ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2021 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: Dº Sergio Javier Rodríguez Fernández Sres. Concejales: Dª Angeles Nieves Fernández Acosta Don Pablo Omar Hernández Concepción Doña Irinova Hernández Toledo, que excusa su asistencia. Don Gustavo Jesús Concepción Rodríguez Sra. Secretaria accidental: Doña María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso, siendo las nueve horas, del día 17 de diciembre de 2021, se reúne, en el Salón de Plenos, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Sr. Alcalde y concurriendo los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión ordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 2789/2021, de fecha 16 de diciembre de 2021. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaria la válida constitución de la Junta de Gobierno Local, dado que se cumple el quórum legal para su celebración, la Presidencia abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Lectura y aprobación si procede, de actas precedentes. 1.1 Acta de sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local de fecha 03 de diciembre de 2021 (Expediente nº 2021/5304). Se da cuenta del borrador del acta resultante de la sesión celebrada el 3 de diciembre de 2021, que previamente fue remitida a los miembros de la Junta, y estando todos los miembros presentes conformes, es aprobada por unanimidad y sin reparos. SEGUNDO. Acuerdos que procedan sobre licencias urbanísticas. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 14-01-2022 12:27:35 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 14-01-2022 14:49:07 Ver firma Ver firma Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 1/2022 Fecha: 01-02-2022 16:19 Nº expediente administrativo: 2021-005772 Código Seguro de Verificación (CSV): AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD - 1/5 - Fecha de sellado electrónico: 02-02-2022 07:49:30 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:50:08 Ver sello JUNTA DE GOBIERNO Número: 1/2022 Fecha: 01-02-2022 No se plantean TERCERO. Informes municipales de planes y proyectos de otras administraciones. No se plantean. CUARTO. Asistencia a la Alcaldía en el ejercicio de sus funciones. 4.1. Solicitud de local en la Casa caminera para la ubicacion de la futura Asociacion Socio Cultural "La Gallofa" (Expediente nº 2021/5451). Se da cuenta de la instancia presentada por Don Roberto Camacho López el día 7 de diciembre de 2021 bajo el nº 17449 mediante la que solicita un local de la Casa Caminera como sede social de la Asociación socio-cultural La Gallofa. La Junta de Gobierno acuerda comunciar al interesado que se llevaran a cabo las oportunas gestiones con el Excmo. Cabildo Insular para contar con la disponibilidad de los locales de la Casa caminera. 4.2. Traslado de la aportacion realizada por el Ayuntamiento de Gáldar y muestras de solidaridad a los afectados por la erupción volcánica (Expediente Nº 2021/5779). Se da cuenta de la carta suscrita por el Alcalde de la Ciudad de Gáldar, que tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento el día 29 de noviembre de 2021 bajo el nº 16790, mediante la que informa de la aportación de 6.000 euros, realizada por ese Ayuntamiento y los vecinos de esa Ciudad, para cubrir necesidades de las personas afectadas por la erupción volcánica de Cumbre Vieja, al tiempo que muestra su apoyo y afecto a todos los afectados. La Junta de Gobierno queda enterada y agradece tanto la ayuda recibida como las muestras de apoyo y solidaridad transmitidas. QUINTO. Asuntos de urgencia. 5.1 Acuerdos que procedan sobre aprobación del Convenio a suscribir en el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento en materia de obras y servicios municipales(Expediente nº 2021/5788) Por la Presidencia se justifica la urgencia de la inclusión de este asunto en el orden del día precisamente en la necesidad de adoptar acuerdo con la máxima celeridad posible, debido a que el Sr. Presidente del Cabildo Insular ha comunicado a esta Alcaldía la necesidad de contar con este acuerdo a la mayor brevedad. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 14-01-2022 12:27:35 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 14-01-2022 14:49:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 1/2022 Fecha: 01-02-2022 16:19 Nº expediente administrativo: 2021-005772 Código Seguro de Verificación (CSV): AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD - 2/5 - Fecha de sellado electrónico: 02-02-2022 07:49:30 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:50:08 Sometida la urgencia a votación, se aprueba la inclusión de este punto en el orden del día, por unanimidad de los miembros integrantes de la Junta de Gobierno local. Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe jurídico de fecha 16 de diciembre de 2021, que se transcribe a continuación: “En cumplimiento de lo solicitado por el Sr. Alcalde mediante providencia de fecha 16 de diciembre de 2021 se emite informe-propuesta de resolución teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO ÚNICO.- Con fecha 19 de noviembre de 2021 y bajo el nº 16125 tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento oficio del Consejero Insular del Àrea de Infraestructuras, Innovación, Nuevas tecnologías y ordenación del territorio del Cabildo Insular de La Palma mediante el que da traslado a este Ayuntamiento del acuerdo adoptado por el Pleno del Cabildo Insular, en la sesión celebrada el pasado 12 de noviembre de 2021 y relativo a la aprobación inicial de la anualidad 2021 del Plan Insular de Cooperaciónen obras y servicios municipales así como del texto del Convenio y la Memoria-Anexo de aplicación del Plan Insular de Cooperación en obras y servicios municipales 2021- 2024”, al objeto de proceder a la suscripción de éste último una vez aprobado definitivamente. CONSIDERACIONES JURIDICAS PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.1º b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen local es una competencia propia de los Cabildos Insulares la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión. Continúa señalando el precepto mencionado, que a los efectos contemplados entre otras en su letra b), el Cabildo aprueba anualmente un plan de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, en cuya elaboración deben participar los Municipios de la Isla. Ese plan, que deberá contener una memoria justificativa de sus objetivos y de los criterios de distribución de los fondos, criterios que en todo caso han de ser objetivos y equitativos y entre los que estará el análisis de los costes efectivos de los servicios de los municipios, podrá financiarse con medios propios del Cabildo Insular, las aportaciones municipales y las subvenciones que acuerden la Comunidad Autónoma y el Estado con cargo a sus respectivos presupuestos. SEGUNDO.- El artículo 10 de la Ley 8/2015, de Cabildo Insulares establece que los cabildos insulares, para garantizar el ejercicio de las competencias municipales, prestarán asistencia a los municipios de su respectiva isla, especialmente a los de menos de 20.000 habitantes, y con atención preferente a los municipios con insuficiente capacidad económica y de gestión, así como al establecimiento y adecuada prestación de los servicios mínimos. En el número tres letra b) de ese mismo precepto, se concreta que la asistencia de los Cabildos Insulares a los municipios podrá consistir en la cooperación económica para la financiación de inversiones, actividades y servicios de competencia municipal. Por su parte, el artículo 12 de la Ley 8/2015, de Cabildos Insulares señala que para asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio insular de los servicios de competencia municipal, los cabildos insulares facilitarán asistencia material en la prestación de los servicios Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 14-01-2022 12:27:35 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 14-01-2022 14:49:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 1/2022 Fecha: 01-02-2022 16:19 Nº expediente administrativo: 2021-005772 Código Seguro de Verificación (CSV): AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD - 3/5 - Fecha de sellado electrónico: 02-02-2022 07:49:30 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:50:08 municipales, especialmente de los servicios mínimos y para ello se podrá utilizar cualquier fórmula de asistencia y cooperación, así como otorgar subvenciones y ayudas con cargo a los recursos propios del cabildo insular para la realización y el mantenimiento de obras y servicios municipales, que podrán instrumentarse a través del plan insular de obras y servicios, de planes sectoriales o especiales, o de cualquier otro instrumento específico. Asimismo en el artículo 14 de la mencionada disposición normativa se señala que los Cabildos insulares deberán aprobar anualmente el plan insular de cooperación en obras y servicios de competencia municipal, con el objeto de cooperar económicamente en las obras y servicios de competencia municipal. A continuación el precepto señalado establece las reglas para la elaboración, tramitación y aprobación de esos planes insulares TERCERO.