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 24-08-2021 11:12:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 24-08-2021 13:11:51 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 13:39 Nº expediente administrativo: 2021-002057 Código Seguro de Verificación (CSV): 27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A - 6/8 - Fecha de sellado electrónico: 13-09-2021 11:57:16 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:39:13 PRIMERO.- Aprobar el Convenio de colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento para el desarrollo del Plan de Promoción deportiva básica de la Isla de La Palma 2021-2025 con el contenido que obra en el expediente. SEGUNDO.- Comunicar el acuerdo al Cabildo Insular de la Palma, al objeto de que proceda a firmar el correspondiente Convenio de colaboración. TERCERO.- Facultar a la Alcaldía para la suscripción del mencionado Convenio de colaboración. CUARTO.- Inscribir el Convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de convenios de este Ayuntamiento. QUINTO.- Dar traslado del convenio al Interventor municipal y al Servicio de Deportes de este Ayuntamiento para su conocimiento y efectos procedentes.” SEXTO. Proyecto de ejecución y ampliación del complejo deportivo municipal, piscina cubierta e instalaciones complementarias; spa, vestuarios, gimnasio, cafetería y zonas generales (Expediente nº 2021/1451). El Sr. Alcalde informa que este asunto no ha sido objeto de dictamen por lo que debe ser ratificada su inclusión en el orden del día para posteriormente votar la propuesta. Sometida a votación la ratificación de la inclusión de este punto en el orden del día ofrece el siguiente resultado: Votos a favor: 5 Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 En consecuencia queda aprobada por mayoría simple su ratificación. Visto el contenido del Proyecto para la ejecución de las obras de ampliación del Complejo deportivo municipal: Piscina cubierta e instalaciones complementarias(Spa, vestuarios, gimnasio, cafetería y zonas generales) a los efectos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público Visto el informe del Arquitecto Municipal, en el que se detallan los aspectos técnicos del mismo, así como la viabilidad de dicha actuación, recogiéndose en el correspondiente Proyecto de Obras los Pliegos de Prescripciones Técnicas por los que se regirá la licitación. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 24-08-2021 11:12:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 24-08-2021 13:11:51 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 13:39 Nº expediente administrativo: 2021-002057 Código Seguro de Verificación (CSV): 27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A - 7/8 - Fecha de sellado electrónico: 13-09-2021 11:57:16 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:39:13 Considerando lo dispuesto en los artículos 231 y siguientes de la de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Considerando lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en relación con lo previsto en los artículos 21 y 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local Sometido el asunto a votación y en ejercicio de la competencia delegada por el Pleno de este Ayuntamiento, la Junta de Gobierno por unanimidad acuerda: PRIMERO.- Aprobar el Proyecto para la ejecución de las obras de “Ampliación del Complejo deportivo municipal: Piscina cubierta e instalaciones complementarias(Spa, vestuarios, gimnasio, cafetería y zonas generales)”, con un valor estimado de 3.085.237,97 euros, a los efectos previstos en el artículo 231 y siguientes de la de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. SEGUNDO.- Que por parte de los Servicios Técnicos Municipales se proceda a realizar el acta de replanteo, a los efectos previstos en el artículo 236 de la de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. SÉPTIMO. Asuntos de urgencia. No se formularon OCTAVO. Ruegos y preguntas. No se plantean Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el Sr. Presidente levanta la sesión siendo las nueve horas y cuarenta minutos, de lo cual como Secretaria doy fe. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 24-08-2021 11:12:26 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 24-08-2021 13:11:51 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 22/2021 Fecha: 30-08-2021 13:39 Nº expediente administrativo: 2021-002057 Código Seguro de Verificación (CSV): 27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/27BFBC1C7B8E18BB79B0F45C32F1591A - 8/8 - Fecha de sellado electrónico: 13-09-2021 11:57:16 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:39:13