Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 1 Expediente 1319/2025 A N U N C I O Transcurrido el plazo de exposición pública del Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio 2025, las Bases de Ejecución del Presupuesto, así como de la plantilla del personal que comprende los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual y del Plan Estratégico de Subvenciones, aprobados inicialmente en sesión plenaria extraordinaria y urgente celebrada el 22 de abril de 2025, sin que se haya presentado reclamación alguna, los mismos, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se consideran definitivamente aprobados. Por tanto, y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 169.3 de la misma Ley, se hace público el Presupuesto General resumido por capítulos. PRESUPUESTO GASTOS A. Operaciones no financieras A.1 Operaciones corrientes Capítulo 1. Gastos de personal 4.211.696,42 Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios 4.767.422,59 Capítulo 3. Gastos financieros 25.000,00 Capítulo 4. Trasferencias corrientes 1.271.452,86 Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos 5.000,00 Total operaciones corrientes 10.280.571,87 A.2 Operaciones de capital Capítulo 6. Inversiones reales 426.436,70 Capítulo 7. Transferencias de capital 88.842,26 Total operaciones de capital 515.278,96 Total operaciones no financieras (A.1 + A.2) 10.795.850,83 - 1/14 - Ver firma Ver sello Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 2 B. Operaciones financieras Capítulo 8. Activos financieros 20.000,00 Capítulo 9. Pasivos financieros 0,00 Total operaciones financieras 20.000,00 TOTAL GASTOS (A + B) 10.815.850,83 INGRESOS A. Operaciones no financieras A.1 Operaciones corrientes Capítulo 1. Impuestos directos 1.827.470,00 Capítulo 2. Impuestos indirectos 2.500.635,54 Capítulo 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos 970.974,97 Capítulo 4. Trasferencias corrientes 5.089.570,32 Capítulo 5. Ingresos patrimoniales 407.200,00 Total operaciones corrientes 10.795.850,83 A.2 Operaciones de capital Capítulo 6. Enajenación de inversiones reales 0,00 Capítulo 7. Transferencias de capital 0,00 Total operaciones de capital 0,00 Total operaciones no financieras (A.1 + A.2) 10.795.850,83 B. Operaciones financieras Capítulo 8. Activos financieros 20.000,00 Capítulo 9. Pasivos financieros 0,00 Total operaciones financieras 20.000,00 TOTAL INGRESOS (A + B) 10.815.850,83 - 2/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 3 Contra la aprobación definitiva del Presupuesto, podrá interponer directamente, de conformidad con el artículo 171 del referido Real Decreto Legislativo, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, significando que la interposición no suspenderá por sí sola la aplicación. Asimismo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local y 126 y 127 del Real Decreto Legislativo 781/86, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, se hace pública la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo, contenidos en el Presupuesto. PLANTILLA DE PERSONAL 2025 FUNCIONARIOS 1320 - Seguridad y Orden Público. Categoría Plazas Vacantes A extinguir Oficial Policía C1 1 1 Policía Local C1 11 4 TOTAL 12 5 1510 - Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Categoría Plazas Vacantes A extinguir Técnico de administración general A1 1 Arquitecto A1 2 1 Arquitecto Técnico A2 1 Ingeniero técnico de obras públicas A2 1 1 TOTAL 5 2 2310 – Servicios Sociales Categoría Plazas Vacantes A extinguir Trabajado-a social A2 3 Auxiliar administrativo C2 1 TOTAL 4 9200 - Administración General. Categoría Plazas Vacantes A extinguir Secretario-a A1 1 1 Técnico Administración Especial A1 1 Técnico-a Archivo A1 1 - 3/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 4 Agente de Empleo y Desarrollo Local A1 1 Agente de Empleo y Desarrollo Local A2 1 Administrativo C1 2 1 Auxiliar administrativo C2 6 1 TOTAL 13 3 9310 - Política económica y fiscal. Categoría Plazas Vacantes A extinguir Interventor-a A1 1 1 Técnico de administración general A1 1 Operador C1 1 Auxiliar Administrativo C2 3 1 TOTAL 6 2 9340 - Gestión de la deuda y de la tesorería. Categoría Plazas Vacantes A extinguir Tesorero-a A1 1 1 TOTAL 1 1 TOTAL 41 13 PERSONAL LABORAL 1610 - Saneamiento Categoría Plazas Vacantes A extinguir Encargado E 1 Oficial de segunda E 1 Peón E 1 TOTAL 3 2310- Asistencia social primaria Categoría