Expediente Electrónico Nº de Expediente Tipo de Expediente Fecha de Apertura NIF Interesado Fecha de Cierre Signatura Asunto Ayuntamiento de El Paso ºAYUNTAMIENTO DE EL PASO P3802700I INT-APROBACION PRESUPUESTOS APROBACION PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO 2025 2025001319 21-03-2025 21/03/2025 1 ESTADO INGRESOS 1..2 21/03/2025 2.1 GASTOS PROGRAMAS 3..15 21/03/2025 2.2 GASTOS ECONOMICA 16..25 21/03/2025 3 BASES EJECUCION 26..69 25/03/2025 4 ANEXO SUBVENCIONES 2025 70..71 26/03/2025 5 ESTADO DE PREVISION DEUDA 2025 72..73 25/03/2025 6 MEMORIA ALCALDIA 74..89 26/03/2025 7.1 LIQUIDACION GASTOS EJERCICIO 2023 90..99 26/03/2025 7.2 LIQUIDACION INGRESOS EJERCICIO 2023 100..102 26/03/2025 8. AVANCE LIQUIDACION 2024 103..104 26/03/2025 9 ANEXO PERSONAL 105..108 26/03/2025 9.1 INFORME DEL PERSONAL 109..123 26/03/2025 10. ANEXO PLAN DE INVERSIONES 2025 124..127 26/03/2025 11. ANEXO DE BENEFICIOS FISCALES 2025 128..129 26/03/2025 12. ANEXO CONVENIOS CCAA MATERIA SOCIAL 2025 130..130 26/03/2025 13. INFORME ECONOMICO-FINANCIERO 131..152 26/03/2025 14. INFORME DE CONTROL PERMANENTE 2025 153..159 26/03/2025 15. INFORME DE ESTABILIDAD PPTARIA 2025 160..167 26/03/2025 16. INFORME DE TECHO DE GASTO 2025 168..169 26/03/2025 17. PLAN ESTRATEGICO DE SUBVENCIONES 2025 170..244 26/03/2025 18 PLANTILLA PERSONAL 2025 245..246 Indice del Expediente Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:11 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 29C90749ECCE606086E71E4ECCE521DE Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/29C90749ECCE606086E71E4ECCE521DE . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:11 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:11 PRESUPUESTO 1 IMPUESTOS DIRECTOS. 1.827.470,00 € 2 IMPUESTOS INDIRECTOS. 2.500.635,54 € 3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS. 970.974,97 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 5.089.570,32 € 5 INGRESOS PATRIMONIALES. 407.200,00 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO 1 IMPUESTOS DIRECTOS. 1.827.470,00 € 11200 IBI DE NATURALEZ RUSTICA 15.000,00 € 11300 IBI DE NATURALEZA URBANA 1.250.000,00 € 11400 IBI DE CARACTERISTICAS ESPECIALES 2.470,00 € 11500 IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA 420.000,00 € 11600 IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS 75.000,00 € 13000 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS 65.000,00 € 2 IMPUESTOS INDIRECTOS. 2.500.635,54 € 29000 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS 30.000,00 € 29200 ARBITRIO S/IMPORTACIONES Y ENTREGA DE MERCANCIAS EN CANARIAS 258.185,73 € 29300 IMPUESTO GENERAL INDERECTO CANARIO (IGIC) 2.122.624,63 € 29900 IMPUESTO DE MATRICULACION 23.067,90 € 29901 IMPUESTO GENERAL TRAFICO DE EMPRESAS 66.757,28 € 3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS. 970.974,97 € 30001 SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA 480.000,00 € 30200 SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA 150.000,00 € 30500 CEMENTERIOS 25.000,00 € 32100 LICENCIAS URBANISTICAS 70.000,00 € 32200 CEDULAS DE HABITABILIDAD Y LICENCIAS DE PRIMERA OCUPACION 300,00 € 32300 TASAS POR OTROS SERVICIOS URBANISTICOS 1.650,00 € 32500 EXPEDICION DE DOCUMENTOS 11.350,00 € 32700 LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS 2.000,00 € 32800 INSPECCION VEHICULOS, CALDERAS, MOTORES, ETC. 10.000,00 € 33100 TASA POR ENTRADA DE VEHICULOS 1.500,00 € 33200 TASA....EMPRESAS EXPLOTADORAS SERVICIOS SUMINISTROS 67.394,97 € 33400 TASA POR APERTURA DE CALICATAS Y ZANJAS 500,00 € 33800 POSTES, PALOMILLAS, ETC. SOBRE LA VIA PUBLICA 20.000,00 € 33901 QUIOSCOS EN LA VIA PUBLICA 10.000,00 € 33903 MERCANCIAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIONES 250,00 € 34200 PRECIO PUBLICO SERVICIOS EDUCATIVOS 38.530,00 € 38900 OTROS REINTEGROS DE OPERACIONES CORRIENTES 2.500,00 € 39120 Multas por infracciones de la Ordenanza de circulación 12.000,00 € 39211 Recargo de apremio 30.000,00 € 39300 INTERESES DE DEMORA 13.000,00 € 39900 IMPREVISTOS 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 5.089.570,32 € 42000 Participación en los Tributos del Estado 1.939.894,56 € 45001 Otras transferencias incondicionadas 2.684.675,76 € 45002 Transf.corr.por conv.suscritos con CA en materia de SS y PI 165.000,00 € 46100 SUBVENCIONES DEL CABILDO 300.000,00 € 5 INGRESOS PATRIMONIALES. 407.200,00 € 52100 INTERESES DE DEPOSITOS 400.000,00 € 54200 ARRENDAMIENTO DE FINCAS RUSTICAS 7.200,00 € Presupuesto de Ingresos 2025 Iltre. Ayto. de El Paso pág. 1 de 2 - 1/2 - Pág. 1 de 246 Ver sello Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:11 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 29C90749ECCE606086E71E4ECCE521DE Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/29C90749ECCE606086E71E4ECCE521DE . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:11 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:11 PRESUPUESTO 1 IMPUESTOS DIRECTOS. 1.827.470,00 € 2 IMPUESTOS INDIRECTOS. 2.500.635,54 € 3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS. 970.974,97 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 5.089.570,32 € 5 INGRESOS PATRIMONIALES. 407.200,00 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Ingresos 2025 Iltre. Ayto. de El Paso 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 83100 PRESTAMOS A LARGO PLAZO. DESARROLLO POR SECTORES 20.000,00 € Total General 10.815.850,83 € pág. 2 de 2 - 2/2 - Pág. 2 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO 0110 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 359 OTROS GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 35900 DEUDA PÚBLICA. OTROS GASTOS FINANCIEROS 25.000,00 € 1300 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL. 26.500,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 20.000,00 € 22706 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD Y ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 20.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 6.500,00 € 48000 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD Y OTRAS TRANSFERENCIAS 6.500,00 € 1320 SEGURIDAD Y OR 662.546,72 € 120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 205.678,64 € 12003 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. SUELDOS DEL GRUPO C1. 154.587,12 € 12006 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. TRIENIOS. 51.091,52 € 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 257.835,60 € 12100 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. COMPLEMENTO DE DESTINO. 75.777,12 € 12101 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. COMPLEMENTO ESPECÍFICO. 126.234,00 € 12103 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. OTROS COMPLEMENTOS. 55.824,48 € 151 GRATIFICACIONES. 20.200,00 € 15100 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. GRATIFICACIONES 20.200,00 € 160 CUOTAS SOCIALES. 162.229,98 € 16001 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. SEGURIDAD SOCIAL 162.229,98 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 1.502,50 € 16204 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. ACCIÓN SOCIAL 1.502,50 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 400,00 € 21300 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 400,00 € 214 ELEMENTOS DE TRANSPORTE. 2.000,00 € 21400 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE 2.000,00 € 220 MATERIAL DE OFICINA. 200,00 € 22000 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. ORDINARIO NO INVENTARIABLE 200,00 € 221 SUMINISTROS. 7.000,00 € 22103 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. COMBUSTIBLES Y CARBURANTES 3.000,00 € 22104 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. VESTUARIO 4.000,00 € 224 PRIMAS DE SEGUROS. 2.600,00 € 22400 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. PRIMAS DE SEGUROS 2.600,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 2.500,00 € 22699 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. OTROS GASTOS DIVERSOS. 2.500,00 € 230 DIETAS. 200,00 € 23020 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 200,00 € 23120 SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 1330 ORDENACIÓN DEL TRÁFICO Y DEL ESTACIONAMIENTO 17.000,00 € 221 SUMINISTROS. 12.500,00 € 22199 ORDENACIÓN DEL TRÁFICO Y DEL ESTACIONAMIENTO OTROS SUMINISTROS. 12.500,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 4.500,00 € 22606 ORDENACIÓN DEL TRÁFICO Y DEL ESTACIONAMIENTO REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 4.500,00 € 1350 .PROTECCIÓN CIV 33.850,00 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 100,00 € 21300 .PROTECCIÓN CIVIL. REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 100,00 € 214 ELEMENTOS DE TRANSPORTE. 2.000,00 € 21400 .PROTECCIÓN CIVIL. REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE 2.000,00 € 221 SUMINISTROS. 5.750,00 € 22103 .PROTECCIÓN CIVIL. COMBUSTIBLES Y CARBURANTES 2.000,00 € 22104 .PROTECCIÓN CIVIL. VESTUARIO 3.000,00 € 22199 .PROTECCIÓN CIVIL. OTROS SUMINISTROS. 750,00 € 224 PRIMAS DE SEGUROS. 1.000,00 € 22400 .PROTECCIÓN CIVIL. PRIMAS DE SEGUROS 1.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 5.000,00 € 22699 .PROTECCIÓN CIVIL. OTROS GASTOS DIVERSOS. 5.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 20.000,00 € 22706 .PROTECCIÓN CIVIL. ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 15.000,00 € 22799 .PROTECCIÓN CIVIL. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 5.000,00 € Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL pág. 1 de 13 - 1/13 - Pág. 3 de 246 Ver sello Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 1510 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 402.957,24 € 120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 127.593,96 € 12000 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y SUELDOS DEL GRUPO A1. 58.672,32 € 12001 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y SUELDOS DEL GRUPO A2. 33.332,32 € 12006 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y TRIENIOS. 35.589,32 € 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 129.038,80 € 12100 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y COMPLEMENTO DE DESTINO. 50.506,92 € 12101 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y COMPLEMENTO ESPECÍFICO. 42.955,36 € 12103 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y OTROS COMPLEMENTOS. 35.576,52 € 151 GRATIFICACIONES. 1,01 € 15100 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA GRATIFICACIONES 1,01 € 160 CUOTAS SOCIALES. 89.821,47 € 16001 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL 89.821,47 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 500,00 € 16204 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA ACCIÓN SOCIAL 500,00 € 202 ARRENDAMIENTOS DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 1,00 € 20200 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA ARRENDAMIENTO EDIFICIOS Y OTRAS 1,00 € 216 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. 1,00 € 21600 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA EQUIPAMIENTO PROCESOS DE INFORMACIÓN 1,00 € 220 MATERIAL DE OFICINA. 3.799,99 € 22000 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA ORDINARIO NO INVENTARIABLE 999,99 € 22001 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 300,00 € 22002 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 2.500,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 2.000,01 € 22604 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA JURÍDICOS, CONTENCIOSOS 0,01 € 22699 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA OTROS GASTOS DIVERSOS. 2.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 35.000,00 € 22706 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 35.000,00 € 230 DIETAS. 100,00 € 23020 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 100,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 100,00 € 23120 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 100,00 € 629 OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMIENTO OPERAT 15.000,00 € 62900 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y REDACCIÓN PROYECTO MIRADOR VOLCÁN TAJOGAITE 15.000,00 € 1532 PAVIMENTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS. 120.000,00 € 221 SUMINISTROS. 20.000,00 € 22199 PAVIMENTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS. OTROS SUMINISTROS. 20.000,00 € 619 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES D 100.000,00 € 61901 PAVIMENTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS. ACONDICIONAMIENTO Y ASFALTADO CALLE BERGOYO Y BENGENAGUA 100.000,00 € 1610 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 401.255,12 € 130 LABORAL FIJO. 82.188,24 € 13000 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. RETRIBUCIONES BÁSICAS. 47.963,16 € 13002 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. OTRAS REMUNERACIONES. 34.225,08 € 160 CUOTAS SOCIALES. 28.765,88 € 16003 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. SEGURIDAD SOCIAL 28.765,88 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 1,00 € 16204 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. ACCIÓN SOCIAL 1,00 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 1.800,00 € 20400 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE 1.800,00 € 209 CÁNONES. 3.000,00 € 20900 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. CÁNONES 3.000,00 € 210 INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES. 4.000,00 € 21000 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES 4.000,00 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 1.500,00 € 21300 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y 1.500,00 € 221 SUMINISTROS. 275.000,00 € 22100 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. ENERGÍA ELÉCTRICA 110.000,00 € 22101 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. AGUA 150.000,00 € 22199 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. OTROS SUMINISTROS. 15.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 1.500,00 € 22799 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 1.500,00 € 600 INVERSIONES EN TERRENOS. 2.500,00 € 60000 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. COMPRA TERRENO DEPOSITO ABASTO TAMANCA 2.500,00 € pág. 2 de 13 - 2/13 - Pág. 4 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 619 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES D 1.000,00 € 61904 ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. CONTINUACIÓN RED DE ABASTO CAMINO TIJARAFERO 1.000,00 € 1624 RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS 550.143,26 € 210 INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES. 1,00 € 21000 RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES 1,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 3.000,00 € 22699 RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS OTROS GASTOS DIVERSOS. 3.000,00 € 461 A DIPUTACIONES, CONSEJOS O CABILDOS INSULARES. 458.300,00 € 46100 RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS A DIPUTACIONES, CONSEJOS O CABILDOS INSULARES 458.300,00 € 767 A CONSORCIOS. 88.842,26 € 76700 RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS A CONSORCIOS. 88.842,26 € 1630 LIMPIEZA VIARIA 38.459,05 € 203 ARRENDAMIENTOS DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE. 1.000,00 € 20300 LIMPIEZA VIARIA. ARRENDAMIENTO MAQUINARIA, INSTALAC. Y UTILLAJE 1.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 37.459,05 € 22700 LIMPIEZA VIARIA. LIMPIEZA Y ASEO 37.459,05 € 1640 CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. 25.150,03 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 150,03 € 16204 CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. ACCIÓN SOCIAL 150,03 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 7.000,00 € 21200 CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 7.000,00 € 221 SUMINISTROS. 3.000,00 € 22199 CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. OTROS SUMINISTROS. 3.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 15.000,00 € 22799 CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 15.000,00 € 1650 ALUMBRADO PÚ 99.926,50 € 221 SUMINISTROS. 40.000,00 € 22199 ALUMBRADO PÚBLICO. OTROS SUMINISTROS. 40.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 45.000,00 € 22799 ALUMBRADO PÚBLICO. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 45.000,00 € 633 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 14.926,50 € 63300 ALUMBRADO PÚBLICO. PROYECTO SUSTITUCIÓN DE LUMINARIA VSBP POR TECNOLOGÍA LED FASE 1 Y 2 PARA LA RESERVA DE LA BIOSFERA 14.926,50 € 1700 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 57.998,00 € 210 INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES. 2.000,00 € 21000 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES 2.000,00 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 3.000,00 € 21200 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 3.000,00 € 221 SUMINISTROS. 3.498,00 € 22104 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. VESTUARIO 2.998,00 € 22199 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. OTROS SUMINISTROS. 500,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 29.000,00 € 22602 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 3.000,00 € 22609 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 12.000,00 € 22699 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. OTROS GASTOS DIVERSOS. 14.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 5.500,00 € 22706 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 5.000,00 € 22799 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 500,00 € 467 A CONSORCIOS. 15.000,00 € 46700 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. A CONSORCIOS 15.000,00 € 1710 PARQUES Y JARD 131.760,00 € 210 INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES. 1.500,00 € 21000 PARQUES Y JARDINES. REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES 1.500,00 € 221 SUMINISTROS. 6.000,00 € pág. 3 de 13 - 3/13 - Pág. 5 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 22199 PARQUES Y JARDINES. OTROS SUMINISTROS. 6.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 24.260,00 € 22700 PARQUES Y JARDINES. LIMPIEZA Y ASEO 24.260,00 € 619 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES D 100.000,00 € 61900 PARQUES Y JARDINES. REHABILITACIÓN DE PARQUE INFANTILES 100.000,00 € 2210 OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. 106.500,00 € 160 CUOTAS SOCIALES. 15.000,00 € 16008 OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. ASISTENCIA MÉDICO-FARMACÉUTICA FUNCIONARIOS Y PERSONAL 15.000,00 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 70.000,00 € 16200 OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERS. FUNCIONARIO Y LABORAL 3.200,00 € 16204 OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE ACCIÓN SOCIAL 12.600,00 € 16205 OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE SEGUROS 48.200,00 € 16206 OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE OTROS GASTOS SOCIALES 6.000,00 € 221 SUMINISTROS. 1.500,00 € 22104 OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE VESTUARIO 1.500,00 € 831 PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO. DESARROLLO POR SECTORES. 20.000,00 € 83100 OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE PRÉSTAMOS A MEDIO Y LARGO PLAZO 20.000,00 € 2310 ASISTENCIA SOCIA 792.047,51 € 120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 66.655,92 € 12001 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. SUELDOS DEL GRUPO A2. 49.998,48 € 12004 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. SUELDOS DEL GRUPO C2. 10.864,92 € 12006 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. TRIENIOS. 5.792,52 € 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 74.019,28 € 12100 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. COMPLEMENTO DE DESTINO. 26.991,84 € 12101 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. COMPLEMENTO ESPECÍFICO. 26.299,00 € 12103 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. OTROS COMPLEMENTOS. 20.728,44 € 130 LABORAL FIJO. 202.614,02 € 13000 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. RETRIBUCIONES BÁSICAS. 92.688,78 € 13002 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. OTRAS REMUNERACIONES. 109.925,24 € 143 OTRO PERSONAL 101,00 € 14300 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL 101,00 € 160 CUOTAS SOCIALES. 120.151,23 € 16001 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. SEGURIDAD SOCIAL 49.236,32 € 16003 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. SEGURIDAD SOCIAL 70.914,91 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 400,06 € 16202 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. TRANSPORTE DE PERSONAL 100,00 € 16204 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. ACCIÓN SOCIAL 300,06 € 202 ARRENDAMIENTOS DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 34.000,00 € 20200 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. ARRENDAMIENTO EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 34.000,00 € 214 ELEMENTOS DE TRANSPORTE. 1.000,00 € 21400 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE 1.000,00 € 220 MATERIAL DE OFICINA. 5.000,00 € 22000 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. ORDINARIO NO INVENTARIABLE 5.000,00 € 221 SUMINISTROS. 27.500,00 € 22103 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. COMBUSTIBLES Y CARBURANTES 15.000,00 € 22104 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. VESTUARIO 500,00 € 22105 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. PRODUCTOS ALIMENTICIOS 3.000,00 € 22199 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. OTROS SUMINISTROS. 9.000,00 € 224 PRIMAS DE SEGUROS. 1.000,00 € 22400 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. PRIMAS DE SEGUROS 1.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 97.606,00 € 22601 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS 1,00 € 22609 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 34.605,00 € 22699 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. OTROS GASTOS DIVERSOS. 63.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 5.700,00 € 22799 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 5.700,00 € 230 DIETAS. 200,00 € 23020 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 200,00 € 23120 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 151.400,00 € 48000 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. OTRAS TRANSFERENCIAS 70.000,00 € pág. 4 de 13 - 4/13 - Pág. 6 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 48001 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. OTRAS TRANSFERENCIAS 81.400,00 € 625 MOBILIARIO. 