Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25405 25405 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 ANUNCIO 4965 247479 Mediante Decreto de la Alcaldía nº 3315, de fecha 22 de diciembre de 2022, se aprobaron las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos de personal funcionario de carrera y laboral fijo, correspondiente a la Oferta Pública de estabilización de empleo temporal de este Ayuntamiento, que a continuación se reseñan: “BASES GENERALES REGULADORAS DE LOS PROCESOS SELECTIVOS DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA Y LABORAL FIJO, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA PÚBLICA DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE EL PASO ÍNDICE DE CONTENIDOS: BASE 1ª. - OBJETO ......................................................................................................... 2 BASE 2ª. - APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS BASES 3 BASE 3ª. - REQUISITOS ................................................................................................. 3 BASE 4ª.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES .......................................................... 5 BASE 5ª. - ADMISIÓN DE ASPIRANTES ..................................................................... 9 BASE 6ª. - TRIBUNAL CALIFICADOR ...................................................................... 11 BASE 7ª. - SISTEMAS SELECTIVOS .......................................................................... 14 BASE 8ª.- MÉRITOS EVALUABLES .......................................................................... 15 BASE 9ª. - DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO ......................................... 19 BASE 10ª. - PUNTUACIONES PROVISIONALES ..................................................... 24 BASE 11ª. - LISTADO DE RESULTADOS DEFINITIVOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ............................................................................................................. 25 BASE 12ª. - NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN ........................................ 29 BASE 13ª. - INCOMPATIBILIDADES ......................................................................... 30 BASE 14ª. - RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES .......................................................... 30 DISPOSICIÓN ADICIONAL ......................................................................................... 31 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25406 25406 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 BASE 1ª. - OBJETO 1.1 Objeto de las bases. El objeto de estas bases es el establecimiento de las normas generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de El Paso, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 62, de fecha 25 de mayo de 2022, modificada por Decreto de la Alcaldía nº 2817, de fecha 10 de noviembre de 2022, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 138 de 16 de noviembre de 2022, en el marco de un proceso de estabilización de empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Estas bases generales serán completadas por las correspondientes bases específicas, que se aprobarán por el órgano competente, en atención a las singularidades y características propias de las diferentes plazas que se convoquen. 1.2 Principios rectores El Ayuntamiento de El Paso garantiza que todos los procesos de selección se regirán por los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los de: a) Publicidad. b) Transparencia. c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección. d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección. Sin perjuicio de los anteriores y de conformidad con la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se procurará la utilización de los medios informáticos y telemáticos disponibles para agilizar las convocatorias, y se adoptarán medidas concretas en orden a la reducción de cargas administrativas. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25407 25407 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 1.3 Obligatorio cumplimiento Las presentes Bases Generales, así como las Bases Específicas que las completen, serán de obligado cumplimiento y vincularán a la Administración, a los Tribunales calificadores, así como a las personas que participen en los procesos selectivos. BASE 2ª. - APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS BASES La convocatoria y el contenido completo de las presentes bases generales, así como las bases específicas, corresponde aprobarlos a la Alcaldía u órgano en quien hubiese delegado, en su caso, y todo ello se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, BOP) y en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de El Paso y se anunciará en el Boletín Oficial de Canarias (en adelante, BOC). Así mismo, se publicará el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (en adelante, BOE), indicando el número y la fecha del BOP donde se hubiere publicado el contenido completo de las bases generales y las específicas. A lo largo de los procesos selectivos, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo y sucesivos actos de trámite, donde no sea preceptiva su publicación en diarios oficiales, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. BASE 3ª. - REQUISITOS 3.1 Requisitos de las personas aspirantes Para ser admitidas en el proceso de selección y tomar parte de este, las personas aspirantes deben cumplir los requisitos siguientes: Nacionalidad. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado Español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25408 25408 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 estén separados de derecho, sean estos descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Edad. Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa o de la que se establezca en las bases específicas correspondientes (en su caso), en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. de la misma plaza o categoría objeto de la convocatoria, en el Ayuntamiento de El Paso. Habilitación. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupar cargos públicos por resolución judicial, para acceder al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que se indican en las presentes bases, en el caso de personal laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o en caso contrario no haber sido cancelada de su hoja de servicios o tener derecho a su cancelación, o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Titulación. Estar en posesión de la titulación requerida en las bases específicas, o título equivalente, o estar en condición de obtenerla en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de presentar un título equivalente al exigido, corresponde a quien aspira a participar en el al proceso la acreditación del mismo, mediante norma legal que lo disponga o mediante la certificación específica expedida por el Ministerio correspondiente. Además de ello, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación y, en su caso, traducción jurada. El documento acreditativo de la titulación exigida puede ser sustituido por el acreditativo de haber pagado la correspondiente tasa para su expedición. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25409 25409 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Las personas extranjeras deben estar en posesión de algún título equivalente al reconocido en España, de conformidad con lo que establece la norma vigente en esta materia, así como su traducción jurada. Capacidad funcional. Poseer la capacidad funcional para el ejercicio de las tareas o funciones propias de las plazas convocadas. Otros requisitos establecidos en las bases específicas, en su caso. 3.2 Cumplimiento de las condiciones de participación Todos los requisitos establecidos en el punto 3.1 deberán ser reunidos por la persona participación. Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión o formalización del contrato, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado/a, del modo indicado por la Administración y según lo dispuesto en las presentes bases. No obstante lo anterior, el Tribunal calificador podrá solicitar a quienes participan en el proceso selectivo que acrediten el cumplimiento de las condiciones o los requisitos exigidos para participar en el mismo en cualquier momento del mismo, siempre que considere que existen razones suficientes que lo motive. BASE 4ª.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 4.1 Solicitudes de participación Para participar en el proceso selectivo se deberá cumplimentar un documento normalizado (en adelante, solicitud), que se facilitará en la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede.elpaso.es/publico/tablon y/o página web municipal https://elpaso.es, así como en el Anexo I de las presentes Bases Generales Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25410 25410 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 A través de dicha solicitud y sin perjuicio de lo señalado en los puntos 4.2 y 4.3 siguientes, la persona interesada solicitará su admisión en el proceso, declarando bajo su responsabilidad que cumple los requisitos exigidos para participar. Dicha solicitud deberá ir firmada. Junto a la solicitud deberá presentarse el resto de documentación prevista en el punto 4.5, en las presentes bases. 4.2 Aspirantes con diversidad funcional y medidas de adaptación. Las personas con diversidad funcional que soliciten medidas de adaptación para la realización de las pruebas (para los procesos selectivos por el sistema de concurso- oposición), deberán señalar en la solicitud de participación el tipo de diversidad funcional: (F) Física, (P) Psíquica, (S) Sensorial. Asimismo, deberán indicar en dicha solicitud las medidas de adaptación que necesiten, en su caso, de acuerdo con la siguiente clasificación: 1) Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a la silla de ruedas. 2) Ampliación del tiempo de duración de la prueba. 3) Aumento del tamaño de los caracteres del cuestionario, por dificultad de visión. 4) Necesidad de intérprete, debido a sordera. 5) Sistema braille de escritura, o ayuda de una persona por invidente. 6) Otras, especificando cuales. En todo caso y de manera independiente, quienes resulten seleccionados deberán presentar, al final del proceso o en cualquier otro momento de su desarrollo si así se les requiere, certificado de estar en posesión de la capacidad funcional necesaria, tanto física como psíquica y sensorial, para desempeñar las tareas correspondientes al puesto objeto de la correspondiente convocatoria. 4.3 Víctimas de violencia de género o terrorismo. Las personas aspirantes que ostentasen, en su caso, la condición de víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, dispondrán de un apartado específico en la solicitud, dentro del área de datos personales, donde poder consignar dicha condición y solicitar las medidas especiales reconocidas al efecto. 4.4 Plazo y lugar de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días hábiles (20), contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el anuncio de convocatoria de los Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25411 25411 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 correspondientes procesos selectivos en el BOE, preferentemente de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de El Paso, en el siguiente enlace https://sede.elpaso.es//, siendo imprescindible la acreditación mediante el sistema de identificación y firma: DNIe/Certificado electrónico. Caso de no ser posible su presentación telemática, podrán presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de El Paso, sito en la Avda. Islas Canarias nº 18, de 9:00 a 14:00 horas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, (en adelante, LPAC), sin perjuicio de los otros medios allí previstos. En el caso de que el último día del plazo de presentación de solicitudes sea sábado, domingo o festivo, se entend Junto a la solicitud deberá presentarse el resto de documentación prevista en el punto 4.5, en las presentes bases. 4.5 Documentación adjunta a la solicitud Con el fin de eliminar barreras administrativas a las personas interesadas, en pro de la eficiencia, la eficacia y la celeridad del proceso, junto con la solicitud sólo se adjuntarán los documentos relacionados a continuación, sin perjuicio de que los originales de éstos, así como del resto de requisitos exigibles en estas bases, se deban presentar, para su cotejo, en caso de ser seleccionado/a: - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad; respecto los nacionales de otros Estados, de conformidad con el artículo 57 de TREBEP, deben acreditar su identidad con la presentación de la documentación expedida por las autoridades competentes de su país de origen o de procedencia: documento de identidad del país de origen, pasaporte, tarjeta de residente comunitario, tarjeta de familiar de residente comunitario o tarjeta de residencia en vigor. - Fotocopia de la titulación exigida para participar en el proceso, según lo dispuesto en las bases específicas correspondientes. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25412 25412 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 - La acreditación de la condición de diversidad funcional, en su caso, mediante copia del Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano competente. - La acreditación de víctima de violencia de género o terrorismo, en su caso, mediante el documento correspondiente (certificado, sentencia o similar). - El “Autobaremo de Méritos” recogido en el Anexo I de las presentes Bases, debidamente cumplimentado, donde se harán constar cuantos méritos se aleguen al proceso, en el orden y en los términos señalados en dicho autobaremo, sin necesidad de presentar documento alguno en esta fase, acreditativo de la veracidad de estos. - Cualquier otra documentación que expresamente se prevea en las bases específicas. Los méritos alegados deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, y mantenerse durante el proceso selectivo. 4.6 Causas de exclusión Serán causas de exclusión y de no admisión, la presentación de la solicitud una vez haya transcurrido el plazo previsto para ello. No obstante lo anterior, si el Tribunal calificador observase que existen razones suficientes como para solicitar a quienes participan en el proceso selectivo que acrediten el cumplimiento del resto de las condiciones o los requisitos exigidos para participar en el mismo, en este momento especialmente o en cualquier otro, procederá a ello, siendo una causa de exclusión y de no admisión el incumplimiento de tales. 4.7 Protección de datos Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25413 25413 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Según establece la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos, de 5 de diciembre, los datos de carácter personal suministrados por quienes participen en el proceso en el momento de presentación de la instancia, así como el contenido de la documentación adjunta para participar en el proceso selectivo, serán objeto de tratamiento automatizado por parte del Ayuntamiento de El Paso. La participación en el proceso selectivo implicará automáticamente la autorización de quienes aspiren a que se les identifique en las publicaciones respectivas (relación de personas admitidas y excluidas, anuncios y resolución final de proceso selectivo), a los efectos de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal. Para ejercer el derecho de acceso, oposición, rectificación y cancelación, quienes participan deberán dirigirse por escrito al Ayuntamiento de El Paso. BASE 5ª. - ADMISIÓN DE ASPIRANTES 5.1 Listado provisional de personas admitidas Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y previa la comprobación de la documentación presentada junto con la solicitud, Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, en la que aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión, que será publicada en el BOP, y se hará pública en el tablón de anuncios alojado en la sede electrónica. En esa misma resolución se publicará el nombramiento de las personas que componen el Tribunal Calificador. En los procesos selectivos guiados por el sistema de concurso-oposición, se indicará el lugar, día y hora de celebración de las pruebas correspondientes, por la fase de oposición, según lo previsto en las bases específicas. Con la publicación en los lugares indicados de la resolución que declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, se considerará efectuada la correspondiente notificación a las personas interesadas, a los efectos que dispone el artículo 45 LPAC. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25414 25414 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 5.2 Plazo de reclamación y subsanación. Durante el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación en el BOP de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, se podrá realizar lo siguiente: a) Formular reclamaciones al Tribunal, por parte de las personas interesadas, por aparecer en la lista de excluidas o, en su caso, por no aparecer ni en la de admitidas ni en la de excluidas. b) Aportar modificaciones a la propia autobaremación presentada en su momento, siempre y cuando la información a introducir a dicha autobaremación esté referida a méritos que se puedan alegar hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. c) Requerir, por parte del Tribunal, la subsanación de algún vicio subsanable detectado en la solicitud o documentos aportados por las personas candidatas en su momento. 5.3 Exclusión definitiva En el caso de que la persona interesada no subsane el defecto que haya motivado su exclusión en el plazo indicado, se le tendrá por desistida de su solicitud, de conformidad con lo que dispone el art. 68 LPAC, y por ende, excluida definitivamente del proceso selectivo. 5.4 Lista definitiva de admitidos y excluidos Una vez finalizado el plazo de presentación de rectificaciones y/o enmiendas y/o subsanaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que dicte Alcaldía, por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en el BOP, tablón de anuncios alojado en la sede electrónica del Ayuntamiento de El Paso. Esta publicación sustituirá la notificación individual, de conformidad con la LPAC. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25415 25415 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 En todo caso, una vez finalizado el plazo de presentación de rectificaciones y/o enmiendas y/o subsanaciones, sin que se haya presentado ninguna, se debe considerar la lista provisional de personas admitidas como lista definitiva. Una vez publicada la lista definitiva de las personas admitidas al proceso, se convocará el Tribunal calificador. BASE 6ª. - TRIBUNAL CALIFICADOR 6.1 Composición del tribunal Se podrá constituir un Tribunal calificador por cada Grupo o Subgrupo de laborales, sin perjuicio de constituir tantos como se necesiten para dar cumplimiento, en su caso, al principio de especialización. Cada uno de los Tribunales Calificadores tendrá la composición siguiente: Presidencia: Un funcionario/a de carrera o personal laboral fijo, en su caso, de cualquier Administración Pública, perteneciente a un Grupo o Subgrupo de igual o superior titulación al exigido para el acceso a las plazas convocadas. Secretaría: Un funcionario/a de carrera o personal laboral fijo, en su caso, de cualquier Administración Pública, perteneciente a un Grupo o Subgrupo de igual o superior titulación al exigido para el acceso a las plazas convocadas. Vocales: Cuatro funcionarios/as de carrera o laborales fijos, en su caso, de cualquier Administración Pública, designados por la Alcaldía perteneciente a un Grupo o Subgrupo de igual o superior titulación al exigido para el acceso a las plazas convocadas. Si no hubiera suficientes, se podrá recurrir a funcionarios de carrera o laborales fijos de otras Administraciones del mismo Subgrupo que la plaza convocada Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos, pudiendo actuar en ausencia del titular. El Tribunal calificador deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus integrantes, y procurará la paridad entre mujer y hombre. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25416 25416 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 No podrá formar parte del Tribunal calificador el personal de elección o designación política, el personal funcionario interino, el personal eventual ni el personal temporal. Tampoco la representación sindical, en su condición de tal. La participación en el Tribunal calificador será siempre a título individual, sin que se pueda ostentar en representación o por cuenta de nadie. El Tribunal calificador puede disponer la colaboración de especialistas para todas o algunas de las pruebas del proceso. Estos especialistas no tendrán la condición de integrantes del Tribunal, limitarán su actuación a prestar su colaboración en sus respectivas especialidades técnicas, bajo la dirección del Tribunal calificador. El Tribunal podrá contar con el auxilio material del personal del Ayuntamiento o con funcionarios/as de carrera de otras administraciones públicas cuando expresamente lo solicite, para asistir en las tareas de vigilancia, control y organización material del proceso de selección. Esta colaboración se reflejará en el acta de la correspondiente sesión del Tribunal calificador. Quienes colaboren en el proceso deben adecuar su comportamiento y actuación estrictamente a las instrucciones que reciban del Tribunal calificador. Para la válida composición del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente/a y Secretario/a, o en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad al menos de sus miembros. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 15 y ss. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) se contempla la posibilidad de la celebración de sesiones por el Tribunal de forma telemática, por uno o varios de sus miembros, siempre que se asegure la identidad de los miembros, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que éstas se producen, así como la interactividad e intercomunicación entre todos los miembros en tiempo real y la disponibilidad de los medios durante toda la sesión. La celebración de sesiones por medios telemáticos únicamente se podrán celebrar previo acuerdo del Tribunal y debe recogerse expresamente dicha circunstancia en el acta de la sesión, así como que miembros acuden presencialmente o a distancia. 6.2 Requisitos generales de las personas que integran el Tribunal Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25417 25417 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Quienes integren el Tribunal deben tener una titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. 6.3 Designación de las personas que componen el Tribunal La designación nominal de quienes compongan el Tribunal se realizará por resolución de Alcaldía y se publicará juntamente con el anuncio del listado provisional de personas admitidas y excluidas. La abstención y recusación de las personas que integren el Tribunal calificador se ajustará a los establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP). A efectos de lo dispuesto en el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón del servicio, se califica a cada Tribunal en función de las categorías equivalentes a los Subgrupos de las plazas convocadas. 6.4 Autonomía funcional El Tribunal calificador actuará con plena autonomía funcional, garantizando la legalidad del procedimiento y la objetividad de la decisión selectiva. El Tribunal está facultado para resolver las dudas o las discrepancias que se originen en la aplicación de estas bases y en el desarrollo del proceso de selección, estableciendo los criterios que se deban adoptar en todo aquello que no se haya previsto en las presentes bases. Las personas que integren el Tribunal calificador deben guardar confidencialidad y sigilo en todo aquello que haga referencia a cuestiones tratadas en reuniones, sin que nunca pueda ser utilizado fuera del ámbito de este proceso de selección la información que posean en virtud de su condición. La misma reserva se extiende a quienes asesoren o colaboren con el órgano de selección. 6.5 Toma de decisiones Las decisiones del Tribunal calificador se tomarán por la mayoría simple de los votos presentes y se harán públicas en la forma que juzgue conveniente para facilitar su conocimiento. Los empates se resolverán por el voto de calidad de la Presidencia. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25418 25418 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 6.6 Confidencialidad Toda la documentación del proceso selectivo se debe archivar y custodiar en la sede del Tribunal calificador, bajo la custodia de quien ejerce las funciones de Secretaría. No se puede hacer uso de esta información para ninguna finalidad diferente a este proceso selectivo. Una vez finalice el proceso selectivo, el secretario/a remitirá toda la documentación que constituya el expediente a la unidad competente en materia de personal del Ayuntamiento, para que se archive y custodie. BASE 7ª. - SISTEMAS SELECTIVOS 7.1 Dualidad de sistemas selectivos. Los sistemas selectivos serán aquellos que determinen las bases específicas de cada proceso, de acuerdo con lo establecido en la ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y más concretamente, en el artículo 2.1 y en sus Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª: concurso-oposición o concurso. 7.2 Sistema de concurso-oposición. Los procesos selectivos que se desarrollen mediante el sistema de concurso- oposición tendrán una puntuación máxima a alcanzar de 100 puntos distribuidos de la siguiente forma: - Fase de oposición: máximo de 60 puntos. Las bases específicas determinarán las pruebas a desarrollar y el carácter eliminatorio o no de las mismas. - Fase de concurso: máximo 40 puntos. Las bases específicas determinarán el baremo de méritos. La fase de oposición en su conjunto tendrá carácter eliminatorio. Sin embargo, las diferentes pruebas de la fase de oposición podrán no ser eliminatorias de acuerdo con lo que establezcan las bases específicas de cada convocatoria. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25419 25419 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 7.3 Sistema de concurso. Los procesos selectivos que se desarrollen mediante el sistema de concurso tendrán una puntuación máxima a alcanzar de 100 puntos, distribuidos según determinen en la Base 8.1. Este sistema se aplicará conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación y especialmente en la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y consistirá en la valoración de solicitudes de participación y debidamente acreditados por los aspirantes en el momento la Administración lo solicite, de conformidad con lo dispuesto en las presentes Bases, en las bases específicas y de acuerdo con el modelo de 7.4 Justificación de las pruebas a desarrollar y los méritos evaluables Las pruebas que forman parte de la fase de oposición, así como los méritos enmarcados en el concurso, que esta Administración disponga en las correspondientes bases específicas, tendrán en cuenta el tipo de plaza de que se trate, las tareas a atender y, especialmente, la finalidad excepcional de este sistema, cual es estabilizar plazas teniendo muy en consideración la antigüedad de las personas interinas de larga duración (con independencia de su régimen jurídico). De ahí la tipología de pruebas a requerir, que tendrán un marcado carácter práctico o teórico-práctico, según el caso, así como en el concurso, el peso específico de la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y más en concreto, en el Ayuntamiento de El Paso. BASE 8ª.- MÉRITOS EVALUABLES 8.1 Baremo de méritos para las plazas convocadas por el sistema selectivo de concurso Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25420 25420 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Se valorarán los méritos siguientes, cumulativamente de conformidad con lo dispuesto en las presentes Bases Generales y sin perjuicio de lo indicado en las Bases Específicas de cada plaza: 1. EXPERIENCIA PROFESIONAL: Se valorará con un máximo de 70 puntos, según el siguiente baremo: a) Por la experiencia profesional en la plaza objeto de la convocatoria como funcionario interino o laboral temporal, en la Institución convocante, se asignarán 0,65 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 70 puntos. b) Por la experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como funcionario interino o laboral temporal en otras Entidades Locales, se asignarán 0,45 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 60 puntos. c) Por la experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como funcionario interino o laboral temporal en otras Administraciones Públicas y Entidades del Sector Público, se asignarán 0,35 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 50 puntos. d) Por la experiencia profesional en otra plaza en la Institución convocante, como funcionario interino o laboral temporal, se asignarán 0,30 puntos por mes, hasta un máximo de 45 puntos. e) Por la experiencia profesional en otra plaza, en otras Administraciones Públicas y resto del Sector Público, distintos a la Institución convocante, como personal funcionario interino o laboral temporal, se asignarán 0,20 puntos por mes, hasta un máximo de 35 puntos. f) Por la experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como funcionario de carrera o laboral fijo en misma plaza de cualquier Administración Pública y resto del Sector Público, distintos de la Institución convocante, se asignarán 0,15 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 30 puntos. g) Por la experiencia profesional en la misma categoría, en el sector privado, ya sea como personal contratado o como autónomo, se asignarán 0,10 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 15 puntos. 2. MÉRITOS ACADÉMICOS: Se valorará con un máximo de 30 puntos, según el siguiente baremo: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25421 25421 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 a) Cursos de Formación y perfeccionamiento, debidamente acreditados, relacionados con las tareas del puesto o con materias transversales, en los terminos señalados en las presentes bases y, lo previsto en las bases específicas de cada convocatoria: 0,20 puntos por hora de formación hasta un máximo de 30 puntos. b) Titulaciones Académicas - Titulación Universitaria de Grado, Licenciado o Diplomado, diferente a la exigida para el acceso a la plaza: 3 puntos por titulación - Máster Universitarios Oficial: 4 puntos por titulación - Máster no universitario: 3 puntos por titulación - Otras titulaciones oficiales superiores y distintas a las exigidas para el acceso a la plaza y no comprendidas en los apartados anteriores: 2,5 puntos por titulación. Cuando la formación se refiera a créditos, cada crédito será equivalente a 10 horas de formación. 8.2 Baremo de méritos para las plazas convocadas por el sistema selectivo de concurso- oposición Se valorarán los méritos siguientes, cumulativamente de conformidad con lo dispuesto en las presentes Bases Generales y, sin perjuicio de lo indicado en las Bases Específicas de cada plaza: 1. EXPERIENCIA PROFESIONAL: Se valorará con un máximo de 36 puntos, según el siguiente baremo: a) Por la experiencia profesional en la plaza objeto de la convocatoria como funcionario interino o laboral temporal, en la Institución convocante, se asignarán 0,60 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 36 puntos. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25422 25422 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 b) Por la experiencia profesional en la plaza convocatoria como funcionario interino o laboral temporal en otras Entidades Locales, se asignarán 0,50 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 36 puntos. c) Por la experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como funcionario interino o laboral temporal en otras Administraciones Públicas y Entidades del Sector Público, se asignarán 0,50 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 36 puntos. d) Por la experiencia profesional en otra plaza en la Institución convocante, como funcionario interino o laboral temporal, se asignarán 0,30 puntos por mes, hasta un máximo de 30 puntos. e) Por la experiencia profesional en otra plaza, en otras Administraciones Públicas y resto del Sector Público, distintos a la Institución convocante, como personal funcionario interino o laboral temporal, se asignarán 0,30 puntos por mes, hasta máximo de 30 puntos. f) Por la experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como funcionario de carrera o laboral fijo en misma plaza de cualquier Administración Pública y resto del Sector Público, distintos de la Institución convocante, se asignarán 0,30 puntos por mes, hasta máximo de 30 puntos. g) Por la experiencia profesional en la misma categoría, en el sector privado, ya sea como personal contratado o como autónomo, se asignarán 0,30 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 20 puntos. 