Plazas Vacantes A extinguir Psicólogo A1 2 Operario de ayuda a domicilio E 1 Auxiliar Ayuda a domicilio E 3 TOTAL 6 3321 - Bibliotecas públicas Categoría Plazas Vacantes A extinguir Bibliotecario-a A2 1 TOTAL 1 3340 - Promoción cultural Categoría Plazas Vacantes A extinguir Auxiliar oficina juventud C2 1 Limpiador/a E 1 TOTAL 2 3341 – Promoción cultural general Categoría Plazas Vacantes A extinguir Auxiliar oficina juventud C2 1 TOTAL 1 3342 - Banda Director-a banda de música A2 1 TOTAL 1 - 4/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 5 4500 - Administración general de infraestructuras Categoría Plazas Vacantes A extinguir OFICIAL SERVICIOS MULTIPLES E 4 1 PEON SERVICIOS MULTIPLES E 7 OFICIAL PRIMERA CERRAJERÍA E 1 OFICIAL DE SEGUDNA E 2 OFICIAL SERVICIOS MULTIPLES E 1 OFICIAL ELECTRICISTA E 1 1 TOTAL 16 2 9200 - Administración General. Categoría Plazas Vacantes A extinguir Limpiador E 1 TOTAL 1 TOTAL 46 2 RETRIBUCIONES ÓRGANOS DE GOBIERNO SALARIO EXTRA TOTAL PARTID A ECO. SEG.SOCIAL PARTI DA ECO. TOTAL GENERAL 912 0 Alcalde- Presidente 44.659,68 7.443,28 52.102,96 10000 18.236,04 16000 70.339,00 912 0 Concejal 26.176,32 4.362,72 30.539,04 10000 10.688,66 16000 41.227,70 912 0 Concejal 24.149,16 4.024,86 28.174,02 10000 9.860,91 16000 38.034,93 912 0 Concejal 30.494,64 5.082,44 35.577,08 10000 12.451,98 16000 48.029,06 912 0 Concejal 21.097,20 3.516,20 24.613,40 10000 8.614,69 16000 33.228,09 912 0 Concejal 31.028,40 5.171,40 36.199,80 10000 12.669,93 16000 48.869,73 912 0 Concejal 26.176,32 4.362,72 30.539,04 10000 10.688,66 16000 41.227,70 912 0 Concejal 25.250,16 4.208,36 29.458,52 10000 10.310,48 16000 39.769,00 912 0 Concejal 17.974,56 2.995,76 20.970,32 10000 7.339,61 16000 28.309,93 Total 247.006,44 41.167,74 288.174,18 10000 100.860,96 16000 389.035,14 PERSONAL EVENTUAL Sub. Cargo SALARIO EXTRA TOTAL PARTIDA ECO. SEG.SOCIAL PARTIDA ECO. TOTAL GENERAL - 5/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 6 912.00.110.00-PERSONAL EVENTUAL 21.434,88 3.572,48 25.007,36 11000 8.752,58 16004 33.759,94 RESUMEN PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE EL PASO PARA EL AÑO 2025 El Plan Estratégico de Subvenciones del Iltre. Ayuntamiento de El Paso, se estructura en base a los siguientes preceptos. Artículo 1.- Naturaleza Jurídica El plan estratégico de subvenciones del Iltre. Ayuntamiento de El Paso es un instrumento de gestión de carácter programático, que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobación genera derechos ni obligaciones para la administración. Su efectividad queda condicionada a la aprobación de las correspondientes convocatorias de las diferentes líneas de subvención o subvenciones nominativas, así como de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. De esta manera, el correcto y efectivo establecimiento de las subvenciones recogidas en el presente plan requerirán las correspondientes consignaciones presupuestarias en el presupuesto municipal de la entidad y la consiguiente aprobación de las bases reguladoras de su concesión o el documento que proceda. Artículo 2.- Ámbito de aplicación y vigencia. El presente plan general de subvenciones será de aplicación al Iltre. Ayuntamiento de El Paso. La vigencia del presente plan se vincula al ejercicio presupuestario 2025. Si concurriese la circunstancia que finalizado el ejercicio económico 2025, no se aprobase un nuevo plan estratégico, se entenderá prorrogado el presente plan en aquellas líneas de actuación que tengan continuidad, teniendo en cuenta que deberán tener consignación presupuestaria suficiente para atender las necesidades comprometidas. Artículo 3.- Objetivos Generales. - 6/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 7 Los principales objetivos del presente plan estratégico son: 1. Cumplir con lo recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren un Plan Estratégico de Subvenciones 2. Mejorar y establecer un criterio homogéneo para la gestión de las subvenciones otorgadas por esta entidad. 3. Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones con la valoración de los aspectos de transversalidad, eficacia y eficiencia en la gestión de las diferentes líneas de ayudas. 4. Impulsar la simplificación administrativa y la transparencia, con la incorporación progresiva de la tramitación electrónica de las mismas y el apoyo al diseño de la nueva base de datos municipal de subvenciones para su publicación en la sede electrónica municipal. 5. Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de ayuda y subvenciones del Ayuntamiento, unos principios y bases de ejecución comunes. 6. Reglar el régimen al que ha de ajustarse la concesión y justificación de las subvenciones a tramitar por el Ayuntamiento. Artículo 4.- Principios Generales 1. Publicidad y transparencia. Este principio se concreta en la correspondiente convocatoria previa en la que se debe garantizar la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, todo ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de conformidad con lo establecido al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del presupuesto del Ayuntamiento y demás normativa que sea de aplicación. En lo relativo a la publicidad de las subvenciones concedidas, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 18 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2. Concurrencia, igualdad y no discriminación. Se concretan estos principios en el establecimiento de los requisitos a cumplir por los beneficiarios de las subvenciones que se convoquen. 3. Objetividad. Este principio exige actuar atendiendo a criterios objetivos, es decir, relacionados con el objeto sometido a consideración, teniendo en cuenta para ello lo establecido en las correspondientes convocatorias con el fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los interesados. 4. Eficiencia y eficacia. La eficacia se relaciona con la necesidad de cumplir con los objetivos marcados en el plan y la eficiencia se vincula con la asignación de los recursos públicos; teniendo que justificar la asignación de estos fondos. 5. La concesión de subvenciones se ajustará al principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. 6. Control. Se materializa mediante el estudio de los fines perseguidos por los solicitantes que deberán adecuarse a los principios de igualdad y no discriminación en las actividades que se financien. - 7/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 8 Artículo 5.- Líneas estratégicas El Iltre. Ayuntamiento de El Paso, establece las siguientes líneas estratégicas de subvención: • Línea Estratégica 1: Acción Social • Línea Estratégica 2: Cooperación al Desarrollo • Línea Estratégica 3: Asociacionismo y Participación. • Línea Estratégica 4: Promoción del Deporte. • Línea Estratégica 5: Dinamización Cultural y Educación. • Línea Estratégica 6: Medio ambiente y sostenibilidad • Línea Estratégica 7: Fomento Económico y Social. • Línea Estratégica 8: Vivienda Las cuantías previstas para cada una de las Líneas de los ejercicios son las recogidas en el Presupuesto anual del Ayuntamiento. La vigencia de estas líneas estratégicas de actuación para cada una de las líneas específicas quedará condicionadas y limitadas a la aprobación de las mismas en el correspondiente presupuesto anual y a sus correspondientes consignaciones presupuestarias. Artículo 6.- Beneficiarios De conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley General de Subvenciones, tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. Articulo 7.- Procedimiento de concesión El Iltre. Ayuntamiento de El Paso concederá subvenciones en los términos y con el alcance previsto en la Ley General de Subvenciones, mediante convocatoria pública o, excepcionalmente, a través de concesión directa. Cualquiera que sea el procedimiento, siempre se deberán respetar los principios establecidos en el artículo 5 de este plan. Artículo 8.- Concurrencia Competitiva Con carácter general las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva. En todo caso, las bases de la convocatoria en los procedimientos de concurrencia deberán contener, como mínimo, lo siguiente: 1. Definición del objeto de la subvención. 2. Requisitos que deberán reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención. 3. Requisitos formales de la solicitud 4. Procedimiento de concesión de la subvención. 5. Aplicación presupuestaria, cuantía y límites de la subvención. - 8/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 9 6. Criterios de valoración. 7. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la subvención y el plazo en que será notificada la resolución. 8. Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario, del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos. 9. Posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta y medidas de garantía que, en su caso procedan. 10. Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad. 11. Criterios de evaluación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión. Artículo 9.- Concesión directa. Según el artículo 28.1 de la Ley General de Subvenciones, los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de concesión directa previstas nominativamente en los presupuestos. En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de conformidad con lo previsto al respecto en la Ley General de Subvenciones, en la Ordenanza municipal reguladora de ayudas y subvenciones y en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Asimismo, las subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública, se tramitarán de acuerdo con lo previsto en la Ley General de Subvenciones, en la Ordenanza municipal reguladora de ayudas y subvenciones y en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de concesión directa. En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de conformidad con lo previsto al respecto en la LGS y en las Bases de Ejecución del presupuesto. Artículo 10.- Motivación Con la concesión de subvenciones, el Iltre. Ayuntamiento de El Paso, pretende fomentar la realización de actividades de interés general, así como la colaboración entre esta entidad local y los particulares para la gestión de actividades de interés público. Se aboga por Impulsar, promover y potenciar la participación de la sociedad de nuestro municipio en los distintos ámbitos de gestión municipal de interés concurrente, así como promocionar la inclusión social de los individuos mediante ayudas económicas a aquellos ciudadanos que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social, en defensa del principio de igualdad de oportunidades. La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el plan no se lleve a la práctica en sus propios términos. - 9/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 10 Artículo 11.- Plazos Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en las bases de la convocatoria, en el acuerdo de concesión en su caso, en el correspondiente convenio, o en la resolución que proceda. Es por ello por lo que el Plan recoge las subvenciones con un plazo de ejecución anual y también las que por su naturaleza tienen un plazo plurianual. Artículo 12. Costes Previsibles. El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico requerirá la existencia previa de los créditos correspondientes en el presupuesto municipal de cada año y la aprobación, en su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones, o, en casos específicos, de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión, o el acuerdo que apruebe la concesión directa. Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto. Los costes en cada caso se limitan a la cantidad que anualmente se fije en el Presupuesto General del Iltre. Ayuntamiento de El Paso. En todo caso, los créditos tienen carácter limitativo y vinculante, por lo que no podrán adquirirse compromisos de gasto superiores a su importe. Artículo 13. Financiación Las subvenciones a conceder a que hace referencia este Plan Estratégico se financian fundamentalmente con crédito del presupuesto municipal 2025. En el supuesto, de que durante la vigencia del Plan se tuviera conocimiento de concesión de una subvención al Ayuntamiento, esta no podría desarrollarse hasta que conste la firmeza de la financiación y se tramite el correspondiente expediente de generación de créditos. Correlativamente deberá modificarse el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 para incluir la nueva subvención. Artículo 14.- Contenido del plan estratégico de subvenciones. Las líneas de subvenciones para el ejercicio 2025 del presente plan se recogen en el anexo denominado “Anexo al Plan Estratégico de Subvenciones 2025”, en el que, se clasifican por área de gasto, especificando para cada una de ellas como mínimo: 1. Aplicación presupuestaria en la que se prevé la consignación del crédito correspondiente. 2. Concejalía concedente – área de competencia. 3. Destinatarios de las subvenciones. 4. Objetos y efectos pretendidos con la concesión 5. Modalidad de concesión para distinguir el procedimiento a aplicar en cada caso de conformidad con lo establecido al respecto en el presente plan. - 10/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 11 6. Plazo para su concesión 7. Coste 8. Financiación 9. Plan de acción 10. Indicadores Artículo 15.