4.500,00 € 62500 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. MOBILIARIO Y ENSERES. COMPRA MATERIAL ORTOPROTÉSICO 4.500,00 € 2311 MAYORES 389.755,00 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 1.500,00 € 20400 MAYORES ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 1.500,00 € 221 SUMINISTROS. 8.000,00 € 22199 MAYORES OTROS SUMINISTROS. 8.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 37.680,00 € 22606 MAYORES REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 17.200,00 € 22699 MAYORES OTROS GASTOS DIVERSOS. 20.480,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 329.575,00 € 22799 MAYORES OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 329.575,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 13.000,00 € 48001 MAYORES OTRAS TRANSFERENCIAS 13.000,00 € 2312 IGUALDAD 10.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 10.000,00 € 22699 IGUALDAD OTROS GASTOS DIVERSOS. 10.000,00 € 2410 FOMENTO DEL EM 289.179,43 € 143 OTRO PERSONAL 238.478,43 € 14300 FOMENTO DEL EMPLEO. RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL 238.478,43 € 221 SUMINISTROS. 1.001,00 € 22103 FOMENTO DEL EMPLEO. COMBUSTIBLES Y CARBURANTES 1,00 € 22104 FOMENTO DEL EMPLEO. VESTUARIO 1.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 39.700,00 € 22606 FOMENTO DEL EMPLEO. REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 31.200,00 € 22699 FOMENTO DEL EMPLEO. OTROS GASTOS DIVERSOS. 8.500,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 10.000,00 € 22799 FOMENTO DEL EMPLEO. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 10.000,00 € 3110 PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA. 30.100,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 100,00 € 22699 PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA. OTROS GASTOS DIVERSOS. 100,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 30.000,00 € 22799 PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 30.000,00 € 3230 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 709.182,99 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 902,99 € 16204 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y ACCIÓN SOCIAL 902,99 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 5.000,00 € 20400 FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DOCENTES DE ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 5.000,00 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 30.000,00 € 21200 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 30.000,00 € 221 SUMINISTROS. 45.000,00 € 22100 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y ENERGÍA ELÉCTRICA 25.000,00 € 22105 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS 20.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 41.500,00 € 22606 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 6.000,00 € 22609 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 30.500,00 € 22699 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y OTROS GASTOS DIVERSOS. 5.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 532.500,00 € 22700 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y LIMPIEZA Y ASEO 216.000,00 € 22706 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 29.500,00 € 22799 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 287.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 7.000,00 € 48000 FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y OTRAS TRANSFERENCIAS 7.000,00 € 622 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 43.000,00 € 62200 FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DOCENTES DE COMEDOR LA ROSA 43.000,00 € 632 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 4.280,00 € pág. 5 de 13 - 5/13 - Pág. 7 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 63200 FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA Y EDUCACIÓN PROYECTO CERRAMIENTO CANCHA CUBIERTA CEIP LA ROSA CAMINO VIEJO 4.280,00 € 3260 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN 115.000,00 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 5.000,00 € 20400 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE 5.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 3.000,00 € 22602 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 3.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 7.000,00 € 22706 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS. 7.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 100.000,00 € 48000 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN OTRAS TRANSFERENCIAS 100.000,00 € 3321 BIBLIOTECAS PÚB 110.699,81 € 130 LABORAL FIJO. 44.879,76 € 13000 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. RETRIBUCIONES BÁSICAS. 21.151,80 € 13002 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. OTRAS REMUNERACIONES. 23.727,96 € 160 CUOTAS SOCIALES. 15.707,92 € 16003 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. SEGURIDAD SOCIAL 15.707,92 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 150,03 € 16204 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. ACCIÓN SOCIAL 150,03 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 4.000,00 € 20400 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE 4.000,00 € 220 MATERIAL DE OFICINA. 5.450,00 € 22000 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. ORDINARIO NO INVENTARIABLE 400,00 € 22001 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 5.000,00 € 22002 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 50,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 40.112,10 € 22602 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 3.000,00 € 22609 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 34.112,10 € 22699 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. OTROS GASTOS DIVERSOS. 3.000,00 € 230 DIETAS. 200,00 € 23020 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 200,00 € 23120 BIBLIOTECAS PÚBLICAS. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 3330 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 101.200,00 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 6.000,00 € 21200 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 6.000,00 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 2.200,00 € 21300 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 2.200,00 € 221 SUMINISTROS. 15.000,00 € 22100 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. ENERGÍA ELÉCTRICA 3.000,00 € 22199 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. OTROS SUMINISTROS. 12.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 10.000,00 € 22602 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 4.000,00 € 22606 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS. 6.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 68.000,00 € 22701 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. SEGURIDAD. 6.000,00 € 22799 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 62.000,00 € 3340 PROMOCIÓN CUL 453.754,23 € 130 LABORAL FIJO. 65.372,72 € 13000 PROMOCIÓN CULTURAL. RETRIBUCIONES BÁSICAS. 26.684,70 € 13002 PROMOCIÓN CULTURAL. OTRAS REMUNERACIONES. 38.688,02 € 160 CUOTAS SOCIALES. 22.880,45 € 16003 PROMOCIÓN CULTURAL. SEGURIDAD SOCIAL 22.880,45 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 30,06 € 16204 PROMOCIÓN CULTURAL. ACCIÓN SOCIAL 30,06 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 400,00 € 21200 PROMOCIÓN CULTURAL. REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 400,00 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 6.000,00 € 21300 PROMOCIÓN CULTURAL. REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 6.000,00 € pág. 6 de 13 - 6/13 - Pág. 8 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 220 MATERIAL DE OFICINA. 200,00 € 22000 PROMOCIÓN CULTURAL. ORDINARIO NO INVENTARIABLE 200,00 € 221 SUMINISTROS. 13.700,00 € 22100 PROMOCIÓN CULTURAL. ENERGÍA ELÉCTRICA 7.500,00 € 22110 PROMOCIÓN CULTURAL. PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 200,00 € 22199 PROMOCIÓN CULTURAL. OTROS SUMINISTROS. 6.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 268.871,00 € 22601 PROMOCIÓN CULTURAL. ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS 1,00 € 22602 PROMOCIÓN CULTURAL. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 3.000,00 € 22606 PROMOCIÓN CULTURAL. REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 45.670,00 € 22609 PROMOCIÓN CULTURAL. ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 137.000,00 € 22699 PROMOCIÓN CULTURAL. OTROS GASTOS DIVERSOS. 83.200,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 30.000,00 € 22799 PROMOCIÓN CULTURAL. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 30.000,00 € 230 DIETAS. 200,00 € 23020 PROMOCIÓN CULTURAL. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 200,00 € 23120 PROMOCIÓN CULTURAL. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 28.900,00 € 48000 PROMOCIÓN CULTURAL. OTRAS TRANSFERENCIAS 28.900,00 € 623 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 2.000,00 € 62300 PROMOCIÓN CULTURAL. MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 2.000,00 € 632 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 15.000,00 € 63200 PROMOCIÓN CULTURAL. OBRAS Y ACONDICIONAMIENTO CASA DE LA CULTURA 15.000,00 € 3341 JUVENTUD 156.017,71 € 130 LABORAL FIJO. 27.679,76 € 13000 JUVENTUD RETRIBUCIONES BÁSICAS. 13.266,10 € 13002 JUVENTUD OTRAS REMUNERACIONES. 14.413,66 € 160 CUOTAS SOCIALES. 9.687,92 € 16003 JUVENTUD SEGURIDAD SOCIAL 9.687,92 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 150,03 € 16204 JUVENTUD ACCIÓN SOCIAL 150,03 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 3.000,00 € 20400 JUVENTUD ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE 3.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 114.000,00 € 22602 JUVENTUD PUBLICIDAD Y PROPAGANDA. 3.000,00 € 22609 JUVENTUD ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 81.000,00 € 22699 JUVENTUD OTROS GASTOS DIVERSOS. 30.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 1.500,00 € 48000 JUVENTUD OTRAS TRANSFERENCIAS 1.500,00 € 3342 BANDA DE MÚSIC 167.044,34 € 130 LABORAL FIJO. 46.810,60 € 13000 BANDA DE MÚSICA RETRIBUCIONES BÁSICAS. 22.273,12 € 13002 BANDA DE MÚSICA OTRAS REMUNERACIONES. 24.537,48 € 160 CUOTAS SOCIALES. 16.383,71 € 16003 BANDA DE MÚSICA SEGURIDAD SOCIAL 16.383,71 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 150,03 € 16204 BANDA DE MÚSICA ACCIÓN SOCIAL 150,03 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 1.500,00 € 21300 BANDA DE MÚSICA REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 1.500,00 € 220 MATERIAL DE OFICINA. 600,00 € 22000 BANDA DE MÚSICA ORDINARIO NO INVENTARIABLE 599,00 € 22002 BANDA DE MÚSICA MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 1,00 € 221 SUMINISTROS. 2.400,00 € 22104 BANDA DE MÚSICA VESTUARIO 1.200,00 € 22199 BANDA DE MÚSICA OTROS SUMINISTROS. 1.200,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 82.800,00 € 22606 BANDA DE MÚSICA REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 3.000,00 € 22609 BANDA DE MÚSICA ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 56.000,00 € 22699 BANDA DE MÚSICA OTROS GASTOS DIVERSOS. 23.800,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 16.000,00 € 22799 BANDA DE MÚSICA OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 16.000,00 € pág. 7 de 13 - 7/13 - Pág. 9 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 230 DIETAS. 200,00 € 23020 BANDA DE MÚSICA DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 200,00 € 23120 BANDA DE MÚSICA DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 3343 MENORES 30.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 30.000,00 € 22699 MENORES OTROS GASTOS DIVERSOS. 30.000,00 € 3360 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO. 111.501,00 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 6.000,00 € 21200 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 6.000,00 € 219 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL. 6.000,00 € 21900 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- OTRO INMOVILIZADO MATERIAL. 6.000,00 € 221 SUMINISTROS. 1.000,00 € 22199 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- OTROS SUMINISTROS. 1.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 1,00 € 22699 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- OTROS GASTOS DIVERSOS. 1,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 52.000,00 € 22700 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- LIMPIEZA Y ASEO 2.000,00 € 22799 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 50.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 1.500,00 € 48000 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- OTRAS TRANSFERENCIAS 1.500,00 € 619 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES D 40.000,00 € 61900 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- EJECUCIÓN OBRA ABREVADEROS MUNICIPALES 40.000,00 € 689 OTROS GASTOS EN INVERSIONES DE BIENES PATRIMONIALES. 5.000,00 € 68900 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. ADQUISICIÓN DE UNA (1) OBRA ARTÍSTICA - RODRIGO GONZÁLEZ DE PAIS 3.000,00 € 68901 PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. ADQUISICIÓN DE UNA (1) OBRA ARTÍSTICA - ESCULTURA EN MADERA D. WIFREDO RAMOS 2.000,00 € 3370 ARTESANÍA 15.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 15.000,00 € 22606 ARTESANÍA REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 15.000,00 € 3380 FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS. 200.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 185.000,00 € 22609 FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS. ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 55.000,00 € 22699 FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS. OTROS GASTOS DIVERSOS. 130.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 15.000,00 € 22799 FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 15.000,00 € 3410 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 597.416,90 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 7.000,00 € 20400 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 7.000,00 € 221 SUMINISTROS. 15.500,00 € 22105 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. PRODUCTOS ALIMENTICIOS. 7.500,00 € 22199 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. OTROS SUMINISTROS. 8.000,00 € 222 COMUNICACIONES. 2.000,00 € 22299 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. OTROS GASTOS EN COMUNICACIONES. 2.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 276.916,90 € 22602 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 78.616,90 € 22609 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 98.300,00 € 22699 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. OTROS GASTOS DIVERSOS. 100.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 19.100,00 € 22701 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. SEGURIDAD. 7.100,00 € 22799 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 12.000,00 € 230 DIETAS. 200,00 € 23020 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 200,00 € 23120 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 276.500,00 € 48000 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. OTRAS TRANSFERENCIAS 276.500,00 € 3420 INSTALACIONES D 115.067,03 € pág. 8 de 13 - 8/13 - Pág. 10 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 150,03 € 16204 INSTALACIONES DEPORTIVAS. ACCIÓN SOCIAL 150,03 € 203 ARRENDAMIENTOS DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE. 6.000,00 € 20300 INSTALACIONES DEPORTIVAS. ARRENDAMIENTOS DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE. 6.000,00 € 205 ARRENDAMIENTOS DE MOBILIARIO Y ENSERES. 7.000,00 € 20500 INSTALACIONES DEPORTIVAS. ARRENDAMIENTOS DE MOBILIARIO Y ENSERES. 7.000,00 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 25.500,00 € 21200 INSTALACIONES DEPORTIVAS. REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 25.500,00 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 1,00 € 21300 INSTALACIONES DEPORTIVAS. REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 1,00 € 221 SUMINISTROS. 23.501,00 € 22100 INSTALACIONES DEPORTIVAS. ENERGÍA ELÉCTRICA 20.000,00 € 22101 INSTALACIONES DEPORTIVAS. AGUA 3.000,00 € 22110 INSTALACIONES DEPORTIVAS. PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 500,00 € 22199 INSTALACIONES DEPORTIVAS. OTROS SUMINISTROS. 1,00 € 224 PRIMAS DE SEGUROS. 350,00 € 22400 INSTALACIONES DEPORTIVAS. PRIMAS DE SEGUROS 350,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 2.000,00 € 22602 INSTALACIONES DEPORTIVAS. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 2.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 6.000,00 € 22706 INSTALACIONES DEPORTIVAS. ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS. 6.000,00 € 623 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 27.250,00 € 62300 INSTALACIONES DEPORTIVAS. MAQUINA FRIEGASUELOS 10.000,00 € 62301 INSTALACIONES DEPORTIVAS. FOCOS PISTA DE TENIS 4.000,00 € 62302 INSTALACIONES DEPORTIVAS. MOQUETA GIMNASIA RÍTMICA 13.250,00 € 625 MOBILIARIO. 9.000,00 € 62500 INSTALACIONES DEPORTIVAS. MOBILIARIO. 9.000,00 € 632 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 3.500,00 € 63200 INSTALACIONES DEPORTIVAS. EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 3.500,00 € 633 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 4.815,00 € 63300 INSTALACIONES DEPORTIVAS. PROYECTO DE INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA CAMPO DE FUTBOL MUNICIPAL EL PASO 4.815,00 € 4100 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. 59.230,00 € 220 MATERIAL DE OFICINA. 1.730,00 € 22001 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 1.730,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 30.500,00 € 22602 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 500,00 € 22699 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, OTROS GASTOS DIVERSOS. 30.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 27.000,00 € 48000 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, OTRAS TRANSFERENCIAS 27.000,00 € 4101 MERCADILLO 30.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 30.000,00 € 22799 MERCADILLO OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 30.000,00 € 4314 ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO 176.559,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 51.000,00 € 22602 ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 5.000,00 € 22606 ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 1.000,00 € 22609 ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 40.000,00 € 22699 ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO OTROS GASTOS DIVERSOS. 5.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 20.000,00 € 22799 ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 20.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 105.559,00 € 48000 ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO OTRAS TRANSFERENCIAS 55.559,00 € 48001 ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO OTRAS TRANSFERENCIAS 50.000,00 € 4320 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 546.589,63 € 219 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL. 10.000,00 € 21900 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. OTRO INMOVILIZADO MATERIAL 10.000,00 € 221 SUMINISTROS. 25.589,63 € 22104 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. VESTUARIO 6.000,00 € pág. 9 de 13 - 9/13 - Pág. 11 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 22199 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. OTROS SUMINISTROS. 19.589,63 € 226 GASTOS DIVERSOS. 439.000,00 € 22601 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS. 3.000,00 € 22602 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 85.000,00 € 22609 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS 336.000,00 € 22699 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. OTROS GASTOS DIVERSOS. 15.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 47.000,00 € 22706 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 10.000,00 € 22799 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 37.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 25.000,00 € 48001 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. OTRAS TRANSFERENCIAS 25.000,00 € 4500 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 868.609,83 € 130 LABORAL FIJO. 369.656,22 € 13000 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. RETRIBUCIONES BÁSICAS 174.328,62 € 13002 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. OTRAS REMUNERACIONES 195.327,60 € 143 OTRO PERSONAL 34.806,24 € 14300 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL 34.806,24 € 151 GRATIFICACIONES. 1,01 € 15100 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. GRATIFICACIONES 1,01 € 160 CUOTAS SOCIALES. 129.379,68 € 16003 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. SEGURIDAD SOCIAL 129.379,68 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 2.501,48 € 16204 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. ACCIÓN SOCIAL 2.501,48 € 203 ARRENDAMIENTOS DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE. 5.000,00 € 20300 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. ARRENDAMIENTO MAQUINARIA, INSTALAC. Y UTILLAJE 5.000,00 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 50.500,00 € 20400 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE 50.500,00 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 40.500,00 € 21200 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 40.500,00 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 20.000,00 € 21300 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y 20.000,00 € 214 ELEMENTOS DE TRANSPORTE. 16.000,00 € 21400 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE 16.000,00 € 221 SUMINISTROS. 189.999,00 € 22100 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. ENERGÍA ELÉCTRICA 150.000,00 € 22103 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. COMBUSTIBLES Y CARBURANTES 24.999,00 € 22110 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 10.000,00 € 22199 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. OTROS SUMINISTROS. 5.000,00 € 224 PRIMAS DE SEGUROS. 5.600,00 € 22400 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. PRIMAS DE SEGUROS 5.600,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 1,00 € 22699 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. OTROS GASTOS DIVERSOS. 