ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 30 DE ABRIL DE 2021 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: Dº Sergio Javier Rodríguez Fernández Sres. Concejales: Dª Angeles Nieves Fernández Acosta Don Pablo Omar Hernández Concepción, que excusa su asistencia por encontrarse fuera de la isla. Doña Irinova Hernández Toledo, que excusa su asistencia. Don Gustavo Jesús Concepción Rodríguez Sra. Secretaria accidental: Doña María del Carmen Camacho Lorenzo En la Ciudad de El Paso, siendo las 09:00 horas, del día 30 de abril de 2021, se reúne, en el Salón de Plenos, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Sr. Alcalde y concurriendo los Señores y Señoras Concejales que en el encabezado se expresan, al objeto de celebrar sesión ordinaria y en primera convocatoria, para la que habían sido convocados previa y reglamentariamente por Decreto del Alcalde nº 1011/2021, de fecha 29 de abril de 2021. Actúa de Secretaria, la accidental de la Corporación, Doña María del Carmen Camacho Lorenzo, que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaria la válida constitución de la Junta de Gobierno Local, dado que se cumple el quórum legal para su celebración, la Presidencia abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Lectura y aprobación si procede, de actas precedentes. 1.2. Acta de sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local de fecha 23 de abril de 2021 (Expediente nº 2021/1328). Se da cuenta del borrador del acta de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada el 23 de abril de 2021, que previamente fue remitida a los miembros de la Junta, y estando todos los miembros presentes conformes, es aprobada por unanimidad y sin reparos. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Ver firma Ver firma Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 1/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:40 Ver sello JUNTA DE GOBIERNO Número: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 SEGUNDO. Acuerdos que procedan sobre licencias urbanísticas. 2.1. Licencia urbanística para villa y piscina (Expediente nº 2016/356). Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe técnico emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 27 de abril de 2021, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “En relación con la instancia presentada por D ANDREAS ANDER, con registro de entrada en esta entidad Nº 7.293, de fecha 29/JUL/2020, referido a una solicitud de licencia urbanística promovida, por HERR ANDREAS ANDER, notificando el derecho que le asiste para dar comienzo a las obras que fueron objeto de licencia urbanística a partir de un Proyecto Básico, para lo que se acompaña el Proyecto de Ejecución que trata, de: (Expte 356/2016) PROYECTO Ejec : ESTABLECIMIENTO EXTRAHOTELERO Tipología: VILLA (1 Ud. de Alojamiento- 7 Plazas Alojativas) PROMOTOR : HERR ANDREAS ANDER SITUACIÓN : CAMINO EL PARAISO-LAS MANCHAS (Ref cat: 38027A035000060000UU) INFORMO, como Arquitecto Municipal, en atención a la documentación aportada, lo siguiente: Se trata de un expediente al que se otorgó licencia urbanística Nº 17/2018, para la construcción de un establecimiento turístico extrahotelero, en la tipología de Villa y un total de 7 plazas alojativas, a favor de D HERMANN BERNHARD JOSEF KUHR (el promotor final de las obras es D HERR ANDREAS ANDER), por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 06/FEB/2018 en base a un PROYECTO BÁSICO (sin visado, de fecha DIC/2016), el cual sirvió para obtener las autorizaciones administrativas pero no para la ejecución de las obras. Se trata de UNA unidad de alojamiento independiente en edificación aislada de 1 planta de altura, sito en Camino El Paraíso - Las Manchas, con una superficie total construida de la unidad alojativa de 244,85 m2, y una Piscina de 52 m2, en una UAET con una extensión de 10.578,00 m2, debiendo quedar la totalidad de la finca, en su integridad, vinculada legalmente a la edificación y uso autorizado. En base al Plan General en vigor, aprobado definitivamente por Acuerdo de la COTMAC adoptado en sesión celebrada el 26/SEP/2012, el terreno sobre el que se proyecta la edificación tiene la clasificación de Suelo Rústico de Protección Agraria (SRPA), en Zona C2.1, de Interés Agrícola, en el que el uso principal es el agrícola tradicional, admitiendo como uso compatible autorizable con limitaciones, el uso turístico cuando lo autorice el PTEOATLPA. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 2/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 La ordenación y condiciones particulares de la edificación se regulan por las normas urbanísticas del Plan General, constituyendo el terreno de emplazamiento de la edificación proyectada una unidad apta para la edificación de uso turístico (UAET). -Se aporta documento acreditativo (Nota Simple Informativa, de fecha 20/ABR/2018) de haber practicado en el registro de la propiedad, a solicitud del promotor de las obras, la correspondiente inscripción del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6/FEB/2018, por el que se otorgó licencia urbanística de obras al proyecto básico objeto del presente expediente (Licencia Nº 17/2018), mediante asiento practicado en el Tomo 1.273, Libro 148 de El Paso, folio 24, finca 5.565, inscripción 4ª. -Consta en el expediente la designación por parte del promotor de las obras, los técnicos competentes adscritos a la dirección de la obra y la dirección de la ejecución, según la establecido por la LOE. Al amparo del art 346 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y art 221 del Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de Planeamiento de Canarias, se atiende ahora al correspondiente PROYECTO DE EJECUCIÓN (Visado Nº 18/000162/5003, de fecha 14/JUL/2020), para la Construcción de una edificación de nueva planta para su destino como Establecimiento Turístico Extrahotelero en suelo rústico, en la tipología de VILLA, formado por un 1 unidad de alojamiento independiente, en edificación aislada de 1 planta de altura, con un total de 7 plazas alojativas, sito en Camino El Paraíso - Las Manchas, con una superficie total construida de la unidad alojativa de 244,85 m2, y una Piscina de 52 m2. La UAET tiene una superficie de 10.578,00 m2, debiendo quedar la totalidad de la finca, en su integridad, vinculada legalmente a la edificación y uso autorizado, pudiendo dar comienzo a las actuaciones que fueron objeto de la licencia urbanística concedida. Ha transcurrido el plazo inicial de vigencia de la licencia para la ejecución de las obras autorizadas, comunicando ahora al ayuntamiento el comienzo de las actuaciones que fueron objeto de licencia con la aportación del correspondiente Proyecto de Ejecución. A pesar de que el interesado no ha dado comienzo a la actuación habilitada en el plazo establecido, la administración no ha ejercido la facultad de incoar expediente de caducidad de la licencia concedida. Así pues, hasta el momento en que se decrete su caducidad por el transcurso del plazo inicial concedido, el transcurso de dicho plazo no impedirá la vigencia y plena eficacia de la licencia otorgada. En la actualidad se mantienen las mismas condiciones urbanísticas que sirvieron de base para la concesión licencia Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 3/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 Según determina el art 332.1.c) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, la primera ocupación de la edificación autorizada se trata de una actuación sujeta a comunicación previa, debiéndose llevar cabo de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de ordenación y calidad de la edificación. En este caso, se deberá acompañar a dicha comunicación previa, título habilitante de la ejecución de la edificación autorizada y certificado final de la misma, acreditativo de que la obra se ha ajustado al proyecto autorizado y demás términos legalmente establecidos, en virtud del art 349.4 de esa misma ley. - Según determina el Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento, con anterioridad al inicio de la actividad la persona titular del establecimiento turístico de alojamiento, comunicará al Cabildo este hecho y cumplimentará declaración responsable manifestando la observancia de los requisitos previstos en ese Reglamento. En