- Modificaciones Cualquier subvención que se pretenda conceder y no esté recogida en este documento, está condicionada a la previa modificación de este plan general de subvenciones. La introducción de nuevas líneas de subvención en el PES o la modificación de líneas ya incluidas, también estarán condicionadas a la modificación previa o simultánea del referido Plan. No será necesaria la modificación de este plan en los supuestos de modificación de líneas de subvención existentes, cuando la modificación consista en la variación del importe asignado a una subvención de la línea, siempre que el resto de los componentes de la misma permanezcan sin cambios, hecho este que deberá quedar acreditado en el expediente. Artículo 16.- Seguimiento, evaluación y control del plan De conformidad con el artículo 14.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones), el Plan será actualizado anualmente, con la información relevante disponible según lo dispuesto en este plan y en la medida de lo posible, para que pueda ser aprobado y en consecuencia entre en vigor a la misma vez que el presupuesto anual o en el plazo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto. En tanto se tramita dicha actualización, podrán concederse las subvenciones que estén dentro de los objetivos estratégicos y líneas contenidas en el presente Plan. De conformidad con el artículo 12.1. c) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, los diferentes servicios gestores, como responsables de la gestión de las diferentes líneas de subvenciones incluidas en dicho precepto, deberán establecer los indicadores y la periodicidad con la que serán analizadas. Estos indicadores estarán relacionados con los objetivos del Plan y deberán servir para ofrecer la información precisa para determinar el grado de consecución de los mismos. En todo caso, anualmente y con motivo de la Liquidación del Presupuesto del ejercicio anterior, los entes gestores elaborarán un informe anual de seguimiento y evaluación de la gestión de sus subvenciones, que será remitido a la Intervención municipal antes del 31 de marzo, de los que se dará cuenta, de forma conjunta, a la Junta de Gobierno Local. El referido informe/memoria anual de los entes gestores de subvenciones, contendrá como mínimo: - 11/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 12 1. Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones concedidas, justificadas, las renunciadas y las reintegradas (o en procedimiento de reintegro). 2. El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución. A tales efectos, para cada línea de subvención se deberán determinar los indicadores de cumplimiento de sus objetivos. 3. Las modificaciones realizadas sobre el Plan así como su justificación, durante la vigencia del mismo. 4. Los costes efectivos en relación con los previsibles, de su plan de acción y de sus indicadores cuantificables. Impacto y efectos sobre la realidad en la que se ha pretendido incidir. 5. Conclusiones o valoración global. 6. Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones. Lo anterior se entiende sin perjuicio del control financiero que corresponde a la Intervención General de acuerdo con el artículo 14.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. El control financiero de las subvenciones corresponderá a la Intervención General del Ayuntamiento y se realizará de conformidad con lo dispuesto al respecto en la legislación que resulte de aplicación, las normas y circulares internas que se aprueben y las bases de ejecución del presupuesto. Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de suministrar información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones impuesta por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Intervención General dictará las instrucciones oportunas con el fin de establecer el procedimiento mediante el cual los servicios gestores de las subvenciones remitan la información a dicho departamento. LISTADO DE SUBVENCIONES CONTEMPLADO EN EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2025 Entidad Aplicación Previsión 2025 SUBVENCIÓN AEA 1300.48000 1.500,00 SUBVENCIÓN GOSER 1300.48000 1.500,00 SUBVENCIÓN ALFA TANGO 1300.48000 3.500,00 Total 1300.48000 6.500,00 FIGURA EDUCADORA JUNTO CON AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE 2310.48000 10.000,00 AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL 2310.48000 60.000,00 Total 2310.48000 70.000,00 INDISPAL 2310.48001 1.000,00 ISONORTE 2310.48001 1.500,00 PROMEPAL 2310.48001 3.000,00 CARITAS 2310.48001 1.500,00 ASOCIACIÓN DISCAPACITADOS LA PALMA ADFILPA 2310.48001 400,00 PROGRAMA ÁREA DE MUJER IGUALDAD 2310.48001 3.000,00 BANCO DE ALIMENTOS 2310.48001 3.000,00 ASOCIACIONES (ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER, VIOLETAS, LGTBI, FUNCASOR) 2310.48001 6.000,00 CONVENIO RADIO ECCA 2310.48001 2.000,00 PLAZA S.S. ESCUELA INFANTIL 2310.48001 60.000,00 Total 2310.48001 81.400,00 ASOCIACIÓN TERCERA EDAD AXERJO 2311.48001 5.000,00 SUBVENCIÓN ASOCIACIONES DE MAYORES 2311.48001 8.000,00 - 12/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 13 Total 2311.48001 13.000,00 ASOCIACIÓN CORAL NTRA. SRA. DE EL PINO 3340.48000 7.200,00 CLUB AUTOMÓVILES ANTIGUOS DE EL PASO 3340.48000 11.000,00 CORAL POLIFÓNICA SAN NICOLÁS 3340.48000 1.200,00 ASOCIACIÓN CULTURAL MAYORES BRISAS EL PASO 3340.48000 3.000,00 CASA REGIONAL LA PALMA 3340.48000 500,00 AF CUMBRE NUEVA 3340.48000 4.000,00 AF VOLCÁN DE SAN JUAN 3340.48000 2.000,00 Total 3340.48000 28.900,00 AMPA LOS ALMENDROS ADAMANCASIS 3230.48000 2.000,00 AMPA DEYANIRA LA ROSA 3230.48000 1.500,00 AMPA BEJENAO IES. EL PASO 3230.48000 2.000,00 SUBV. COLECTIVO DE ESCUELAS RURALES CER VALLE ARIDANE 3230.48000 1.500,00 Total 3230.48000 7.000,00 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 3260.48000 100.000,00 Total 3260.48000 100.000,00 CONVENIO ASOCIACIÓN JUVENIL TEAM FOLELÉ 3341.48000 1.500,00 Total 3341.48000 1.500,00 CLUB DE LUCHAS LAS MANCHAS (1*) 3410.48000 45.000,00 CLUB DEPORTIVO VERDINEGRO (2*) 3410.48000 24.000,00 CLUB DEPORTIVO ATLÉTICO PASO 3410.48000 60.000,00 FÚTBOL SALA ÓNICE 3410.48000 7.000,00 LA ROSA 3410.48000 12.000,00 BALONCESTO ROQUE HUSO 3410.48000 8.500,00 SUBVENCIÓN ROQUE ADAMEN ESCUELA Y EQUIPO NACIONAL FEMENINO 3410.48000 68.500,00 CLUB DE LUCHAS TAJOGAITE 3410.48000 5.500,00 CLUB DEPORTIVO COLOMBÓFILO CIUDAD DE EL PASO 3410.48000 3.000,00 ASOCIACIÓN DEPORTIVA MENSAJERAS EL PASO 3410.48000 1.500,00 BRIPASO (3*) 3410.48000 12.000,00 CLUB BALONCESTO FEMENINO 3410.48000 4.000,00 GIMNASIA RÍTMICA 3410.48000 6.000,00 CLUB DE LUCHAS TENERCINA 3410.48000 10.000,00 SANTI CONCEPCIÓN 3410.48000 4.500,00 TAEKWONDO 3410.48000 1.500,00 CLUB DOMINO EL PASO 3410.48000 1.500,00 JUDO 3410.48000 2.000,00 Total 3410.48000 276.500,00 CONVENIO AYTO-OBISPADO EDIFICIOS SINGULARES IGLESIA N SEÑORA BONANZA 3360.48000 1.500,00 Total 3360.48000 1.500,00 CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN QUESO PALMERO 4100.48000 1.000,00 CONVENIO ADER 4100.48000 6.000,00 SUBVENCIÓN A GANADEROS 4100.48000 20.000,00 Total 4100.48000 27.000,00 CONVENIO CÁMARA COMERCIO 4314.48000 3.000,00 CONVENIO CÁMARA COMERCIO RUTA DEL GALLO 4314.48000 1.560,00 CONVENIO ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS EL PASO CRECE 4314.48000 22.999,00 OTRAS TRANSFERENCIAS 4314.48000 28.000,00 Total 4314.48000 55.559,00 SUBVENCIÓN COMERCIO 4314.48001 50.000,00 Total 4314.48001 50.000,00 SUBVENCIÓN A LA REPOSICIÓN DE VEHÍCULOS DE TAXI EN ELÉCTRICOS 4320.48001 25.000,00 Total 4320.48001 25.000,00 COMUNIDAD REGANTES EL PASO 4520.47900 18.030,36 Total 4520.47900 18.030,36 CONVENIO UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PROYECTOS I+D 4630.48000 3.000,00 - 13/14 - Firmado por: ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 21-05-2025 09:30:53 Registrado en: SALIDA - Nº: 2025-005980 Fecha: 21-05-2025 10:27 Nº expediente administrativo: 2025-001319 Código Seguro de Verificación (CSV): CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/CC8D14AC3C27258A8FA0E16027FC76A4 . Fecha de sellado electrónico: 21-05-2025 10:29:47 Fecha de emisión de esta copia: 07-04-2026 10:43:15 14 Total 4630.48000 3.000,00 ÓRGANO DE GOBIERNO 9120.48000 6.000,00 Total 9120.48000 6.000,00 SODEPAL 9200.48000 2.163,50 Total 9200.48000 2.163,50 SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN DE VECINOS LAS MANCHAS SUBVENCIÓN NOMINATIVA 9240.48000 5.000,00 Total 9240.48000 5.000,00 SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN DE VECINOS EL PASO DE ARRIBA "BRISAS DE EL PINO" SUB. NOM 9240.48001 5.000,00 Total 9240.48001 5.000,00 ASIGNACIÓN A GRUPOS POLÍTICOS 9240.48002 9.100,00 Total 9240.48002 9.100,00 En El Paso. EL ALCALDE, Fdo.: Eloy Martín Barreto. (Documento firmado electrónicamente) - 14/14 -