2. MÉRITOS ACADÉMICOS: Se valorará con un máximo de 4 puntos, según el siguiente baremo: a) Cursos de formación y perfeccionamiento, debidamente acreditados relacionados con las tareas del puesto o con materias transversales, , en los terminos señalados en las presentes bases y, lo previsto en las bases específicas de cada convocatoria: 0,05 puntos por hora de formación hasta un máximo de 4 puntos b) Titulaciones Académicas - Titulación Universitaria de Grado, Licenciado o Diplomado, diferente a la exigida para el acceso a la plaza: 0,50 puntos por titulación Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25423 25423 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 - Máster Universitarios Oficial: 1 punto por titulación - Máster no universitario: 1 punto por titulación - Otras titulaciones oficiales superiores y distintas a las exigidas para el acceso a la plaza y no comprendidas en los apartados anteriores: 0,50 puntos por titulación. Cuando la formación se refiera a créditos, cada crédito será equivalente a 10 horas de formación. BASE 9ª. - DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO 9.1 Listado provisional de puntuaciones. En los procesos selectivos desarrollados mediante el sistema de concurso oposición, el resultado será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso. En los procesos selectivos desarrollados mediante el sistema de concurso, el resultado será la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de los méritos. El Tribunal calificador elaborará un listado provisional con las puntuaciones ordenadas, de mayor a menor, de cada persona aspirante y se expondrán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. La puntuación expuesta por los méritos lo será de conformidad con el “Autobaremo de méritos”. 9.2 Nota de corte En el supuesto de que el número de solicitudes que se presente sea muy numeroso con respecto al número de plazas a seleccionar en cada convocatoria y de conformidad con las bases específicas, el Tribunal calificador podrá establecer una nota de corte para pasar a la fase de acreditación de méritos. El resto de las personas aspirantes que no llegue a dicha nota de corte quedará en situación de “pendiente de revisión”. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25424 25424 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 9.3 Aportación de copias acreditativas de los méritos alegados y lugar de presentación Tras la publicación y, sin perjuicio de lo dispuesto a propósito de la nota de corte, en su caso, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles (5) contados a partir del día siguiente a dicha publicación, para aportar fotocopia de todos aquellos documentos acreditativos de los méritos consignados, en la forma en que se indique en la publicación, teniendo en consideración lo dispuesto en los dos siguientes apartados. En el caso de que el último día del plazo de presentación de solicitudes sea sábado, doming El límite temporal de validez de cualquiera de los méritos aportados será la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes de participación. 9.4 Acreditación de la experiencia laboral. La acreditación de la experiencia laboral se realizará teniendo en consideración las siguientes prescripciones: - Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea, tomándose en consideraci oso para la persona aspirante. - La experiencia profesional se computa por meses completos. A tales efectos, cuando no sea posible computar meses completos, se sumarán los días sueltos, computándose como mes completo cada acumulación de 30 días sueltos, así como la fracción residual, una vez hecho el cálculo anterior, igual sean inferiores a 15 días. - Los servicios prestados como personal funcionario y personal laboral de las Administraciones Públicas y resto del Sector Público deberán acreditarse mediante certificado entregado por el organismo competente donde se hubiesen efectuado, debiéndose indicar: la denominación exacta de la plaza desempeñada, el grupo, escala y subescala y/o la categoría profesional, régimen funcionarial o laboral y el lapso temporal de prestación (fecha de inicio y fecha de fin). Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25425 25425 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 - Para la valoración de las funciones, especialmente en aquellos casos donde la plaza o categoría profesional no sea suficientemente representativa de las mismas, será necesaria la inclusión en dicho certificado de la descripción o indicación de las funciones realizadas. - Los servicios prestados en el Ayuntamiento de El Paso no requerirán su acreditación por parte de la persona interesada, sin perjuicio de su alegación obligatoria por la persona interesada en el “Autobaremo de Méritos”. Corresponderá aportarlo a este Ayuntamiento, de oficio, desde la Secretaría y referidos siempre a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. - Los servicios prestados en las entidades de derecho privadas se podrán acreditar a través de alguna de estas vías: Mediante informe de vida laboral acompañado de certificado expedido por la empresa, donde consten la fecha de inicio y finalización de los servicios, la categoría, puesto de trabajo y funciones desarrolladas. Mediante Informe de vida laboral, acompañado del correspondiente contrato de trabajo. Para la valoración de las funciones, especialmente en aquellos casos donde la documentación aportada no sea suficientemente representativa de las mismas, será necesario la emisión de un certificado de la empresa donde se describan o indiquen las funciones realizadas. - Los servicios prestados como profesional por cuenta propia o autónomo se acreditarán mediante Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad en que se estuviera afiliado, vida laboral y/o por los contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada. - No se valorarán los servicios prestados como personal eventual, cuando éstas respondan al desempeño de las funciones propias de tales, de confianza o asesoramiento especial. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25426 25426 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 - No serán objeto de valoración aquellos casos donde la documentación aportada no incluya información suficiente como para poder valorar la experiencia, de acuerdo con lo señalado anteriormente y teniendo en cuenta lo previsto en las bases específicas. - Se computarán como situaciones asimiladas al servicio activo, a efectos del cómputo de servicios prestados, los períodos de excedencia forzosa, excedencia voluntaria por cuidado de hijos o de un familiar a su cargo, excedencia por razón de violencia de género, excedencia por razón de violencia terrorista, incapacidad laboral, permiso de maternidad y paternidad, situación de riesgo durante el embarazo, la adopción y acogimiento tanto preadoptivo como permanente. - En el caso de las plazas que estén ocupadas por personal laboral temporal o indefinido no fijo, que impliquen el ejercicio de funciones propias de los funcionarios, y que su plaza se convoque como reservada a personal funcionario se reconocerán como mérito los servicios prestados como personal laboral en estas funciones. 9.5 Acreditación de méritos académicos. Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán exclusivamente, la realización de los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos u homologados por el Ayuntamiento de El Paso, el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), el Instituto Autonómico de Administración Pública (ICAP), la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Federación Autonómica de Municipios y Provincias (FECAM), las Administraciones Públicas en general o entidad integrante del sector público, las Universidades, Federaciones Deportivas, Conservatorios, las Organizaciones Sindicales en el Marco del Acuerdo de Formación Continua, los Colegios Profesionales, así como por centros o entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas. En todo caso, las acciones formativas deberán estar directamente relacionados con las funciones de la plaza convocada o con a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales. A estos efectos se considera materia transversal: organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Administraciones Locales, Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25427 25427 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 prevención de riesgos laborales, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, técnicas de comunicación, función pública y legislación laboral, trabajo en equipo, transparencia en el acceso a la información administrativo, calidad de los servicios y digitalización en la administración electrónica. Solamente se valorará formación privada cuando así lo determinen las correspondientes bases específicas. La acreditación de cursos de formación y perfeccionamiento se realizará mediante aportación de fotocopia de los correspondientes títulos o certificados emitidos por las instituciones formadoras correspondientes, debiendo incluir la identificación de la persona titular, las horas de duración o créditos equivalentes, la temática, la fecha de emisión y el organismo emisor. Titulaciones académicas: La acreditación de las titulaciones académicas se realizará mediante la copia del título respectivo y, en su caso, el documento acreditativo de su equivalencia. Otros méritos académicos. Caso de que existan otros méritos académicos distintos a los anteriores, se estará a tales y a su forma de acreditación, según dispongan las correspondientes bases específicas. 9.6 Comprobación de la autobaremación, por el Tribunal calificador. El Tribunal calificador comprobará la autobaremación realizada por las personas aspirantes, revisando la documentación acreditativa de los méritos alegados, con los consignados por los candidatos/as y la puntuación que, en base a los mismos y a lo dispuesto en estas bases, ha dispuesto cada persona. El Tribunal calificador comprobará que los méritos alegados se poseen al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en el modelo de “Autobaremo de Méritos”, no teniéndose en cuenta, por ende, los méritos que no hayan sido autobaremados por las personas interesadas. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25428 25428 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Además, el “Autobaremo de Méritos” vincula al órgano de selección, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la consignada por los/las interesados/as en cada uno de los apartados del baremo de méritos. La consignación de datos falsos, o la falsedad documental aportada conllevará la exclusión del proceso, sin perjuicio de las medidas legales oportunas correspondientes. En el supuesto de que el Tribunal calificador haya optado por establecer una nota de corte, en los procesos guiados por el sistema de concurso-oposición, revisará las autobaremaciones encuadradas en la nota de corte del conjunto del proceso. En el supuesto de procesos guiados por el sistema de concurso, el Tribunal revisará las autobaremaciones que arrojen la mayor puntuación hasta la nota de corte. El resto de autobaremaciones, tanto en los procesos de concurso-oposición como concurso, sólo serán examinadas y en el mismo orden de prelación que el existente, en el caso de que se observen incorrecciones en las primeras a partir de la revisión de tales, por el Tribunal calificador. Esta operación se repetirá tantas veces como sea necesario, hasta cubrir nuevamente la nota de corte señalada. BASE 10ª. - PUNTUACIONES PROVISIONALES 10.1 Publicación de las puntuaciones provisionales. Las puntuaciones que resulten de la revisión de la autobaremación, por parte del Tribunal calificador, se ordenarán por orden de puntuación y se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, para todos aquellos procesos cuyo sistema sea el concurso. En los procesos cuyo sistema sea el concurso-oposición, los resultados provisionales de la fase de concurso, así como los de la fase de oposición, se publicarán ordenados, en su conjunto, por orden de puntuación. 10.2 Plazo de alegaciones y reclamaciones. Quienes estén en desacuerdo con el listado anterior, dispondrán de un plazo de diez días hábiles (10), contados a partir de la publicación señalada, a fin de Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25429 25429 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 presentar las alegaciones y reclamaciones oportunas, que dirigirán al Tribunal calificador. BASE 11ª. - LISTADO DE RESULTADOS DEFINITIVOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS 11.1 Publicación del listado propuesto por el Tribunal calificador Una vez sustanciadas las alegaciones, caso de haberlas, el Tribunal calificador hará pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, la propuesta de resolución definitiva del proceso selectivo, con indicación de la relación de resultados y las personas propuestas, debiendo recaer en quienes hayan obtenido mayor puntuación, de conformidad con las presentes bases y las bases específicas. Contra la propuesta de resolución definitiva del Tribunal calificador, cabrá recurso de alzada ante el Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento de El Paso, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a que se haga pública dicha resolución del Tribunal en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. 11.2 Caso de empate En caso de empate, los procesos convocados por la modalidad de concurso se resolverán atendiendo a los siguientes criterios: 1. Mayor puntuación por el total alcanzado en el factor experiencia profesional, previsto en el apartado 1 de la Base 8ª (punto 8.1) de las presentes bases. 2. Mayor puntuación por el total alcanzado en el factor méritos académicos, previsto en el apartado 2 de la Base 8ª (punto 8.1) de las presentes bases. 3. Mayor puntuación por el total alcanzado en el apartado 1. a) del factor experiencia profesional, previsto en la Base 8ª (punto 8.1) de las presentes bases. 4. Orden alfabético de los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública, relativa al orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (artículo 17 del Real Decreto 364/1995). Dicha letra será la que estuviera vigente en la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25430 25430 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 En caso de empate, los procesos convocados por la modalidad de concurso- oposición se resolverán atendiendo a los siguientes criterios: 1. Mayor puntuación en la fase de oposición, prevista en la Base 3ª de las Bases Específicas de cada convocatoria. 2. Mayor puntuación por el total alcanzado en el factor experiencia profesional previsto en el apartado 1 de la Base 8ª (punto 8.2) de las presentes bases. 3. Mayor puntuación por el total alcanzado en el factor méritos académicos, previsto en el apartado 2 de la Base 8ª (punto 8.2) de las presentes bases. 4. Mayor puntuación por el total alcanzado en el apartado 1. a) del factor experiencia profesional, previsto en la Base 8ª (punto 8.2) de las presentes bases. 5. Orden alfabético de los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública, relativa al orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (artículo 17 del Real Decreto 364/1995). Dicha letra será la que estuviera vigente en la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo. 11.3 Resolución final de concurso Una vez publicada la recursos de alzada presentado dicha propuesta de resolución definitiva, por el orden de puntuación alcanzado, al Alcade/sa-Presidente/a, que dicta del proceso selectivo por orden de puntuación, con indicación expresa de las personas aprobadas que lo han superado y que deben presentar la documentación requerida en los términos de la Base 10.5 para su nombramiento corresponda. El resultado definitivo no generará bolsas de empleo ni listas de reserva. El Tribunal no puede declarar un número de aprobados que rebase el número de plazas convocadas, sin embargo siempre que este hubiera propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/las aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada por Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25431 25431 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 estos/as se deduzcan que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los/as aspirantes propuestos, antes de su nombramiento y contratación, el Alcalde- Presidente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento, como funcionario/a de carrera o contratación como personal laboral fijo/a. 11.4 Elección de plaza vinculada a un puesto de trabajo. En el supuesto de que en el proceso se ofrezca más de una plaza, la persona aspirante que ocupe la primera posición en la lista anterior escogerá plaza de entre las que se ofrezcan, vinculada al puesto concreto al que se ligue, y así sucesivamente hasta completar el total de plazas ofertadas. No tendrá derecho ningún aspirante a obtener dos plazas. Por tanto, en el supuesto de que un aspirante quede en primer lugar en dos procesos selectivos, deberá efectuar la correspondiente elección. En caso de empate en la puntuación total obtenida por las personas seleccionadas, elegirá en primer lugar la persona que tenga reconocida una mayor antigüedad total, lo cual justificará mediante el certificado de servicios correspondiente que reconozca esa fecha de antigüedad. 11.5 Aportación de la documentación original o fotocopias compulsadas Las personas seleccionadas deberán presentar ante el Ayuntamiento de El Paso, en el plazo máximo de veinte días hábiles (20) desde la publicación de la propuesta de selección, el original y copia compulsada de todos los documentos requeridos para participar en el proceso selectivo. En concreto, lo siguiente: a) Original o copia compulsada, para su digitalización, del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite la nacionalidad en el caso de aspirantes nacionales miembros de otros estados de la Unión Europea o de los estados a los cuales, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25432 25432 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Los aspirantes de nacionalidad diferente a la de los Estados miembros de la Unión Europea deberán aportar copia simple de los permisos de residencia y/o trabajo que se precisen de acuerdo con la normativa vigente que resulte de aplicación. b) Original o copia compulsada, para su digitalización, de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo. c) médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función a desempeñar. d) Declaración responsable de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupar cargos públicos por resolución judicial, para acceder al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que se indican en las presentes bases. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o en caso contrario no haber sido cancelada de su hoja de servicios o tener derecho a su cancelación, o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Declaración responsable donde se haga constar que no se encuentra incurso en ninguna causa de incompatibilidad para el desempeño del cargo, de acuerdo con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación. f) Original o copia compulsada, para su digitalización, de toda la o g) Original o copia compulsada, para su digitalización, de cualquier otro documento que expresamente prevean las bases específicas. 11.6 Aspirantes que tengan la condición de funcionarios/as. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25433 25433 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/as están exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya demostrados y que no exigen actualización, salvo que el Tribunal de Calificación decida lo contrario. En su lugar deberán presentar una certificación de la Administración pública de la que dependen, que acredite su condición de funcionario/a y cuantas circunstancias consten en su expediente personal. 11.7 Efectos de la no presentación o falsedad de la documentación aportada La persona propuesta, que en el plazo fijado, excepto en casos de fuerza mayor, no presente la documentación requerida, o bien se compruebe que no cumple alguno de los requisitos señalados en las presentes bases y normativa de aplicación, no podrá ser nombrada, en su caso, como funcionaria de carrera, o contratada como personal laboral fijo, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad, en su caso. En estos casos, se propondría para su nombramiento a otra persona, que sería la siguiente en la lista de puntuaciones, siguiendo el estricto orden de puntuación total. 11.8 Documentación en lengua extranjera La documentación que se presente en lengua extranjera deberá ir acompañada de la correspondiente traducción jurada. BASE 12ª. - NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN 12.1 Nombramiento Agotado el periodo de presentación de documentos y en el plazo máximo de un mes, el Alcalde/sa-Presidente/ta del Ayuntamiento de El Paso, de acuerdo con la Resolución Definitiva del proceso selectivo, nombrará funcionario/a de carrera a la persona o personas aspirantes que lo hubiesen superado. Este nombramiento será notificado a la persona o personas interesadas y publicado en el BOP y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25434 25434 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 12.2 Toma de posesión/formalización del contrato e incorporación al servicio Una vez efectuada la notificación anterior, las personas nombradas funcionarias de carrera deberán tomar posesión, mientras que para el personal laboral se procederá a la formalización del contrato fijo. La incorporación al servicio se hará en el momento en el que sea requerida y en el plazo máximo de un mes desde la fecha de nombramiento o formalización del contrato. En el caso de que alguna de las personas propuestas renunciase, o que la persona requerida, injustificadamente, no se incorpore al servicio perderá todos los derechos derivados del proceso de selección y se propondría otra persona, que sería la siguiente en la lista de puntuaciones, siguiendo estricto orden de puntuación total. Una vez realizada la toma de posesión/formalización del contrato, si la persona aspirante seleccionada inicia una situación administrativa de excedencia sin reserva de plaza en los siguientes 6 meses a contar desde la toma de posesión o formalización del contrato, en su caso, resultará posible nombrar/contratar al siguiente candidato o candidata con la misma condición que el primero/a. BASE 13ª. - INCOMPATIBILIDADES 13.1 Régimen de incompatibilidades La persona seleccionada en esta convocatoria le será de aplicación la normativa vigente en materia de incompatibilidades recogida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. BASE 14ª. - RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES 14.1 Régimen de impugnaciones Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer, por parte de los interesados, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25435 25435 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición, se podrá efectuar reclamación judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín oficial correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo antes mencionado. Dicha reclamación judicial tendrá lugar mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado contencioso-administrativo, en el caso de plazas en régimen funcionarial. En el caso de plazas en régimen laboral, la reclamación judicial tendrá lugar mediante la interposición de la correspondiente demanda, dentro del plazo de dos meses, ante la jurisdicción social, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y ello sin perjuicio de las acciones tendentes a la protección de derechos fundamentales y libertades públicas. 14.2 Facultad del Tribunal calificador El Tribunal calificador está facultado para resolver las dudas o las discrepancias que se originen durante el desarrollo del proceso de selección. DISPOSICIÓN ADICIONAL En todo aquello que no esté previsto en las presentes bases será de aplicación la normativa vigente en materia de Función Pública, Procedimiento administrativo y normativa interna propia del Ayuntamiento de El Paso, compatible con el régimen jurídico de las Administraciones Locales. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25436 25436 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 ANEXO I INSTANCIA PARA PARTICIPAR EN PROCESO SELECTIVO I PROCESO SELECTIVO NOMBRE DE LA PLAZA: AÑO OFERTA EMPLEO PÚBLICO: CONVOCADO EN BOP Nº FECHA PUBLICACIÓN: II DATOS PERSONALES Apellidos ____________________________________________Nombre_________________________ DNI ___________________ Domicilio______________________________________________________________________________ Teléfono 1_____________________ Teléfono 2______________________ Email _________________________________ MEDIO PREFERENTE DE NOTIFICACIÓN: Medios electrónicos: notificación telemática Notificación en el domicilio indicado Si selecciona la opción de medios electrónicos, se utilizará este medio para cualquier comunicación o notificación relacionada con esta solicitud y las notificaciones se considerarán realizadas en debida forma y surtirán los efectos que correspondan, hasta que comunique de forma expresa que se practiquen las notificaciones a través del domicilio postal III.- HAGO CONSTAR.- Condiciones de discapacidad NO reúno la condición de discapacidad SÍ reúno la condición de discapacidad con un grado de minusvalía de_______% - Se aporta certificado de discapacidad Tipo de diversidad funcional: Física Psíquica Sensorial - Se solicita adaptación de tiempo adaptación de medios. Indicar cuales______________________ Otra Condiciones Víctima Violencia de Género: SI NO Víctima de Terrorismo: SI NO IV.- DECLARA.- Que son ciertos todos y cada uno de los datos consignados en esta solicitud, Que reúne los requisitos exigidos en la presente Convocatoria. V.- SOLICITA.- Ser admitido/a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25437 25437 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 En El Paso, ______ / __________________ / _________. (Firma) Los datos consignados en esta instancia se tratan de forma automatizada y se recogen confidencialmente en los archivos del Ayuntamiento de El Paso. Los afectados podrán dirigirse al Ayuntamiento de El Paso, para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. ANEXO I1. HOJA DE AUTOBAREMACIÓN2 Datos personales Nombre y apellidos DNI 2. Experiencia profesional, de conformidad con las Bases de Selección INSTITUCIÓN/ES AÑOS MESES PUNTOS Experiencia profesional en la plaza objeto de la convocatoria como funcionario interino o laboral temporal, en la Institución convocante Experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como funcionario interino o laboral temporal en otras Entidades Locales Experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como funcionario interino o laboral temporal en otras 1 Del presente Anexo, sólo se deben cumplimentarse aquellos casilleros que respondan a lo previsto en las bases concretas de que se trate. Por ello, todo mérito profesional o académico que figure en este Anexo y no tenga su correspondiente reflejo en las bases, NO deberá cumplimentarse, toda vez que NO se valorará. 2La autobaremación tendrá la consideración de declaración responsable. La falsedad en los datos de autobaremación determina la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado, además de las actuaciones legales que se deriven de la falsedad en los datos. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25438 25438 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Administraciones Públicas y Entidades del Sector Público. Experiencia profesional en otra plaza en la Institución convocante, como funcionario interino o laboral temporal Experiencia profesional en otra plaza, en otras Administraciones Públicas y resto del Sector Público, distintos a la Institución convocante, como personal funcionario interino o laboral temporal Experiencia profesional en la plaza objeto de convocatoria como funcionario de carrera o laboral fijo en misma plaza de cualquier Administración Pública y resto del Sector Público, distintos de la Institución Experiencia profesional en la misma categoría, en el sector privado, ya sea como personal contratado o como autónomo 3. Formación recibida, de conformidad con la señalada en las Bases de Selección. NOMBRE DE LA ACCIÓN HORAS/ CRÉDITOS FORMATIVA CENTRO EMISOR PUNTOS Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25439 25439 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 4. Méritos académicos, de conformidad con los señalados en las Bases de Selección: NOMBRE DE LA TITULACIÓN CONCRETA Titulación Universitaria de Grado, Licenciado o Diplomado, diferente a la exigida para el acceso a la plaza. Máster Universitarios Oficial Máster no universitario INSTITUCIÓN EN LA QUE PUNTOS SE CURSÓ Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25440 25440 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 Otras titulaciones oficiales superiores y distintas a las exigidas para el acceso a la plaza y no comprendidas en los apartados anteriores SEGUNDO.- Que por Secretaría, se proceda a tramitar el oportuno expediente administrativo. TERCERO.- Publicar íntegramente las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife y en el Tablón de anuncios alojado en la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede.elpaso.es, y anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias. Publicar asimismo el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de ese anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias. CUARTO.- Dar traslado de este Decreto a la Dirección General de Función Pública de la Administración autonómica para su conocimiento y efectos procedentes. QUINTO.-Contra las bases podrán, los interesados, presentar los recursos que constan en la Base décimocuarta de las mismas. Lo que se hace público para general conocimiento El Paso, a veintidós de diciembre de dos mil veintidós. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Sergio Javier Rodríguez Fernández, documento firmado electrónicamente. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 25441 25441 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 157, Miércoles 28 de diciembre de 2022 EL PINAR DE EL HIERRO ANUNCIO 4966 234381 En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público que el Sr. Alcalde-Presidente de esta Corporación, con fecha 7 de diciembre de 2022, ha dictado el Decreto número 2022/740, cuyo contenido es del siguiente tenor literal: “Visto que esta Alcaldía tendrá que ausentarse del Municipio por motivos de asistencia médica, del día 09 al 12 de diciembre de 2022, y considerando lo dispuesto en los artículos 125 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, 36 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias y 47 y 48 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía: DISPONE: PRIMERO: Declarar la sustitución de esta Alcaldía, en favor de La Primera Teniente de Alcalde, Dª Magaly González Zamora, del día 09 al 12 de diciembre de 2022, periodo durante el cual la referida Tenencia de Alcaldía, asumirá todas las competencias que el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, otorga a la Alcaldía, excepto la de revocación de las delegaciones que esta Alcaldía hubiese conferido. SEGUNDO: Dejar constancia, que en caso de que el titular de esta Alcaldía, se incorporare a sus funciones, durante el plazo de otorgamiento de esta sustitución, el presente Decreto estará sujeto a revocación. TERCERO: Dar traslado del presente Decreto, a Dª Magaly González Zamora, en tiempo y forma, así como a los miembros del Pleno Corporativo. CUARTO: Ordenar la Publicación del presente Decreto en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia.”. El Pinar de El Hierro, a siete de diciembre de dos mil veintidós. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan Miguel Padrón Brito- EL SECRETARIO-INTERVENTOR, Francisco Cantero López-Cózar, firmado electrónicamente.