virtud del art 330.1c) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, la obra de edificación prevista dar comienzo se trata de una actuación sujeta a licencia urbanística municipal y sus condiciones urbanísticas, son: Condiciones urbanísticas de obra o instalación: ESTABLECIMIENTO TURISTICO DE ALOJAMIENTO EXTRAHOTELERO EN SUELO RUSTICO en la Tipología de VILLA -Promotor : Herr Andreas Ander -Clase de obra o instalación : Obra mayor (Edificación Aislada) -Situación de la obra : Camino El Paraiso – Las Manchas -Naturaleza urbanística suelo : Suelo Rústico de Protección Agraria (SRPA) -Finalidad y uso : Establecimiento Turístico Extrahotelero: VILLA -Nº plazas alojativas : 7 Plazas (1 Ud de Alojamiento) -Altura : 1 Planta -Superficie : Villa: 244,85 m2 Piscina: 52,00 m2 -Parcela de terreno : 10.578,00 m2 -Ocupación : 3 % -Retranqueos : 5,00 m y mayor -Plazo de inicio : 6 meses -Plazo de terminación : 18 meses -Presupuesto E.M. : 254.675 €” Visto el informe jurídico emitido por la Asesora Jurídica del Ayuntamiento, de fecha de 28 de abril de 2021, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 4/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 “Visto el expediente promovido por HERR ANDREAS ANDER relativo a solicitud de modificación de licencia urbanística concedida para construcción de Establecimiento Extrahotelero-Villa, en parcela sita en este término municipal, se tiene a bien emitir el presente informe sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 29 de julio de 2020, por D. HERR ANDREAS ANDER, con N.I.E. nº Y5761865B, representado por D. Félix Frank, con N.I.E. nº X2254123P, se presenta solicitud para: - Que se le tenga por desistido del escrito de desistimiento presentado con fecha 22 de julio de 2020, registro de entrada 2020-7044 - Se le conceda licencia urbanística para modificado de proyecto de Villa, Piscina y Depósito de Agua según Proyecto básico y de ejecución presentado con fecha 22 de julio de 2020. SEGUNDO.- Consta en el expediente administrativo que, La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 6 de febrero de 2018, otorgó a D. Hermann Bernhard Josef Kuhr, licencia urbanística para la construcción de una edificación para uso como establecimiento turístico modalidad extra hotelera y tipología de Villa, así como una piscina, en terreno con referencia catastral nº 38027A0335000060000UU, situado en el c/ Alcalá, de esta localidad, de acuerdo a las prescripciones técnicas contenidas en informe del Arquitecto Técnico Municipal, según el cual se establecía un plazo para el comienzo de las obras de 6 meses y un plazo de ejecución de 18 meses. TERCERO.- La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 6 de julio de 2018, acuerda Tomar conocimiento de la transmisión de la licencia urbanística de obras nº 17/2018, con todas sus prescripciones, otorgada a Don Hermann Bernhard Josef Kuhr a favor de Don Andreas Ander. CUARTO.- Consta en el expediente solicitud de prórroga previa presentada por D. HERR ANDREAS ANDER, con fecha 17 de septiembre de 2019, registro de entrada nº 11662, en Expediente nº 2798/2019, que se resolvió mediante el Decreto nº 1203/2020, de fecha 19 de junio de 2020, de DENEGACIÓN DE PRÓRROGA DE LICENCIA URBANÍSTICA Nº 17/2018, OTORGADA MEDIANTE ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE FECHA 6 DE FEBRERO DE 2018 A FAVOR DE D. HERR ANDREAS ANDER. La denegación de la citada prórroga se fundamentó en que, por parte de los Servicios Técnicos Municipales se ponía de manifiesto que no se había aportado el correspondiente Proyecto de Ejecución, habiéndose otorgado la citada licencia con un proyecto básico que no habilitaba al inicio de las mismas. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 5/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 Una vez notificado el citado Decreto, por D. HERR ANDREAS ANDER se alega la existencia de un error, y aporta instancia adjuntando el Proyecto de Ejecución de fecha 8 de noviembre de 2018 en Expediente 1773-2018. Comprobado por los Servicios Técnicos Municipales, se advierte de la existencia de un error en la tramitación del expediente de licencia de obras, si bien la presentación del proyecto de ejecución por D. HERR ANDREAS ANDER se tramitó como una nueva solicitud de licencia, dando lugar a un nuevo expediente (2018- 1773), y no se asoció al expediente 356-2016, por el que se otorga la Licencia urbanística nº 17/2018. De ahí que no se considerase aportado el proyecto de ejecución, si bien se ha comprobado que, el citado proyecto fue entregado tal y como ha quedado acreditado documentalmente. QUINTO.- Con fecha 11 de agosto de 2020, registro de entrada nº 11662, por D. HERR ANDREAS ANDER, con NIE nº Y5761865-M, domicilio a efecto de notificaciones en Camino Los Tijaraferos, nº 7B, se REITERA la solicitud de “Prórroga de la licencia urbanística nº 17/2018” otorgada en Expediente 356/2016, para la construcción de una edificación para uso turístico tipo Villa, en c/ Alcalá de este término municipal. SEXTO.- Mediante Decreto de Alcaldía nº 1657/2020 de fecha 20-08-2020, se resuelve a la vista de los antecedentes mencionados, conceder a D. HERR ANDREAS ANDER prórroga de la licencia urbanística nº 17/2018, otorgada en Expediente 356/2016, para la construcción de una edificación de uso turístico tipo Villa en c/ Alcalá, por un plazo de doce (12) meses, así como Revocar y dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía nº 1203/2020 de fecha 16 de junio de 2020, de denegación de prórroga de licencia urbanística nº 17/2018, otorgada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de febrero de 2018. SÉPTIMO.- Por el Arquitecto Municipal, con fecha 27 de abril de 2021, se emite informe conforme al Proyecto presentado y de acuerdo a las siguientes condiciones urbanísticas: • Promotor: D. Herr Andreas Ander • Clase de obra o instalación: Obra mayor (Edificación Aislada) • Situación de la obra: Camino El Paraíso-Las Manchas • Naturaleza urbanística del suelo: Suelo Rústico de Protección Agraria. • Finalidad y uso: Establecimiento Turístico Extrahotelero: VILLA • Nº plazas alojativas: 7 Plazas (1 Ud de Alojamiento) • Altura: 1 Planta • Superficie: Villa: 244,85 m² Piscina: 52,00 m² • Parcela de terreno: 10.578,00 m² • Ocupación: 3% Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 6/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 • Retranqueos: 5,00 m y mayor • Plazo de inicio: 6 meses • Plazo de terminación: 18 meses • Presupuesto E.M.: 254.675 € OCTAVO.- Las determinaciones de ordenación aplicables a los terrenos objeto de actuación, según el Plan General de Ordenación de El Paso son las siguientes: Clase de Suelo: RÚSTICO Categoría: PROTECCIÓN AGRARIA (SRUPA) FUNDAMENTOS JURÍDICOS I.-Normativa aplicable.- Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias. DECRETO 183/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias (RGESPC, en adelante). II.- El Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, en su artículo 8 establece que, el proyecto técnico a presentar puede consistir en un proyecto básico o de ejecución, si bien será necesaria la presentación de proyecto de ejecución: a) Con carácter previo al inicio de las actuaciones sujetas a licencia, cuando esta haya sido otorgada en virtud de proyecto básico. El artículo 346 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, dispone que “El comienzo de las actuaciones objeto de licencia, una vez obtenida esta de forma expresa o por silencio, y verificado, en su caso, el cumplimiento de sus condiciones, requerirá, en todo caso, de notificación al ayuntamiento con al menos diez días de antelación a la fecha proyectada para dicho inicio, acompañada del proyecto de ejecución, si fuera preceptivo y la licencia hubiera recaído sobre un proyecto básico”. Asimismo, dispone a continuación que, durante dicho plazo, deberán personarse en la obra los técnicos municipales a fin de señalar las alineaciones y rasantes. De no hacerlo en dicho plazo establecido al efecto, podrá levantarse el acta de replanteo firmada por el promotor, los técnicos directores y, en su caso, la empresa constructora e iniciarse la obra. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 7/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 Así, en el supuesto objeto del presente informe, se otorgó licencia urbanística licencia urbanística de obras nº 17/2018, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 6 de febrero de 2018, en base a un Proyecto Básico, adjuntándose Proyecto de Ejecución con fecha 8 de noviembre de 2018, de la Arquitecto Mari Carmen Alemañ García, con visado 18/000162/5000 de fecha 25/09/2018. Se presenta ahora por el interesado, Modificado de proyecto de villa turística, piscina y depósito de agua, de Dª. Mari Carmen Alemañ García, colegiada nº 2233 del C.O.A.C., con número de visado 18/000162/5001 de fecha 18/06/2020. III.- Emisión de informes. A la vista del artículo 342 de la LSENPC, “Admitida a trámite la solicitud, se solicitarán los informes y autorizaciones preceptivos que resultaran aplicables, a menos que ya fueran aportados por el solicitante. Entre los informes preceptivos a solicitar se comprenderán los informes técnico y jurídico sobre la adecuación del proyecto o actuación a la legalidad ambiental, territorial y urbanística y, en su caso, a la normativa sectorial”. De conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre “Serán preceptivos en todo caso, los informes técnico y jurídico sobre la adecuación del proyecto o actuación a la legalidad urbanística y, en su caso, a la normativa sectorial. Dichos informes serán emitidos por los servicios municipales y, en su defecto, y a solicitud del Ayuntamiento, por los servicios del Cabildo Insular correspondiente, en el marco y de acuerdo con los requisitos del deber de asistencia”. Consta en el expediente informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales (Arquitecto Municipal). IV. De la publicidad de las obras. Conforme dispone el artículo 337 de la Ley 4/2017, de 13 de julio del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se deberá colocar un cartel visible desde la vía pública que indique el número y fecha de la licencia urbanística, que incluya la denominación descriptiva de la obra, plazo de ejecución, nombre del promotor, director facultativo y empresa constructora en su caso. Por todo lo expuesto, por la técnico que suscribe se tiene a bien informar FAVORABLEMENTE la solicitud de modificación de licencia urbanística y realizar la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 8/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 PRIMERO.- Procede la modificación de la licencia urbanística nº 17/2018, otorgada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada con fecha 6 de febrero de 2018, en Expediente 356/2016, para la construcción de una edificación de uso turístico tipo Villa en c/ Alcalá en una parcela con referencia catastral 38027A0335000060000UU, en los términos del Modificado de proyecto de villa turística, piscina y depósito de agua, de la Arquitecto Dª. Mari Carmen Alemañ García, colegiada nº 2233 del C.O.A.C., con número de visado 18/000162/5001 de fecha 18/06/2020, solicitada por D. HERR ANDREAS ANDER. SEGUNDO.- Autorizar el inicio de las obras, según Modificado de proyecto de villa turística, piscina y depósito de agua, de la Arquitecto Dª. Mari Carmen Alemañ García, colegiada nº 2233 del C.O.A.C., con número de visado 18/000162/5001 de fecha 18/06/2020, de conformidad con las prescripciones contenidas en el informe de los Servicios Técnicos Municipales. TERCERO.- La licencia otorgada se circunscribe a la habilitación de la actuación por cumplimiento de la legalidad urbanística, sin enjuiciar, predeterminar ni condicionar las situaciones jurídico-privadas de la persona solicitante o de terceras personas ni aquellos aspectos técnicos que sean ajenos al ámbito del control administrativo ejercido a través del otorgamiento de licencias. CUARTO.- Notificar al interesado la resolución que se adopte. “ Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno en uso de las competencias delegadas por el Sr. Alcalde y por unanimidad, adopta el acuerdo que seguidamente se transcribe, sirviendo de motivación al mismo los informes transcritos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Procede la modificación de la licencia urbanística nº 17/2018, otorgada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada con fecha 6 de febrero de 2018, en Expediente 356/2016, para la construcción de una edificación de uso turístico tipo Villa en c/ Alcalá en una parcela con referencia catastral 38027A0335000060000UU, en los términos del Modificado de proyecto de villa turística, piscina y depósito de agua, de la Arquitecto Dª. Mari Carmen Alemañ García, colegiada nº 2233 del C.O.A.C., con número de visado 18/000162/5001 de fecha 18/06/2020, solicitada por D. HERR ANDREAS ANDER. SEGUNDO.- Autorizar el inicio de las obras, según Modificado de proyecto de villa turística, piscina y depósito de agua, de la Arquitecto Dª. Mari Carmen Alemañ García, colegiada nº 2233 del C.O.A.C., con número de visado 18/000162/5001 de Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 9/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 fecha 18/06/2020, de conformidad con las prescripciones contenidas en el informe de los Servicios Técnicos Municipales. TERCERO.- La licencia otorgada se circunscribe a la habilitación de la actuación por cumplimiento de la legalidad urbanística, sin enjuiciar, predeterminar ni condicionar las situaciones jurídico-privadas de la persona solicitante o de terceras personas ni aquellos aspectos técnicos que sean ajenos al ámbito del control administrativo ejercido a través del otorgamiento de licencias. CUARTO.- Notificar al interesado la resolución que se adopte. 2.2. Licencia urbanística para legalización y terminación construcción de garaje (Expediente nº 2020/280). Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe técnico emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 30 de marzo de 2021, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “En relación con el escrito presentado por parte de D JUAN J VICENTE RODRIGUEZ, con registro de entrada en esta entidad Nº 2020-007397, de fecha 31/JUL/2020, adjuntando documentación que le fue requerida en relación a una solicitud de licencia urbanística para la ejecución de la obra que trata de: (Expte. 280/2020) PROYECTO : LEGALIZACION Y TERMINACION DE GARAJE PROMOTOR : D JUAN J VICENTE RODRIGUEZ SITUACIÓN : C/ VIRGEN DEL PINO, Nº 22 A -REF CATASTRAL: 38027A017001060000UG- INFORMO, como Arquitecto Municipal, en atención a la documentación aportada, lo siguiente: En base al Plan General en vigor, aprobado definitivamente por Acuerdo de la COTMAC adoptado en sesión celebrada el 26/SEP/2012, la parte del terreno sobre la que se emplaza la construcción existente, (construcción que debe quedar vinculada registralmente a la integridad de la finca que le otorga soporte), tiene la clasificación de Suelo Rústico de Asentamiento Rural ER.2 (SRAR Los Barriales 2), en Zona OT D1.1, donde el uso principal es la vivienda unifamiliar, además de otros usos compatibles o autorizables con las limitaciones establecidas por las normas del Plan General y la legislación sectorial aplicable en cada caso. Una pequeña parte de la parcela del terreno tiene la clasificación de Suelo Rústico de Protección Agraria (SRPA), en zona OT Bb.4.1, en un ámbito de suelo rústico de interés agropecuario, en la que el uso principal es el agrícola tradicional y ganadero. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 10/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 La vivienda existente, de la que el garaje proyectado constituye una construcción auxiliar (se trata de una edificación aislada, independiente de la otra), se encuentra en una situación de fuera de ordenación, dado que no cuenta con la correspondiente autorización administrativa que se le exige (licencia urbanística). Según se describe en la documentación que forma parte del proyecto presentado, se trata de una construcción de 1 planta de altura y tiene una superficie construida total de 123,58 m2 que, junto con la edificación proyectada, hacen un total de 215,96 m2, inferior a la edificabilidad máxima permitida para esta unidad territorial. La edificación proyectada (GARAJE) se trata de una construcción auxiliar permitida al servicio de la edificación principal (Vivienda), aunque independiente de ella, que es conforme con las condiciones establecidas por las normas urbanísticas que le son de aplicación para la Edificación Rural ER2. El proyecto describe la terminación de la construcción de un garaje de forma rectangular irregular, de 1 planta de altura, con una superficie construida de 92,38 m2. Se aporta Nota simple informativa del registro de la propiedad, de fecha 3/OCT/2017, en la que se describe el terreno de emplazamiento de la construcción en fase de ejecución (Finca Nº 10.939), con una extensión de 1.691 m2. Por lo que, habiendo cumplido la tramitación prevista por la legislación aplicable a este expediente, se informa favorable la concesión de la licencia municipal de obras para el proyecto de ejecución tramitado con visado número 2020-00130, de fecha 29/ENE/2020, por el Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, para la Legalización y Terminación de un GARAJE, de 1 planta de altura y una superficie construida de 92,38 m2, en una unidad apta para la edificación con una superficie de 1.529,97 m2, que forma parte de una finca con una superficie total de 1.691 m2, en el sitio conocido por C/ Virgen del Pino, 22 A, Los Barriales. En cumplimiento del deber legal de vincular la construcción que en su caso se autorizase, con la integridad de la finca que le otorga soporte (Fina Nº 10.939), deberá acreditarse en todo caso, por parte del promotor de las obras, el haber practicado en el registro de la propiedad la correspondiente inscripción del acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que, en ese supuesto, se autorizase la obra proyectada, sin perjuicio de la posibilidad de dar continuidad al trámite administrativo de licencia urbanística de obra mayor iniciado. Según determina el art 332.1.c) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, la primera utilización de la construcción que en su caso fuese autorizada se trata de una actuación sujeta a comunicación previa, debiéndose llevar cabo de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de ordenación y calidad de la edificación. En este caso, se deberá acompañar a dicha comunicación previa, título habilitante de la ejecución de la construcción autorizada y certificado final de la misma, acreditativo de que la obra se ha ajustado al proyecto autorizado y demás términos legalmente establecidos, en virtud del art 349.4 de esa misma ley. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 11/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 En virtud del artículo 330.1c) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, la obra de construcción de nueva planta que se pudiera autorizar, se trata de una actuación sujeta a licencia urbanística municipal, y las condiciones urbanísticas que son las que se indican en la licencia concedida, son: Condiciones urbanísticas de la obra: -Promotor : D Juan J. Vicente Rodríguez -Clase de obra o instalación : Obra mayor (Garaje) -Situación de la obra : C/ Virgen del Pino, 22A -Naturaleza urbanística suelo : Suelo Rústico de Asentamiento Rural (SRAR-ER2) -Finalidad y uso : Auxiliar a Residencial -Altura : 1 Planta -Superficie : Garaje: 92,38 m2 -Parcela de terreno : 1.691 m2 (SRAR: 1.529,97 m2) -Ocupación : < 30 % -Retranqueos : 5,50 m y mayor -Plazo inicial de comienzo de las obras : 6 meses -Plazo de conclusión de las obras : 12 meses -Presupuesto E.M. : 47.473 €” Visto el informe jurídico emitido por la Asesora Jurídica del Ayuntamiento, de fecha de 23 de abril de 2021, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “Visto el expediente promovido por D. JUAN JESÚS VICENTE RODRÍGUEZ relativo a solicitud de licencia de obras para legalización y terminación de construcción de garaje, en parcela sita en este término municipal, se tiene a bien emitir el presente informe sobre la base de los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En fecha 3 de febrero de 2020, registro de entrada nº 1297, D. JUAN JESÚS VICENTE RODRÍGUEZ, con DNI nº 42.418.159-H, domicilio en c/ Virgen del Pino nº 22, y correo electrónico monster-hunt@hotmail.com, se presenta instancia solicitando licencia de obras para “Legalización y terminación de construcción de garaje” en parcela sita en c/ Virgen del Pino, nº 22, parcela con referencia catastral 38027A017001060000UG, según Proyecto de la Ingeniera de la Edificación Laura Viña Pino, colegiada nº 3.195 del COAATIE S/C de Tenerife, con Visado nº C-2020/00130. SEGUNDO.- Mediante Decreto de Alcaldía nº 186/2021 de fecha 06/02/2021 se acuerda admitir a trámite la solicitud de licencia urbanística y solicitar los informes y autorizaciones preceptivos que resulten aplicables. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 12/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 TERCERO.- Por el Arquitecto Municipal, con fecha 20 de febrero de 2020, se emite informe según el cual para poder dar continuidad y admitir a trámite el expediente urbanístico de ejecución de obras de nueva planta se requiere la presentación de la siguiente documentación: Planos y detalle del sistema estructural de la parte de edificación a legalizar y a terminar. Certificado sobre la seguridad y estabilidad estructural de la construcción a legalizar. CUARTO.- Con fecha 19 de marzo de 2020, se efectúa al interesado requerimiento de la documentación antes indicada. QUINTO.- Con fecha 31 de julio de 2020, registro de entrada 7397, se aporta por el interesado la documentación requerida para adjuntar al expediente. SEXTO.- El Arquitecto Municipal, con fecha 23 de marzo de 2021, emite informe favorable para la realización de obras solicitadas conforme al Proyecto presentado y de acuerdo a las siguientes condiciones urbanísticas: Promotor: D Juan J. Vicente Rodríguez Clase de obra o instalación: Obra mayor (Garaje) Situación de la obra: C/ Virgen del Pino, 22A Naturaleza urbanística del suelo: Suelo Rústico de Asentamiento Rural (SRAR-ER2) Finalidad y uso: Auxiliar a residencial Altura: 1 planta Superficie: Garaje: 92,38 m² Parcela de terreno: 1691 m² (SRAR: 1.529,97 m²) Ocupación: <30% Retranqueos: >5.50 m y mayor Plazo inicial de comienzo de la obras: 6 meses Plazo de conclusión de las obras: 12 meses Presupuesto: 47.473 € SÉPTIMO.- Las determinaciones de ordenación aplicables a los terrenos objeto de actuación, según el Plan General de Ordenación de El Paso son las siguientes: Clase de Suelo: RÚSTICO Categoría: ASENTAMIENTO RURAL (SRAR -ER2) FUNDAMENTOS JURÍDICOS Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 13/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 I.-Normativa aplicable.- Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias. DECRETO 183/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias (RGESPC, en adelante). Sujeción a licencia. Conforme dispone el artículo 330 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de Espacios Naturales Protegidos de Canarias (LSENPC, en adelante), apartado c), están sujetas a licencia las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de nueva planta en el suelo, vuelo o subsuelo. II. De las construcciones y actividades permisibles en suelo rústico de asentamiento rural. La LSENPC, en el artículo 69 en relación a los usos permitidos en los asentamientos rurales, dispone, “a) El uso residencial, evitando tipologías y procesos de producción de suelo y edificación propios del suelo urbano y, en particular, los proyectos y promociones para más de dos viviendas, salvo rehabilitación de patrimonio con valor arquitectónico, histórico, arqueológico o etnográfico. En ningún caso se permitirán construcciones en hilera o adosadas”. El artículo 41 de la Normativa del Plan General de Ordenación de El Paso, establece para la zona D1.1, asentamiento rural simple y complejo la Vivienda unifamiliar como uso Principal. La delimitación de los diferentes ámbitos de Asentamientos Rurales se plasman en el Plano de Ordenación Pormenorizada correspondiente, que recogen además las determinaciones de ordenación pormenorizada con la definición del trazado de la red viaria, alineaciones de las parcelas edificables, tipologías, alturas etc. Las condiciones aplicables a las unidades aptas para la edificación y a las edificaciones se encuentran en el Título Séptimo de la citada Normativa. Además, deben cumplirse las siguientes condiciones específicas, “Dar frente a vía o espacio público y contar con todos los servicios necesarios y requeridos en la normativa urbanística sectorial y en estas Normas, o garantizar la