- El artículo 15.1º de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (en adelante LRJAPC) contempla la posibilidad de celebrar convenios entre los Cabildos insulares y los ayuntamientos en los que se establezcan libremente los instrumentos de colaboración previstos para la consecución de fines comunes de interés público, y a través de los Convenios de colaboración las partes podrán coordinar sus políticas de fomento dirigidas a un mismo sector, distribuir las subvenciones otorgadas por una de ellas con referencia al ámbito territorial o población de otra, ejecutar puntualmente obras o servicios de la competencia de una de las partes, compartir las sedes, locales o edificios que sean precisos para el desarrollo de competencias concurrentes; ceder y aceptar la cesión de uso de bienes patrimoniales, desarrollar actividades de carácter prestacional y adoptar las medidas oportunas para alcanzar cualquiera otra finalidad, de contenido análogo a las anteriores. CUARTO.- Conforme al artículo 16.3º de la LRJAPC las Entidades locales actuarán en los Convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materias en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de los miembros de la Corporación, que no es el presente caso. Asimismo, el artículo 31.1º e) de la Ley 7/1985, de 1 de abril, de municipios de Canarias señala entre las competencias del Alcalde la firma de los convenios acordados por el Pleno. QUINTO.- El artículo 6.1º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público establece que quedan fuera de esta Ley los convenios de colaboración que celebren las Comunidades autónomas y las Entidades locales entre sí. En virtud de todo lo anteriormente expuesto, la funcionaria que suscribe eleva a la Junta de Gobierno, previo dictamen favorable de la Comisión informativa competente por razón de la materia, la siguiente propuesta de resolución: PRIMERO.- Aprobar el Convenio entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y el Ilustre Ayuntamiento de El Paso en materia de obras y servicios municipales, conforme al texto que obra en el expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma del mencionado Convenio. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 14-01-2022 12:27:35 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 14-01-2022 14:49:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 1/2022 Fecha: 01-02-2022 16:19 Nº expediente administrativo: 2021-005772 Código Seguro de Verificación (CSV): AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD - 4/5 - Fecha de sellado electrónico: 02-02-2022 07:49:30 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:50:08 CUARTO.- Inscribir el convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de convenios del ayuntamiento Dar traslado del acuerdo que se adopte al Servicio de Infraestructuras del Cabildo de La Palma. QUINTO.- Dar traslado del Convenio, una vez suscrito, al Interventor municipal, a la Agencia de Desarrollo Local y a la Oficina Técnica Municipal. Visto asimismo que el expediente fue dictaminado favorablemente por la Comisión informativa de Desarrollo, Obras, Servicios, Seguridad e Industria en la sesión celebrada el 16 de diciembre de 2021. Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno en ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno de esta Ayuntamiento, lo aprueba por unanimidad, adoptándose el acuerdo que seguidamente se describe, sirviendo de motivación al mismo el informe transcrito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Aprobar el Convenio entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y el Ilustre Ayuntamiento de El Paso en materia de obras y servicios municipales en los términos en que obran en el expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde para la rúbrica del documento del Convenio que nos ocupa. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. CUARTO.- Inscribir el convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de convenios del ayuntamiento Dar traslado del acuerdo que se adopte al Servicio de Infraestructuras del Cabildo de La Palma. QUINTO.- Dar traslado del Convenio, una vez suscrito, al Interventor municipal, a la Agencia de Desarrollo Local y a la Oficina Técnica Municipal. SEXTO. Ruegos y preguntas No se formularon Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el Sr. Presidente levanta la sesión siendo las nueve horas y treinta y cinco minutos, de lo cual como Secretaria doy fe. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 14-01-2022 12:27:35 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 14-01-2022 14:49:07 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 1/2022 Fecha: 01-02-2022 16:19 Nº expediente administrativo: 2021-005772 Código Seguro de Verificación (CSV): AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AAD1312A2966DDD667530D8AA97FA4CD - 5/5 - Fecha de sellado electrónico: 02-02-2022 07:49:30 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:50:08