1,00 € 619 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES D 4.665,20 € 61900 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. REDACCIÓN PROYECTO BAJA TENSIÓN RECINTO FERIAL 4.665,20 € 4520 RECURSOS HIDRÁ 18.030,36 € 479 OTRAS SUBVENCIONES A EMPRESAS PRIVADAS. 18.030,36 € 47900 RECURSOS HIDRÁULICOS. A OTRAS EMPRESAS PRIVADAS 18.030,36 € 4630 INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y APLICADA. 21.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 3.000,00 € 22699 INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y APLICADA. OTROS GASTOS DIVERSOS. 3.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 15.000,00 € 22799 INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y APLICADA. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 15.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 3.000,00 € 48000 INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y APLICADA. OTRAS TRANSFERENCIAS 3.000,00 € 4910 SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN. 1,01 € 143 OTRO PERSONAL 1,01 € 14300 SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN. RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL 1,01 € 9120 ÓRGANOS DE GO 450.088,60 € 100 RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS 294.467,70 € pág. 10 de 13 - 10/13 - Pág. 12 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 10000 ÓRGANOS DE GOBIERNO. RETRIBUCIONES BÁSICAS. 288.174,18 € 10001 ÓRGANOS DE GOBIERNO. OTRAS REMUNERACIONES (INDEMNIZACIONES CONCEJALES) 6.293,52 € 110 RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE PERSONAL EVE 25.007,36 € 11000 ÓRGANOS DE GOBIERNO. RETRIBUCIONES BÁSICAS. 25.007,36 € 160 CUOTAS SOCIALES. 109.613,54 € 16000 ÓRGANOS DE GOBIERNO. SEGURIDAD SOCIAL. 100.860,96 € 16004 ÓRGANOS DE GOBIERNO. SEGURIDAD SOCIAL 8.752,58 € 221 SUMINISTROS. 1,00 € 22199 ÓRGANOS DE GOBIERNO. OTROS SUMINISTROS. 1,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 4.999,00 € 22601 ÓRGANOS DE GOBIERNO. ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS 4.999,00 € 230 DIETAS. 2.000,00 € 23000 ÓRGANOS DE GOBIERNO. DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 2.000,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 3.000,00 € 23100 ÓRGANOS DE GOBIERNO. DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 3.000,00 € 466 A OTRAS ENTIDADES QUE AGRUPEN MUNICIPIOS. 5.000,00 € 46600 ÓRGANOS DE GOBIERNO. A OTRAS ENTIDADES QUE AGRUPEN MUNICIPIOS 5.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 6.000,00 € 48000 ÓRGANOS DE GOBIERNO. OTRAS TRANSFERENCIAS 6.000,00 € 9200 ADMINISTRACIÓN 1.035.752,55 € 120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 242.054,34 € 12000 ADMINISTRACIÓN GENERAL. SUELDOS DEL GRUPO A1. 78.556,10 € 12001 ADMINISTRACIÓN GENERAL. SUELDOS DEL GRUPO A2. 16.666,16 € 12003 ADMINISTRACIÓN GENERAL. SUELDOS DEL GRUPO C1. 25.764,88 € 12004 ADMINISTRACIÓN GENERAL. SUELDOS DEL GRUPO C2. 65.189,52 € 12006 ADMINISTRACIÓN GENERAL. TRIENIOS. 55.877,68 € 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 255.261,00 € 12100 ADMINISTRACIÓN GENERAL. COMPLEMENTO DE DESTINO. 99.883,20 € 12101 ADMINISTRACIÓN GENERAL. COMPLEMENTO ESPECÍFICO. 87.727,08 € 12103 ADMINISTRACIÓN GENERAL. OTROS COMPLEMENTOS. 67.650,72 € 130 LABORAL FIJO. 21.092,54 € 13000 ADMINISTRACIÓN GENERAL. RETRIBUCIONES BÁSICAS 10.742,92 € 13002 ADMINISTRACIÓN GENERAL. OTRAS REMUNERACIONES 10.349,62 € 151 GRATIFICACIONES. 1.212,00 € 15100 ADMINISTRACIÓN GENERAL. GRATIFICACIONES 1.212,00 € 160 CUOTAS SOCIALES. 190.800,52 € 16001 ADMINISTRACIÓN GENERAL. SEGURIDAD SOCIAL 183.418,13 € 16003 ADMINISTRACIÓN GENERAL. SEGURIDAD SOCIAL 7.382,39 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 1.500,74 € 16204 ADMINISTRACIÓN GENERAL. ACCIÓN SOCIAL 1.500,74 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 15.000,00 € 21300 ADMINISTRACIÓN GENERAL. REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 15.000,00 € 216 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. 60.000,00 € 21600 ADMINISTRACIÓN GENERAL. EQUIPAMIENTO PROCESOS DE INFORMACIÓN 60.000,00 € 220 MATERIAL DE OFICINA. 15.000,00 € 22000 ADMINISTRACIÓN GENERAL. ORDINARIO NO INVENTARIABLE 8.000,00 € 22001 ADMINISTRACIÓN GENERAL. PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 4.000,00 € 22002 ADMINISTRACIÓN GENERAL. MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 3.000,00 € 222 COMUNICACIONES. 53.030,00 € 22200 ADMINISTRACIÓN GENERAL. SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES 38.000,00 € 22201 ADMINISTRACIÓN GENERAL. POSTALES 15.000,00 € 22202 ADMINISTRACIÓN GENERAL. TELEGRÁFICAS 30,00 € 223 TRANSPORTES. 2.000,00 € 22300 ADMINISTRACIÓN GENERAL. TRANSPORTES 2.000,00 € 224 PRIMAS DE SEGUROS. 25.000,00 € 22400 ADMINISTRACIÓN GENERAL. PRIMAS DE SEGUROS 25.000,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 44.893,30 € 22602 ADMINISTRACIÓN GENERAL. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 22.893,30 € 22603 ADMINISTRACIÓN GENERAL. PUBLICACIÓN EN DIARIOS OFICIALES. 2.000,00 € 22604 ADMINISTRACIÓN GENERAL. JURÍDICOS, CONTENCIOSOS 10.000,00 € 22699 ADMINISTRACIÓN GENERAL. OTROS GASTOS DIVERSOS. 10.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 71.044,61 € 22706 ADMINISTRACIÓN GENERAL. ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 60.000,00 € 22799 ADMINISTRACIÓN GENERAL. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 11.044,61 € pág. 11 de 13 - 11/13 - Pág. 13 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 230 DIETAS. 400,00 € 23020 ADMINISTRACIÓN GENERAL. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 400,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 300,00 € 23120 ADMINISTRACIÓN GENERAL. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 300,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 2.163,50 € 48000 ADMINISTRACIÓN GENERAL. OTRAS TRANSFERENCIAS 2.163,50 € 500 FONDO DE CONTINGENCIA 5.000,00 € 50000 ADMINISTRACIÓN GENERAL. FONDO DE CONTINGENCIA 5.000,00 € 625 MOBILIARIO. 10.000,00 € 62500 ADMINISTRACIÓN GENERAL. MOBILIARIO (CARPAS, MESAS, SILLAS ETC 10.000,00 € 626 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. 10.000,00 € 62600 ADMINISTRACIÓN GENERAL. EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. 10.000,00 € 641 GASTOS EN APLICACIONES INFORMÁTICAS. 10.000,00 € 64101 ADMINISTRACIÓN GENERAL. AMPLIACIÓN ALMACENAMIENTO SERVIDOR 8.000,00 € 64102 ADMINISTRACIÓN GENERAL. INSTALACIÓN WIFI EDIFICIOS PÚBLICOS 2.000,00 € 9240 PARTICIPACIÓN C 49.100,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 15.000,00 € 22609 PARTICIPACIÓN CIUDADANA. ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 15.000,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 15.000,00 € 22799 PARTICIPACIÓN CIUDADANA. OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 15.000,00 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 19.100,00 € 48000 PARTICIPACIÓN CIUDADANA. OTRAS TRANSFERENCIAS 5.000,00 € 48001 PARTICIPACIÓN CIUDADANA. OTRAS TRANSFERENCIAS 5.000,00 € 48002 PARTICIPACIÓN CIUDADANA. OTRAS TRANSFERENCIAS 9.100,00 € 9310 POLÍTICA ECONÓ 389.277,85 € 120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 107.395,42 € 12000 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. SUELDOS DEL GRUPO A1. 39.441,22 € 12003 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. SUELDOS DEL GRUPO C1 12.882,44 € 12004 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. SUELDOS DEL GRUPO C2. 32.594,76 € 12006 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. TRIENIOS. 22.477,00 € 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 122.253,50 € 12100 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. COMPLEMENTO DE DESTINO. 47.259,60 € 12101 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. COMPLEMENTO ESPECÍFICO. 44.053,10 € 12103 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. OTROS COMPLEMENTOS. 30.940,80 € 151 GRATIFICACIONES. 101,00 € 15100 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. GRATIFICACIONES 101,00 € 160 CUOTAS SOCIALES. 80.377,12 € 16001 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. SEGURIDAD SOCIAL 80.377,12 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 750,81 € 16204 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. ACCIÓN SOCIAL 750,81 € 220 MATERIAL DE OFICINA. 4.500,00 € 22000 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. ORDINARIO NO INVENTARIABLE 2.000,00 € 22001 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 1.500,00 € 22002 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 1.000,00 € 222 COMUNICACIONES. 100,00 € 22203 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. INFORMÁTICAS 100,00 € 225 TRIBUTOS. 1.500,00 € 22500 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. TRIBUTOS ESTATALES 700,00 € 22501 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. TRIBUTOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 700,00 € 22502 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. TRIBUTOS DE LAS ENTIDADES LOCALES 100,00 € 226 GASTOS DIVERSOS. 30.900,00 € 22699 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. OTROS GASTOS DIVERSOS. 30.900,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 40.000,00 € 22706 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 20.000,00 € 22708 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. SERVICIOS DE RECAUDACIÓN A FAVOR DE LA ENTIDAD. 20.000,00 € 230 DIETAS. 200,00 € 23020 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 200,00 € 23120 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 200,00 € 461 A DIPUTACIONES, CONSEJOS O CABILDOS INSULARES. 1.000,00 € 46100 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. A DIPUTACIONES, CONSEJOS O CABILDOS INSULARES 1.000,00 € 9340 GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. 79.600,13 € 120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 19.883,78 € pág. 12 de 13 - 12/13 - Pág. 14 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:13 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/073203B44001F4D90B3EA4D9710671AF . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:13 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:13 TOTAL 0 DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 1 SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. 2.567.545,92 € 2 ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. 1.587.481,94 € 3 PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. 2.911.984,01 € 4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. 1.720.019,83 € 9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 2.003.819,13 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 FUNCIONAL 12000 GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. SUELDOS DEL GRUPO A1. 19.883,78 € 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 39.079,28 € 12100 GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. COMPLEMENTO DE DESTINO. 13.912,32 € 12101 GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. COMPLEMENTO ESPECÍFICO. 17.154,20 € 12103 GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. OTROS COMPLEMENTOS. 8.012,76 € 160 CUOTAS SOCIALES. 20.637,07 € 16001 GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. SEGURIDAD SOCIAL 20.637,07 € TOTAL GENERAL 10.815.850,83 € pág. 13 de 13 - 13/13 - Pág. 15 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO 100 RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANO 294.467,70 € 10000 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 288.174,18 € 9120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. ÓRGANOS DE GOBIERNO. 288.174,18 € 10001 OTRAS REMUNERACIONES (INDEMNIZACIONES CONCEJALES) 6.293,52 € 9120 OTRAS REMUNERACIONES (INDEMNIZACIONES ÓRGANOS DE GOBIERNO. 6.293,52 € 110 RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE PERSONAL EVENTUAL. 25.007,36 € 11000 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 25.007,36 € 9120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. ÓRGANOS DE GOBIERNO. 25.007,36 € 120 RETRIBUCIONES B 769.262,06 € 12000 SUELDOS DEL GRUPO A1. 196.553,42 € 1510 SUELDOS DEL GRUPO A1. URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 58.672,32 € 9200 SUELDOS DEL GRUPO A1. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 78.556,10 € 9310 SUELDOS DEL GRUPO A1. POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 39.441,22 € 9340 SUELDOS DEL GRUPO A1. GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. 19.883,78 € 12001 SUELDOS DEL GRUPO A2. 99.996,96 € 1510 SUELDOS DEL GRUPO A2. URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 33.332,32 € 2310 SUELDOS DEL GRUPO A2. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 49.998,48 € 9200 SUELDOS DEL GRUPO A2. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 16.666,16 € 12003 SUELDOS DEL GRUPO C1. 193.234,44 € 1320 SUELDOS DEL GRUPO C1. SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 154.587,12 € 9200 SUELDOS DEL GRUPO C1. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 25.764,88 € 9310 SUELDOS DEL GRUPO C1 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 12.882,44 € 12004 SUELDOS DEL GRUPO C2. 108.649,20 € 2310 SUELDOS DEL GRUPO C2. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 10.864,92 € 9200 SUELDOS DEL GRUPO C2. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 65.189,52 € 9310 SUELDOS DEL GRUPO C2. POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 32.594,76 € 12006 TRIENIOS. 170.828,04 € 1320 TRIENIOS. SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 51.091,52 € 1510 TRIENIOS. URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 35.589,32 € 2310 TRIENIOS. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 5.792,52 € 9200 TRIENIOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 55.877,68 € 9310 TRIENIOS. POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 22.477,00 € 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 877.487,46 € 12100 COMPLEMENTO DE DESTINO. 314.331,00 € 1320 COMPLEMENTO DE DESTINO. SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 75.777,12 € 1510 COMPLEMENTO DE DESTINO. URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 50.506,92 € 2310 COMPLEMENTO DE DESTINO. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 26.991,84 € 9200 COMPLEMENTO DE DESTINO. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 99.883,20 € 9310 COMPLEMENTO DE DESTINO. POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 47.259,60 € 9340 COMPLEMENTO DE DESTINO. GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. 13.912,32 € 12101 COMPLEMENTO ESPECÍFICO. 344.422,74 € 1320 COMPLEMENTO ESPECÍFICO. SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 126.234,00 € 1510 COMPLEMENTO ESPECÍFICO. URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 42.955,36 € 2310 COMPLEMENTO ESPECÍFICO. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 26.299,00 € 9200 COMPLEMENTO ESPECÍFICO. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 87.727,08 € 9310 COMPLEMENTO ESPECÍFICO. POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 44.053,10 € 9340 COMPLEMENTO ESPECÍFICO. GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. 17.154,20 € 12103 OTROS COMPLEMENTOS. 218.733,72 € 1320 OTROS COMPLEMENTOS. SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 55.824,48 € 1510 OTROS COMPLEMENTOS. URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 35.576,52 € 2310 OTROS COMPLEMENTOS. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 20.728,44 € 9200 OTROS COMPLEMENTOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 67.650,72 € 9310 OTROS COMPLEMENTOS. POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 30.940,80 € 9340 OTROS COMPLEMENTOS. GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. 8.012,76 € 130 LABORAL FIJO. 860.293,86 € 13000 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 409.099,20 € 1610 RETRIBUCIONES BÁSICAS. ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 47.963,16 € Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA pág. 1 de 10 - 1/10 - Pág. 16 de 246 Ver sello Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 2310 RETRIBUCIONES BÁSICAS. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 92.688,78 € 3321 RETRIBUCIONES BÁSICAS. BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 21.151,80 € 3340 RETRIBUCIONES BÁSICAS. PROMOCIÓN CULTURAL. 26.684,70 € 3341 RETRIBUCIONES BÁSICAS. JUVENTUD 13.266,10 € 3342 RETRIBUCIONES BÁSICAS. BANDA DE MÚSICA 22.273,12 € 4500 RETRIBUCIONES BÁSICAS ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 174.328,62 € 9200 RETRIBUCIONES BÁSICAS ADMINISTRACIÓN GENERAL. 10.742,92 € 13002 OTRAS REMUNERACIONES. 451.194,66 € 1610 OTRAS REMUNERACIONES. ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 34.225,08 € 2310 OTRAS REMUNERACIONES. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 109.925,24 € 3321 OTRAS REMUNERACIONES. BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 23.727,96 € 3340 OTRAS REMUNERACIONES. PROMOCIÓN CULTURAL. 38.688,02 € 3341 OTRAS REMUNERACIONES. JUVENTUD 14.413,66 € 3342 OTRAS REMUNERACIONES. BANDA DE MÚSICA 24.537,48 € 4500 OTRAS REMUNERACIONES ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 195.327,60 € 9200 OTRAS REMUNERACIONES ADMINISTRACIÓN GENERAL. 10.349,62 € 143 OTRO PERSONAL 273.386,68 € 14300 RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL 273.386,68 € 2310 RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 101,00 € 2410 RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL FOMENTO DEL EMPLEO. 238.478,43 € 4500 RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 34.806,24 € 4910 RETRIBUCIONES OTRO PERSONAL SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN. 1,01 € 151 GRATIFICACIONE 21.515,02 € 15100 GRATIFICACIONE 21.515,02 € 1320 GRATIFICACIONES SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 20.200,00 € 1510 GRATIFICACIONES URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 1,01 € 4500 GRATIFICACIONES ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 1,01 € 9200 GRATIFICACIONES ADMINISTRACIÓN GENERAL. 1.212,00 € 9310 GRATIFICACIONES POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 101,00 € 160 CUOTAS SOCIALE 1.011.436,49 € 16000 SEGURIDAD SOCIAL. 100.860,96 € 9120 SEGURIDAD SOCIAL. ÓRGANOS DE GOBIERNO. 100.860,96 € 16001 SEGURIDAD SOCIAL 585.720,09 € 1320 SEGURIDAD SOCIAL SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 162.229,98 € 1510 SEGURIDAD SOCIAL URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 89.821,47 € 2310 SEGURIDAD SOCIAL ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 49.236,32 € 9200 SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACIÓN GENERAL. 183.418,13 € 9310 SEGURIDAD SOCIAL POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 80.377,12 € 9340 SEGURIDAD SOCIAL GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA. 20.637,07 € 16003 SEGURIDAD SOCIAL PERSONAL LABORAL TEMPORAL 301.102,86 € 1610 SEGURIDAD SOCIAL ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 28.765,88 € 2310 SEGURIDAD SOCIAL ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 70.914,91 € 3321 SEGURIDAD SOCIAL BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 15.707,92 € 3340 SEGURIDAD SOCIAL PROMOCIÓN CULTURAL. 22.880,45 € 3341 SEGURIDAD SOCIAL JUVENTUD 9.687,92 € 3342 SEGURIDAD SOCIAL BANDA DE MÚSICA 16.383,71 € 4500 SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 129.379,68 € 9200 SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACIÓN GENERAL. 7.382,39 € 16004 SEGURIDAD SOCIAL 8.752,58 € 9120 SEGURIDAD SOCIAL ÓRGANOS DE GOBIERNO. 8.752,58 € 16008 ASISTENCIA MÉDICO-FARMACÉUTICA FUNCIONARIOS Y PERSONAL 15.000,00 € 2210 ASISTENCIA MÉDICO-FARMACÉUTICA FUNCIONARIOS Y PERSONAL OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. 15.000,00 € 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 78.839,79 € 16200 FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERS. FUNCIONARIO Y LABORAL 3.200,00 € 2210 FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERS. FUNCIONARIO Y LABORAL OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. 3.200,00 € 16202 TRANSPORTE DE PERSONAL 100,00 € 2310 TRANSPORTE DE PERSONAL ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 100,00 € 16204 ACCIÓN SOCIAL 21.339,79 € pág. 2 de 10 - 2/10 - Pág. 17 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 1320 ACCIÓN SOCIAL SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 1.502,50 € 1510 ACCIÓN SOCIAL URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 500,00 € 1610 ACCIÓN SOCIAL ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 1,00 € 1640 ACCIÓN SOCIAL CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. 150,03 € 2210 ACCIÓN SOCIAL OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. 12.600,00 € 2310 ACCIÓN SOCIAL ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 300,06 € 3230 ACCIÓN SOCIAL FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 902,99 € 3321 ACCIÓN SOCIAL BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 150,03 € 3340 ACCIÓN SOCIAL PROMOCIÓN CULTURAL. 30,06 € 3341 ACCIÓN SOCIAL JUVENTUD 150,03 € 3342 ACCIÓN SOCIAL BANDA DE MÚSICA 150,03 € 3420 ACCIÓN SOCIAL INSTALACIONES DEPORTIVAS. 150,03 € 4500 ACCIÓN SOCIAL ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 2.501,48 € 9200 ACCIÓN SOCIAL ADMINISTRACIÓN GENERAL. 1.500,74 € 9310 ACCIÓN SOCIAL POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 750,81 € 16205 SEGUROS 48.200,00 € 2210 SEGUROS OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. 48.200,00 € 16206 OTROS GASTOS SOCIALES 6.000,00 € 2210 OTROS GASTOS SOCIALES OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. 6.000,00 € 202 ARRENDAMIENTOS DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 34.001,00 € 20200 ARRENDAMIENTO EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 34.001,00 € 1510 ARRENDAMIENTO EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 1,00 € 2310 ARRENDAMIENTO EDIFICIOS Y OTRAS ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 34.000,00 € 203 ARRENDAMIENTOS DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE. 12.000,00 € 20300 ARRENDAMIENTO MAQUINARIA, INSTALAC. Y UTILLAJE 12.000,00 € 1630 ARRENDAMIENTO MAQUINARIA, INSTALAC. Y UTILLAJE LIMPIEZA VIARIA. 1.000,00 € 3420 ARRENDAMIENTOS DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y INSTALACIONES DEPORTIVAS. 6.000,00 € 4500 ARRENDAMIENTO MAQUINARIA, INSTALAC. Y UTILLAJE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 5.000,00 € 204 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. 