ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 7 DE MAYO DE 2021 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: Dº Sergio Javier Rodríguez Fernández Sres. Concejales: Dª Angeles Nieves Fernández Acosta, que excusa su asistencia. Don Pablo Omar Hernández Concepción Doña Irinova Hernández Toledo, que excusa su asistencia. Don Gustavo Jesús Concepción Rodríguez Sra. Secretaria accidental: Doña María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso, siendo las nueve horas y quince minutos , del día 7 de mayo de 2021, se reúne, en el Salón de Plenos, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Sr. Alcalde y concurriendo los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión ordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 1064/2021, de fecha 6 de mayo de 2021. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaria la válida constitución de la Junta de Gobierno Local, dado que se cumple el quórum legal para su celebración, la Presidencia abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Lectura y aprobación si procede, de actas precedentes. 1.1. Acta de sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local de fecha 30 de abril de 2021 (Expediente nº 2021/1432). Se da cuenta del borrador del acta de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local de fecha 30 de abril de 2021, que previamente fue remitida a los Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Ver firma Ver firma Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 1/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 Ver sello JUNTA DE GOBIERNO Número: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 miembros de la Junta, y estando todos los miembros presentes conformes, es aprobada por unanimidad y sin reparos. SEGUNDO. Acuerdos que procedan sobre licencias urbanísticas. 2.1º. Licencia urbanística para depósito de riego (Expediente nº 2020/2601). Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe técnico emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 4 de mayo de 2021, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “En relación con la instancia presentada por Dº SAMUEL DE PAZ GONZALEZ, con registro de entrada en esta entidad Nº 5.519, de fecha 30/MAR/2021, en la que se aporta documentación justificativa de la titularidad de varias parcelas de terreno a las que se va a vincular la construcción de un Depósito de Riego y, atendiendo al escrito recibido del Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca del CABILDO DE LA PALMA, con registro de entrada en esta entidad Nº 2.753, de fecha 04/MAR/2021, en el que se notifica informe del Servicio de Agricultura del Cabildo sobre el expediente de obras en trámite de concesión de la licencia urbanística, que trata de: (Expte. 2601/2020) PROYECTO : DEPOSITO DE RIEGO PROMOTOR : D SAMUEL DE PAZ GONZALEZ SITUACIÓN : TACANDE (REF CATASTRAL: 38027A041002210000UE) INFORMO, como Arquitecto Municipal, en atención a la documentación presentada, lo siguiente: En base al Plan General en vigor, aprobado definitivamente por Acuerdo de la COTMAC adoptado en sesión celebrada el 26/SEP/2012, el terreno sobre el que se emplaza la construcción a la que se hace referencia en el proyecto presentado (construcción que debe quedar vinculada registralmente a la integridad de la finca que le otorga soporte), tiene la clasificación de Suelo Rústico de Protección Agraria (SRPA), en zona PORN – Bb4.1, en un ámbito de suelo rústico de interés agropecuario, en el que el uso principal es, entre otros, el agrícola tradicional, admitiendo las construcciones vinculadas directamente a la explotación, como es el Depósito solicitado, con las limitaciones establecidas por las normas del Plan General y la legislación general y sectorial aplicable en cada caso. La descripción documental de las tres parcela de terreno vinculadas con esta instalación, son: - Escritura de Compraventa número 956, de fecha 23/SEP/2016 (Finca registral Nº 12.973), en la que se describe la parcela de terreno con una extensión de 11.055,45 Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 2/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 m2 (la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad también es de 11.055,45 m2). Constituye la Parcela 221 del Polígono 41, con una superficie de 10.599 m2. - Escritura de Compraventa número 879, de fecha 10/MAYO/2018 (Finca registral Nº 10.108), en la