Expediente 653/2021 INFORME DE INTERVENCIÓN En cumplimiento de lo ordenado en virtud de Providencia de la Alcaldía, se informa sobre los extremos que se deducirán en consideración a los siguientes A N T E C E D E N T E S I.- Del expediente de la Liquidación del Presupuesto correspondiente al pasado ejercicio 2020, aprobada por Decreto de la Alcaldía nº 454/2020, de 25 de febrero de 2021, se desprende una serie de remanentes de crédito, por un importe global de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (2.759.286,38 €) que pueden incorporarse al Presupuesto de esta Entidad para el corriente ejercicio de 2021. II.- Por Providencia de la Alcaldía se ordena la incoación del oportuno expediente de incorporación de dichos remanentes para, previo el informe de Intervención, su aprobación. III.- Corresponde a la Intervención emitir informe acerca del expediente de incorporación de remanentes a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.3 de las Bases de Ejecución del Presupuesto. En cumplimiento de este deber, se emite el siguiente I N F O R M E Primero.- La incorporación de remanentes como modificación presupuestaria aparece regulada en los artículos 182 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 99 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril (R.D. 500), por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título VI de la anterior Ley, en relación con los artículos 47 y 48 de este último. Igualmente, el artículo 12 de las Bases de Ejecución del Presupuesto corriente contempla la incorporación de remanentes como modificación presupuestaria, determinando la necesidad de tramitación del oportuno expediente. Segundo.- En cuanto a la tramitación del expediente de incorporación de remanentes establece el artículo 12 de las Bases que, una vez incoado el mismo e informado por la Intervención, se elevará al Presidente de la Corporación para su aprobación. 1 Tercero.- Los remanentes de crédito que se pretenden incorporar al vigente presupuesto, según la providencia de la Alcaldía, con indicación de aplicación presupuestaria, denominación e importe, son los reseñados en la relación obrante en este expediente. Los remanentes relacionados, por importe de 2.775.268,97 €, a tenor de lo dispuesto en los artículos 182 de la L.R.H.L. y 47 del R.D. 500, se pueden conceptuar como remanentes de créditos procedentes de: a. Créditos extraordinarios, suplementos y transferencias de crédito que hayan sido concedidos o autorizados en el último trimestre del ejercicio. b. Créditos que amparen compromisos de gastos debidamente adquiridos en el ejercicio anterior. c. Créditos por operaciones de capital. d. Créditos que amparen proyectos financiados con ingresos afectados. Cuarto.- Como requisito ineludible para la incoación de este tipo de expediente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 99.2 del R.D. 500, deberá justificarse la existencia de recursos suficientes para financiar la incorporación de los remanentes. En tal sentido, el artículo 48.2 y 3 del R.D. 500 considera como recursos financieros el Remanente Líquido de Tesorería, los nuevos o mayores ingresos recaudados sobre los totales previstos en el presupuesto corriente y, en el caso de incorporación de remanentes de créditos para gastos con financiación afectada, los excesos de financiación y los compromisos firmes de aportación afectados a los remanentes que se pretenden incorporar. Quinto.- Como recursos para financiar la incorporación de que se trata, de entre los enumerados en el artículo 48 del R.D. 500, se estiman como adecuados los siguientes: Recursos de financiación Importe Excesos financiación y/o compromisos firmes de aportación 303.356,37 Remanente Líquido de Tesorería 2.455.930,01 TOTAL FINANCIACIÓN 2.759.286,38 Por tanto, procede la incorporación de remanentes procedentes del ejercicio 2020 al presupuesto corriente de 2021 para las aplicaciones presupuestarias y proyectos, con la denominación e importes mencionados en la relación emitida por esta Intervención y que se adjunta a la providencia de la Alcaldía, utilizando como 2 recursos para la financiación de la incorporación los excesos de financiación y compromisos firmes de aportación (303.356,37 €), por un lado, y el Remanente Líquido de Tesorería (2.455.930,01 €), por otro. Importa la presente incorporación de remanentes de crédito la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (2.759.286,38 €). No obstante ser competente la Alcaldía para la aprobación de este expediente, dado que el mismo hace causa de la Liquidación del Presupuesto de 2020 y que de la aprobación de la misma se debe dar cuenta al Pleno de la Corporación, se propone además que por el Pleno se tome conocimiento de aquél. Es todo cuanto cúmpleme informar. En El Paso. EL INTERVENTOR ACCTAL., (Documento firmado electrónicamente) 3