77.800,00 € 20400 ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE 77.800,00 € 1610 ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 1.800,00 € 2311 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. MAYORES 1.500,00 € 3230 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL. 5.000,00 € 3260 ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN 5.000,00 € 3321 ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 4.000,00 € 3341 ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE JUVENTUD 3.000,00 € 3410 ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 7.000,00 € 4500 ARRENDAMIENTO MATERIAL DE TRANSPORTE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 50.500,00 € 205 ARRENDAMIENTOS DE MOBILIARIO Y ENSERES. 7.000,00 € 20500 ARRENDAMIENTOS DE MOBILIARIO Y ENSERES. 7.000,00 € 3420 ARRENDAMIENTOS DE MOBILIARIO Y ENSERES. INSTALACIONES DEPORTIVAS. 7.000,00 € 209 CÁNONES. 3.000,00 € 20900 CÁNONES 3.000,00 € 1610 CÁNONES ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 3.000,00 € 210 INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES. 7.501,00 € 21000 REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES 7.501,00 € 1610 REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 4.000,00 € 1624 REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS 1,00 € 1700 REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 2.000,00 € 1710 REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES PARQUES Y JARDINES. 1.500,00 € 212 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 118.400,00 € 21200 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 118.400,00 € pág. 3 de 10 - 3/10 - Pág. 18 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 1640 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. 7.000,00 € 1700 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 3.000,00 € 3230 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 30.000,00 € 3330 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 6.000,00 € 3340 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES PROMOCIÓN CULTURAL. 400,00 € 3360 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 6.000,00 € 3420 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES INSTALACIONES DEPORTIVAS. 25.500,00 € 4500 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 40.500,00 € 213 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 46.701,00 € 21300 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE 46.701,00 € 1320 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 400,00 € 1350 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y .PROTECCIÓN CIVIL. 100,00 € 1610 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 1.500,00 € 3330 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 2.200,00 € 3340 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y PROMOCIÓN CULTURAL. 6.000,00 € 3342 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y BANDA DE MÚSICA 1.500,00 € 3420 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y INSTALACIONES DEPORTIVAS. 1,00 € 4500 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 20.000,00 € 9200 REPARACIÓN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES Y ADMINISTRACIÓN GENERAL. 15.000,00 € 214 ELEMENTOS DE T 21.000,00 € 21400 REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE 21.000,00 € 1320 REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 2.000,00 € 1350 REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE .PROTECCIÓN CIVIL. 2.000,00 € 2310 REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 1.000,00 € 4500 REPARACIÓN ELEMENTOS DE TRANSPORTE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 16.000,00 € 216 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. 60.001,00 € 21600 EQUIPAMIENTO PROCESOS DE INFORMACIÓN 60.001,00 € 1510 EQUIPAMIENTO PROCESOS DE INFORMACIÓN URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 1,00 € 9200 EQUIPAMIENTO PROCESOS DE INFORMACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL. 60.000,00 € 219 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL. 16.000,00 € 21900 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL. 16.000,00 € 3360 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL. PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 6.000,00 € 4320 OTRO INMOVILIZADO MATERIAL INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 10.000,00 € 220 MATERIAL DE OF 36.479,99 € 22000 ORDINARIO NO INVENTARIABLE 17.398,99 € 1320 ORDINARIO NO INVENTARIABLE SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 200,00 € 1510 ORDINARIO NO INVENTARIABLE URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 999,99 € 2310 ORDINARIO NO INVENTARIABLE ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 5.000,00 € 3321 ORDINARIO NO INVENTARIABLE BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 400,00 € 3340 ORDINARIO NO INVENTARIABLE PROMOCIÓN CULTURAL. 200,00 € 3342 ORDINARIO NO INVENTARIABLE BANDA DE MÚSICA 599,00 € 9200 ORDINARIO NO INVENTARIABLE ADMINISTRACIÓN GENERAL. 8.000,00 € 9310 ORDINARIO NO INVENTARIABLE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 2.000,00 € 22001 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES 12.530,00 € 1510 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 300,00 € 3321 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 5.000,00 € 4100 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. 1.730,00 € 9200 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES ADMINISTRACIÓN GENERAL. 4.000,00 € 9310 PRENSA, REVISTAS, LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONES POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 1.500,00 € 22002 MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 6.551,00 € 1510 MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 2.500,00 € 3321 MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 50,00 € 3342 MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE BANDA DE MÚSICA 1,00 € pág. 4 de 10 - 4/10 - Pág. 19 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 9200 MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE ADMINISTRACIÓN GENERAL. 3.000,00 € 9310 MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 1.000,00 € 221 SUMINISTROS. 742.439,63 € 22100 ENERGÍA ELÉCTRICA 315.500,00 € 1610 ENERGÍA ELÉCTRICA ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 110.000,00 € 3230 ENERGÍA ELÉCTRICA FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 25.000,00 € 3330 ENERGÍA ELÉCTRICA EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 3.000,00 € 3340 ENERGÍA ELÉCTRICA PROMOCIÓN CULTURAL. 7.500,00 € 3420 ENERGÍA ELÉCTRICA INSTALACIONES DEPORTIVAS. 20.000,00 € 4500 ENERGÍA ELÉCTRICA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 150.000,00 € 22101 AGUA 153.000,00 € 1610 AGUA ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 150.000,00 € 3420 AGUA INSTALACIONES DEPORTIVAS. 3.000,00 € 22103 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES 45.000,00 € 1320 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 3.000,00 € 1350 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES .PROTECCIÓN CIVIL. 2.000,00 € 2310 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 15.000,00 € 2410 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES FOMENTO DEL EMPLEO. 1,00 € 4500 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 24.999,00 € 22104 VESTUARIO 20.198,00 € 1320 VESTUARIO SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 4.000,00 € 1350 VESTUARIO .PROTECCIÓN CIVIL. 3.000,00 € 1700 VESTUARIO ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 2.998,00 € 2210 VESTUARIO OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. 1.500,00 € 2310 VESTUARIO ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 500,00 € 2410 VESTUARIO FOMENTO DEL EMPLEO. 1.000,00 € 3342 VESTUARIO BANDA DE MÚSICA 1.200,00 € 4320 VESTUARIO INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 6.000,00 € 22105 PRODUCTOS ALIMENTICIOS 30.500,00 € 2310 PRODUCTOS ALIMENTICIOS ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 3.000,00 € 3230 PRODUCTOS ALIMENTICIOS FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 20.000,00 € 3410 PRODUCTOS ALIMENTICIOS. PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 7.500,00 € 22110 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO 10.700,00 € 3340 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO PROMOCIÓN CULTURAL. 200,00 € 3420 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO INSTALACIONES DEPORTIVAS. 500,00 € 4500 PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y ASEO ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 10.000,00 € 22199 OTROS SUMINISTROS. 167.541,63 € 1330 OTROS SUMINISTROS. ORDENACIÓN DEL TRÁFICO Y DEL ESTACIONAMIENTO 12.500,00 € 1350 OTROS SUMINISTROS. . PROTECCIÓN CIVIL. 750,00 € 1532 OTROS SUMINISTROS. PAVIMENTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS. 20.000,00 € 1610 OTROS SUMINISTROS. ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 15.000,00 € 1640 OTROS SUMINISTROS. CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. 3.000,00 € 1650 OTROS SUMINISTROS. ALUMBRADO PÚBLICO. 40.000,00 € 1700 OTROS SUMINISTROS. ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 500,00 € 1710 OTROS SUMINISTROS. PARQUES Y JARDINES. 6.000,00 € 2310 OTROS SUMINISTROS. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 9.000,00 € 2311 OTROS SUMINISTROS. MAYORES 8.000,00 € 3330 OTROS SUMINISTROS. EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 12.000,00 € 3340 OTROS SUMINISTROS. PROMOCIÓN CULTURAL. 6.000,00 € 3342 OTROS SUMINISTROS. BANDA DE MÚSICA 1.200,00 € 3360 OTROS SUMINISTROS. PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 1.000,00 € 3410 OTROS SUMINISTROS. PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 8.000,00 € 3420 OTROS SUMINISTROS. INSTALACIONES DEPORTIVAS. 1,00 € 4320 OTROS SUMINISTROS. INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 19.589,63 € 4500 OTROS SUMINISTROS. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 5.000,00 € 9120 OTROS SUMINISTROS. ÓRGANOS DE GOBIERNO. 1,00 € 222 COMUNICACIONE 55.130,00 € 22200 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES 38.000,00 € 9200 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ADMINISTRACIÓN GENERAL. 38.000,00 € 22201 POSTALES 15.000,00 € 9200 POSTALES ADMINISTRACIÓN GENERAL. 15.000,00 € pág. 5 de 10 - 5/10 - Pág. 20 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 22202 TELEGRÁFICAS 30,00 € 9200 TELEGRÁFICAS ADMINISTRACIÓN GENERAL. 30,00 € 22203 INFORMÁTICAS 100,00 € 9310 INFORMÁTICAS POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 100,00 € 22299 OTROS GASTOS EN COMUNICACIONES. 2.000,00 € 3410 OTROS GASTOS EN COMUNICACIONES. PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 2.000,00 € 223 TRANSPORTES. 2.000,00 € 22300 TRANSPORTES. 2.000,00 € 9200 TRANSPORTES ADMINISTRACIÓN GENERAL. 2.000,00 € 224 PRIMAS DE SEGU 35.550,00 € 22400 PRIMAS DE SEGUROS 35.550,00 € 1320 PRIMAS DE SEGUROS SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 2.600,00 € 1350 PRIMAS DE SEGUROS .PROTECCIÓN CIVIL. 1.000,00 € 2310 PRIMAS DE SEGUROS ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 1.000,00 € 3420 PRIMAS DE SEGUROS INSTALACIONES DEPORTIVAS. 350,00 € 4500 PRIMAS DE SEGUROS ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 5.600,00 € 9200 PRIMAS DE SEGUROS ADMINISTRACIÓN GENERAL. 25.000,00 € 225 TRIBUTOS. 1.500,00 € 22500 TRIBUTOS ESTATALES 700,00 € 9310 TRIBUTOS ESTATALES POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 700,00 € 22501 TRIBUTOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 700,00 € 9310 TRIBUTOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 700,00 € 22502 TRIBUTOS DE LAS ENTIDADES LOCALES 100,00 € 9310 TRIBUTOS DE LAS ENTIDADES LOCALES POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 100,00 € 226 GASTOS DIVERSO 1.919.580,31 € 22601 ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS 8.001,00 € 2310 ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 1,00 € 3340 ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS PROMOCIÓN CULTURAL. 1,00 € 4320 ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS. INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 3.000,00 € 9120 ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y REPRESENTATIVAS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 4.999,00 € 22602 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 213.010,20 € 1700 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 3.000,00 € 3260 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN 3.000,00 € 3321 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 3.000,00 € 3330 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 4.000,00 € 3340 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA PROMOCIÓN CULTURAL. 3.000,00 € 3341 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA. JUVENTUD 3.000,00 € 3410 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 78.616,90 € 3420 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA INSTALACIONES DEPORTIVAS. 2.000,00 € 4100 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. 500,00 € 4314 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO 5.000,00 € 4320 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 85.000,00 € 9200 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA ADMINISTRACIÓN GENERAL. 22.893,30 € 22603 PUBLICACIÓN EN DIARIOS OFICIALES. 2.000,00 € 9200 PUBLICACIÓN EN DIARIOS OFICIALES. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 2.000,00 € 22604 JURÍDICOS, CONTENCIOSOS 10.000,01 € 1510 JURÍDICOS, CONTENCIOSOS URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 0,01 € 9200 JURÍDICOS, CONTENCIOSOS ADMINISTRACIÓN GENERAL. 10.000,00 € 22606 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS 129.570,00 € 1330 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS ORDENACIÓN DEL TRÁFICO Y DEL ESTACIONAMIENTO 4.500,00 € 2311 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS MAYORES 17.200,00 € 2410 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS FOMENTO DEL EMPLEO. 31.200,00 € 3230 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 6.000,00 € 3330 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS. EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 6.000,00 € 3340 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS PROMOCIÓN CULTURAL. 45.670,00 € 3342 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS BANDA DE MÚSICA 3.000,00 € 3370 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS ARTESANÍA 15.000,00 € 4314 REUNIONES, CONFERENCIAS Y CURSOS ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO 1.000,00 € 22609 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 929.517,10 € 1700 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 12.000,00 € pág. 6 de 10 - 6/10 - Pág. 21 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 2310 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 34.605,00 € 3230 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 30.500,00 € 3321 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 34.112,10 € 3340 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS PROMOCIÓN CULTURAL. 137.000,00 € 3341 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS JUVENTUD 81.000,00 € 3342 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS BANDA DE MÚSICA 56.000,00 € 3380 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS. 55.000,00 € 3410 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 98.300,00 € 4314 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO 40.000,00 € 4320 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 336.000,00 € 9240 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. PARTICIPACIÓN CIUDADANA. 15.000,00 € 22699 OTROS GASTOS DIVERSOS. 627.482,00 € 1320 OTROS GASTOS DIVERSOS. SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 2.500,00 € 1350 OTROS GASTOS DIVERSOS. .PROTECCIÓN CIVIL. 5.000,00 € 1510 OTROS GASTOS DIVERSOS. URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 2.000,00 € 1624 OTROS GASTOS DIVERSOS. RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS 3.000,00 € 1700 OTROS GASTOS DIVERSOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 14.000,00 € 2310 OTROS GASTOS DIVERSOS. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 63.000,00 € 2311 OTROS GASTOS DIVERSOS. MAYORES 20.480,00 € 2312 OTROS GASTOS DIVERSOS. IGUALDAD 10.000,00 € 2410 OTROS GASTOS DIVERSOS. FOMENTO DEL EMPLEO. 8.500,00 € 3110 OTROS GASTOS DIVERSOS. PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA. 100,00 € 3230 OTROS GASTOS DIVERSOS. FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 5.000,00 € 3321 OTROS GASTOS DIVERSOS. BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 3.000,00 € 3340 OTROS GASTOS DIVERSOS. PROMOCIÓN CULTURAL. 83.200,00 € 3341 OTROS GASTOS DIVERSOS. JUVENTUD 30.000,00 € 3342 OTROS GASTOS DIVERSOS. BANDA DE MÚSICA 23.800,00 € 3343 OTROS GASTOS DIVERSOS. MENORES 30.000,00 € 3360 OTROS GASTOS DIVERSOS. PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 1,00 € 3380 OTROS GASTOS DIVERSOS. FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS. 130.000,00 € 3410 OTROS GASTOS DIVERSOS. PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 100.000,00 € 4100 OTROS GASTOS DIVERSOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. 30.000,00 € 4314 OTROS GASTOS DIVERSOS. ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO 5.000,00 € 4320 OTROS GASTOS DIVERSOS. INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 15.000,00 € 4500 OTROS GASTOS DIVERSOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 1,00 € 4630 OTROS GASTOS DIVERSOS. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y APLICADA. 3.000,00 € 9200 OTROS GASTOS DIVERSOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 10.000,00 € 9310 OTROS GASTOS DIVERSOS. POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 30.900,00 € 227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. 1.562.638,66 € 22700 LIMPIEZA Y ASEO 279.719,05 € 1630 LIMPIEZA Y ASEO LIMPIEZA VIARIA. 37.459,05 € 1710 LIMPIEZA Y ASEO PARQUES Y JARDINES. 24.260,00 € 3230 LIMPIEZA Y ASEO FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 216.000,00 € 3360 LIMPIEZA Y ASEO PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 2.000,00 € 22701 SEGURIDAD 13.100,00 € 3330 SEGURIDAD. EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 6.000,00 € 3410 SEGURIDAD. PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 7.100,00 € 22706 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS 207.500,00 € 1300 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL. 20.000,00 € 1350 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS .PROTECCIÓN CIVIL. 15.000,00 € 1510 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 35.000,00 € 1700 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 5.000,00 € 3230 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 29.500,00 € 3260 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN 7.000,00 € 3420 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS. INSTALACIONES DEPORTIVAS. 6.000,00 € 4320 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 10.000,00 € pág. 7 de 10 - 7/10 - Pág. 22 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 9200 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS ADMINISTRACIÓN GENERAL. 60.000,00 € 9310 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 20.000,00 € 22708 SERVICIOS DE RECAUDACIÓN A FAVOR DE LA ENTIDAD. 20.000,00 € 9310 SERVICIOS DE RECAUDACIÓN A FAVOR DE LA ENTIDAD. POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 20.000,00 € 22799 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. 1.042.319,61 € 1350 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y .PROTECCIÓN CIVIL. 5.000,00 € 1610 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 1.500,00 € 1640 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS. 15.000,00 € 1650 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y ALUMBRADO PÚBLICO. 45.000,00 € 1700 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 500,00 € 2310 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 5.700,00 € 2311 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y MAYORES 329.575,00 € 2410 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y FOMENTO DEL EMPLEO. 10.000,00 € 3110 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA. 30.000,00 € 3230 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 287.000,00 € 3330 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS. 62.000,00 € 3340 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROMOCIÓN CULTURAL. 30.000,00 € 3342 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y BANDA DE MÚSICA 16.000,00 € 3360 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PROFESIONALES. PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 50.000,00 € 3380 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS. 15.000,00 € 3410 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 12.000,00 € 4101 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y MERCADILLO 30.000,00 € 4314 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO 20.000,00 € 4320 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 37.000,00 € 4630 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y APLICADA. 15.000,00 € 9200 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y ADMINISTRACIÓN GENERAL. 11.044,61 € 9240 OTROS TRABAJOS REALIZADOS POR OTR.EMPRESAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. 15.000,00 € 230 DIETAS. 3.900,00 € 23000 DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 2.000,00 € 9120 DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. ÓRGANOS DE GOBIERNO. 2.000,00 € 23020 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 1.900,00 € 1320 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 200,00 € 1510 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 100,00 € 2310 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 200,00 € 3321 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 200,00 € 3340 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO PROMOCIÓN CULTURAL. 200,00 € 3342 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO BANDA DE MÚSICA 200,00 € 3410 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 200,00 € 9200 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO ADMINISTRACIÓN GENERAL. 400,00 € 9310 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 200,00 € 231 LOCOMOCIÓN. 