que se describe la parcela de terreno con una extensión de 7.967,00 m2 (la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad es de 7.201 m2). Constituye la Parcela 223 del Polígono 41, con una superficie de 7.967 m2. - Escritura de Compraventa número 1.567, de fecha 12/AGO/2019 (Finca registral Nº 12.073), en la que se describe la parcela de terreno con una extensión de 3.641,00 m2 (la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad es de 3.596 m2). Constituye la Parcela 222 del Polígono 41, con una superficie de 3.641 m2. La superficie registral conjunta de estas tres parcelas es de 21.852,45 m2, y la catastral de 22.207,00 m2. El proyecto trata de la construcción de un Depósito circular prefabricado de chapa de acero galvanizado, de 14,82 m de diámetro y 3,36 m de altura, sobre una cimentación con losa de hormigón. Consta informe del Área de Agricultura del Cabildo de La Palma, (Registro de salida Nº 2021002659, de fecha 26/FEB/2021), en sentido favorable, condicionado al destino único para el uso agrario de la construcción solicitada, en el que se concluye que se guarda la debida relación de vinculación y proporcionalidad con la actividad agraria de cultivos de próteas con una extensión de 21.824 m2, bajo las consideraciones que se determinan en el mencionado informe. Por lo que, habiendo cumplido la tramitación prevista por la legislación aplicable a este expediente, se informa favorable la concesión de la licencia urbanística al PROYECTO de EJECUCION tramitado, con número de Registro Nº 022/2020, de fecha 1/SEP/2020, por el Colegio de Ingenieros Técnicos Agrícolas para la Construcción de un Depósito de chapa de 579,60 m3 de capacidad., en una parcela de terreno de 21.824 m2 de extensión, en el sitio conocido por Tacande. El art 59 la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de ENPC determina para las construcciones e instalaciones de carácter agrario, que han de quedar vinculadas a las explotaciones a las que dan servicio. En cumplimiento del deber legal de vincular la construcción que en su caso se pudiera autorizar con la integridad de la finca que le otorga soporte, deberá acreditarse por parte del promotor de las obras, el haber practicado en el registro de la propiedad la correspondiente inscripción del acuerdo municipal por el que, en ese supuesto, se autorizase la obra proyectada, sin perjuicio de la posibilidad de dar continuidad al trámite administrativo de licencia urbanística de obra mayor iniciado. Según determina el art 332.1.c) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, la primera utilización de la construcción que en su caso fuese autorizada, se trata de una actuación sujeta a comunicación previa, debiéndose llevar cabo de acuerdo con lo previsto en la Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 3/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 legislación vigente en materia de ordenación y calidad de la edificación. En este caso, se deberá acompañar a dicha comunicación previa, título habilitante de la construcción autorizada y certificado final de la misma, acreditativo de que la obra se ajusta al proyecto de ejecución autorizado y demás términos legalmente establecidos, en virtud del art 349.4 de esa misma ley. En virtud del artículo 330.1c) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, la obra de construcción que se pudiera autorizar, se trata de una actuación sujeta a licencia urbanística municipal, y las condiciones urbanísticas del proyecto que es objeto de este informe, son: Condiciones urbanísticas de la obra: - Promotora : D Samuel de Paz González - Clase de obra o instalación : Obra mayor - Situación de la obra : Tacande - Naturaleza urbanística suelo : Suelo Rustico de Protección Agraria (SRPA) - Finalidad y uso : Depósito de agua - Altura : 3,36 m - Volumen : 579,60 m3 - Parcela de terreno : 21.824 m2 - Ocupación : < 1 % - Retranqueos : > 5,50 m y mayor - Plazo de inicio : 6 meses - Plazo de terminación : 6 meses - Presupuesto : 21.308,00 € Visto el informe jurídico emitido por la Asesora Jurídica del Ayuntamiento, de fecha de 6 de mayo de 2021, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “Visto el expediente promovido por Dº SAMUEL DE PAZ GONZÁLEZ relativo a solicitud de licencia de obras para construcción de Depósito de Riego, en parcela sita en este término municipal, se tiene a bien emitir el presente informe sobre la base de los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En fecha 2 de septiembre de 2020, registro de entrada nº 8581, D. SAMUEL DE PAZ GONZÁLEZ, con DNI nº 42.190.699-M, y domicilio a efecto de notificaciones en c/ San Miguel, nº 5, 38700- Santa Cruz de La Palma, solicita licencia de obras para construcción de “Depósito de Riego” en finca sita en Tacande, formada por las parcelas catastrales 221, 222 y 223 del polígono 41, según Proyecto de Depósito de Riego del Ingeniero Técnico Agrícola Enrique Huertas López, colegiado nº 510 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Santa Cruz de Tenerife- Delegación La Palma. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 4/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 SEGUNDO.- Mediante Decreto de Alcaldía nº 1766/2020, de fecha 7 de septiembre de 2020, se acuerda la admisión a trámite y la solicitud de los informes y autorizaciones preceptivos que resulten aplicables. TERCERO.- Con fecha 23 de septiembre de 2020, se emite informe por los Servicios Técnicos Municipales (Arquitecto Técnico), según el cual “Puesto que la actuación pretendida consiste en la construcción de un depósito de agua para riego, y se trata de una obra de carácter eminentemente agropecuario, se solicita informe sectorial por parte del área de Agricultura y desarrollo económico del Cabildo Insular, a fin de que se establezca si las obras a ejecutar guardan proporción con su extensión y características, según se establece en el artículo 31 de la Normativa del Plan General de Ordenación”. CUARTO.- Con fecha 23 de septiembre de 2020, se remite solicitud de informe sectorial al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. QUINTO.- Con fecha 4 de marzo de 2021 se recibe desde el Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, informe según el cual “Lo proyectado (Depósito de riego en chapa de acero galvanizado de 14,82 m² de diámetro) guarda la debida necesidad, adecuación y proporcionalidad con el cultivo de proteas que se desarrolla en la finca). SEXTO.- Con fecha 30 de abril de 2021, por el interesado se presenta instancia aportando la siguiente documentación: Escritura de compraventa nº 956, de fecha 23-09-2016, autorizada ante el notario D. Lucía de Los Ángeles Badía Abad; Escritura de compraventa nº 1.567, de fecha 12-08-2019, autorizada ante el notario D. Ausencio José Santos Martín; Escritura de compraventa nº 879, de fecha 10-05-2018, autorizada ante el notario D. Julio Cibeira Taboada. SÉPTIMO.- Por el Arquitecto Municipal, con fecha 4 de mayo de 2021, se emite informe favorable para la realización de obras solicitadas conforme al Proyecto presentado y de acuerdo a las siguientes condiciones urbanísticas: • Promotor: Samuel de Paz González • Clase de obra o instalación: Obra mayor • Situación de la obra: Cuesta La Juliana • Naturaleza urbanística del suelo: Suelo Rústico de Protección Agraria (SRPA) • Finalidad y uso: Depósito de agua • Altura: 3,36 m • Superficie: 579,60 m² • Parcela de terreno: 21.824 m² Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 5/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 • Ocupación: 1% • Retranqueos: <5.00 m² • Plazo de inicio: 6 meses • Plazo de terminación: 6 meses • Presupuesto: 21.308,00 € FUNDAMENTOS JURÍDICOS I.-Normativa aplicable.- Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias. DECRETO 183/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias (RGESPC, en adelante). Plan General de Ordenación de El Paso, aprobado definitivamente por acuerdo de la COTMAC en sesión celebrada el 26 de septiembre de 2012. Sujeción a licencia. Conforme dispone el artículo 330 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de Espacios Naturales Protegidos de Canarias (LSENPC, en adelante), apartado c), están sujetas a licencia las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de nueva planta en el suelo, vuelo o subsuelo. II. De las construcciones y actividades permisibles en suelo rústico de protección agraria. En suelo rústico, a la vista del art. 59 de la LSENPC, son usos, actividades y construcciones ordinarios los de carácter agrícola, ganadero, forestal, cinegético, piscícola, de pastoreo, extractivo y de infraestructuras. Los usos agrícola, ganadero, forestal, cinegético, piscícola y de pastoreo, comprenderán la producción, transformación y la comercialización de las producciones, así como las actividades, construcciones e instalaciones