ejecución Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 14/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 simultánea de las obras precisas para alcanzar lo anterior en los términos y condiciones establecidos legalmente” (art. 42.4). Por lo tanto, el uso residencial está permitido en Suelo Rústico de Asentamiento Rural por el PGO en vigor. Según informe del Arquitecto Municipal, la Edificación proyectada (GARAJE) se trata de una construcción auxiliar permitida al servicio de la edificación principal (Vivienda), aunque independiente de ella, que es conforme con las condiciones establecidas por las normas urbanísticas que le son de aplicación para la edificación rural ER2. III. Análisis de la adecuación de las licencias urbanística a la ordenación en vigor. En el análisis de las licencias de obra mayor, el artículo 21.2 del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales establece que «se examinará si el acto proyectado se ajusta a los planes de ordenación urbana». En el artículo 339 de la LSENPC, se establece que la potestad resolutoria sobre la solicitud de licencias urbanísticas es de carácter reglado y consiste en verificar que la actuación urbanística a realizar o a legalizar se adecúa a la legalidad urbanística, habilitando o legalizando, en tal caso la actuación. A estos efectos, la legalidad urbanística aplicable será “…la que se encuentre vigente al tiempo en que se dicte la resolución que ponga fin al procedimiento, siempre que esta se dicte dentro del plazo establecido para resolver. En caso de resolución extemporánea o de silencio administrativo positivo, la normativa urbanística aplicable será la que resulte más beneficiosa para el solicitante de entre la vigente al tiempo de la solicitud o al tiempo de la resolución expresa o producción del silencio positivo. IV.- Emisión de informes. A la vista del artículo 342 de la LSENPC, “Admitida a trámite la solicitud, se solicitarán los informes y autorizaciones preceptivos que resultaran aplicables, a menos que ya fueran aportados por el solicitante. Entre los informes preceptivos a solicitar se comprenderán los informes técnico y jurídico sobre la adecuación del proyecto o actuación a la legalidad ambiental, territorial y urbanística y, en su caso, a la normativa sectorial”. De conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre “Serán preceptivos en todo caso, los informes técnico y jurídico sobre la adecuación del proyecto o actuación a la legalidad urbanística y, en su caso, a la normativa sectorial. Dichos informes serán emitidos por Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 15/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 los servicios municipales y, en su defecto, y a solicitud del Ayuntamiento, por los servicios del Cabildo Insular correspondiente, en el marco y de acuerdo con los requisitos del deber de asistencia”. Consta en el expediente informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales (Arquitecto Municipal). V.- Determinaciones urbanísticas de aplicación. Las determinaciones urbanísticas de aplicación a los terrenos en los que se pretende llevar a cabo la actuación, según el Plan General de Ordenación de El Paso: - Clase de suelo: RÚSTICO - Categoría: ASENTAMIENTO RURAL Ámbito de ordenación: SRAR -ER2 - Tipología: Vivienda unifamiliar aislada - Ocupación: 6*√ - Superficie construida máx.: 250 m² max. - Nº plantas: Dos planta (2p) - Altura máxima: 7,00 mts. - Calificación: o Uso característico: RESIDENCIAL, [art. 41 NOP]. En relación a los parámetros urbanísticos concretos que resultan de aplicación según el Plan General de Ordenación, costa informe favorable del Arquitecto Municipal emitido en fecha 23 de marzo de 2021. A la vista del apartado 4º del artículo 339 de la LSENPC, “El cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad de los proyectos sujetos a intervención administrativa, de su ejecución de las construcciones, edificaciones e instalaciones resultantes es responsabilidad de los titulares, promotores y facultativos intervinientes, en los términos previstos en la legislación específica aplicable”. VI.- Parcela. Según ESCRITURA DE COMPRAVENTA otorgada por DON FRANCISCO LEÓN BENÍTEZ DÍAZ a favor de DOÑA MARÍA DEL CARMEN VICENTE RODRÍGUEZ y DON JUAN JESÚS VICENTE RODRÍGUEZ, de fecha 10 de octubre de 2017, se trata de una finca “RÚSTICA. Trozo de terreno en el término municipal de EL PASO, pago de La Rosa, que mide DIECISÉIS ÁREAS, NOVENTA Y UNA CENTIÁREAS (…) Sobre la misma existe la siguiente edificación: VIVIENDA en la calle Virgen del Pino, número 22-A, Las Canales, de una planta de altura, tiene su acceso por la calle de su situación, con una superficie construida de ciento veintitrés metros, cincuenta y ocho decímetros cuadrados (123,58 m²), incluyendo un porche de diecisiete metros con ochenta decímetros cuadrados (17,80 m²), y una superficie útil habitable de ochenta y cinco metros, setenta y ocho decímetros cuadrados (…) Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 16/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 VII.- Proyecto Básico y visado profesional.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, en relación al contenido del proyecto técnico de obras, el proyecto técnico a presentar puede consistir en un proyecto básico o de ejecución, si bien será necesaria la presentación de proyecto de ejecución: a) Con carácter previo al inicio de las actuaciones sujetas a licencia, cuando esta haya sido otorgada en virtud de proyecto básico. El Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, en su artículo 2 dispone que, será obligatorio obtener el visado profesional a los trabajos profesionales enumerados, entre los que encuentran “Proyecto de ejecución de edificación. A estos efectos se entenderá por edificación lo previsto en el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación (…)”. Así, en el supuesto objeto del presente informe, se ha presentado Proyecto de ejecución visado por el colegio profesional correspondiente. VIII.- Canon por aprovechamiento en Suelo Rústico.- El artículo 38 de la LSENPC, en su párrafo 3º establece que “Todo aprovechamiento en suelo rústico que habilite a la implantación de construcciones o instalaciones cuya legitimación requiera la previa declaración de interés público o social prevista en los artículos 76 y 77 de la presente ley, así como los proyectos de interés singular o autonómico de iniciativa privada, devengará un canon a favor del ayuntamiento…” La declaración de interés público o social es para los usos no ordinarios, si bien el artículo 59, en su apartado 6 dispone que “Los usos admisibles en los asentamientos rurales o agrícolas tienen la condición de uso ordinario sin perjuicio de los requisitos que sean obligatorios y salvo determinación expresa en contrario legal o reglamentaria”. Así, el uso residencial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 es un uso permitido en los asentamientos rurales. A la vista de lo anterior, no cabe aplicar canon en asentamiento rural para el uso residencial, a la vista de la LSENPC, la cual es de aplicabilidad directa y de inmediata eficacia derogatoria. IX. Plazos. El artículo 347 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, por su parte, dispone que “Toda licencia urbanística deberá establecer un plazo inicial de vigencia para la realización Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 17/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 de la actuación que en la misma se legitima, salvo que, por la naturaleza de dicha actuación que en la misma se legitima, salvo que, por la naturaleza de dicha actuación o por su proyección sobre usos definitivos, la licencia deba tener una vigencia permanente o indefinida en el tiempo. 