4.800,00 € 23100 DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 3.000,00 € 9120 DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. ÓRGANOS DE GOBIERNO. 3.000,00 € 23120 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO 1.800,00 € 1320 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO. 200,00 € 1510 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO URBANISMO: PLANEAMIENTO, GEST, EJEC.Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 100,00 € 2310 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 200,00 € 3321 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO BIBLIOTECAS PÚBLICAS. 200,00 € 3340 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO PROMOCIÓN CULTURAL. 200,00 € 3342 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO BANDA DE MÚSICA 200,00 € 3410 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 200,00 € 9200 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO ADMINISTRACIÓN GENERAL. 300,00 € 9310 DEL PERSONAL NO DIRECTIVO POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 200,00 € 359 OTROS GASTOS F 25.000,00 € 35900 OTROS GASTOS FINANCIEROS 25.000,00 € 0110 OTROS GASTOS FINANCIEROS DEUDA PÚBLICA. 25.000,00 € 461 A DIPUTACIONES, CONSEJOS O CABILDOS INSULARES. 459.300,00 € 46100 A DIPUTACIONES, CONSEJOS O CABILDOS INSULARES 459.300,00 € pág. 8 de 10 - 8/10 - Pág. 23 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 1624 A DIPUTACIONES, CONSEJOS O CABILDOS INSULARES RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS 458.300,00 € 9310 A DIPUTACIONES, CONSEJOS O CABILDOS INSULARES POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL. 1.000,00 € 466 A OTRAS ENTIDADES QUE AGRUPEN MUNICIPIOS. 5.000,00 € 46600 A OTRAS ENTIDADES QUE AGRUPEN MUNICIPIOS 5.000,00 € 9120 A OTRAS ENTIDADES QUE AGRUPEN MUNICIPIOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 5.000,00 € 467 A CONSORCIOS. 15.000,00 € 46700 A CONSORCIOS 15.000,00 € 1700 A CONSORCIOS ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. 15.000,00 € 479 OTRAS SUBVENCIONES A EMPRESAS PRIVADAS. 18.030,36 € 47900 A OTRAS EMPRESAS PRIVADAS 18.030,36 € 4520 A OTRAS EMPRESAS PRIVADAS RECURSOS HIDRÁULICOS. 18.030,36 € 480 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 774.122,50 € 48000 OTRAS TRANSFERENCIAS 590.622,50 € 1300 OTRAS TRANSFERENCIAS ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL. 6.500,00 € 2310 OTRAS TRANSFERENCIAS ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 70.000,00 € 3230 OTRAS TRANSFERENCIAS FUNC. CENTROS DOC.DE ENSEÑANZA PREESC Y PRIMARIA Y EDUC. ESP 7.000,00 € 3260 OTRAS TRANSFERENCIAS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN 100.000,00 € 3340 OTRAS TRANSFERENCIAS PROMOCIÓN CULTURAL. 28.900,00 € 3341 OTRAS TRANSFERENCIAS JUVENTUD 1.500,00 € 3360 OTRAS TRANSFERENCIAS PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 1.500,00 € 3410 OTRAS TRANSFERENCIAS PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. 276.500,00 € 4100 OTRAS TRANSFERENCIAS ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. 27.000,00 € 4314 OTRAS TRANSFERENCIAS ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO 55.559,00 € 4630 OTRAS TRANSFERENCIAS INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y APLICADA. 3.000,00 € 9120 OTRAS TRANSFERENCIAS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 6.000,00 € 9200 OTRAS TRANSFERENCIAS ADMINISTRACIÓN GENERAL. 2.163,50 € 9240 OTRAS TRANSFERENCIAS PARTICIPACIÓN CIUDADANA. 5.000,00 € 48001 OTRAS TRANSFERENCIAS 174.400,00 € 2310 OTRAS TRANSFERENCIAS ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 81.400,00 € 2311 OTRAS TRANSFERENCIAS MAYORES 13.000,00 € 4314 OTRAS TRANSFERENCIAS ACTUACIONES DESARROLLO DEL COMERCIO 50.000,00 € 4320 OTRAS TRANSFERENCIAS INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA. 25.000,00 € 9240 OTRAS TRANSFERENCIAS PARTICIPACIÓN CIUDADANA. 5.000,00 € 48002 OTRAS TRANSFERENCIAS 9.100,00 € 9240 OTRAS TRANSFERENCIAS PARTICIPACIÓN CIUDADANA. 9.100,00 € 500 FONDO DE CONT 5.000,00 € 50000 FONDO DE CONTINGENCIA 5.000,00 € 9200 FONDO DE CONTINGENCIA ADMINISTRACIÓN GENERAL. 5.000,00 € 600 INVERSIONES EN 2.500,00 € 60000 INVERSIONES EN TERRENOS. 2.500,00 € 1610 COMPRA TERRENO DEPOSITO ABASTO TAMANCA ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 2.500,00 € 619 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL US 245.665,20 € 61900 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES D 144.665,20 € 1710 REHABILITACIÓN DE PARQUE INFANTILES PARQUES Y JARDINES. 100.000,00 € 3360 EJECUCIÓN OBRA ABREVADEROS MUNICIPALES PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 40.000,00 € 4500 REDACCIÓN PROYECTO BAJA TENSIÓN RECINTO FERIAL ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS. 4.665,20 € 61901 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES D 100.000,00 € 1532 ACONDICIONAMIENTO Y ASFALTADO CALLE BERGOYO Y PAVIMENTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS. 100.000,00 € 61904 OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES D 1.000,00 € 1610 CONTINUACIÓN RED DE ABASTO CAMINO TIJARAFERO ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE. 1.000,00 € 622 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 43.000,00 € 62200 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 43.000,00 € pág. 9 de 10 - 9/10 - Pág. 24 de 246 Firmado por: AYUNTAMIENTO DE EL PASO Fecha: 26-03-2025 14:03:14 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/C27DD83A793FE1A27943996BA716E18C . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:14 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:14 TOTAL 1 GASTOS DE PERSONAL. 4.211.696,42 € 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 4.767.422,59 € 3 GASTOS FINANCIEROS. 25.000,00 € 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 1.271.452,86 € 5 FONDO DE CONTINGENCIA. 5.000,00 € 6 INVERSIONES REALES. 426.436,70 € 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 88.842,26 € 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 20.000,00 € 10.815.850,83 € PRESUPUESTO Presupuesto de Gastos 2025 ECONÓMICA 3230 COMEDOR LA ROSA FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL. 43.000,00 € 623 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 29.250,00 € 62300 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 12.000,00 € 3340 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. PROMOCIÓN CULTURAL. 2.000,00 € 3420 MAQUINA FRIEGASUELOS INSTALACIONES DEPORTIVAS. 10.000,00 € 62301 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 4.000,00 € 3420 FOCOS PISTA DE TENIS INSTALACIONES DEPORTIVAS. 4.000,00 € 62302 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 13.250,00 € 3420 MOQUETA GIMNASIA RÍTMICA INSTALACIONES DEPORTIVAS. 13.250,00 € 625 MOBILIARIO. 23.500,00 € 62500 MOBILIARIO 23.500,00 € 2310 MOBILIARIO Y ENSERES. COMPRA MATERIAL ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. 4.500,00 € 3420 MOBILIARIO. INSTALACIONES DEPORTIVAS. 9.000,00 € 9200 MOBILIARIO (CARPAS, MESAS, SILLAS ETC ADMINISTRACIÓN GENERAL. 10.000,00 € 626 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. 10.000,00 € 62600 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. 10.000,00 € 9200 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. ADMINISTRACIÓN GENERAL. 10.000,00 € 629 OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMIENTO OPERATIVO DE LOS SERVI 15.000,00 € 62900 OTRAS INVERSIONES NUEVAS ASOCIADAS AL FUNCIONAMIENTO OPERAT 15.000,00 € 1510 REDACCIÓN PROYECTO MIRADOR VOLCÁN TAJOGAITE URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. 15.000,00 € 632 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 22.780,00 € 63200 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. 22.780,00 € 3230 PROYECTO CERRAMIENTO CANCHA CUBIERTA CEIP LA ROSA CAMINO VIEJO FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL. 4.280,00 € 3340 OBRAS Y ACONDICIONAMIENTO CASA DE LA CULTURA PROMOCIÓN CULTURAL. 15.000,00 € 3420 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. INSTALACIONES DEPORTIVAS. 3.500,00 € 633 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 19.741,50 € 63300 MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. 19.741,50 € 1650 PROYECTO SUSTITUCIÓN DE LUMINARIA VSBP POR ALUMBRADO PÚBLICO. 14.926,50 € 3420 PROYECTO DE INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA CAMPO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS. 4.815,00 € 641 GASTOS EN APLICACIONES INFORMÁTICAS. 10.000,00 € 64101 GASTOS EN APLICACIONES INFORMÁTICAS. 8.000,00 € 9200 AMPLIACIÓN ALMACENAMIENTO SERVIDOR ADMINISTRACIÓN GENERAL. 8.000,00 € 64102 GASTOS EN APLICACIONES INFORMÁTICAS. 2.000,00 € 9200 INSTALACIÓN WIFI EDIFICIOS PÚBLICOS ADMINISTRACIÓN GENERAL. 2.000,00 € 689 OTROS GASTOS EN INVERSIONES DE BIENES PATRIMONIALES. 5.000,00 € 68900 OTROS GASTOS EN INVERSIONES DE BIENES PATRIMONIALES. 3.000,00 € 3360 ADQUISICIÓN DE UNA (1) OBRA ARTÍSTICA - RODRIGO GONZÁLEZ DE PAIS PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 3.000,00 € 68901 OTROS GASTOS EN INVERSIONES DE BIENES PATRIMONIALES. 2.000,00 € 3360 ADQUISICIÓN DE UNA (1) OBRA ARTÍSTICA - ESCULTURA EN MADERA D. WIFREDO RAMOS PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO- ARTÍSTICO. 2.000,00 € 767 A CONSORCIOS. 88.842,26 € 76700 A CONSORCIOS. 88.842,26 € 1624 A CONSORCIOS. RECOGIDA, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS 88.842,26 € 831 PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO. DESARROLLO POR SECTORES. 20.000,00 € 83100 PRÉSTAMOS A MEDIO Y LARGO PLAZO 20.000,00 € 2210 PRÉSTAMOS A MEDIO Y LARGO PLAZO OTRAS PRESTACIONES ECONÓMICAS A FAVOR DE EMPLEADOS. 20.000,00 € TOTAL GENERAL 10.815.850,83 € pág. 10 de 10 - 10/10 - Pág. 25 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 1 Expediente 1319/2025 PRESUPUESTO 2025 BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE EL PASO PARA EL EJERCICIO 2025. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 165.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, (en adelante TRLRHL) y en el artículo 9 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la ley anterior, (en adelante RD 500) se establecen las siguientes Bases de Ejecución del Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio 2025. I N D I C E TITULO I.- NORMAS GENERALES Y MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS CAPITULO I.- Normas Generales CAPITULO II.- Modificaciones de crédito TITULO II.- DE LOS GASTOS CAPITULO I.- Gestión Presupuestaria CAPITULO II.- Procedimiento administrativo CAPITULO III.- Pagos a justificar y anticipos de caja fija TITULO III.- DE LA TESORERÍA TITULO IV.- DE LOS INGRESOS CAPITULO I.- Gestión de ingresos CAPITULO III.- Contabilización CAPITULO III.- Competencias orgánicas TITULO V.- DE LAS OPERACIONES DE CRÉDITO Y DE TESORERÍA TITULO VI. - LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO - 1/44 - Pág. 26 de 246 Ver firma Ver sello Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 2 TITULO VII.- CONTROL Y FISCALIZACIÓN TITULO VIII.- PATRIMONIO E INVENTARIO TITULO I.- NORMAS GENERALES Y DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS CAPITULO I.- NORMAS GENERALES Artículo 1. Ámbito temporal. 1.- Las presentes Bases de Ejecución del Presupuesto de 2025 tendrán la misma vigencia que el Presupuesto aprobado para este ejercicio. 2.- Si dicho Presupuesto hubiera de prorrogarse, estas Bases regirán, asimismo, en el período de prórroga. Artículo 2. Ámbito funcional. Las presentes Bases se aplicarán con carácter general a la ejecución y desarrollo del Presupuesto del Ayuntamiento, teniendo en cuenta las particularidades que se detallarán. No obstante, habrá de respetarse la regulación básica que sobre aprobación, gestión y liquidación del Presupuesto establecen el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (en adelante TRLRHL) y el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, que regula las Haciendas Locales (en adelante RD 500). Artículo 3. Del Presupuesto General. El Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio está integrado por el Presupuesto del propio Ayuntamiento, ascendiendo el mismo en sus estados de Ingresos y Gastos a la cantidad de DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (10.815.850,83 €). Artículo 4. Estructura presupuestaria. Los créditos incluidos en el Estado de Gastos se han clasificado con los siguientes criterios: - Programas. Distinguiéndose: Área de gastos, política de gastos, grupo de programas y programas. - Económico. Distinguiéndose: Capítulo, artículo, concepto y subconcepto. - 2/44 - Pág. 27 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 3 Las previsiones del Estado de Ingresos se han clasificado distinguiendo: Capítulo, Artículo, Concepto y Subconcepto. Artículo 5. Créditos presupuestarios y vinculación jurídica. 1.- Los créditos para gastos del Presupuesto se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la que hayan sido autorizados o al aprobar sus modificaciones mediante el oportuno procedimiento legalmente establecido, dando cumplimiento así al principio presupuestario de especialidad cualitativa. 2.- Asimismo, con cargo a los créditos autorizados no podrán adquirirse compromisos de gastos en cuantía superior al importe de aquéllos. El cumplimiento de tal limitación se verificará al nivel de vinculación jurídica establecido en el apartado siguiente. 3.- Se considera conveniente para la eficaz gestión del Presupuesto establecer los siguientes niveles de vinculación jurídica: - Respecto de la clasificación por programas, el programa. - Respecto de la clasificación económica, el artículo. 4.- En los casos en que, existiendo dotación presupuestaria para una o varias aplicaciones dentro del nivel de vinculación jurídica establecido, se pretenda imputar gastos a otras aplicaciones del mismo artículo, cuyas cuentas no figuren abiertas en la contabilidad de gastos por no contar con dotación presupuestaria, no será precisa previa operación de transferencia de crédito, pero en el primer documento contable que se tramite con cargo a tales conceptos (A, AD, o ADO) habrá de hacerse constar tal circunstancia mediante diligencia en lugar visible que indique: "Primera operación imputada a la aplicación”. En todo caso, habrá de respetarse la estructura económica vigente, aprobada, por la Orden de EHA/3565/2008, de 3 diciembre por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades de las Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo. CAPITULO II.- MODIFICACIONES DE CRÉDITO Artículo 6. De las modificaciones de créditos. 1.- Cuando haya de realizarse un gasto que exceda del nivel de vinculación jurídica, sin que exista crédito presupuestario suficiente, se tramitará un expediente de modificación de créditos con sujeción a las particularidades reguladas en este Capítulo. 2.- Cualquier modificación de créditos exige propuesta razonada de la variación suscrita por la autoridad que tenga atribuida la competencia de proponer la modificación, valorándose la incidencia que la misma pueda tener en la consecución de objetivos fijados en el momento de aprobar el presupuesto. 3.- Todo expediente de modificación de créditos será informado por Intervención. - 3/44 - Pág. 28 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 4 4.- Las modificaciones de crédito aprobadas por el Pleno no serán ejecutivas hasta que se haya cumplido el trámite de publicidad posterior a la aprobación definitiva. 5.- Las modificaciones de crédito aprobadas por órgano distinto del Pleno serán ejecutivas desde la adopción del acuerdo de aprobación. De estas últimas deberá darse cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre con posterioridad a la fecha de aprobación de las mismas. Artículo 7. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. 1.- Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito se financiarán con uno o varios de los recursos enumerados en el artículo 36 del RD 500. 2.- Los gastos de inversión aplicables al capítulo 6 también podrán financiarse con recursos procedentes de operaciones de crédito. 3.- Excepcionalmente, los gastos por operaciones corrientes podrán financiarse mediante operaciones de crédito, con sujeción a los requisitos establecidos en el artículo 36.3 del RD 500. 4.- Si hubiera de realizarse un gasto para el que no exista crédito y cuya financiación deba proceder de recursos tributarios afectados, podrá tramitarse expediente de crédito extraordinario financiado mediante operación de crédito con la que anticipar, si es necesario, el importe de la recaudación de los tributos. Artículo 8. Tramitación de los expedientes de créditos extraordinarios y suplementos de crédito. 1.- Serán iniciados por orden del Alcalde-Presidente o a petición de la Dependencia que corresponda, que solicitará del Presidente de la Corporación la pertinente orden de incoación, acompañando memoria justificativa de la necesidad de realizar el gasto en el ejercicio y de la inexistencia o insuficiencia de crédito en el nivel a que esté establecida la vinculación jurídica de los créditos. El Presidente, previo examen de la propuesta, ordenará la incoación del expediente si lo considera oportuno. 2.- Los expedientes, previamente informados por la Intervención, se someterán a la aprobación por el Pleno de la Corporación con sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos; siéndoles igualmente de aplicación las normas sobre información, reclamaciones y publicidad de los artículos 169 a 171 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 3.- Cuando la causa del expediente fuera calamidad pública u otras de excepcional interés general, la modificación presupuestaria será ejecutiva desde la aprobación inicial y, en consecuencia, a partir de este momento podrá aplicarse el gasto. - 4/44 - Pág. 29 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 5 Artículo 9. Ampliación de créditos. 1.- Se considerarán aplicaciones ampliables aquellas que correspondan a gastos financiados con recursos expresamente afectados. En particular, se declaran ampliables las siguientes aplicaciones: ESTADO DE INGRESOS ESTADO DE GASTOS ECON CONCEPTO CAP. PROGRA ECON DENOMINACIÓN 831.00 Reintegros de anticipos a personal. 8 920.00 831.00 Administración General. Préstamos a L/P a personal de la Entidad. 2.- La ampliación de créditos exigirá la tramitación de expediente, incoado por la unidad administrativa responsable de la ejecución del gasto en el que se acredite el reconocimiento de mayores derechos sobre los previstos en el Presupuesto de Ingresos. 3.- La aprobación de los expedientes de ampliación de crédito que afectan al Presupuesto del Ayuntamiento corresponde al Alcalde. Artículo 10. Transferencias de crédito. 1.- Cuando haya de realizarse un gasto aplicable a una aplicación cuyo crédito sea insuficiente y resulte posible minorar el crédito de otras aplicaciones correspondientes a diferentes niveles de vinculación jurídica, sin alterar la cuantía total del Estado de Gastos, se tramitará expediente de transferencia de crédito. 2.- La aprobación de las transferencias de crédito en el Presupuesto cuando afecten a aplicaciones de distintas áreas de gastos corresponde al Pleno del Ayuntamiento, con sujeción a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad a que se refieren los artículos 169 a 171 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 3.- La aprobación de las transferencias de crédito entre aplicaciones de la misma área de gasto, o entre aplicaciones del Capítulo I, es competencia del Alcalde. 4.- En cuanto a la efectividad de las transferencias de créditos que han de ser aprobadas por el Pleno, será de aplicación el régimen regulado en el artículo 6, punto 4. 5.- Las transferencias de créditos aprobadas por el Alcalde serán ejecutivas desde su aprobación. Artículo 11. Generación de créditos por ingresos. - 5/44 - Pág. 30 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 6 1.- Podrán generar crédito en el estado de gastos los siguientes ingresos de naturaleza no tributaria: a) Aportaciones o compromisos firmes de aportación, de personas físicas o jurídicas para financiar, junto con el Ayuntamiento o con alguno de sus Organismos Autónomos, gastos de competencia local. b) Enajenación de bienes municipales. c) Prestación de servicios públicos, en cuantía superior a los ingresos presupuestados. d) Reembolsos de préstamos. e) Reintegro de pagos indebidos del presupuesto corriente, cuyo cobro podrá reponer crédito en la cuantía correspondiente. En los supuestos a) y b) será preciso que se haya producido el ingreso o, en su defecto, que obre en el expediente acuerdo formal de conceder la aportación. 2.- Cuando se conozca el compromiso firme de efectuar una aportación a favor del Ayuntamiento o se haya recaudado alguno de los ingresos descritos en el punto 1, en cuantía superior a la prevista en el Presupuesto, se evaluará si los créditos disponibles en las correspondientes aplicaciones del estado de gastos son suficientes para financiar el incremento de gasto que se prevé necesitar en el desarrollo de las actividades generadoras del ingreso. Si dicho volumen de crédito fuera suficiente, no procederá tramitar el expediente de generación de créditos. En el supuesto de que los créditos se estimaran insuficientes, se incoará expediente en el que se justificará la efectividad de los cobros o la firmeza del compromiso, así como la aplicación que debe ser incrementada. 3.- El expediente de generación de créditos será aprobado por el Alcalde. Artículo 12. Incorporación de remanentes de crédito. 1.- Durante la primera quincena del mes de enero, y con referencia al ejercicio anterior, la Intervención elaborará estado comprensivo de: a) Saldos de disposiciones de gasto, con cargo a los cuales no se ha procedido al reconocimiento de obligaciones. b) Saldos de Autorizaciones respecto a Disposiciones de gasto y Créditos disponibles en las aplicaciones afectadas por expedientes de concesión de créditos extraordinarios, suplementos de crédito y transferencias de créditos, aprobados en el último trimestre. c) Saldos de Autorizaciones respecto a Disposiciones de gasto y Créditos disponibles en los capítulos VI, VII, VIII y IX. - 6/44 - Pág. 31 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 7 d) Saldos de Autorizaciones respecto a Disposiciones de gasto y Créditos disponibles en aplicaciones correlacionadas con la efectiva recaudación de derechos afectados. 2.- Será preciso constatar la existencia de ingresos afectados, pues los correspondientes créditos en todo caso deben ser incorporados. 3.