agroindustriales necesarias para las explotaciones de tal carácter, debiendo guardar proporción con su extensión y características, quedan vinculadas a tales explotaciones. De conformidad con lo dispuesto en el art. 66 de la LSENPC, en los suelos rústicos de protección agraria podrán realizarse los usos ordinarios, incluyendo los complementarios, a que se refiere el apartado 2 del art. 59 con el alcance que en su caso, pueda precisar el planeamiento aplicable. De la documentación técnica que obra en el expediente así como del informe de los Servicios Técnicos se desprende que la parcela objeto de la actuación se encuentra en Suelo Rústico de Protección Agraria (SRPA) en zona PORN-Bb4.1, en un ámbito de Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 6/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 interés agropecuario en el que el uso principal es, entre otros, el agrícola tradicional, admitiendo las construcciones vinculadas directamente a la explotación, como es el depósito solicitado. El Plan General de Ordenación de El Paso, en el artículo 34 del Documento de Normativa Urbanística dispone que “Se admite la implantación de instalaciones y edificaciones complementarias a la actividad agrícola, que deberá guardar proporción con su extensión y características quedando vinculadas a la explotación”. El apartado 10 del art. 34, para las zonas de Interés Agropecuario, Bb4.1 y C2.2 Interés Agropecuario apta para actividades de interés general definen los siguientes usos: a) Principales: • Agrícola tradicional, pastoreo y explotaciones ganaderas en todas sus intensidades, con las limitaciones establecidas en la legislación aplicable pero en el caso de Bb4.1 solo las explotaciones existentes, hasta la definitiva aprobación del Plan Especial previsto por este Plan General excepto en el caso de las explotaciones familiares y complementarias. El art. 209 del Documento de Normativa Urbanística del PGO, establece las condiciones y tipos de edificaciones en suelo agrícola. Para el caso de los estanques y depósitos de agua, establece que solo se admiten en SRPA como nueva construcción y se admiten en SRPP los existentes, pero no admitiéndose su ampliación. En relación a las superficies de lámina de agua para la construcción de estanques en función de la superficie de la parcela de secano (S), se determinan de la siguiente manera: Del informe del Arquitecto Municipal de fecha 4 de mayo de 2021 se desprende que se cumplen todos los parámetros urbanísticos descritos. A la vista del apartado 4º del artículo 339 de la LSENPC, “El cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad de los proyectos sujetos a intervención administrativa, de su ejecución de las construcciones, edificaciones e instalaciones resultantes es responsabilidad de los titulares, promotores y facultativos intervinientes, en los términos previstos en la legislación específica aplicable. III. Análisis de la adecuación de las licencias urbanística a la ordenación en vigor. En el análisis de las licencias de obra mayor, el artículo 21.2 del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales establece que «se examinará si el acto proyectado se ajusta a los planes de ordenación urbana». Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 7/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 En el artículo 339 de la LSENPC, se establece que la potestad resolutoria sobre la solicitud de licencias urbanísticas es de carácter reglado y consiste en verificar que la actuación urbanística a realizar o a legalizar se adecúa a la legalidad urbanística, habilitando o legalizando, en tal caso la actuación. A estos efectos, la legalidad urbanística aplicable será “…la que se encuentre vigente al tiempo en que se dicte la resolución que ponga fin al procedimiento, siempre que esta se dicte dentro del plazo establecido para resolver. En caso de resolución extemporánea o de silencio administrativo positivo, la normativa urbanística aplicable será la que resulte más beneficiosa para el solicitante de entre la vigente al tiempo de la solicitud o al tiempo de la resolución expresa o producción del silencio positivo. En el caso de legalización, se aplicará la ordenación urbanística más favorable, ya fuera la vigente en el momento de la ejecución de las obras o la determinada en el párrafo anterior”. IV.