2. Cuando se trate de la realización de actuaciones edificatorias o constructivas, se deberá fijar un plazo inicial para su comienzo y otro para su conclusión, acordes con la duración previsible de las obras y que, en ningún caso, podrán exceder de cuatro años para el comienzo ni de cuatro para su conclusión. De no establecerse plazo en la resolución de otorgamiento, será de aplicación los señalados como máximo en el presente apartado”. Atendiendo a que el interesado no presenta cronograma de plazos, atendiendo al informe del Arquitecto Municipal, se concederá bajo la observancia de seis (6) meses para iniciar las obras y doce (12) meses para terminarlas. X. Cláusula salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero. De conformidad con el artículo 12 del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales, aprobado, las autorizaciones y licencias urbanísticas se otorgan salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, en iguales términos se pronuncia el artículo 10 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, según el cual “El otorgamiento y la denegación de licencias urbanísticas no presuponen ni inciden en la titularidad de los derechos reales o personales de disposición, uso o disfrute sobre el suelo, subsuelo o vuelo afectado sobre lo construido o edificado al amparo de las mimas”. Ahora bien, el párrafo segundo establece que no obstante lo anterior, “…toda solicitud de licencia o comunicación previa deberá venir acompañada de los documentos que acrediten indiciariamente la titularidad, por el solicitante, de las facultades jurídicas necesarias para la realización, sobre el suelo, vuelo o subsuelo, de las actuaciones o sus objeto de la solicitud”. Consta en el presente supuesto: -ESCRITURA DE COMPRAVENTA otorgada por DON FRANCISCO LEÓN BENÍTEZ DÍAZ a favor de DOÑA MARÍA DEL CARMEN VICENTE RODRÍGUEZ y DON JUAN JESÚS VICENTE RODRÍGUEZ, de fecha 10 de octubre de 2017. XI. De la publicidad de las obras. Conforme dispone el artículo 337 de la Ley 4/2017, de 13 de julio del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se deberá colocar un cartel visible desde la vía pública que indique el número y fecha de la licencia urbanística, que incluya la denominación descriptiva de la obra, plazo de ejecución, nombre del promotor, director facultativo y empresa constructora en su caso. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 18/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 Por todo lo expuesto, la técnico que suscribe INFORMA FAVORABLE la solicitud de licencia y tiene a bien realizar la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO.- Procede el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada por D. JUAN JESÚS VICENTE RODRÍGUEZ, para obras consistentes en “Legalización y terminación de construcción de garaje” en parcela sita en c/ Virgen del Pino, nº 22, con referencia catastral 38027A017001060000UG, clasificada como Suelo Rústico de Asentamiento Rural (SRAR), según Proyecto de la Ingeniera de la Edificación Laura Viña Pino, colegiada nº 3.195 del COAATIE S/C de Tenerife, con Visado nº C- 2020/00130, de acuerdo a las prescripciones contenidas en el informe del Arquitecto Municipal. SEGUNDO.- Conforme dispone el artículo 337 de la Ley 4/2017, de 13 de julio del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se deberá colocar un cartel visible desde la vía pública que indique el número y fecha de la licencia urbanística, que incluya la denominación descriptiva de la obra, plazo de ejecución, nombre del promotor, director facultativo y empresa constructora en su caso. Con carácter previo al inicio de las obras deberá presentarse por el promotor proyecto de ejecución visado por el correspondiente colegio profesional así como dirección de obra. TERCERO.- La licencia que se otorgare será bajo la condición legal de la observancia de seis (6) meses para iniciar las obras y doce (12) meses para terminarlas. CUARTO.- La licencia otorgada se circunscribe a la habilitación de la actuación por cumplimiento de la legalidad urbanística, sin enjuiciar, predeterminar ni condicionar las situaciones jurídico-privadas de la persona solicitante o de terceras personas ni aquellos aspectos técnicos que sean ajenos al ámbito del control administrativo ejercido a través del otorgamiento de licencias. QUINTO.- Notificar al interesado la resolución que se adopte.” Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno en uso de las competencias delegadas por el Sr. Alcalde y por unanimidad, adopta el acuerdo que seguidamente se transcribe, sirviendo de motivación al mismo los informes transcritos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Procede el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada por D. JUAN JESÚS VICENTE RODRÍGUEZ, para obras consistentes en “Legalización y Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 19/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 terminación de construcción de garaje” en parcela sita en c/ Virgen del Pino, nº 22, con referencia catastral 38027A017001060000UG, clasificada como Suelo Rústico de Asentamiento Rural (SRAR), según Proyecto de la Ingeniera de la Edificación Laura Viña Pino, colegiada nº 3.195 del COAATIE S/C de Tenerife, con Visado nº C- 2020/00130, de acuerdo a las prescripciones contenidas en el informe del Arquitecto Municipal. SEGUNDO.- Conforme dispone el artículo 337 de la Ley 4/2017, de 13 de julio del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se deberá colocar un cartel visible desde la vía pública que indique el número y fecha de la licencia urbanística, que incluya la denominación descriptiva de la obra, plazo de ejecución, nombre del promotor, director facultativo y empresa constructora en su caso. Con carácter previo al inicio de las obras deberá presentarse por el promotor proyecto de ejecución visado por el correspondiente colegio profesional así como dirección de obra. TERCERO.- La licencia que se otorgare será bajo la condición legal de la observancia de seis (6) meses para iniciar las obras y doce (12) meses para terminarlas. CUARTO.- La licencia otorgada se circunscribe a la habilitación de la actuación por cumplimiento de la legalidad urbanística, sin enjuiciar, predeterminar ni condicionar las situaciones jurídico-privadas de la persona solicitante o de terceras personas ni aquellos aspectos técnicos que sean ajenos al ámbito del control administrativo ejercido a través del otorgamiento de licencias. QUINTO.- Notificar al interesado la resolución que se adopte. TERCERO. Informes municipales de planes y proyectos de otras administraciones. 3.1º. Red contra incendios forestales en el Parque Natural de Cumbre Vieja. Tramo Montaña Negra-Troceras (Expediente nº 2021/1043). Se da cuenta del proyecto denominado “Red contra incendios forestales en el Parque Natural de Cumbre Vieja. Tramo Montaña Negra-Troceras” promovido por la Consejería de Medio Ambiente del Cabildo Insular de La Palma en la Pista del Gallo, y respecto del que la mencionada Consejería interesa la evacuación del trámite de cooperación interadministrativa previsto en el artículo 334 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de Espacios Naturales Protegidos de Canarias, p ara la ejecución del mencionado proyecto que consistirá en realizar una red contraincendios a lo largo de la pista forestal principal de El Paso a Fuencaliente(también llamada Pista del Gallo), capaz de proteger las zoñas montañosas de la cumbre de la Isla, dotando a Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 20/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 la zona de una infraestructura formada por una red de hidrantes que se alimentan de un depósito existente. El mencionado Proyecto se somete a informe por parte de los Servicios Técnicos Municipales, emitiéndose por éstos el que seguidamente se reproduce: “En relación con el escrito recibido de parte del SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y EMERGENCIAS del CABILDO DE LA PALMA, con registro de entrada nº 4163, de fecha 6 de abril de 2021, en el que se solicita, en el trámite de cooperación interadministrativa, informe previo a la autorización por el Cabildo del proyecto presentado, en relación a: PROYECTO : RED CONTRAINCENDIOS FORESTALES EN EL P. N. DE CUMBRE VIEJA: TRAMO MONTAÑA NEGRA - TROCERAS. PROMOTOR : SERVICIO DE MEDIOAMBIENTE Y EMERGENCIAS. CABILDO DE LA PALMA. SITUACIÓN : PISTA DEL GALLO, CUMBRE VIEJA, EL PASO. Cúmpleme INFORMAR, como Arquitecto de la Oficina Técnica Municipal, en atención a la documentación presentada, lo siguiente: El área delimitada para la actuación propuesta se encuentra dentro del Espacio Natural Protegido del Parque Natural de Cumbre Vieja, en zona PORN A1.3, que es área de Sensibilidad Ecológica, incluida en la Red Natura 2000 como Zona de Especial Conservación (ZEC). Según la zonificación del Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) de este espacio natural, se encuentra en una zona de Uso Moderado, con la clasificación de Suelo Rústico de Protección Natural (SRPN). En base al mencionado PRUG de este espacio natural, las zonas de Uso Moderado, están constituidas por aquellas superficies que permitan la compatibilidad de su conservación con actividades educativo ambientales y recreativas. La actuación que se pretende realizar tiene por objeto la ejecución de la prolongación hacia el sur de la Conducción de Montaña Negra, así como de sus ramales MN1 y MN2, con una longitud total de 3.244,40 metros, incluyendo además, la construcción del depósito de Troceras a cota 1.310 metros, de 140 m3 de capacidad. Se trata de una actuación a llevar a cabo por parte del Cabildo de La Palma para disponer de una red a presión en el Parque Natural de Cumbre Vieja para la lucha contra los incendios forestales, creando una barrera a lo largo del camino forestal que va desde el Refugio de El Pilar, en el Término Municipal de El Paso, hasta Fuencaliente. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 21/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 El presupuesto de ejecución material (PEM), para la realización de las diferentes fases, asciende a: I. Fase I. Tramo Montaña Negra: 254.165,25 € (IGIC incluido). II. Fase II. Tramo Troceras: 264.336,91 € (IGIC incluido). III. PEM Total correspondiente a las Fases I y II: 518.502,16 € (IGIC incluido). Resulta evidente la motivación del proyecto, dada la gran presencia de vegetación en una zona de alto interés ecológico y geológico, y al ser una zona con afluencia de visitantes puede suponer que exista riesgo de que se declaren incendios. Para la categoría de suelo de que se trata, se encuentra entre los usos permitidos el acondicionamiento de las infraestructuras y las edificaciones existentes. Por esto, la instalación que se pretende llevar a cabo se entiende incluida dentro de las infraestructuras autorizables para este tipo de suelos, al tratarse de una obra diseñada para la protección y conservación de las características medioambientales de la zona, como medida de prevención y protección contra los incendios forestales, por lo que se informa favorable su ejecución. La Disposición Adicional Primera de la Ley 4/2017, de 13 de julio, establece que la evaluación de impacto ambiental se realizará de conformidad con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Así mismo, en el apartado 3 de esta misma disposición, se especifica que serán objeto de evaluación ambiental simplificada los proyectos no incluidos ni en la letra A, ni en la B que puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los espacios de la Red Natura 2000. El presente proyecto para la ejecución de una infraestructura hidráulica, de interés general, contra incendios forestales, a pesar de estar dentro de un espacio incluido en la Red Natura 2000 no figura incluido en la letra A, ni en la B, del Anexo de la Ley 4/2017, ni en los Anexos I y II de la Ley 21/2013. No obstante, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en el artículo 174, a los efectos de determinar si un proyecto que afecte a la Red Natura 2000 debe ser sometido a evaluación de impacto ambiental, el órgano ambiental competente deberá, como trámite previo, evaluar si la actuación prevista tiene relación directa con la gestión del lugar y/o si es necesaria para la misma, así como si no se prevé que la actuación pueda generar efectos apreciables en el lugar, en cuyo caso podrá eximirse de la correspondiente evaluación. Además, serán preceptivos los informes de los siguientes organismos: Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 22/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 I. Por la localización de la red contra incendios en propuesta dentro del Parque Natural de Cumbre Vieja, la realización de cualquier actividad de uso del suelo y edificación, requerirá informe preceptivo del órgano competente en materia de medioambiente y conservación de la naturaleza, relativo a la compatibilidad de la actividad proyectada con el fin de conservación, esto es Patronato de Espacios Naturales de la isla de La Palma. II. Por tratarse de una infraestructura de carácter hidrológico, será preceptivo el informe favorable de compatibilidad del presente proyecto con el Plan Hidrológico vigente, esto es O. A. del Consejo Insular de Aguas de La Palma.” Visto además el informe jurídico emitido por la Secretaria, donde se propone: “PRIMERO: Dar por evacuado el trámite de cooperación interadministrativa interesada por el Cabildo Insular de la Palma, con la emisión del correspondiente informe técnico para el proyecto denominado “RED CONTRAINCENDIOS FORESTALES EN EL P. N. DE CUMBRE VIEJA: TRAMO MONTAÑA NEGRA – TROCERAS”. SEGUNDO.- Notificar el acuerdo que se adopte al interesado, con indicación de los recursos que procedan; al tiempo que se de traslado de certificación del informe técnico emitido con fecha 21 de abril de 2021.” En su virtud, la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia delegada por el Sr. Alcalde, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda: Primero.- Tomar conocimiento del oficio remitido por la Miembro Corporativa Delegada de Medio Ambiente del Cabildo Insular de La Palma, mediante el que interesa la formalización del trámite de cooperación interadministrativa prescrito por el artículo 334 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, en relación con el proyecto “Red contra incendios forestales en el Parque Natural de Cumbre Vieja. Tramo Montaña Negra- Troceras” cuya promoción plantea la Consejería de Medio Ambiente del Cabildo Insular de La Palma en la Pista del Gallo, dando por evacuado el trámite de cooperación interadministrativa e informando favorablemente el mismo a efectos municipal, con observancia de los condicionantes enunciados en el informe técnico anteriormente reproducido y del que se dará cumplido traslado. Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Servicio de Medio Ambiente y Emergencias del Cabildo Insular de La Palma a los efectos procedentes, significándole que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, al concurrir la condición de Administración Pública en el interesado, no cabrá interponer recurso en vía administrativa. No obstante, podrán formular requerimiento previo en los términos de aquél precepto. El requerimiento deberá dirigirse al órgano competente mediante escrito razonado que concretará el acto objeto del requerimiento y deberá producirse en el plazo de dos Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 23/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 meses contados desde que la Administración requirente hubiera conocido o podido conocer el acto. El requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, el requerido no lo contestara. El plazo para interponer Recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses. Cuando hubiera precedido el requerimiento citado, el plazo se contará desde el día siguiente a aquél en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado. CUARTO. Asistencia a la Alcaldía en el ejercicio de sus funciones. No se plantean QUINTO. Asuntos de urgencia. 5.1º Contratación del servicio de gestión integral y transporte adaptado para el centro de día para personas mayores en situación de dependencia(Expediente nº 2021/767). Se justifica la urgencia en la necesidad de iniciar el procedimiento para la puesta en funcionamiento del Centro de día. Sin producirse intervenciones, la Junta de Gobierno, por unanimidad de los miembros presentes aprueba la inclusión de este punto en el orden del día. Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento y de la documentación integrante del mismo. Visto el contenido de la Memoria Justificativa en la que se pone de manifiesto la necesidad de proceder a la contratación del servicio de gestión integral y transporte adaptado para el Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia, con un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de TRECIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS CON DIECISÉIS CÉNTIMOS (309.640,16€), según el desglose que a continuación se detalla: • LOTE 1: DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (241.773,49€). • LOTE 2: SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (67.866.67 €). IMPORTE DE LICITACIÓN (IGIC TIPO IGIC APLICABLE EXCLUIDO) Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 24/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IGIC INCLUIDO) LOTE 1 241.773,49 € 0,00% IMPORTE IGIC* 241.773,49 € 0,00€ LOTE 2 65.889,97 € 3,00% IMPORTE IGIC* 67.866,67 € 1.976,70 € TOTAL 307.663,46 € 1.976,70 € 309.640,16 € * De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50. Uno 29º de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales “Están exentas del Impuesto General Indirecto Canario los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial, a que se refieren las letras b), c), d) y e) del apartado 1 del artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que se presten en centros o servicios públicos o privados, o por trabajadores autónomos, todos ellos debidamente acreditados”. * De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.2 c) de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales se aplica un tipo reducido del 3% en el siguiente supuesto de hecho “Los transportes terrestres de viajeros y mercancías, incluso los servicios de mudanza. En ningún caso se incluye: El servicio de mensajería, recadería y reparto y Los transportes terrestres turísticos en los términos establecidos en la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias”. El contrato tendrá un plazo máximo de vigencia de UN (1) AÑO como duración principal del contrato, a contar desde el día siguiente a la firma del acta de inicio del mismo. Este acto de firma solo podrá efectuarse en caso de estar vigente el Convenio a suscribir entre el Excmo. Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de El Paso por el que se instrumentaliza la subvención para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en dependencia. El contrato podrá ser prorrogado anualmente por un período máximo de CUATRO (4) AÑOS adicionales como prórroga del contrato, siempre que sus características permanezcan inalterables, mediante acuerdo del órgano de contratación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 29.2 de la LCSP. La prestación del servicio, por tanto, tendrá un plazo máximo de duración de CINCO (5) AÑOS, incluyendo las prórrogas que acuerde el órgano de contratación (art. 29.4. LCSP). El valor estimado del contrato (IGIC no incluido) asciende a la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA EUROS CON CATORCE CÉNTIMOS (1.574.670,14€), con el siguiente desglose: • LOTE 1: UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS EUROS CON SEIS CÉNTIMOS (1.237.136,06€). Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 25/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 • LOTE 2: TRECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON OCHO CÉNTIMOS (337.534,08€). Visto asimismo el contenido del informe de insuficiencia de medios que obra en el expediente. Visto que en uso de la competencia delegada por el Pleno, la Junta de Gobierno local en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de abril de 2021 acordó declarar como plurianual el gasto derivado de la realización del contrato de servicio de gestión integral y transporte adaptado para el Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia, conforme a la siguiente distribución: Anualidad Meses Importe período 2021 Junio – diciembre 309.640,16 2022 Enero - diciembre 312.880,48 2023 Enero - diciembre 316.155,00 2024 Enero - diciembre 319.464,10 2025 Enero - junio 322.808,11 TOTAL 1.580.947,85 Visto el informe emitido por el Interventor municipal con fecha 23 de abril de 2021, cuyo contenido literal se transcribe a continuación: “INFORME DE INTERVENCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE EXISTENCIA DE CRÉDITO ASUNTO: CONTRATO DE SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y TRANSPORTE ADAPTADO PARA EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. Valor estimado del contrato: 1.570.821,83 €. I.G.I.C.: 10.126,02 €. Presupuesto base de licitación: 1.580.947,85 €. LEGISLACIÓN APLICABLE: - Artículos 213 y 214 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. - Artículo 31 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título VI de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 26/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 - Artículos 17, 19, 25, 116, 131, 156, Disposición adicional segunda, Disposición adicional tercera y demás de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. En cumplimiento de la legislación que antecede, como Interventor, C E R T I F I C O: Primero.- Que a efectos de consignación presupuestaria para el corriente ejercicio 2021, se encuentra en trámite el expediente de suscripción de convenio con el Excelentísimo Cabildo Insular de La Palma para instrumentalizar una subvención para la financiación de la gestión integral y transporte adaptado para el centro de día para personas mayores en situación de dependencia (Expediente 2021/441), por lo que el expediente de contratación que se informa se encuentra sujeto a tramitación anticipada de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la Disposición adicional tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Segundo.- Que con relación a las anualidades 2022, 2023, 2024 y 2025, por acuerdo de la Junta de Gobierno local, adoptado en sesión extraordinaria de 20 de abril de 2020, se declaró con carácter plurianual el gasto que se derive de la contratación del servicio de gestión integral y transporte adaptado para el Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia, por lo que existe consignación presupuestaria en la aplicación presupuestaria 2311.22799 (Mayores. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales) de la agrupación de ejercicios futuros, dotada de un crédito retenido y asignado al proyecto de gastos 21.3.48 de TRESCIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (312.880,48 €) para el ejercicio 2022; de TRESCIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO EUROS (316.155,00 €) para el ejercicio 2023; de TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (319.464,10 €) para el ejercicio 2024; y de TRECIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS OCHO EUROS CON ONCE CÉNTIMOS (322.808,11 €) para el ejercicio 2025; respectivamente. Tercero.- Que el 10% de los recursos ordinarios por operaciones corrientes deducidos del Presupuesto vigente asciende a la cantidad de SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (777.434,70 €). Asimismo, Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 27/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41 I N F O R M O Que el crédito presupuestario referenciado es el adecuado para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la contratación de referencia.” Visto asimismo el dictamen favorable emitido por la Comisión informativa del Acción Social, Educación, Participación ciudadana y Sanidad en la sesión celebrada el 29 de abril de 2021. Sin producirse intervenciones y sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno en uso de la competencia delegada por el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda: PRIMERO: Iniciar el procedimiento para la contratación del servicio de gestión integral y transporte adaptado para el Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia mediante procedimiento abierto. SEGUNDO. Ordenar la redacción de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que han de regir el contrato y el proceso de adjudicación. TERCERO. Que por Secretaria e Intervencion se emitan los oportunos informes y posteriormente se dé cuenta de todo lo actuado a esta Junta de Gobierno para resolver lo que proceda. SEXTO. Ruegos y preguntas No se formularon Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el Sr. Presidente levanta la sesión siendo las nueve horas y veinte minutos, de lo cual como Secretaria doy fe. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 21-05-2021 13:11:07 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 21-05-2021 13:37:33 Registrado en: JUNTAS DE GOBIERNO - Nº: 17/2021 Fecha: 01-06-2021 14:51 Nº expediente administrativo: 2021-001432 Código Seguro de Verificación (CSV): 7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/7B6A6D51CFEAFC489A8B9BC92D754BCA - 28/28 - Fecha de sellado electrónico: 01-06-2021 15:02:24 Fecha de emisión de esta copia: 28-03-2022 09:36:41