- Dicho estado se someterá a informe de los responsables de cada área gestora al objeto de que formulen propuesta razonada de incorporación de remanentes, que deberá acompañarse de proyectos o documentos acreditativos de la certeza en la ejecución de la actuación correspondiente a lo largo del ejercicio. 4.- Si los recursos financieros no alcanzaran a cubrir el volumen de gasto dimanante de la incorporación de remanentes, el Concejal de Hacienda, previo informe de la Intervención, establecerá la prioridad de actuaciones, a cuyo fin se tendrá en cuenta la necesidad de atender en primer lugar el cumplimiento de obligaciones resultantes de compromisos de gasto aprobados en el año anterior. 5.- Con carácter general, la liquidación del Presupuesto precederá a la incorporación de remanentes. No obstante, dicha modificación podrá aprobarse antes que la liquidación del Presupuesto en los siguientes casos: a) Cuando se trate de créditos de gastos financiados con ingresos específicos afectados. b) Cuando correspondan a contratos adjudicados en el ejercicio anterior o a gastos urgentes, previo informe de Intervención en el que se evalúe que la incorporación no producirá déficit. 6.- La aprobación de la incorporación de remanentes corresponde al Presidente. 7.- La aprobación de la modificación será ejecutiva desde el momento en que se haya adoptado el acuerdo correspondiente. Artículo 13. Bajas por anulación. 1.- Cuando el Alcalde estime que el saldo de un crédito es reducible o anulable sin perturbación del servicio podrá ordenar la incoación del expediente de baja por anulación. 2.- Las bajas de créditos podrán producirse en tres supuestos: a) Financiación de remanentes de tesorería negativos. b) Financiación de créditos extraordinarios y suplementos de créditos. c) Ejecución de otros acuerdos del Pleno de la Corporación. 3.- Cuando las bajas de crédito se destinen a financiar suplementos de crédito o créditos extraordinarios, formarán parte del expediente que se tramite para la aprobación de éstos conforme a lo establecido en el artículo 8 de estas bases. - 7/44 - Pág. 32 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 8 4.- En los casos en que las bajas se destinen a la financiación de remanentes de tesorería negativos o para otra finalidad que por acuerdo plenario se adopte, serán inmediatamente ejecutivas, sin necesidad de efectuar nuevo trámite alguno. 5.- La aprobación de los expedientes de bajas por anulación corresponderá al Pleno de la Corporación. TITULO II.- DE LOS GASTOS CAPITULO I.- GESTIÓN PRESUPUESTARIA Artículo 14. Tramitación anticipada de expediente de gasto De conformidad con lo previsto en la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), la tramitación de los expedientes de gasto podrá iniciarse en el ejercicio inmediatamente anterior a aquél en el que vaya a comenzar la ejecución de dicho gasto. El expediente se podrá formular a partir de Primero de septiembre del año anterior al de su inicio y se ajustará a las siguientes normas: 1) Tramitación anticipada de expedientes de contratación podrá llegarse hasta la adjudicación del contrato y su formalización correspondiente. La documentación del expediente de contratación que se tramite anticipadamente incorporará las siguientes particularidades: a) En el pliego de cláusulas administrativas se hará constar que la adjudicación del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones del contrato en el ejercicio correspondiente. b) El certificado de existencia de crédito será sustituido por un informe expedido por la intervención del Ayuntamiento en el que se haga constar que, para el tipo de gasto a efectuar, existe normalmente crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto General del Ayuntamiento o bien que está previsto crédito adecuado y suficiente en el Proyecto del Presupuesto General de la Corporación y correspondiente al ejercicio en el que se deba iniciar la ejecución del gasto. Al comienzo de cada ejercicio, los responsables de las áreas que hayan tramitado los expedientes de gastos anticipados remitirán a la Intervención la documentación justificativa para el registro contable de los mismos. En el caso de expedientes de contratación con una sola anualidad, al comprobarse la existencia de crédito, las autorizaciones y, en su caso, los compromisos de gastos de tramitación anticipada se imputarán al Presupuesto del ejercicio corriente. Si no existe crédito, y a los efectos de la condición suspensiva indicada en el número 1 del apartado anterior, se comunicará dicha circunstancia al área que tramitó el expediente. - 8/44 - Pág. 33 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 9 Cuando se trate de expedientes de contratación con varias anualidades, se comprobará que existe crédito para la primera anualidad y que, para las sucesivas anualidades, se cumplen los límites de compromisos de gasto a que se refiere el artículo 174 del TRLRHL. Una vez verificados los dos requisitos anteriores, se imputará la primera anualidad al Presupuesto corriente, quedando las siguientes anualidades registradas como autorizaciones y, en su caso, compromisos de gasto de carácter plurianual. Si no se verificase alguno de dichos requisitos, y a los efectos de la citada condición suspensiva, se comunicará dicha circunstancia a los servicios gestores. 2) Tramitación anticipada de expedientes de subvenciones y otros gastos no contractuales. En la tramitación anticipada de expedientes de subvenciones y otros gastos no contractuales será de aplicación lo señalado en los subapartados a y b del apartado 1), en cuanto que quedarán supeditadas sus ejecuciones a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente y a la expedición del pertinente informe del Interventora del Ayuntamiento que sustituya al certificado de existencia de crédito en los términos señalados. Artículo 15. Créditos no disponibles. 1.- Cuando el Alcalde, o el Concejal con competencia delegada en materia de gastos, considere necesario retener, total o parcialmente, crédito de una aplicación presupuestaria formulará propuesta razonada. 2.- La declaración de no disponibilidad de créditos, así como su reposición a disponible, corresponde al Pleno. 3.- Con cargo al saldo declarado no disponible no podrán acordarse autorizaciones de gastos ni transferencias y su importe no podrá ser incorporado al presupuesto del ejercicio siguiente. Artículo 16. Retención de crédito. 1.- Retención de crédito (RC), es el documento que expedido por la Intervención certifica de la existencia de saldo disponible respecto de una aplicación presupuestaria, para la posterior autorización del gasto o transferencia de crédito, produciéndose la retención en cuantía determinada para el gasto o transferencia. Para cualquier gasto que se proyecte realizar, incluso para los contratos menores, cuyo importe sea superior a los a 500,00 Euros deberá previamente obtenerse el correspondiente documento RC, que acredite la existencia de crédito en cantidad suficiente para realizar el gasto proyectado. En todo caso se exigirá documento de Retención de créditos previo en gastos de personal, incluyendo dietas y otras indemnizaciones por razón de servicio, así como para la adquisición de - 9/44 - Pág. 34 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 10 cualquier bien que tenga la consideración de inventariable a los efectos previstos en las presentes bases. Respecto a los gastos de suministro y/o servicios de carácter periódico al inicio del ejercicio se tramitará por las áreas los documentos “RC” por el total del gasto previsible anual. La inexistencia de crédito determinará la paralización del proceso de ejecución del expediente de gasto, no pudiéndose proseguir el procedimiento hasta tanto no se habilite crédito adecuado y suficiente, todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 173.5 del TRLRHL (Art. 173.5: “No podrán adquirirse compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar.”) El crédito retenido puede volver a situación de disponible no retenido siempre que se produzca una baja en la cuantía del gasto inicialmente propuesto o cuando se desista de su realización, tramitando para ello su anulación mediante el documento RC/. 2.- Los documentos RC, así como los de anulación de RC se solicitarán por escrito a la Intervención por cada Departamento, siendo canalizados y coordinados por los responsables de cada área. En su defecto con el visto bueno del Concejal del área a la que se imputa el gasto. En el supuesto de que el Concejal Delegado del Área que tramita la solicitud de RC no sea quien gestiona los créditos donde se imputarán los gastos deberá ser conformada la solicitud por el Concejal responsable de la Unidad Administrativa gestora de los créditos donde se imputará finalmente el gasto. 1. Para los gastos de Atenciones Protocolarias sólo se admitirán solicitudes de documento de RC firmadas por el Alcalde o, dentro de su ámbito de competencias, por los Concejales Delegados. 2. Los gastos que se quieran imputar a proyectos de gastos requerirán que la solicitud de RC contenga la referencia del mismo. 3. Recibida la solicitud de documento RC en la Intervención, se verificará la suficiencia de saldo al nivel en que esté establecida la vinculación jurídica del crédito. Una vez comprobada la existencia de crédito, se expedirá el documento RC correspondiente que podrá ser firmado electrónicamente y remitido por correo electrónico al área. 4. El Alcalde, mediante Decreto podrá establecer un régimen descentralizado para las Retenciones de Crédito, a propuesta del Área de Hacienda, y previo informe de la Intervención, de acuerdo con el Sistema de Información Contable implementado en esta Administración municipal. - 10/44 - Pág. 35 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 11 5. La Intervención municipal remitirá mensualmente un informe a la Alcaldía – Presidencia en el que figuren relacionados todos aquellos gastos tramitados por las distintas áreas, superiores a 500,00.-€ para los cuales no se haya tramitado, con carácter previo, la correspondiente Retención de Créditos. 6. Con el fin de garantizar la suficiencia presupuestaria de los créditos destinados a la satisfacción de los gastos indispensables para el funcionamiento de la Corporación se procede a: Declarar como crédito retenido a todos aquellos créditos del Capítulo 1 del Presupuesto de Gastos que tengan por objeto la satisfacción de las retribuciones básicas y complementarias de todo puesto de trabajo que no figure vacante en la plantilla municipal. 3.- Cuando la cuantía del gasto, o la complejidad en la preparación del expediente, lo aconsejen, el Concejal delegado del área correspondiente o el Alcalde podrán solicitar la retención de crédito en una aplicación presupuestaria. 4.- Recibida la solicitud en Intervención, se verificará la suficiencia de saldo al nivel en que esté establecida la vinculación jurídica del crédito. 5.- Una vez expedida la certificación de existencia de crédito por Intervención, el Concejal o el Alcalde autorizarán la reserva correspondiente. Artículo 17. Autorización de gastos. 1.- La Autorización de Gastos (A), constituye el inicio del procedimiento de ejecución del gasto, siendo el acto administrativo en virtud del cual se acuerda la realización de uno determinado, en cuantía cierta o aproximada, para el cual se reserva la totalidad o parte de un crédito presupuestario. 2.-La autorización del gasto corresponderá al órgano que tenga atribuidas las competencias establecidas en la LBRL, el TRLRHL y demás normativa vigente que resulte aplicable, sin perjuicio de las delegaciones expresas que los órganos competentes tengan efectuadas o efectúen durante el presente ejercicio. 3.- La Autorización del Gasto se origina mediante la resolución o acuerdo del órgano competente para gestionar un gasto y apruebe su realización, determinando su cuantía de forma cierta, o bien de la forma más aproximada posible, cuando no pueda calcularse exactamente, reservándose a tal fin la totalidad o una parte del crédito presupuestario. 4.- Las propuestas de autorización de gastos podrán realizarse conjunta o separadamente con la aprobación del expediente administrativo. En todo caso, deberá contener: 4.1.- Exposición de la necesidad y fin del gasto a realizar. 4.2.- Importe exacto o, al menos máximo del mismo. 4.3.- Aplicación presupuestaria a la que ha de imputarse el gasto. - 11/44 - Pág. 36 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 12 4.4.- Disposiciones que den cobertura legal a la actuación a realizar. 5.- Con la aprobación del expediente de gasto se formulará el documento “A” de autorización de gasto del ejercicio corriente, y en su caso, un documento de gastos de ejercicios posteriores. Artículo 18. Disposición de gastos. 1.- Los órganos competentes para aprobar la disposición de gastos serán los mismos señalados en el artículo anterior. 2.- Cuando, en el inicio del expediente de gasto, se conozca su cuantía exacta y el nombre del perceptor, se acumularán las fases de autorización y disposición, tramitándose el documento contable AD. 3.- En los supuestos de acumulación de distintas fases de ejecución del gasto, se practicarán las anotaciones contables que corresponden a todas ellas. Artículo 19. Reconocimiento de la obligación y reconocimiento extrajudicial de créditos 1.- El reconocimiento de obligaciones consecuencia de gastos autorizados por el Alcalde corresponde a éste. 2.- Cuando el reconocimiento de obligaciones sea consecuencia necesaria de la efectiva realización de un gasto en ejercicios anteriores, sin que se hubiera autorizado el compromiso del mismo, su aprobación corresponderá al Pleno de la Corporación. 3.- Cuando, por la naturaleza del gasto, sean simultáneas las fases de autorización-disposición- reconocimiento de la obligación, podrán acumularse, tramitándose el documento contable ADO. 4.- Cuando, después de autorizado un gasto, sean simultáneas las fases de disposición y reconocimiento de la obligación, podrán acumularse, tramitándose el documento contable DO. 5.- La simple prestación de un servicio o realización de un suministro u obra no es título suficiente para que el Ayuntamiento se reconozca deudor por tal concepto si aquellos no han sido requeridos o solicitados por el Órgano competente. 6.- Las facturas o documentos justificativos del reconocimiento de la obligación deberán contener, como mínimo, los siguientes datos: • Identificación de la Corporación. • Identificación del contratista, suministrador o prestador del servicio (N.I.F. o C.I.F., incluido). • Número de la factura. • Lugar y fecha de emisión. • Descripción suficiente de la obra ejecutada, suministro realizado o del servicio prestado. - 12/44 - Pág. 37 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 13 • Órgano Gestor que autorizó o dispuso el gasto. • Referencia del expediente de gasto que ampara la adjudicación. • Importe facturado, en su caso, con anterioridad, con relación a dicho gasto. • Desglose y tipo del IGIC. • Firma del contratista. • Las certificaciones de obras deberán justificarse mediante las relaciones valoradas en que se fundamenten, las cuales tendrán la misma estructura que el Presupuesto de las obras y expresarán, mediante símbolos numéricos o alfabéticos, la correspondencia entre las aplicaciones detalladas en uno y otro documento. • Las certificaciones deberán acompañarse de la factura expedida por el contratista, conforme lo dispuesto en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. 7. Las facturas que sirvan de soporte justificativo de los gastos deberán cumplir los requisitos anteriores y la normativa sobre el Impuesto General Indirecto de Canarias (I.G.I.C.) o, en su defecto, la del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.). En consecuencia, las facturas que obligatoriamente han de expedir y entregar los proveedores han de contener los datos siguientes: a) Número y, en su caso serie. La numeración de las facturas será correlativa. b) Nombre y apellidos o razón social, número de identificación fiscal, o, en su caso código de identificación fiscal y domicilio del expedidor y del destinatario, o localización del establecimiento permanente si se trata de no residentes. c) Operación sujeta al impuesto, con descripción de los bienes o servicios que constituyen el objeto de esta. d) Contraprestación total de la operación y, en su caso, los demás datos necesarios para la determinación de la Base Imponible. e) Tipo tributario y cuota, salvo lo dispuesto en la letra f) siguiente. f) Tipo de tributario aplicado cuando la cuota se repercuta dentro del precio, o únicamente la expresión “IGIC incluido”, en los casos en que así esté autorizado. g) Lugar y fecha de su emisión. Si en la factura se registraran operaciones sujetas a tipos impositivos diferentes, deberán indicarse separadamente. Podrán sustituirse por vales numerados o tickets expedidos por máquinas registradoras, los justificantes de las operaciones siguientes: a. Ventas al por menor, incluso las realizadas por fabricantes o elaboradores de los productos entregados. b. Transporte de personas c. Suministro de hostelería y restauración, prestado por restaurantes, bares, cafeterías y demás establecimientos similares. - 13/44 - Pág. 38 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 14 d. Servicios telefónicos e. Servicios de aparcamiento y estacionamiento de vehículos. Los vales o tickets deberán contener los datos siguientes: a. Número, y, en su caso, serie. b. Número o código de identificación fiscal del expendedor. c. Tipo impositivo aplicado o la expresión “IGIC o IVA” , incluido. d. Contraprestación total. El reconocimiento extrajudicial de créditos, regulado en los artículos 26.2b) y 60.2 del RD 500/90, de 2 de abril, se configura como una herramienta presupuestaria que opera como excepción al principio de anualidad y que sirve de instrumento para imputar al presupuesto corriente obligaciones indebidamente adquiridas (bien por inexistencia o insuficiencia de crédito presupuestario, bien sin observar las normas esenciales del procedimiento, o por ambas) y que dan lugar a un supuesto de nulidad de pleno derecho. Como se ha comentado, dicho procedimiento se articula respecto de obligaciones indebidamente adquiridas pudiendo señalar a modo indicativo, por ser las más reiteradas las siguientes: ⎯ Gastos comprometidos sin la correspondiente licitación contractual cuando este fuera preceptivo. ⎯ Prestaciones que tienen cabida en un contrato mejor, pero para las que no se ha seguido la tramitación prevista en el artículo 118 de la LCSP y lo contemplado en las presentes bases. ⎯ Obligaciones comprometidas sin crédito ⎯ Obligaciones comprometidas sin crédito y sin la correspondiente licitación. Este procedimiento, no es un procedimiento sanador de actos nulos de pleno derecho, ni tampoco exime de las responsabilidades que se puedan derivar. Este expediente exige: a) Documento del cual se desprende el nacimiento de la obligación, mediante la explicación razonada de los condicionamientos que han originado la actuación. b) Existencia de dotación presupuestaria específica, adecuada y suficiente para la imputación del respectivo gasto. De no existir dotación presupuestaria en el Presupuesto inicial se requerirá su habilitación mediante el oportuno expediente de modificación de créditos, que deberá ser previo a la aprobación del REC. - 14/44 - Pág. 39 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 15 c) El expediente para el reconocimiento extrajudicial de créditos deberá contener como mínimo los siguientes documentos: - Relación de facturas cerrada creada al efecto en el programa de contabilidad del Ayuntamiento de conformidad con lo recogido en la Base 20ª, como documento sustitutivo del certificado de existencia de crédito. - Providencia de la Alcaldía-Presidencia de incoación del expediente - Informe en forma de propuesta de resolución sobre los motivos que han dado origen al gasto efectuado y causas por las que se ha incumplido el procedimiento jurídico- administrativo correspondiente para su realización y cualquier otro documento que se estime necesario para una mejor justificación del gasto. Y en caso de que no exista dotación presupuestaria específica, que no existe impedimento o limitación alguna para la imputación del gasto al ejercicio corriente en relación las restantes necesidades y atenciones de la partida durante el año en curso. - Informe suscrito por la Secretaría Municipal sobre procedimiento y legislación aplicable - Informe de la Intervención Municipal de control financiero permanente. - Propuesta del órgano gestor La imputación presupuestaria con documento contable ADO se hará una vez emitido certificado de Pleno por la Secretaría Municipal y corresponde su aprobación al Pleno Corporativo. Artículo 20. Delegación de competencias en la ejecución de gastos. 1.- Las competencias para aprobar o acordar las distintas fases de ejecución del gasto que, como regla general se fijan en los artículos anteriores, se entenderán establecidas sin perjuicio de las delegaciones o desconcentraciones que con carácter específico y permanente sean efectuadas por el Alcalde-Presidente de la Corporación. 2.- A tales efectos, habrá de tenerse en consideración lo dispuesto o que se pueda disponer en las distintas resoluciones de delegación de competencias. Artículo 21. Tramitación de facturas. 1.- Las facturas expedidas por los proveedores se presentarán ante el correspondiente registro administrativo del Ayuntamiento, debiendo contener, como mínimo, los requisitos establecidos en el apartado 7 del artículo 18 de las presentes bases. 2.- De conformidad con lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, los proveedores - 15/44 - Pág. 40 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 16 podrán expedir y presentar la factura electrónica, resultado obligatorio así hacerlo para aquellos proveedores relacionados en el artículo 4 de esta Ley. No obstante, a tenor de lo establecido en el último párrafo de la propia Ley 25/2013, y en virtud de acuerdo plenario de fecha 19 de diciembre de 2014, se excluye de esta obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros. 3.- Recibidas las facturas se trasladarán a la Intervención de Fondos a efectos de contabilización y fiscalización, elaborándose relación de todas aquellas facturas que puedan ser elevadas a la aprobación del órgano o autoridad competente. 4.- La aprobación de facturas se materializará mediante diligencia y firma que constarán en la relación elaborada por Intervención. Artículo 22. Documentos suficientes para el reconocimiento de la obligación. 