- Emisión de informes. A la vista del artículo 342 de la LSENPC, “Admitida a trámite la solicitud, se solicitarán los informes y autorizaciones preceptivos que resultaran aplicables, a menos que ya fueran aportados por el solicitante. Entre los informes preceptivos a solicitar se comprenderán los informes técnico y jurídico sobre la adecuación del proyecto o actuación a la legalidad ambiental, territorial y urbanística y, en su caso, a la normativa sectorial”. De conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre “Serán preceptivos en todo caso, los informes técnico y jurídico sobre la adecuación del proyecto o actuación a la legalidad urbanística y, en su caso, a la normativa sectorial. Dichos informes serán emitidos por los servicios municipales y, en su defecto, y a solicitud del Ayuntamiento, por los servicios del Cabildo Insular correspondiente, en el marco y de acuerdo con los requisitos del deber de asistencia”. Constan en el expediente informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales (Arquitecto Municipal) de fecha 4 de mayo de 2021, así como informe sectorial de agricultura emitido en sentido favorable por el Servicio de Agricultura del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, de fecha 26 de febrero de 2021. V.- Parcela. Según el Proyecto aportado se trata de una finca formada por tres parcelas catastrales (Parcela 221, 222 y 223 del Polígono 41. Se aporta por el interesado: Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 8/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 Escritura de Compraventa número 956, de fecha 23/SEP/2016 (Finca registral Nº 12.973), en la que se describe la parcela de terreno con una extensión de 11.055,45 m2 (la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad también es de 11.055,45 m2). Constituye la Parcela 221 del Polígono 41, con una superficie de 10.599 m2. Escritura de Compraventa número 879, de fecha 10/MAYO/2018 (Finca registral Nº 10.108), en la que se describe la parcela de terreno con una extensión de 7.967,00 m2 (la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad es de 7.201 m2). Constituye la Parcela 223 del Polígono 41, con una superficie de 7.967 m2. Escritura de Compraventa número 1.567, de fecha 12/AGO/2019 (Finca registral Nº 12.073), en la que se describe la parcela de terreno con una extensión de 3.641,00 m2 (la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad es de 3.596 m2). Constituye la Parcela 222 del Polígono 41, con una superficie de 3.641 m2. La superficie registral conjunta de estas tres parcelas es de 21.852,45 m² y la catastral de 22.207,00 m². Según el informe del Arquitecto Municipal se desprende que se trata de la construcción de un depósito circular de chapa de acero galvanizado, de 14,82 m² de diámetro y 3,36 m de altura, sobre una cimentación con losa de hormigón. VI.- Proyecto Básico y visado profesional.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, en relación al contenido del proyecto técnico de obras, el proyecto técnico a presentar puede consistir en un proyecto básico o de ejecución, si bien será necesaria la presentación de proyecto de ejecución: a) Con carácter previo al inicio de las actuaciones sujetas a licencia, cuando esta haya sido otorgada en virtud de proyecto básico. El Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, en su artículo 2 dispone que, será obligatorio obtener el visado profesional a los trabajos profesionales enumerados, entre los que encuentran “Proyecto de ejecución de edificación. A estos efectos se entenderá por edificación lo previsto en el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación (…)”. En el supuesto objeto del presente informe, se ha presentado Proyecto de ejecución tramitado con número de registro 220/2020, de fecha 01/09/2020, por el Colegio de Ingenieros Técnicos Agrícolas. VII.- Canon por aprovechamiento en Suelo Rústico.- Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 9/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 El artículo 38 de la LSENPC, en su párrafo 3º establece que “Todo aprovechamiento en suelo rústico que habilite a la implantación de construcciones o instalaciones cuya legitimación requiera la previa declaración de interés público o social prevista en los artículos 76 y 77 de la presente ley, así como los proyectos de interés singular o autonómico de iniciativa privada, devengará un canon a favor del ayuntamiento…” La declaración de interés público o social es para los usos no ordinarios. De conformidad con el art. 59 de la LSENPC, son usos, actividades y construcciones ordinarios los de carácter agrícola, ganadero, forestal, cinegético, piscícola, de pastoreo, extractivo y de infraestructuras. Los usos agrícola, ganadero, forestal, cinegético, piscícola y de pastoreo, comprenderán la producción, transformación y la comercialización de las producciones, así como las actividades, construcciones e instalaciones agroindustriales necesarias para las explotaciones. A la vista de lo anterior, no cabe aplicar canon en suelo rústico para el uso agrícola a la vista de la LSENPC, la cual es de aplicabilidad directa y de inmediata eficacia derogatoria. VIII. Plazos. El artículo 347 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, por su parte, dispone que “Toda licencia urbanística deberá establecer un plazo inicial de vigencia para la realización de la actuación que en la misma se legitima, salvo que, por la naturaleza de dicha actuación que en la misma se legitima, salvo que, por la naturaleza de dicha actuación o por su proyección sobre usos definitivos, la licencia deba tener una vigencia permanente o indefinida en el tiempo. 2. Cuando se trate de la realización de actuaciones edificatorias o constructivas, se deberá fijar un plazo inicial para su comienzo y otro para su conclusión, acordes con la duración previsible de las obras y que, en ningún caso, podrán exceder de cuatro años para el comienzo ni de cuatro para su conclusión. De no establecerse plazo en la resolución de otorgamiento, será de aplicación los señalados como máximo en el presente apartado”. Atendiendo a que el interesado no presenta cronograma de plazos, atendiendo al informe del Arquitecto Municipal, se concederá bajo la observancia de seis (6) meses para iniciar las obras y seis (6) meses para terminarlas. IX. Cláusula salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero. De conformidad con el artículo 12 del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales, aprobado, las autorizaciones y licencias urbanísticas se otorgan salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, en iguales términos se pronuncia el artículo 10 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, según el cual “El otorgamiento y la denegación de licencias urbanísticas no presuponen ni inciden en la titularidad de los derechos reales o personales de disposición, uso o disfrute sobre Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 10/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 el suelo, subsuelo o vuelo afectado sobre lo construido o edificado al amparo de las mimas”. Ahora bien, el párrafo segundo establece que no obstante lo anterior, “…toda solicitud de licencia o comunicación previa deberá venir acompañada de los documentos que acrediten indiciariamente la titularidad, por el solicitante, de las facultades jurídicas necesarias para la realización, sobre el suelo, vuelo o subsuelo, de las actuaciones o sus objeto de la solicitud”. Consta en el presente supuesto: Escritura de Compraventa número 956, de fecha 23/SEP/2016 (Finca registral Nº 12.973). Constituye la Parcela 221 del Polígono 41, con una superficie de 10.599 m2. Escritura de Compraventa número 879, de fecha 10/MAYO/2018 (Finca registral Nº 10.108). Constituye la Parcela 223 del Polígono 41, con una superficie de 7.967 m2. Escritura de Compraventa número 1.567, de fecha 12/AGO/2019 (Finca registral Nº 12.073). Constituye la Parcela 222 del Polígono 41, con una superficie de 3.641 m2. A la vista de lo anterior, queda cumplimentado el requisito de acreditación indiciaria de la titularidad de la parcela a favor del solicitante. X. De la publicidad de las obras. Conforme dispone el artículo 337 de la Ley 4/2017, de 13 de julio del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se deberá colocar un cartel visible desde la vía pública que indique el número y fecha de la licencia urbanística, que incluya la denominación descriptiva de la obra, plazo de ejecución, nombre del promotor, director facultativo y empresa constructora en su caso. Por todo lo expuesto, la técnico que suscribe INFORMA FAVORABLEMENTE y tiene a bien realizar la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO.- Procede el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada por D. SAMUEL DE PAZ GONZÁLEZ, para obras de construcción de “Depósito de Riego” en finca sita en Tacande, formada por las parcelas catastrales 221, 222 y 223 del polígono 41, según Proyecto del Ingeniero Técnico Agrícola Enrique Huertas López, colegiado nº 510 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Santa Cruz de Tenerife- Delegación La Palma, y de acuerdo a las prescripciones contenidas en el informe del Arquitecto Municipal. SEGUNDO.- Conforme dispone el artículo 337 de la Ley 4/2017, de 13 de julio del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se deberá colocar un cartel visible desde la vía pública que indique el número y fecha de la licencia urbanística, que Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 11/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 incluya la denominación descriptiva de la obra, plazo de ejecución, nombre del promotor, director facultativo y empresa constructora en su caso. TERCERO.- La licencia que se otorgare será bajo la condición legal de la observancia de seis (6) meses para iniciar las obras y seis (6) meses para terminarlas. CUARTO.- La licencia otorgada se circunscribe a la habilitación de la actuación por cumplimiento de la legalidad urbanística, sin enjuiciar, predeterminar ni condicionar las situaciones jurídico-privadas de la persona solicitante o de terceras personas ni aquellos aspectos técnicos que sean ajenos al ámbito del control administrativo ejercido a través del otorgamiento de licencias. QUINTO.- Notificar al interesado la resolución que se adopte. Es cuanto cúmpleme informar, no obstante, el órgano competente resolverá lo que estime procedente conforme a derecho.” Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno en uso de las competencias delegadas por el Sr. Alcalde y por unanimidad, adopta el acuerdo que seguidamente se transcribe, sirviendo de motivación al mismo los informes transcritos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Otorgar a Don Samuel De Paz González licencia urbanística para obras de construcción de “Depósito de Riego” en finca sita en Tacande, formada por las parcelas catastrales 221, 222 y 223 del polígono 41, según Proyecto del Ingeniero Técnico Agrícola Enrique Huertas López, colegiado nº 510 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Santa Cruz de Tenerife- Delegación La Palma, y de acuerdo a las prescripciones contenidas en el informe del Arquitecto Municipal. SEGUNDO.- Conforme dispone el artículo 337 de la Ley 4/2017, de 13 de julio del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se deberá colocar un cartel visible desde la vía pública que indique el número y fecha de la licencia urbanística, que incluya la denominación descriptiva de la obra, plazo de ejecución, nombre del promotor, director facultativo y empresa constructora en su caso. TERCERO.- La licencia que se otorgare será bajo la condición legal de la observancia de seis (6) meses para iniciar las obras y seis (6) meses para terminarlas. CUARTO.- La licencia otorgada se circunscribe a la habilitación de la actuación por cumplimiento de la legalidad urbanística, sin enjuiciar, predeterminar ni condicionar las situaciones jurídico-privadas de la persona solicitante o de terceras Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 12/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23 personas ni aquellos aspectos técnicos que sean ajenos al ámbito del control administrativo ejercido a través del otorgamiento de licencias. QUINTO.- Notificar al interesado la resolución que se adopte. TERCERO. Informes municipales de planes y proyectos de otras administraciones. No se plantean CUARTO. Asistencia a la Alcaldía en el ejercicio de sus funciones. No se plantean. QUINTO. Asuntos de urgencia. No se plantean. SEXTO. Ruegos y preguntas No se formulan. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el Sr. Presidente levanta la sesión siendo las nueve horas y veinticinco minutos, de lo cual como Secretaria doy fe. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 25-05-2021 11:50:58 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 26-05-2021 10:43:12 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 18/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001536 Código Seguro de Verificación (CSV): 358657F932F53E01821AC34B4773DE2F Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/358657F932F53E01821AC34B4773DE2F - 13/13 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:03:03 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:37:23