1.- En los gastos del Capítulo I, se observarán estas reglas: a) Las retribuciones básicas y complementarias del personal eventual, funcionario y laboral (artículos 10, 11, 12 y 13) se justificarán mediante las nóminas mensuales. b) Las remuneraciones por los conceptos de productividad y gratificaciones (artículo 15) precisarán que, por parte del Servicio de Personal, se certifique que han sido prestados los servicios especiales, o que procede abonar cantidad por el concepto de productividad, de acuerdo con la normativa interna reguladora de la misma. Las nóminas tienen la consideración de documento O. c) Las cuotas de Seguridad Social quedan justificadas mediante las liquidaciones correspondientes, que tendrán la consideración de documento O. d) En otros conceptos, cuyo gasto está destinado a satisfacer servicios prestados por un agente externo será preciso la presentación de factura, según lo previsto en el artículo anterior. 2.- En los gastos del Capítulo II, en bienes corrientes y servicios, con carácter general se exigirá la presentación de factura. Los gastos de dietas y locomoción (artículo 29), que serán atendidos mediante anticipo de caja fija, una vez justificado el gasto, originarán la tramitación de documentos ADO, cuya expedición se efectuará en Intervención y que deberá autorizar el Alcalde. 3.- En los gastos financieros (Capítulos III y IX) se observarán estas reglas: - 16/44 - Pág. 41 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 17 a) Los gastos por intereses y amortización que originen un cargo directo en cuenta bancaria se habrán de justificar con la conformidad de Intervención respecto a su ajuste al cuadro financiero. Se tramitará documento O por Intervención. b) Del mismo modo se procederá respecto a otros gastos financieros, si bien la justificación será más completa y el documento O deberá soportarse con la copia de los documentos formalizados, o la liquidación de intereses de demora. Artículo 23. Ordenación del pago. 1.- La ordenación de pagos del Ayuntamiento es competencia del Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones que efectúe el mismo. 2.- La ordenación de pagos, con carácter general, se efectuará en base a relaciones de órdenes de pago que elaborará la Tesorería, de conformidad con el plan de disposición de fondos que pudiera establecer el Alcalde, si bien cuando la naturaleza o urgencia del pago lo requiera, la ordenación del mismo puede efectuarse individualmente. En todo caso, tendrán prioridad los gastos de personal y obligaciones contraídas en ejercicios anteriores. Artículo 24. Exigencia previa a todo pago. 1.- El Tesorero/a exigirá la identificación de las personas a quienes pague cuando para él fuesen desconocidas, no quedando exento de responsabilidad si incumpliese este requisito. 2.- El Tesorero/a será responsable si se efectúan pagos sin la exhibición del D.N.I/N.I.F.; sin acreditar estar al corriente en el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas; o sin efectuar las retenciones a cuenta del I.R.P.F. o Impuesto de Sociedades o cualquier otro título exigido por la legislación vigente. 3.- Los pagos a personas que no supiesen o no pudiesen firmar exigirá dos testigos que lo harán a su ruego o la impresión de la huella dactilar del interesado en el documento. 4.- Los representantes o apoderados de los acreedores deberán acreditar, mediante exhibición del oportuno documento, la representación con que actúan para poder hacer efectivo el pago. Artículo 25. Ajustes por periodificación. 1.- Cuando en la fecha de fin de ejercicio, se verifique que no se ha contabilizado el reconocimiento de obligación, no obstante haberse producido el vencimiento de la misma, se registrará esta situación mediante una anotación de la fase 0 correspondiente. - 17/44 - Pág. 42 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 18 Entre otros, se encuentran en este caso las cargas dimanantes de un cuadro financiero vigente, o los correspondientes a consumos o servicios efectivamente recibidos y conformados. 2.- Si en fecha 31 de diciembre se verifica que han sido aplicados al Presupuesto del ejercicio gastos corrientes cuyo consumo y devengo tendrá lugar en los años siguientes, siendo la cuantía del gasto anticipado superior a 601.01 €, se practicará un ajuste mediante registro en el Diario General de Operaciones de un asiento de cargo en la cuenta 480 de Gastos anticipados y abono en la cuenta de imputación del gasto. 3.- Si en la fecha 31 de diciembre se verifica que la factura correspondiente a consumos efectuados en el ejercicio se presentará en los años sucesivos, como consecuencia de las condiciones contractuales pactadas, se contabilizará en el Diario General de Operaciones un asiento de cargo a la cuenta de gastos que correspondiere y un abono a la cuenta 481 de Gastos diferidos. CAPITULO II.- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Artículo 26. Autorización-Disposición. 1.- En aquellos gastos que han de ser objeto de un expediente de contratación se tramitará al inicio del expediente el documento A, por importe igual al coste del proyecto o presupuesto elaborado por los Servicios Técnicos. 2.- Conocido el adjudicatario y el importe exacto del gasto, se tramitará documento D. 3.- Sucesivamente, y en la medida en que tenga lugar la efectiva realización de la obra, prestación del servicio, o suministro, se tramitarán los correspondientes documentos O. 4.- Pertenecen a este grupo los que se detallan: a. Realización de obras de inversión o de mantenimiento b. Adquisición de inmovilizado c. Otros, cuya naturaleza aconseja la separación entre los actos de autorización y disposición. Artículo 27. Autorización y disposición. 1.- Aquellos gastos que responden a compromisos legalmente adquiridos por la Corporación originarán la tramitación de documento AD por el importe del gasto imputable al ejercicio. 2.- Pertenecen a este grupo los que se detallan: a. Gastos plurianuales, por el importe de la anualidad comprometida. b. Arrendamientos. c. Contratos de tracto sucesivo (limpieza, recogida de basuras, mantenimiento alumbrado, etc.) d. Intereses de préstamos concertados. - 18/44 - Pág. 43 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 19 e. Cuotas de amortización de préstamos concertados. Los documentos "O" se tramitarán cuando sea efectiva la realización de la obra, la prestación del servicio, o la adquisición del bien contratados, siendo suficiente la presentación de facturas, o el cargo efectuado en cuenta bancaria. Artículo 28. Autorización-Disposición-Obligación. 1.- Las adquisiciones de bienes concretos, así como otros gastos no sujetos a proceso de contratación en los que la exigibilidad de la obligación pueda ser inmediata, originarán la tramitación del documento ADO. 2.- Pertenecen a este grupo: a. Adquisición de pequeño material b. Dietas c. Gastos locomoción d. Intereses de demora e. Otros gastos financieros f. Anticipos reintegrables a funcionarios g. Gastos diversos, de importe inferior a 3.000’00 €, en los que concurran las características señaladas en el punto 1. Artículo 29. Gastos de personal. En cuanto a los gastos del Capítulo I, se observarán las siguientes reglas: a) La aprobación de la plantilla y relación de puestos de trabajo por el Pleno supone la autorización del gasto dimanante de las retribuciones básicas y complementarias. Por el importe de las mismas, correspondiente a los puestos de trabajo efectivamente ocupados, se tramitará a comienzos de ejercicio documento AD. b) Las nóminas mensuales cumplirán la función de documento O, que se elevará al Alcalde a efectos de la ordenación del pago. c) El nombramiento de funcionarios, o la contratación de personal laboral, originará la tramitación de sucesivos documentos AD por importe igual a las nóminas que se prevé satisfacer en el ejercicio. d) Respecto a las cuotas por Seguridad Social al inicio del ejercicio se tramitará documento AD por importe igual a las cotizaciones previstas. Las posibles variaciones originarán documentos complementarios o inversos de aquél. e) En cuanto al resto de gastos del Capítulo I, si son obligatorios y conocidos a principios de año, se tramitará el correspondiente documento AD. - 19/44 - Pág. 44 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 20 Si los gastos fueran variables, en función de las actividades que lleve a cabo la Corporación o de las circunstancias personales de los perceptores, se gestionarán de acuerdo con las normas generales recogidas en los artículos siguientes. f) En el caso de anticipos de pagas y demás préstamos al personal se deberá acreditar los requisitos previstos en el Convenio del Personal y Acuerdo de los funcionarios vigente. Asimismo con carácter previo al reconocimiento de la obligación del anticipo de pagas a favor del Empleado Público deberá acreditarse en el expediente de su razón que se encuentra al corriente del pago de sus obligaciones con la hacienda local. La solicitud se realizará a través del registro general no pudiendo solicitarse anticipos después del día 15 de cada mes. Artículo 30. Dietas e indemnizaciones al personal y miembros de la Corporación. A) Del personal. 1.- Los gastos de indemnizaciones por comisiones de servicios y de locomoción se satisfarán con cargo a los conceptos 230 y 231 del estado de gastos del Presupuesto, siempre que hayan sido aprobadas por la Alcaldía-Presidencia o los Concejales-Delegados de las Áreas las comisiones de servicio, residencia eventual, la participación en tribunales de oposiciones u otros órganos de selección de personal, así como los correspondientes desplazamientos.. 2.- En su caso, se devengarán las dietas en la cuantía que corresponda según lo dispuesto en el anexo II de la Resolución de la Secretaría del Estado de Hacienda y Presupuestos de 2 de diciembre de 2005 (B.O.E. nº 289, de 03.12), por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 2005, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. 3.- En cuanto al personal laboral, se estará a lo que prevenga en cada momento el Convenio vigente. 4.- La adscripción a los grupos del Real Decreto 462/2002 será la siguiente: Grupo II Funcionarios con Habilitación de carácter Nacional y grupos A1 y A2 Grupo III Funcionarios de los grupos C1, C2 y E. El personal eventual se adscribirá a los grupos relacionados que sean asimilables. Los recorridos efectuados en vehículos que no sean propiedad del Ayuntamiento se valorarán de acuerdo con las tarifas de transportes colectivos o taxis en caso necesario. - 20/44 - Pág. 45 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 21 Cuando el funcionario disponga de medios propios de transporte y su uso sea aconsejable, el importe de la indemnización será el que se establece en la Orden del MEHA 3770/2005, de 01 de diciembre (B.O.E. nº 289 de 03.12). 5.- A fin de no causar perjuicio económico a los funcionarios, podrá ordenarse el pago anticipado de dietas y gastos de viaje. 6.- La cuantía del importe de la indemnización por asistencia a cursos de capacitación, especialización o ampliación de estudios y, en general, los de perfeccionamiento convocados por las Administraciones Públicas, será del 80 por 100 del importe de las dietas enteras señaladas en el nº 2 de esta Base. Los derechos de inscripción en cursos y jornadas de carácter técnico sobre materias de Administración Local se considerarán como gastos de formación y perfeccionamiento del personal y se abonarán con cargo al subconcepto 162.00. A los efectos de su constancia en el expediente personal se entregará en la unidad de personal fotocopia compulsada por el funcionario competente, del título, diploma o documento similar expedido por el Organismo o Centro responsable de la celebración del curso, seminario o jornadas. 7.- En toda resolución autorizando el desplazamiento se entenderá incluida la indemnización por utilización de taxis con destino y origen en los aeropuertos. La utilización del transporte del tipo taxi, en cualquier otro trayecto, así como vehículo de alquiler deberá ser motivada y expresamente autorizada. Se justificará ante la Intervención el destino dado a las cantidades libradas. Los documentos justificantes que acompañarán la correspondiente cuenta justificativa serán los siguientes: -Billete del medio de transporte utilizado. -Factura del establecimiento hotelero. -Factura de otros gastos expresamente recogidos en la autorización de la comisión de servicio. De las facturas de establecimientos hoteleros solamente se tendrán en cuenta las cantidades referidas al alojamiento, excluyéndose las devengadas por teléfono, minibar, lavandería etc. Cuando exista autorización de transportes del tipo taxis, vehículos de alquiler sin conductor, etc., se aportará la correspondiente factura. Las cuotas de inscripción a los cursos de perfeccionamiento y ampliación de estudios, se acreditarán con el resguardo o recibo de haber sido satisfechas. - 21/44 - Pág. 46 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 22 No se admitirán justificantes de cuentas de gastos de desplazamientos, si no están debidamente firmadas por el perceptor de las cantidades libradas. Además de lo señalado, deberá unirse a la cuenta justificativa una memoria sobre días transcurridos y visitas o gestiones realizadas que deberá conformar la Alcaldía-Presidencia o los Concejales-Delegados de las Áreas, en todos aquellos casos que se trate de comisiones de servicio. Los gastos que superen las sumas libradas serán de la responsabilidad personal del perceptor de los fondos. Los perceptores que no rindan las cuentas en los plazos señalados quedan automáticamente obligados al reintegro total de las cantidades percibidas. 8.- En analogía con lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 del citado Real Decreto 462/2002, el personal que forme parte de delegaciones oficiales presididas por el Alcalde-Presidente o por los Concejales-Delegados percibirá las mismas dietas que los miembros de la Corporación. B) De los miembros de la Corporación. 1.- Los miembros de la Corporación, cuando por causa de prestación del servicio deba trasladarse fuera de su residencia habitual, percibirán en concepto de dietas las mismas cantidades que deban percibir los funcionarios del Grupo A. 2.- De conformidad con el acuerdo plenario de fecha 11/07/2023, los miembros electos de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva o parcial percibirán indemnizaciones por la asistencia a las reuniones o sesiones que celebren los órganos colegiados de la Corporación en las siguientes cuantías: a) Sesiones del Pleno ................................ 60,00 € c/u, máximo tres al mes b) Sesiones de Junta de Gobierno ............ 30,00 € c/u, máximo tres al mes c) Sesiones C. Informativas........................ 30,00 € c/u, máximo tres al mes d) Comisiones de servicios. Lo establecido para los funcionarios del grupo A. C) Asistencias por participación en tribunales de oposiciones y concursos. Se abonarán asistencias a los miembros de los tribunales de oposiciones y concursos encargados de la selección de personal o de las pruebas cuya superación sea necesaria para el ejercicio de profesiones o para la realización de actividades, siempre que dichos procesos de selección conlleven la realización de ejercicios escritos u orales, así como a los colaboradores técnicos, administrativos y de servicios de dichos órganos, las cuantías a percibir por la asistencia serán las señaladas en el anexo IV del RD 462/2002. En caso de celebrarse más de una sesión el mismo día, se tendrá derecho a percibir solo la dieta de una sesión. - 22/44 - Pág. 47 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 23 Artículo 31. Aportación a Grupos Políticos. 1.- Se establece, de conformidad con el acuerdo plenario de fecha 11/07/2023, una aportación mensual de 300,00 € para cada uno de los grupos políticos que componen la Corporación. 2.- De igual modo, se contempla una aportación de 12,00 €/mes por cada Concejal que forme parte de los diferentes grupos políticos. Artículo 32. Tramitación de aportaciones y subvenciones. 1.- En el caso de aportaciones obligatorias a otras Administraciones se tramitará documento AD, tan pronto como se conozca la cuantía de la aportación. 2.- Si a fin de ejercicio, no se conociera el importe de la aportación obligatoria, se reclamará formalmente certificación de dicho dato, a fin de contabilizar la correspondiente fase ADO. 3.- Las aportaciones y subvenciones a Entidades, Asociaciones y Personas Físicas se regirán por lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de la Corporación y en las Bases reguladoras de su convocatoria. 4.- La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento está condicionada a la incoación del oportuno expediente, salvo que se trate de subvenciones nominativas dotadas en el Presupuesto, debiéndose someter las mismas en cuanto a su concesión a los principios generales del artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y acreditarse todos y cada uno de los requisitos y documentos específicos exigidos en las normas en el apartado anterior. 5.- Las subvenciones cuyo beneficiario se señale expresamente en el Presupuesto originarán la tramitación de documento de Retención de Crédito. 6.- Para que pueda expedirse la orden de pago de la subvención es imprescindible que el Órgano Gestor acredite que se han cumplido las condiciones exigidas en el acuerdo de concesión. Si tales condiciones, por su propia naturaleza, deben cumplirse con posterioridad a la percepción de los fondos, habrá que estar a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones. Artículo 33. Gastos con financiación afectada. 1.- Son gastos con financiación afectada aquellos para cuya ejecución se obtendrán ingresos que necesariamente deben ser aplicados a la finalidad para la que se concedieron. 2.- Si al finalizar el ejercicio el volumen de derechos liquidados por los conceptos referenciados en el punto anterior difiere de la suma que corresponde recibir en función del volumen de obligaciones reconocidas aplicadas, se practicará el ajuste reglamentario en el resultado presupuestario del modo siguiente: - 23/44 - Pág. 48 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 24 a) Si Dl < Or * Cf, se incrementará el resultado presupuestario en la cantidad Dl - (Or * Cf). b) Si Dl > Or * Cf, se minorará el resultado presupuestario en la misma cantidad. Las expresiones anteriores significan, Dl : Derechos reconocidos por el ingreso finalista, contabilizados en el ejercicio. Or : Obligaciones reconocidas por el mismo gasto, cuya ejecución ha motivado el reconocimiento de derechos (Dl). Cf : Coeficiente de financiación, equivalente al porcentaje que representan los ingresos que se espera recibir en relación al volumen de gasto previsto. 3.- En el supuesto del apartado 2b) de este artículo será preciso practicar un ajuste de la misma cuantía en el remanente de tesorería, a fin de determinar la parte del remanente afectada y la parte disponible. Artículo 34. Constitución de fianzas y depósitos. 1.- Con carácter general, si la Corporación se viera obligada a constituir alguna fianza, la operación contable correspondiente tendrá carácter de no presupuestaria. Su contabilización tendrá lugar en la cuenta del Plan General 566. 2.- Si, no obstante lo previsto en el punto anterior, se hubiere establecido la aplicación al presupuesto de la constitución de fianzas y depósitos, se procederá a su contabilización de este modo: a) La salida de fondos derivada de la constitución de un depósito o de una fianza en metálico se aplicará a las aplicaciones 840 o 841 respectivamente. b) La devolución del depósito o de la fianza constituida por el Ayuntamiento se aplicará a los conceptos del Estado de Ingresos 860 o 861 respectivamente. c) Respecto a la aplicación en cuentas del Plan General, la constitución de fianzas presupuestarias se contabilizará en las cuentas 260 o 560, según se trate de fianzas a largo, o a corto plazo. Artículo 35. Concesión de préstamos. 1.- Los préstamos concedidos al personal se contabilizarán a través de la cuenta 542 del Plan General de Contabilidad, pudiéndose ampliar el crédito de la aplicación 830 cuando en el concepto 830 del Estado de Ingresos la suma de derechos reconocidos supera la previsión inicial. Artículo 36. Gastos plurianuales. - 24/44 - Pág. 49 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 25 1.-Podrán adquirirse compromisos de gastos de carácter plurianual, extendiendo por tanto sus efectos económicos a ejercicios posteriores, en las condiciones y con los requisitos establecidos en el artículo 174 del TRLRHL, y en los artículos 79 a 88 del R.D. 500/90, que constituye su desarrollo en materia presupuestaria. 2.- La competencia para Autorizar y Disponer estos gastos se determinará conforme a la DA Segunda del TRLCSP. Con carácter previo, se comprobará que existe crédito para la primera anualidad y que, para las sucesivas anualidades, se cumplen los límites de compromisos de gasto a que se refiere el artículo 174 del TRLRHL. y concordantes del RD 500/1990. Una vez verificados los dos requisitos anteriores, o, en su caso con la adopción del acuerdo plenario correspondiente, se imputará la primera anualidad al Presupuesto corriente, quedando las siguientes anualidades registradas como autorizaciones y, en su caso, compromisos de gasto de carácter plurianual. Si no se verificase alguno de dichos requisitos, y a los efectos de la citada condición suspensiva, se comunicará dicha circunstancia al área gestora. La Intervención comprobará y hará constar en su informe que no se superan los límites cuantitativos establecidos en el artículo 82 y, en su caso, artículo 84 del R.D. 500/90. 3.- La ejecución de estos gastos se iniciará necesariamente en el propio ejercicio en que se adquiera el compromiso, y la Autorización y Disposición servirán como fases A y D para los ejercicios siguientes, quedando, sin embargo, subordinadas al crédito consignado en los respectivos Presupuestos. CAPITULO III.- PAGOS A JUSTIFICAR Y ANTICIPOS DE CAJA FIJA Artículo 37. Pagos a justificar. 1.- Sólo se expedirán órdenes de pago a justificar con motivo de adquisiciones o servicios necesarios, cuyo pago no pueda realizarse con cargo a los anticipos de caja fija y en los que no sea posible disponer de comprobantes con anterioridad a su realización. 2.- La autorización corresponde al Alcalde cuando el importe sea inferior a 1.500,00 €. 3.- En el plazo de tres meses, los perceptores habrán de aportar a la Intervención los documentos justificativos del pago, reintegrando las cantidades no invertidas. 4.- Respecto a la forma y contenido de la justificación, es preciso que se ajusten a las siguientes instrucciones: a) Los fondos sólo pueden destinarse a la finalidad para la cual se entregaron. b) Los comprobantes deben ser documentos originales, correctamente expedidos. 5.- De la custodia de fondos se responsabilizará el perceptor. - 25/44 - Pág. 50 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 26 Artículo 38. Anticipos de caja fija. 1.- Con carácter de anticipos de caja fija, se podrán efectuar provisiones de fondos, a favor de los habilitados que proponga el Tesorero, para atender los gastos que se relacionan a continuación: a. Reparaciones y conservación (material y pequeñas reparaciones), artículo 21. b. Material ordinario no inventariable (de oficina), subconcepto 220. c. Suministros, concepto 221. d. Atenciones protocolarias y representativas (aplicación 226.01). e. Dietas, gastos de locomoción, conceptos 230 y 231. f. Atenciones benéficas y asistenciales, artículo 48. 2.- Serán autorizados por el Alcalde y su importe no podrá exceder de la cuarta parte de la aplicación presupuestaria a la cual serán aplicados los gastos que se financian mediante anticipos de caja fija. La cuantía de cada gasto satisfecho con estos fondos no puede ser superior a 300,00 €. 3.- A medida que las necesidades de tesorería aconsejen la reposición de fondos, los habilitados rendirán cuentas ante el Tesorero, que las conformará y trasladará a Intervención para su censura. Dichas cuentas serán aprobadas por el Alcalde. 4.- Sin perjuicio de lo previsto en el punto anterior, y con referencia a la fecha final de cada trimestre natural, los habilitados darán cuenta al Tesorero de las disposiciones realizadas y de la situación de los fondos. 5.- En cuanto a la contabilización, se observarán estas reglas: a) La provisión de fondos no se aplicará en la contabilidad presupuestaria, teniendo naturaleza de operación extrapresupuestaria. Simultáneamente, en las aplicaciones presupuestarias en las cuales habrán de ser aplicados los gastos, se procederá a efectuar una retención de crédito por el importe de la provisión que corresponda a los mismos. Dicha retención -de acuerdo con lo previsto en el punto 2- no excederá de la cuarta parte del crédito inicial de la aplicación correspondiente. b) Aprobadas las cuentas a que se refiere el punto 3, se expedirán las órdenes de pago de reposición de fondos con aplicación a los conceptos presupuestarios que correspondan las cantidades justificadas. En la expedición de estas órdenes de pago no se utilizarán las retenciones de crédito efectuadas, salvo que se hubiera agotado el crédito disponible, o cuando, por lo avanzado del ejercicio u otras - 26/44 - Pág. 51 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 27 razones, no proceda la reposición de fondos, en cuyo caso los pagos justificados se aplicarán a las respectivas aplicaciones con cargo a las retenciones de crédito. 6.- Los fondos estarán situados en una cuenta bancaria a nombre del habilitado, en la cual no se podrá efectuar otros ingresos que los procedentes del Ayuntamiento (por las provisiones y reposiciones de fondos). Las salidas de fondos se efectuarán mediante talón, u orden de transferencia bancaria y sólo se destinarán al pago de los gastos para cuya atención se concedió el anticipo de caja fija. Artículo 39. Pagos extrapresupuestarios. 1.- Excepcionalmente, si resulta preciso anticipar al contratista una cantidad de dinero para atender el pago por adquisición de materiales necesarios para ejecutar la actuación contratada, se efectuará un pago extrapresupuestario, registrado en la cuenta 550, de "Entregas en ejecución de operaciones". 2.- La aplicación del gasto a la correspondiente aplicación del presupuesto se formalizará cuando tenga lugar el reconocimiento de obligaciones. 3.- La excepcionalidad a que se refiere el punto 1 deberá ser declarada por la Junta de Gobierno. TITULO III.- DE LA TESORERÍA Artículo 40. De la Tesorería. Constituye la Tesorería Municipal el conjunto de recursos financieros del Ayuntamiento y su Organismo Autónomo, tanto por operaciones presupuestarias, como no presupuestarias. La Tesorería se rige por el principio de Caja Única. Artículo 41. Plan de disposición de fondos de la Tesorería. 1.- Corresponderá al Tesorero, la elaboración de los planes y programas de tesorería que sirvan de base para la elaboración del Plan de Disposición de Fondos que corresponde aprobar a la Alcaldía-Presidencia dentro del mes de enero. 2.- La gestión de los fondos líquidos se llevará a cabo con el criterio de obtención de la máxima rentabilidad, asegurando, en todo caso, la inmediata liquidez para el cumplimiento de las obligaciones a sus vencimientos temporales. 3.- Los recursos que puedan obtenerse en ejecución del Presupuesto se destinarán a satisfacer el conjunto de obligaciones, salvo que procedan de recaudación por contribuciones especiales, subvenciones finalistas, u otros ingresos específicos afectados a fines determinados. - 27/44 - Pág. 52 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 28 4.- De la aprobación del Plan deberá darse cuenta a Intervención a los efectos de la fiscalización previa de los pagos. 5.- De las disponibilidades de tesorería y sus variaciones deberá darse cuenta a Intervención a los efectos de lo previsto en el artículo 195 del T.R. de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 42. Procedimiento de pago 1.- No se podrá realizar pago alguno por la Tesorería o dar salida a los fondos o valores, sin el oportuno documento expedido por el Ordenador de Pagos y fiscalizado por el Interventor/a y con atención a las prioridades establecidas legalmente y el Plan de Disposición de Fondos. Los documentos necesarios para disponer fondos de cuentas corrientes serán firmados conjuntamente por el alcalde, la intervención y tesorería. 2.- Recibida por Tesorería una orden o mandamiento de pago corresponderá a ésta su ejecución mediante pago material eligiéndose por esta Unidad la cuenta con cargo a la cual ha de realizarse el pago así como la introducción en el sistema de información contable de los datos relativos de dicha cuenta de cargo. 3.- El modo de pago habitual a utilizar por la Tesorería será la transferencia bancaria a favor del acreedor y a la cuenta corriente designada por el mismo a través del modelo normalizado de "Alta / Modificación de Terceros" TITULO IV.- DE LOS INGRESOS CAPITULO I.- GESTION DE INGRESOS Artículo 43. Gestión de Tributos. 1.- El Departamento de Rentas y Exacciones elaborará los padrones de tributos de cobro periódico, a cuyo fin los servicios gestores comunicarán las incidencias conocidas que pudieran afectar a aquellos. 2.- Se publicará el período para pagar en período voluntario los tributos públicos de carácter periódico mediante el correspondiente anuncio y con las especificidades establecidas en el Reglamento General de Recaudación. 3.- Asimismo, se publicará el período para pagar en voluntaria los precios públicos de carácter periódico. 4.- La vía de apremio de los ingresos a que se refieren los puntos 2 y 3, se iniciará al día siguiente de la conclusión del período de cobro voluntario. - 28/44 - Pág. 53 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 29 5.- La Intervención adoptará las medidas procedentes para asegurar la puntual realización de las liquidaciones de ingresos públicos locales. 6.- La dirección de la recaudación corresponde a la Tesorería, que deberá establecer el procedimiento para verificar la aplicación de la normativa vigente en materia recaudatoria, con especial referencia a las anulaciones, suspensiones, aplazamientos y fraccionamientos de pago. Artículo 44. Gestión de recargos sobre impuestos locales. 1.- El reconocimiento de derechos por Impuesto Sobre Actividades Económicas se efectuará por la cuantía a que ascienden las cuotas municipales, excluyéndose en todo caso el recargo provincial. 2.- Cuando se recaude la deuda por I.A.E., el importe de recargo se contabilizará extrapresupuestariamente en la cuenta 414, de "Entes públicos, acreedores por recaudación de recursos", mediante la cual se registrará la transferencia de fondos a favor del Cabildo. 3.- Si se impusiera otro recargo sobre los impuestos locales, en defecto de normas específicas reguladoras de su gestión, serán de aplicación los puntos anteriores. Artículo 45. Aplazamientos y fraccionamientos. 1.- Se podrá conceder aplazamiento, o fraccionamiento de las deudas por liquidaciones de ingreso directo siempre que se den estos requisitos: a) acreditación de las dificultades transitorias de tesorería para hacer frente al cumplimiento de las obligaciones. b) Afianzamiento de la deuda, mediante aval bancario, o documentos justificativos del crédito del sujeto pasivo ante el Ayuntamiento por servicios, o suministros efectuados al mismo, cuyo pago no podrá efectuarse mientras se prolongue el período de afianzamiento. c) Obligación de domiciliación de la deuda. d) Apreciación positiva del Alcalde respecto a la dificultad de que el sujeto pasivo pueda cumplir sus obligaciones dada la situación de su tesorería. 2.- La concesión del aplazamiento o fraccionamiento siempre comportará la exigibilidad de intereses de demora, calculado desde el día siguiente a la conclusión del período voluntario de pago hasta la fecha en que tenga lugar la realización del mismo y aplicándose el tipo de interés de demora, o el interés legal, según se trate de deudas tributarias o no tributarias. 3.- La concesión de aplazamiento o fraccionamiento de pago es competencia del Alcalde cuando el importe de la deuda aplazada no excede de 3.005,06 € y los plazos concedidos no superan el período de un año desde la fecha de concesión. 4.- La aprobación de aplazamientos, o fraccionamiento de pago, corresponderá a la Junta de Gobierno cuando las condiciones sean diferentes a las reseñadas en el punto 3. - 29/44 - Pág. 54 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 30 Artículo 46. Delegación de facultades de gestión tributaria. 1.- Si el Ayuntamiento delega las facultades de gestión y recaudación en una Administración Supramunicipal, la contabilización de las distintas operaciones se realizará sobre base de los documentos elaborados por ésta. 2.- El contenido de los actos administrativos municipales y su coordinación con las actuaciones de la Administración delegada se adaptarán al objeto y alcance de los acuerdos de delegación. CAPITULO II.- CONTABILIZACIÓN Artículo 47. Reconocimiento de derechos. 1.- Procederá el reconocimiento de derechos tan pronto como se conozca que ha existido una liquidación a favor del Ayuntamiento, que puede proceder de la propia Corporación, de otra Administración, o de los particulares; observándose las reglas de los puntos siguientes. 2.- En las liquidaciones de contraído previo, de ingreso directo, se contabilizará el reconocimiento de derechos -cuenta 430- cuando se aprueben las liquidaciones. 3.- En las liquidaciones de contraído previo, ingreso por recibo, la contabilización del reconocimiento del derecho tendrá lugar tras la aprobación del padrón. 4.- En las autoliquidaciones, e ingresos sin contraído previo, cuando se presentan y se ha ingresado el importe de las mismas. 5.- En el caso de subvenciones o transferencias a recibir de otra Entidad, condicionadas al cumplimiento de determinados requisitos, se recogerá el compromiso de aquella desde el mismo momento de la adopción de acuerdo formal, mediante cargo en la Cuenta de "Compromisos concertados" y abono en la de "Ingresos Comprometidos". Al cumplirse las condiciones establecidas para que la subvención sea exigible, se reconocerá el derecho. 6.- Respecto a la participación en tributos del Estado, a comienzo del ejercicio se contabilizará como compromisos concertados la previsión de ingresos por este concepto. Trimestralmente, en el momento de la recepción de fondos, se contabilizará el reconocimiento y cobro de la entrega. 7.- En los préstamos concertados, cuando se haya formalizado el contrato se contabilizará el compromiso. - 30/44 - Pág. 55 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 31 A medida que tengan lugar las sucesivas disposiciones, se contabilizará el reconocimiento de derechos y cobro de las cantidades correspondientes. Cuando, en fin de ejercicio, las obligaciones reconocidas contabilizadas como ejecución de una actuación financiada con operación de crédito sean superiores a los derechos reconocidos por el préstamo, se modificará la cuantía de éstos hasta igualar las obligaciones, con objeto de evitar que existan desviaciones de financiación. 8.- En el caso de multas, se contabilizará el reconocimiento de derechos cuando, conocida la infracción, se determine el importe de la multa; constituyendo dicho importe la cantidad que debe ser contabilizada. 9.- En intereses y otras rentas, el reconocimiento de derechos se originará en el momento del devengo. Artículo 48. Contabilización del derecho. 1.- El reconocimiento de derechos se registrará en el Libro Mayor de Conceptos del Presupuesto de Ingresos - Agrupación de ejercicio corriente, en el Diario General de Operaciones y en el Mayor de Cuentas. Artículo 49. Contabilización de los cobros. 1.- Los ingresos procedentes de Recaudación, en tanto no se conozca su aplicación presupuestaria, se contabilizarán como Ingresos pendientes de aplicación, originándose un cargo en la cuenta de "Caja" y un abono en la cuenta "Ingresos pendientes de aplicación en Caja". 2.- En cuanto al resto de ingresos que ha de percibir la Corporación con carácter general, se utilizará la aplicación directa, originándose un cargo en la cuenta de "Caja" y un abono en la cuenta de "Deudores por derechos reconocidos" 3.- Cuando los Servicios gestores tengan información sobre concesión de subvenciones, habrán de comunicarla a Tesorería, a fin de que pueda efectuarse su puntual seguimiento. Artículo 50. Fianzas y depósitos recibidos. 1.- Con carácter general, las fianzas y depósitos que, a favor del Ayuntamiento, deban constituir los contratistas u otras personas tendrán carácter de operaciones no presupuestarias, contabilizándose en la cuenta 561. Artículo 51. Contabilización de bajas. 1.- La anulación de liquidaciones se contabilizará mediante un cargo en la correspondiente cuenta de ingresos y un abono a la cuenta 433. - 31/44 - Pág. 56 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 32 2.- La devolución de ingresos en todo caso se aplicará al presupuesto corriente, sin que sea preciso que, con anterioridad, se haya aplicado recaudación al mismo concepto de ingresos. CAPITULO III.- COMPETENCIAS ORGÁNICAS Artículo 52. Aprobación de liquidaciones. 1.- Los padrones de tributos, o precios públicos, de vencimiento periódico, serán aprobados por la Junta de Gobierno Local. 2.- La aprobación de liquidaciones de ingreso directo es competencia del Alcalde, pudiendo procederse a dicha aprobación mediante relación. Artículo 53. Aprobación de bajas por anulación de liquidaciones. 1.- Cuando proceda anular una liquidación, como consecuencia de la resolución de un recurso, el propio acuerdo de anulación fundamentará y documentará la baja en cuentas del derecho contabilizado. 2.- Si la liquidación anulada había sido ingresada, procederá el reconocimiento de la obligación de devolver el ingreso indebido, acto que deberá constar en el propio acuerdo resolutorio del recurso. Artículo 54. Aprobación de bajas por otras causas. 1.- Cuando proceda anular una liquidación por insolvencia del deudor, se incluirá en un expediente de créditos incobrables, cuya tramitación corresponde a la Tesorería y que será aprobado por la Junta de Gobierno. 2.- La propuesta de créditos incobrables formulada por los órganos de recaudación no originará la baja en cuentas en tanto no recaiga el acuerdo corporativo de aprobación. TITULO V.- DE LAS OPERACIONES DE CRÉDITO Y TESORERÍA Artículo 55. De las operaciones de crédito a medio y largo plazo. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 52.1 del T.R. de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la concertación, modificación y refinanciación, en su caso, de operaciones de crédito, previstas o no en el Presupuesto, requerirá la tramitación del oportuno expediente administrativo en el que se acreditará, en todo caso, lo siguiente: - El haberse cursado invitación, al menos, a un número no inferior al de Entidades de crédito con las que mantiene relación el Ayuntamiento. - 32/44 - Pág. 57 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 33 - El plazo para atender las invitaciones que curse el Ayuntamiento será el de quince días naturales. - La concertación de las operaciones serán competencia del Alcalde o del Pleno de la Corporación dependiendo de los límites fijados en el artículo 52.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En todo caso, resulta preceptivo el informe de Intervención. Artículo 56. De las operaciones de tesorería. 1.- El Ayuntamiento podrá concertar Operaciones de Tesorería por plazo no superior a un año con cualquier Entidad financiera, para atender sus necesidades transitorias de Tesorería, siempre que en su conjunto no superen el 30% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior, salvo que la operación haya de realizarse en el primer semestre del año sin que se haya producido la liquidación del presupuesto de tal ejercicio, en cuyo caso se tomará en consideración la liquidación del ejercicio anterior a este último. 2.- La concertación de toda clase de Operaciones de Tesorería deberá ser informada por la Intervención municipal. En este informe se analizará la capacidad del Ayuntamiento para hacer frente, en el tiempo, a las obligaciones que de aquélla se deriven para la misma. 3.- La competencia para la concertación de Operaciones de Tesorería corresponderá al Alcalde-Presidente o al Pleno de la Corporación, de acuerdo con la legislación vigente. 4.- Las condiciones iniciales de las operaciones de crédito a corto plazo serán las siguientes: a. Importe máximo: 30 % de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el último ejercicio liquidado. b. Plazo de amortización máximo: 1 año. c. Tipo de interés: Variable [EURIBOR (referencia trimestral) + CUOTA DIFERENCIAL] o fijo, según conveniencia de la Corporación. d. Comisiones de estudio y apertura: Sin comisiones. e. Comisiones sobre saldo no dispuesto: Sin comisión. f. Liquidación de intereses: trimestral/semestral. 5.- El contrato que se tramite tendrá carácter privado y, como tal, se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas administrativas específicas, por la Ley de Contratos del Sector Público, y en cuanto a sus efectos y extinción por las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes, respecto de su preparación y adjudicación. - 33/44 - Pág. 58 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 34 El Orden Civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes, respecto a los efectos y extinción del contrato. Las empresas deberán presentar sus ofertas en el plazo de 15 días naturales desde la recepción de la solicitud; si el último día fuera festivo, se prolongará el plazo al siguiente día hábil. TITULO VI.- LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO Artículo 57. Operaciones previas en el estado de Gastos. 1.- A fin de ejercicio, se verificará que todos los acuerdos municipales que implican reconocimiento de la obligación han tenido su reflejo contable en fase "O". En particular, las subvenciones concedidas cuyo pago no haya sido ordenado al final del ejercicio, se contabilizarán en fase O, aun cuando la efectiva percepción de fondos reste condicionada al cumplimiento de algunos requisitos. 2.- Los servicios gestores recabarán de los contratistas la presentación de facturas dentro del ejercicio. Sin perjuicio de lo cual, se verificará el estado de determinados gastos por consumos o servicios imputables al ejercicio y cuyo reconocimiento de obligaciones no ha llegado a formalizarse por no disponer en 31 de diciembre de facturas. Cuando sean gastos corrientes y obre informe del Servicio gestor justificando que ha tenido lugar la adquisición o servicio, las facturas a recibir tendrán la consideración de documento O. 3.- Los créditos para gastos que el último día del ejercicio no estén afectados al cumplimiento de obligaciones reconocidas quedarán anulados, sin más excepciones que las derivadas de los puntos anteriores y de la incorporación de remanentes. Artículo 58. Operaciones previas en el estado de Ingresos. 1.- Todos los cobros habidos hasta 31 de diciembre deben ser aplicados en el Presupuesto que se cierra, a cuyo fin se darán las instrucciones pertinentes al Servicio de Recaudación. 2.- Se verificará la correcta contabilización del reconocimiento de derechos en todos los conceptos de ingreso. Artículo 59. Cierre del Presupuesto. 1.- El presupuesto del Ayuntamiento se liquidará elaborándose los estados demostrativos de la liquidación y la propuesta de incorporación de remanentes antes del 15 de febrero del año natural siguiente a aquel que se cierra. - 34/44 - Pág. 59 de 246 Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 10:16:00 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): 09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/09149454D3EABECFB7D8FF46E4D65B77 . Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 14:03:16 Fecha de emisión de esta copia: 26-03-2025 14:03:16 35 2.- La liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento será aprobada por el Alcalde, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre. 3.- A efectos de determinar el remanente de tesorería se considerarán ingresos de difícil recaudación los de antigüedad superior a 4 años, salvo que las especiales características del derecho, o del deudor, justifiquen otra consideración. TITULO VII.- CONTROL Y FISCALIZACIÓN Artículo 60. Control Interno. 1.- El control interno de la actividad económico-financiera se ejercerá por la Intervención General mediante el ejercicio de la función interventora y el control financiero. 2.- El ejercicio del control interno se rige por lo dispuesto en el artículo 92.2 de la Ley 7/ 85, de 2 de abril; los artículos 212 y siguientes del TRLRHL y Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local. Así mismo será de aplicación el Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciem