Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 1 de 37 EXPONEN CONVENIO MARCO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE LA PALMA PARA EL FOMENTO DE PROYECTOS SOCIALES EN MATERIA DE ACCION SOCIAL. En Santa Cruz de La Palma, a la fecha de la última firma electrónica del presente documento DE UNA PARTE, D. Sergio Javier Rodríguez Fernández, con DNI 42172780A, Presidente en nombre y Representación del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, con NIF P3800002B, especialmente facultado para este acto por acuerdo de Consejo de Gobierno adoptado en Sesión Ordinaria celebrada el 2 de junio de 2025, de conformidad con el art. 125.2. de la Ley 8/2015, de 01 de abril, de Cabildos Insulares. Y DE OTRA PARTE, D. Eloy Martin Barreto, con DNI 42184582Y, en calidad de Alcalde-Presidente en funciones del Ayuntamiento de el Paso con NIF P3802700I especialmente facultado para este acto por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria, celebrada el 04 de julio de 2025. Las partes se reconocen plena capacidad para la firma del presente Convenio Marco y en tal sentido, I. La Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, establece en su artículo 4, que el sistema público de servicios sociales de Canarias está integrado por el conjunto de recursos, equipamientos, proyectos, programas y prestaciones de titularidad pública y privada destinada al cumplimiento de los objetivos establecidos en esta ley. El sistema público de servicios sociales está integrado por los servicios sociales de titularidad pública y los de titularidad privada acreditados de acuerdo con lo que establece la presente ley. Todos estos servicios configuran conjuntamente la red de servicios sociales de atención pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, REUNIDOS - 1/37 - Ver firma Ver sello Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 2 de 37 destinados a la ciudadanía, en general, y, en particular, a las personas y colectivos más desfavorecidos, o que se hallaren en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. II. Atendiendo al artículo 50 de la citada ley, es competencia de los municipios crear, organizar y gestionar los servicios sociales de atención primaria y comunitaria previstos, así como la planificación de los servicios y prestaciones que sean de su competencia en su ámbito territorial, de acuerdo con lo establecido en el plan estratégico de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la planificación insular y, en su caso, en los planes sectoriales y especiales de ámbito autonómico o insular, en los en los términos establecidos en la ley y en las disposiciones que las desarrollen. Estableciendo, conforme al artículo 26 del mencionado texto legal, que son funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, entre otras muchas, la puesta en marcha de actuaciones de carácter preventivo y terapéutico tendentes a propiciar el desarrollo, la inclusión social de la población y la disminución de las situaciones de vulnerabilidad social, la identificación e intervención en situaciones de riesgo o exclusión social, la atención antes situaciones de urgencia o emergencia social. III. En base al artículo 49 de la referida ley, es competencia de los Cabildos Insulares prestar asistencia a los Ayuntamientos de su respectiva isla, preferentemente a los municipios con insuficiente capacidad económica o de gestión, para garantizar el establecimiento y adecuada prestación de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, así como cooperar con los ayuntamientos en la atención integral de las situaciones de riesgo o exclusión social; y concertar o conveniar, según corresponda, la gestión de servicios sociales, en su ámbito territorial con entidades públicas o de iniciativa privada, de conformidad en lo establecido en esta Ley y el resto de normativa vigente aplicable. Siendo, asimismo, que el artículo 8, de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, contempla la competencia de los Cabildos Insulares relativa a “la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio insular de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en ese ámbito”. - 2/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 3 de 37 IV. El artículo 12 de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores establece que a los Ayuntamientos de Canarias les corresponde las competencias de constitución de unidades administrativas o servicios específicos de atención a los menores; la creación y gestión de unidades de atención inmediata y permanente a los menores; la creación y fomento de escuelas de información y formación de quienes ejerzan o puedan ejercer funciones parentales y de los menores; la detección de situaciones de riesgo para los menores, en coordinación con los centros y unidades escolares y sanitarias de su ámbito territorial; la adopción, en colaboración con los consejos escolares, de las medidas necesarias para garantizar la escolarización obligatoria; y la declaración de la situación de riesgo, adoptando las medidas necesarias para la protección de los menores. Y visto que esta misma Ley determina en su artículo 11 que corresponderá a los Cabildos Insulares la cooperación económica para garantizar la efectiva prestación de los servicios municipales de atención a los menores, especialmente de aquéllos con menor capacidad financiera. VI. El artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de Derecho Público como Privado, siempre que no sean contrarios al ordenamiento jurídico, ni versen sobre materias no susceptibles de transacción, y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que, en su caso, prevea la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos, con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que le ponga fin. VII. El artículo 48.7 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que cuando el convenio instrumente una subvención deberá cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la normativa autonómica de desarrollo que, en su caso, resulte aplicable. VIII. Asimismo, en virtud del artículo 6.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico - 3/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 4 de 37 CLÁUSULAS español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece que “estarán también excluidos del ámbito de la presente Ley los convenios que celebren las entidades del sector público con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su contenido no esté comprendido en el de los contratos regulados en esta Ley o en normas administrativas especiales”. En razón de lo expuesto, deciden las partes suscribir el presente Convenio Marco con sujeción a las siguientes: PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO MARCO. El objeto del presente Convenio Marco es sintetizar el contenido de las subvenciones nominativas concedidas a los Ayuntamientos de la isla de La Palma en base al artículo 22.2 apartado a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones para sufragar el fomento de proyectos en materia de acción social. Teniendo como objetivo estratégico, mejorar la calidad de vida de los habitantes de la isla de La Palma, en especial de los más vulnerables, y objetivos específicos: a. Fomentar acciones dirigidas a la atención, promoción, formación de los colectivos vulnerables o con especiales dificultades de integración social y que complementen o suplan vacíos en las prestaciones de la red de servicios sociales de La Isla de Palma. b. Fomentar proyectos sociales orientados a, ayudas de emergencia social. c. Fomentar la inclusión social. d. Prevenir situaciones de riesgo psicosocial. SEGUNDA.- BENEFICIARIOS. Serán beneficiarios los ayuntamientos de la isla de la Palma que en el desarrollo de sus competencias en materia de atención social: primaria y comunitaria, puedan necesitar, crear, organizar y gestionar proyectos sociales, especialmente diseñados - 4/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 5 de 37 para cubrir vacíos en las prestaciones de la red de servicios sociales de La Isla de Palma y así dar respuesta preferentemente: - A situaciones de exclusión social. Entendiéndola como situación de pérdida de inclusión de las personas en el conjunto de la sociedad, que incluye no solo la falta de ingresos económicos y su alejamiento del mercado de trabajo, sino también un debilitamiento de los lazos sociales, un descenso de la participación social y una pérdida de derechos sociales. - A situaciones de urgencia social. Definida como aquella situación de necesidad, de carácter excepcional o que surja de forma extraordinaria y puntual, de las personas y que requiera de una actuación inmediata de los servicios sociales, sin la cual podría producirse un deterioro o agravamiento de la situación de necesidad acaecida. - A situaciones de necesidad personal básica. Concretadas como aquellas circunstancias en que se puedan encontrar personas sin hogar o sin soporte familiar, entendiendo como tales a las personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, que carezcan de alojamiento estable, adecuado, habitable y adaptado, así como de redes de apoyo personal o familiar. - A situaciones de desprotección infantil. Entendiendo la necesidad de prevenir, detectar y atender situaciones de desprotección infantil para la defensa efectiva de los derechos de la infancia y la adolescencia. - A situaciones de necesidad de cuidados en el entorno familiar con el fin de atender las situaciones de emergencia social y dar respuesta, acompañamiento y apoyos en las actividades de la vida diaria y prevenir pérdida de autonomía, mejorar su calidad de vida de sus habitantes - A situaciones de conflicto familiar para facilitar la convivencia y la inclusión social de las familias, abordando situaciones de crisis riesgo o vulnerabilidad familiar. - 5/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 6 de 37 TERCERA.- ENFOQUE METODOLÓGICOS DE LOS PROYECTOS EN MATERIA DE ACCION SOCIAL. El enfoque metodológico de la actividad subvencionada para el fomento de proyectos en materia de acción social atenderá a lo estimulado en el PREÁMBULO I de la Ley 16/2019, de 2 de mayo de servicios sociales de canarias: “Los servicios sociales constituyen uno de los servicios públicos del Estado del bienestar, integrados por el conjunto de servicios y prestaciones orientados a garantizar el derecho de todas las personas y grupos en que se integran a la protección social, en los términos recogidos en las leyes, y tienen como finalidad la prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas en su entorno, con el fin de alcanzar o mejorar su bienestar. Estos servicios, configurados como un elemento esencial del Estado del bienestar, están dirigidos a alcanzar el pleno desarrollo de los derechos de las personas en la sociedad durante todas las etapas de su vida y a promocionar la cohesión social y la solidaridad.” CUARTA.- CONTENIDO DE LOS PROYECTOS SOCIALES. El contenido de los proyectos sociales subvencionados atenderá, para cada caso, a lo establecido en el Titulo II. Catalogo de servicios y prestaciones del sistema público de servicios sociales y en específicos Capítulo II. Contenido del catalogo de servicios y prestaciones de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canaria. QUINTA.- OBLIGACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS. Los Ayuntamientos beneficiarios se obligan a lo siguiente: 1. La suscripción del presente Convenio Marco no implicará la existencia de vínculo jurídico laboral alguno entre el personal contratado y la Corporación Insular. Tampoco se producirá a la finalización de la vigencia del presente Convenio Marco, una subrogación empresarial del Cabildo en los términos previstos en el vigente Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. - 6/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 7 de 37 2. A fin de garantizar la debida confidencialidad, el servicio de atención y el personal que tenga relación directa o indirecta con la prestación del servicio objeto de este Convenio Marco guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento por razón de su actividad durante el periodo en que las personas mantengan su carácter de usuario e incluso después de éste, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. 3. Los Ayuntamientos se comprometen a colocar el logotipo del Excmo. Cabildo Insular de La Palma a los efectos de dar a conocer el carácter financiador en carteles, placas conmemorativas, material impreso medios electrónicos o audiovisuales, uniforme del personal prestatario del servicio, vehículos que utilicen para realizar el mismo o bien en menciones realizadas en medios de comunicación. A tal fin, la identidad corporativa que se deberán tener en cuenta será la siguiente. Excmo. Cabildo Insular de La Palma: Se podrá descargar este modelo de logotipo en la página web del Excmo. Cabildo Insular de La Palma; www.cabildodelapalma.es,de acuerdo con la siguiente ruta: inicio/cabildo/identidadcorporativa. 4. Los Ayuntamientos deben justificar la cuantía del importe de la subvención concedida de conformidad con la normativa vigente y siguiendo las indicaciones establecidas por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma. 5. Los Ayuntamientos reintegrarán la subvención por las causas y según el procedimiento establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba - 7/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 8 de 37 el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y cualquier otra normativa vigente incidente en la materia. 6. Acreditar por parte de los Ayuntamientos que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma y en los supuestos de hecho que se determine legalmente. 7. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. 8. Presentar, en un plazo máximo de dos meses desde la firma del presente Convenio Marco, una memoria técnica anual en la que se concreten los gastos para los que se solicita la subvención y la documentación complementaria que se establezca, así como ajustarse a dicha memoria en la ejecución de la misma. 9. Respetar las prohibiciones establecidas en el artículo 29.7 d) de la LGS, en relación con el artículo 68.2 del real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, en lo relativo a las personas o entidades vinculadas con los Ayuntamientos. 10. Cumplir en todo momento, lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa de aplicación. 11. Solicitar, en su caso, cuando el importe de un gasto subvencionable sea superior a 14.999,99€, como mínimo, tres ofertas diferentes, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.3 de la repetida LGS. 12. Cumplir las demás condiciones establecidas por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma en la resolución de abono de la subvención. - 8/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 9 de 37 SEXTA.- OBLIGACIONES DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA. 1. Abonar a los Ayuntamientos la cantidad que corresponda, conforme a lo establecido en la cláusula cuarta. 2. Asesorar técnicamente a los Ayuntamientos en aquellas cuestiones relacionadas con la ejecución del presente Convenio Marco. 3. Impulsar la implantación de proyectos en materia de servicios sociales acordes a los contemplado en la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, en el territorio insular, 4. Realizar tareas de seguimiento de las actividades subvencionadas para una correcta ejecución delo planificado. 5. Revisar, analizar, evaluar y gestionar las propuestas de mejora que las entidades locales hagan llegar, en aras a la evolución de las actividades subvencionadas y las necesidades de los ciudadanos de la isla. SÉPTIMA.- PLAZOS Y MODOS DE PAGO. El crédito de la anualidad para el total de los Ayuntamientos será el que se determine anualmente en el presupuesto General del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, El abono se realizará con carácter anticipado en virtud del artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, pudiendo efectuarse de manera fraccionada, una vez comprobado que los Ayuntamientos se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias (estatales y autonómicas), con la Seguridad Social y con el Cabildo Insular de La Palma, que hayan presentado justificación de las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores para la misma finalidad y que no están incursos en alguna de las prohibiciones para obtener dicha condición, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. - 9/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 10 de 37 Los Ayuntamientos deberán presentar en un plazo máximo de dos meses, desde la firma del presente Convenio Marco una memoria técnica anual en la que se concreten los gastos para los que se solicite la subvención y demás documentación complementaria que sea exigida por esta Corporación, dando lugar, el incumplimiento de esta condición a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas de la subvención y a la pérdida del derecho a recibir ningún otro pago. OCTAVA.- GARANTÍA. Asimismo esta Corporación Insular exime a los Ayuntamientos de la presentación de garantías frente a este pago anticipado fundamentando dicha actuación en el artículo del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. NOVENA.- COMPATIBILIDAD DE LA SUBVENCIÓN. Las subvenciones objeto de este Convenio Marco son compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados que, para el mismo objeto puedan obtener los Ayuntamientos, manteniendo en cualquier caso la obligación de comunicación establecida en la cláusula quinta. Si los ingresos obtenidos son superiores al coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad, así como la exigencia del interés de demora correspondiente. DÉCIMA.- GASTOS SUBVENCIONABLES. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en la resolución de incoación de la subvención, atendiendo a lo estipulado en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - 10/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 11 de 37 Dada la naturaleza de la subvención nominativa, y al amparo de los antecedentes citados, que permite definir que las actividades subvencionadas sean establecidas dentro del rango previsto en la cláusula segunda, en función de las necesidades concretas de cada territorio municipal, los gastos subvencionables serán establecidos en la resolución de abono de la subvención, una vez analizada la propuesta concreta, planteada por cada uno de los ayuntamiento insulares , conforme a la memoria del programa y plan de financiación presentado. Se priorizará la prevención y atención a los menores y sus familias en situación de riesgo psicosocial, haciendo obligatorio el gasto mínimo de 15.000 euros por municipio en los planes de financiación de los proyectos presentados. DECIMOPRIMERA.- SUBCONTRATACIÓN. Según lo establecido en el art. 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se prevé que los Ayuntamientos puedan subcontratar con terceros hasta el 100% de la actividad subvencionada. Se entiende que una entidad beneficiaria subcontratada cuando concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir los Ayuntamientos para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. Cuando la actividad concertada con terceros exceda del 20 por ciento del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontratación estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Que el contrato se celebre por escrito. b. Que la celebración del mismo se autorice previamente por la entidad concedente de la subvención en la forma que se determine en las bases reguladoras. - 11/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 12 de 37 Los contratistas quedarán obligados sólo ante los Ayuntamientos, que asumirá la total responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la Administración. Los Ayuntamientos beneficiarios de la subvención serán responsables de que en la ejecución de la actividad subvencionada concertada con terceros se respeten los límites que se establezcan en la normativa reguladora de la subvención en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos subvencionables, y los contratistas estarán sujetos al deber de colaboración previsto en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para permitir la adecuada verificación del cumplimiento de dichos límites. Los Ayuntamientos beneficiarios de la subvención, previa a la subcontratación, deberán solicitar al órgano concedente, autorización para la misma, indicando la actividad a subcontratar, porcentaje de la misma que se va a subcontratar, la entidad con la que se va a subcontratar, el contrato, en su caso u otros datos que se considerasen necesarios por los Ayuntamientos. Los Ayuntamientos presentarán certificado que acredite que no se ha contratado o no se va a contratar la ejecución total o parcial de la actividad subvencionada con las personas o entidades a las que se refiere el artículo 29.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: En ningún caso podrá concertarse por los Ayuntamientos la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con: a) Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de esta ley. b) Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación. - 12/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 13 de 37 c) Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados. d) Personas o entidades vinculadas con los Ayuntamientos, salvo que concurran las siguientes circunstancias: 1. Que se obtenga la previa autorización expresa del órgano concedente. 2. Que el importe subvencionable no exceda del coste incurrido por la entidad vinculada. La acreditación del coste se realizará en la justificación en los mismos términos establecidos para la acreditación de los gastos de los Ayuntamientos. e) Personas o entidades solicitantes de ayuda o subvención en la misma convocatoria y programa, que no hayan obtenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la valoración suficiente. A efectos de lo dispuesto en el artículo 29.7.d) se considerará que existe vinculación con aquellas personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad en las que concurran las circunstancias previstas en el artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Adicionalmente, se presentará una declaración responsable del representante legal del subcontratista con el que se haya subcontratado o se vaya a contratar la realización de la actividad en la que se acredite que la entidad no está incursa en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que en la misma no concurre ninguna de las causas previstas en los apartados b), c), d) y e) del apartado 7 del artículo 29 del mismo texto legal, así como en el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 4/2015 de 23 de octubre , del Texto Refundido de la Ley de Mercado de Valores. - 13/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 14 de 37 Los Ayuntamientos presentarán además, certificado de que el subcontratista se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente. DECIMOSEGUNDA.- JUSTIFICACIÓN DE GASTOS La justificación de la Subvención se efectuará conforme a lo establecido en la resolución de pago. El plazo máximo para su presentación es el 01 de abril del año siguiente al del periodo subvencionado. La ampliación del plazo de justificación podrá solicitarse como máximo hasta 15 días antes de que finalice el plazo para justificar, y este no podrá ampliarse más de dos meses del plazo inicial, es decir, como máximo hasta el 1 de junio del año en curso. DECIMOTERCERA.- VIGENCIA, La vigencia del presente Convenio Marco será de cuatro años, comenzando el 1 de enero de su año de firma. Será prorrogable por un periodo máximo de dos años, y su duración total no podrá superar los seis años. Habiendo mutuo acuerdo entre las partes, las prórrogas se acordarán mediante resolución de la Consejería en materia de Acción Social. El Convenio Marco estará sujeto, en todo caso y momento, a cualquier variación de contenido que se produzca en el marco de la normativa vigente en la materia de servicios sociales y atención a la infancia y familia, o en su caso a cualquier modificación de índole presupuestaria que afecte al sustento económico del texto. - 14/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 15 de 37 DECIMOCUARTA.- MODIFICACIÓN DEL CONVENIO. Tras la firma del Convenio Marco, se podrá modificar el mismo: A) A iniciativa propia por parte de este Excmo. Cabildo Insular de La Palma en consonancia con sus presupuestos anuales y plan estratégico de subvenciones. B) A solicitud de los Ayuntamientos, siempre que en este último supuesto se cumplan los siguientes requisitos: 1. La solicitud de modificación deberá satisfacer el interés general, lo que deberá ser justificado de forma suficiente en la misma, o en una memoria que la acompañe, indicándose expresamente que no se vulneran intereses de terceros ni se altera esencialmente la naturaleza u objetivos de la subvención, ni afecta al principio de competencia. 2. La modificación es un supuesto excepcional en los procedimientos de concesión de subvenciones u otro tipo de ayudas, no pudiendo estar motivada en razones de oportunidad o conveniencia. 3. La causa que justifica la petición por los Ayuntamientos no puede obedecer a culpa o negligencia por su parte. 4. Las causas de fuerza mayor o el caso fortuito pueden considerarse como supuestos habilitantes para, en concurrencia con los otros criterios exigidos, acceder a la modificación. 5. En la documentación debe quedar constancia, y así expresarse en la solicitud de los Ayuntamientos, sobre la viabilidad de las nuevas condiciones y/o, en su caso, del nuevo cronograma al que se someten las actuaciones subvencionadas, y que a pesar del tiempo transcurrido desde la concesión se mantenga indemne la naturaleza y los objetivos de la subvención. - 15/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 16 de 37 6. Se debe analizar en la solicitud de modificación la garantía o aseguramiento del cumplimiento futuro. Todas las modificaciones de este Convenio Marco serán realizadas mediante Resolución por titular de la Consejería del Servicio de Acción Social, previo informe de la Jefa de Servicio. DECIMOQUINTA.- COMISION PARITARIA. Se creará una comisión formada por dos representantes del Excmo. Cabildo Insular de La Palma y uno de cada Ayuntamiento que tendrá entre sus funciones el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio Marco y, más concretamente, las siguientes:  Resolver los problemas de cumplimiento que puedan plantearse respecto al Convenio Marco.  Participar en la selección del personal que vaya a prestar sus servicios. Los representantes del Cabildo Insular serán designados por la persona titular de la Consejería de Acción Social quien a su vez designará a la Presidencia y la Secretaría de dicha Comisión. El/la presidente/a de la Comisión decidirá, en el caso de votaciones, el resultado de empate con voto de calidad. DECIMOSEXTA.- RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio Marco podrá resolverse por las siguientes causas: a) Por mutuo acuerdo de las partes. b) Incumplimiento acreditado por una de las partes de cualquiera de sus - 16/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 17 de 37 estipulaciones. c) La falta o merma de la calidad en los servicios. d) Incumplir las obligaciones que impone la normativa vigente respecto al contenido y forma de prestación de los servicios. e) La obstaculización para la comprobación, vigilancia y requerimiento por parte de los servicios correspondientes del Cabildo Insular de La Palma. f) Por cualquiera de las causas previstas legalmente. g) Por no existir partida presupuestaria en el presupuesto general de la corporación insular Excmo. Cabildo Insular de La Palma. DECIMOSÉPTIMA.- DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. En el caso de que los Ayuntamientos no cumplieran los objetivos, actividades y proyectos, que fundamentaron la concesión de la subvención concedida, así como no cumplir los compromisos asumidos con motivo de la misma, procederá al reintegro total o parcial de la subvención concedida, atendiendo a los criterios establecidos en el presente Convenio Marco. Los Ayuntamientos deberán comunicar al Excmo. Cabildo Insular de La Palma los importes no ejecutados de la subvención concedida. Una vez recibida la comunicación de devolución voluntaria, el Excmo. Cabildo Insular de La Palma incoará expediente de reintegro. - 17/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 18 de 37 DECIMOCTAVA.- RÉGIMEN SANCIONADOR. Los Ayuntamientos quedarán sometidos al régimen sancionador en materia de subvenciones que establece el Título IV de la Ley 38/2003 y el Título IV del Reglamento de la citada Ley. DECIMONOVENA.- CONTROL FINANCIERO. El control financiero de las subvenciones otorgadas con cargo a los presupuestos del Excmo. Cabildo Insular de La Palma se ejercerá conforme a lo establecido en el Título III de la Ley General de Subvencione y por la Intervención General de la Corporación, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Audiencia de Cuentas de Canarias y al Tribunal de Cuentas. VIGÉSIMA.- INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO. El incumplimiento del presente convenio por alguna de las partes dará lugar a la resolución del mismo. La parte afectada por el incumplimiento deberá justificar de manera motivada dicho incumplimiento y solicitar expresamente la resolución del Convenio. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el/ la deudor/a ingrese el reintegro si es anterior a esta, en los supuestos contemplados en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Con carácter general, serán aplicables las condiciones y el procedimiento del reintegro previsto en el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General - 18/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 19 de 37 de Subvenciones, teniendo en cuenta que la referencia que en la misma se realiza a la Intervención General del Estado se entiende referida a la Intervención General del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. VIGÉSIMOPRIMERA.- CRITERIOS DE GRADUACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO. El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidos en el presente Convenio Marco, dará lugar a la pérdida del derecho de cobro de las subvenciones de las que se trate, y/o obligación de reintegrar esta, conforme a lo dispuesto en el Título II de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, y en el Título III del Real Decreto 887/2006 de 21 de junio por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley. Los criterios generales de graduación de incumplimiento son los que se indican a continuación: 1. La obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que la hubieran impedido. En este caso, procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. 2. El incumplimiento total y manifiesto de lo objetivos, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención para los que se concedió la subvención, determinado a través de los mecanismos de seguimiento y control de la misma. En este caso, procederá el reintegro total de la cantidad percibida, y en su caso de la pérdida del derecho de cobro de las cantidades pendientes de percibir. 3. El incumplimiento parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. En caso de incumplimiento parcial, la cantidad a reintegrar será un porcentaje de lo percibido equivalente al porcentaje de incumplimiento. 4. El incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, lo cual conllevará la devolución de las cantidades percibidas y no justificadas o justificadas indebidamente, y en su caso, la pérdida del derecho al cobro de las cantidades pendientes de percibir. 5. El incumplimiento de las obligaciones de adoptar las medidas de difusión - 19/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 20 de 37 contenidas en este Convenio Marco dará lugar al reintegro de un 1,75% de lo percibido. 6. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En este caso, procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. 7. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los Ayuntamientos, así como de los compromisos por este asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. En caso de incumplimiento parcial, la cantidad a reintegrar será un porcentaje de lo percibido equivalente al porcentaje de incumplimiento. 8. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los Ayuntamientos, así como de los compromisos por este asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En caso de incumplimiento parcial, la cantidad a reintegrar será un porcentaje de lo percibido equivalente al porcentaje de incumplimiento. 9. En el supuesto contemplado en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003 General - 20/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 21 de 37 de Subvenciones procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste total de la actividad subvencionada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente. 10. En el supuesto de subcontratación sin la comunicación previa de dicha circunstancia, se procederá al reintegro íntegro de la cantidad destinada a dicha subcontratación. En el supuesto de subcontratación con entidades vinculadas de las previstas en el artículo 29.7.d) la Ley 38/2003 General de Subvenciones y artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006 de 21 de junio por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley, sin contar con autorización previa, se procederá al reintegro íntegro de la cantidad destinada a dicha subcontratación. VIGESIMOSEGUNDA.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE El presente Convenio Marco posee carácter administrativo, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico-administrativo, con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contencioso-administrativa. - 21/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 22 de 37 ANEXO I SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL SOLICITUD DATOS DE LA ENTIDAD NIF Razón social Teléfono correo electrónico Dirección CP Municipio DATOS DE LA PERSONA REPRESENTATE LEGAL DE LA ENTIDAD NIF Nombre y Apellidos Teléfono Correo electrónico SOLICITA Subvención para la financiación de la realización del proyecto denominado: Por importe de euros: € Con abono anticipado de la misma Total Fraccionado y la exención en la presentación de garantías y con el compromiso de la posterior justificación. Solicita autorización para la subcontratación de la actividad (en caso afirmativo, adjuntar la documentación según artículo 29 de la Ley 38/2003, 17 de noviembre, General de Subvenciones). SI NO Solicita autorización para la subcontratación de la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario. SI NO - 22/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 23 de 37 DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la entidad solicitante: - Que no está incursa en ninguna de las prohibiciones para acceder a la condición de beneficiario o entidad colaboradora recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones - Ser conocedor de la obligación de comunicar al órgano responsable cualquier variación relativa a la subvención que pudiera producirse en lo sucesivo. - Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud, así como la documentación que se acompaña. Documentación que se aporta:  NIF de la Entidad.  Certificado de Cargo.  NIF de la persona representante legal de la entidad.  En su caso, Estatutos de la entidad solicitante, debidamente registrados en el Registro Oficial correspondiente.  Memoria del programa y Plan de Financiación.  Certificado de estar al corriente de las obligaciones con Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica, Seguridad Social y Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Consejo Insular de Aguas y Escuela Insular de Música (Deberá aportarse solamente en el supuesto que no se otorgue consentimiento para su consulta).  Consentimiento Consulta  Modelo de Alta de Terceros del Excmo. Cabildo Insular de La Palma.  En el supuesto que la entidad realice subcontratación de la actividad subvencionable según lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberá presentar la documentación correspondiente de solicitud de autorización de subcontratación. FIRMA DE LA PERSONA REPRESENTANTE SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA - 23/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 24 de 37 ANEXO II SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL CERTIFICADO DE CARGO D./Dña. _______________________________________________, con NIF nº ______________ (Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento /Entidad Sin Ánimo de Lucro) __________________________________________________________. CERTIFICA QUE D./Dña. _____________________________________________________________________, con NIF nº _______________ continua a fecha de la firma del documento en el cargo de _____________________________________de la entidad __________________________________. Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido el presente con el Visto Bueno de la persona Representante Legal de la Entidad. Secretario/a-Interventor/a Vº Bueno Representante legal de la entidad. - 24/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 25 de 37 ANEXO III SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL MEMORIA DEL PROGRAMA Y PLAN DE FINANCIACIÓN IDENTIFICACIÓN DEL PROGRAMA 1. PERSONA JURÍDICA NIF Razón social Teléfono correo electrónico Dirección CP Municipio 2. RESPONSABLE DEL PROGRAMA Categoría Profesional Nombre y Apellidos Teléfono correo electrónico 3. DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA 4. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA 5. PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA PERÍODO DE EJECUCIÓN PREVISTO FECHA DE INCIO FECHA DE FINALIZACIÓN 6. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO 7. PERSONAS BENEFICIARIAS DEL PROGRAMA (Nº y características de las personas beneficiarias) 8. FUNDAMENTACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROGRAMA 9. OBJETIVOS PREVISTOS DEL PROGRAMA Objetivos que se pretenden alcanzar - 25/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 26 de 37 Resultados esperados 10. ACTIVIDADES DEL PROGRAMA Descripción de la actividad Nº personas beneficiarias Temporalización Lugar 11. RECURSOS HUMANOS Nº Categoría profesional Funciones Horas semana / profesional 12. RECURSOS MATERIALES CONCEPTO DISPONIBLE / NO DISPONIBLE 13. PRESUPUESTO Y PLAN DE FINANCIACIÓN GASTOS DE PERSONAL Categoría Profesional Salario Bruta mensual Seguridad Social a cargo de la empresa mensual Coste total para el período de ejecución del proyecto Importe del coste total a financiar con Fondos Propios Importe del coste total a financiar con otras Subvenciones Importe del coste total para el cual se solicita la subvención TOTAL 14. GASTOS DE ACTIVDADES Concepto del gasto Coste total para el período de ejecución del proyecto Importe del coste total a financiar con Fondos Propios Importe del coste total a financiar con otras Subvenciones Importe del coste total para el cual se solicita la subvención TOTAL 15. GASTOS DE MANTENIMIENTO Concepto del gasto Coste total para el período de ejecución Importe del coste total a financiar con Importe del coste total a financiar Importe del coste total para el cual - 26/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 27 de 37 del proyecto Fondos Propios con otras Subvenciones se solicita la subvención TOTAL 16. EVALUACIÓN Indicadores de evaluación a aplicar Sistemas y modelos de evaluación a aplicar 17. PLAN DE FINANCIACIÓN PREVISIÓN DE INGRESOS IMPORTES (€) Fondos propios Subvenciones públicas o privadas Subvención Excmo. Cabildo Insular de La Palma TOTAL INGRESOS PREVISIÓN DE GASTOS IMPORTES (€) Gastos de personal Gastos en actividades Gastos mantenimiento TOTAL GASTOS FIRMA DEL ALCALDE/SA- PRESIDENTE/A Y/O REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD - 27/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 28 de 37 ANEXO IV MODELO DE ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN ENRÉGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA 22.1 a) (NOMINATIVAS) A. DATOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONA SOLICITANTE (o Persona Representante de la Entidad Beneficiaria): Denominación Entidad o nombre de la persona beneficiaria DNI/CIF: Domicilio: Localidad: Código Postal: Teléfono: Móvil: Correo electrónico: Nombre de la persona representante: DNI: Domicilio: Localidad: Código Postal: B. DATOS DE LA SUBVENCIÓN Fecha de la resolución de la concesión de la subvención: Número de expediente: Objeto subvención: Importe subvención: C. DECLARACIÓN ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN (Marcar la casilla con un X en caso de aceptación) La persona abajo firmante, en calidad de persona representante legal de la Entidad Beneficiaria, ACEPTA expresamente la Subvención concedida por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma que arriba se indica, con estricta sujeción a lo establecidos en la Resolución de Concesión, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo, así como por lo dispuesto en las Bases de Ejecución el Presupuesto en vigor. Así mismo, la persona abajo firmante solicita; EL PAGO ANTICIPADO DE LA SUBVENCIÓN (Marcar la casilla con un X en caso de aceptación). La persona beneficiaria - La persona representante de la Entidad Beneficiaria - 28/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 29 de 37 ANEXO V SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL MEMORIA DE ACTUACIÓN JUSTIFICATIVA IDENTIFICACIÓN DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO 1. ENTIDAD BENEFICIARIA: NIF: Razón Social: 2. DENOMINACION DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO: Fecha de la Memoria del Programa y Plan de Financiación presentada para la solicitud de la subvención o la de su posterior modificación. (Si ha sido objeto de subsanación poner la fecha de la memoria definitiva): 3. RESPONSABLE DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO: Categoría profesional: Nombre y apellidos: Teléfono: Correo electrónico: 4. PERIODO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA. Fecha de inicio: Fecha de finalización: 5. SUBCONTRATACIÓN DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO. Cumplimentar únicamente en caso de subcontratación. Subcontratación Total Subcontratación Parcial: Actividades Mantenimiento Personal Entidad/es subcontratada/s: 6. PERSONAS/COLECTIVOS BENEFICIARIAS. Colectivos Usuarios/as beneficiarios/as Nº Usuarios/as beneficiarios Infancia y Familia Juventud Mujeres/Igualdad/Diversidad Personas con Discapacidad Personas Mayores Otros (Población general) TOTAL BENEFICIARIOS/AS Descripción de las personas o colectivos beneficiarios del programa - 29/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 30 de 37 7. OBJETIVOS. Añadir tantas filas como sea necesario Reflejar los objetivos contemplados en la memoria de solicitud Se cumplió (SI o NO) Reflejar el objetivo reformulado Causa modificación 8. ACTIVIDADES. Añadir tantas filas como sea necesario. Reflejar las actividad contempladas en memoria de solicitud Acciones que la desarrollaron Nº de usuarios previstos (100%) Nº de usuarios participantes Porcentaje de resultados Lugar de la actividad 9. RECURSOS HUMANOS: Añadir tantas filas como sea necesario. Relacionarlos en el mismo orden que el ANEXO FICHA GASTOS PERSONAL. Trabajador/a Categoría profesional Jornada laboral destinada a la actividad subvencionada (horas/semana) Duración del contrato 10. RECURSOS MATERIALES: Relacionar los recursos materiales utilizados para el desarrollo de la actividad subvencionada. Añadir tantas filas como sea necesario. Concepto 11. EVALUACIÓN. Evaluación del programa ejecutado teniendo en cuenta los sistemas de evaluación e indicadores planteados en la solicitud de la subvención. 12. PROPUESTAS DE MEJORA: FIRMA DEL SR./SRA. ALCALDE/SA-PRESIDENTE/A Y/O REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD - 30/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 31 de 37 ANEXO VII SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL MEMORIA ECONÓMICA ABREVIADA “CERTIFICADO PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN – ENTIDADES LOCALES” ESPACIO PARA EL ESCUDO DEL AYUNTAMIENTO D/DÑA. …………………………………, SECRETARIO/A-INTERVENTOR/A DEL AYUNTAMIENTO DE……………………  CERTIFICA:  Que según los datos obrantes en esta Intervención, se ha recibido e incorporado al Presupuesto de esta Corporación la cantidad de…………………… euros, correspondiente a una subvención del Área de Acción Social, Igualdad, Diversidad, vivienda y Salud del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, para la financiación de “………………”, en el Ejercicio 202…., habiéndose destinado a la ejecución del objeto de la subvención.  La subvención recibida se ha destinado al cumplimiento de la finalidad objeto de la subvención.  Que el coste total de ejecución de la actividad subvencionada (obligaciones reconocidas por el Ayuntamiento a 31 de diciembre del año 202….) ascendió a ………… euros, según el siguiente desglose: GASTOS IMPORTE (€) Gastos de personal Gastos de actividades Gastos de mantenimiento Otros gastos TOTAL  Que Sí / No (tachar o eliminar lo que no proceda) se han recibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de entidades públicas o privadas destinadas a la misma finalidad (en caso afirmativo citar procedencia e importe ).  Que la aportación de Fondos Propios del Ayuntamiento a la ejecución del objeto de la subvención ha sido de………… euros.  Que Sí / No (tachar o eliminar lo que no proceda), se obtuvieron ingresos específicos obtenidos del desarrollo de la actividad subvencionada (Si se obtuvieron ingresos específicos indicar su importe y descripción).  Que se han realizado las siguientes actuaciones de verificación y comprobación establecidas en la Resolución de concesión: - 31/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 32 de 37  Verificación de que la naturaleza, cuantía y características de los gastos realizados se corresponden con la naturaleza de las actividades subvencionadas.  Comprobación de que los gastos efectuados cumplen los requisitos para su consideración como gastos subvencionables.  Comprobación de que los justificantes acreditativos de los gastos efectuados cumplen con los requisitos establecidos en el apartado de “GASTOS SUBVENCIONABLES” de la Resolución de concesión, y que están comprendidos dentro del periodo de ejecución de la actividad subvencionable.  Que los gastos han sido efectivamente pagados entre la fecha de inicio de la actividad subvencionada y la fecha de finalización del plazo para justificar.  Que no se ha concertado la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con algunas de las personas o entidades a las que se refiere el artículo 29.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en consonancia con lo establecido en el artículo 68.2 del Real Decreto 88/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como que no se ha fraccionado el objeto de un contrato con el objeto de disminuir la cuantía del mismo y eludir el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 29.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.  Que en la ejecución de la actividad subvencionada concertada con terceros se han respetado los límites que se establecen en la Resolución de concesión en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos subvencionables (artículo 29.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).  Que el importe subvencionado, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no excede del coste de la actividad subvencionada (artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). Y para que conste, a efectos de justificación de la subvención concedida por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, expido la presente Certificación de orden y con el visto bueno del Sr/Sra. Alcalde/Alcaldesa presidente/a, en ………………., a ………….. de …………….. de 20…. Vº Bº Acalde/sa - Presidente/a Interventor/a o Secretario/a Interventor/a - 32/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 33 de 37 ANEXO VIII - FICHA DE GASTOS DE PERSONAL: (cumplimentar ficha por profesional) SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL -MEMORIA ECONÓMICA ABREVIADA DENOMINACIÓN DEL PROYECTO: ________________________________________________________INICIO DEL CONTRATO: _____________________________ JORNADA LABORAL DEL CONTRATO (hora/semana)______________________________ CATEGORÍA PROFESIONAL: _____________________________________________________________FINALIZACION DEL CONTRATO: ______________________JORNADA LABORAL IMPUTADA AL PROYECTO (hora/semana)______________________ NOMBRE Y APELLIDOS: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ FECHA DE INICIO BAJA IT________________________FECHA DE FINALIZACION IT___________________NOMBRE Y APELLIDOS TRABAJADOR/A SUSTITUTO:____________________________________________________________________________ MESES 1. IMPORT E NETO DE LA NÓMINA 2. FECHA PAGO NETO NÓMINA 3. SEGURIDAD SOCIAL A CARGO DE LA PEMPRESA 4. SEG. SOCIAL TRABAJ ADOR 5. DESC UENT OS POR IT 6. TOTAL SEG. SOCIAL ((3+4)-5) 7. FECHA PAGO RLC (ANTIGUO TC1) 8. RETENCIÓ N IRPF MOD. 111 9. FECHA PAGO MODELO 111 10. COSTE TOTAL (1+6+8) (*) 11. IMPORTE NETO DE LA NÓMINA QUE SE IMPUTA A SUBV. CABILDO 12. IMPORTE DEL TOTAL DE LA SEG. SOCIAL QUE SE IMPUTA A SUBV. CABILDO (A INVALIDAR EN TC) 13. RETENCIÓN IRPF (MOD.11) QUE SE IMPUTA A SUBV. CABILDO 14. COSTE TOTAL IMPUTADO A FONDOS PROPIOS 15. COSTE TOTAL IMPUTADO A OTRA-S SUBV. DEL PROYECTO ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL (*) Para cualquier otro concepto que afecte al coste del trabajador (como bonificaciones de la Seguridad Social) se añadirá una columna para cada una de ellas y se tendrá en cuenta para el cálculo del "COSTE TOTAL". Firma secretario/a-interventor/a - 33/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 34 de 37 ANEXO VIII - FICHA DE GASTOS DE PERSONAL. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL -MEMORIA ECONÓMICA ABREVIADA MESES 1. IMPORTE NETO DE LA NÓMINA 3. SEGURIDAD SOCIAL A CARGO DE LA PEMPRESA 4. SEG. SOCIAL TRABAJADOR 5. DESC UENT OS POR IT 6. TOTAL SEG. SOCIAL ((3+4)-5) 8. RETENCIÓN IRPF MOD. 111 10. COSTE TOTAL (1+6+8) (*) 11. COSTE TOTAL IMPUTADO A SUBV. CABILDO 12. COSTE TOTAL IMPUTADO A FONDOS PROPIOS 14. COSTE TOTAL IMPUTADO A OTRA-S SUBV. DEL PROYECTO (**) 15. GASTOS PERSONAL IMPUTADOS A SUBVENCIÓN CABILDO SEGÚN LO SOLICITADO O MODIFICACIÓN AUTORIZADA 16. DESVIACIONES CON RESPECTO A LO SOLICITADO O MODIFICACIÓN AUTORIZADA (11-15 TOTAL GASTOS PERSONAL (*) Para cualquier otro concepto que afecte al coste del trabajador (como bonificaciones de la Seguridad Social) se añadirá una columna para cada una de ellas y se tendrá en cuenta para el cálculo del "COSTE TOTAL" (**) Añadir una columna por cada subvención, ayuda, ingreso o recurso percibido para la misma actividad subvencionada, indicando la procedencia. Firma secretario/a-interventor/a - 34/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 35 de 37 ANEXO IX - FICHA DE GASTOS ACTIVIDADES. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL -MEMORIA ECONÓMICA ABREVIADA DENOMINACIÓN DEL PROYECTO: 1. NÚMERO DE FACTURA 2. DENOMINACIÓN DE LA EMPRESA /MONITOR 3. NIF 4. FECHA FACTURA 5. CONCEPTO 6. IMPORTE FACTURA (BASE IMPONIBLE + IGIC) 7. IMPORTE RETENCIÓN IRPF (en caso de facturas con retención por IRPF),.. 8. FECHA PAGO MODELO 111 Ó 115 9. IMPORTE NETO FACTURA (6-7) 10. FECHA DE PAGO FACTURA (1) 11. IMPORTE FACTURA IMPUTADO A LA SUBVENCIÓN DEL CABILDO (importe columna 6 imputado a la subvención del Cabildo 12. IMPORTE RETENCIÓN IRPF (7) IMPUTADO A LA SUBVENCIÓN DEL CABILDO 13. IMPORTE FACTURA (6.) IMPUTADO A FONDOS PROPIOS 15. IMPORTE FACTURA (6) IMPUTADO A OTRAS SUBVENCIONES (importe columna 6 imputado a otras subvenciones) (citar procedencia de subvención) (*) 16. GASTOS ACTIVIDADES IMPUTADOS A LA SUBVENCIÓN DEL CABILDO SEGÚN LO SOLICITADO O MODIFICACIÓN AUTORIZADA 17. DESVIACIONES CON RESPECTO A LO SOLICITADO O MODIFICACIÓN AUTORIZADA (11-16) CONTROL DATO COLUMNA 9 CONTROL DATO COLUMNAS 11 A 14 TOTALES (*) Añadir una columna por cada subvención, ayuda, ingreso o recurso percibido para la misma actividad subvencionada, indicando la procedencia. La persona abajo firmante declara ser ciertos los datos contenidos en la presente Ficha Justificativa de Gastos de Actividades de la realización del proyecto Firma del/ de la representante de la entidad - 35/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 36 de 37 ANEXO X - FICHA DE GASTOS DE MANTENIMIENTO. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL -MEMORIA ECONÓMICA ABREVIADA DENOMINACIÓN DEL PROYECTO: 1. NÚMERO DE FACTURA 2. DENOMINACIÓN DE LA EMPRESA /MONITOR 3. NIF 4. FECHA FACTURA 5. CONCEPTO 6. IMPORTE FACTURA (BASE IMPONIBLE + IGIC) 7. IMPORTE RETENCIÓN IRPF (en caso de facturas con retención por IRPF),.. 8. FECHA PAGO MODELO 111 Ó 115 9. IMPORTE NETO FACTURA (6-7) 10. FECHA DE PAGO FACTURA (1) 11. IMPORTE FACTURA IMPUTADO A LA SUBVENCIÓN DEL CABILDO (importe columna 6 imputado a la subvención del Cabildo 12. IMPORTE RETENCIÓN IRPF (7) IMPUTADO A LA SUBVENCIÓN DEL CABILDO 13. IMPORTE FACTURA (6.) IMPUTADO A FONDOS PROPIOS 15. IMPORTE FACTURA (6) IMPUTADO A OTRAS SUBVENCIONES (importe columna 6 imputado a otras subvenciones) (citar procedencia de subvención) (*) 16. GASTOS ACTIVIDADES IMPUTADOS A LA SUBVENCIÓN DEL CABILDO SEGÚN LO SOLICITADO O MODIFICACIÓN AUTORIZADA 17. DESVIACIONES CON RESPECTO A LO SOLICITADO O MODIFICACIÓN AUTORIZADA (11-16) CONTROL DATO COLUMNA 9 CONTROL DATO COLUMNAS 11 A 14 TOTALES (*) Añadir una columna por cada subvención, ayuda, ingreso o recurso percibido para la misma actividad subvencionada, indicando la procedencia. La persona abajo firmante declara ser ciertos los datos contenidos en la presente Ficha de Gastos de mantenimiento de la realización del proyecto Firma del/ de la representante de la de la entidad - 36/37 - Firmado por: JUAN ANTONIO BERMEJO DOMINGUEZ - DNI 42179969Q - Firma Externa Fecha: 11-08-2025 14:23:22 ELOY MARTÍN BARRETO - Alcalde Presidente Fecha: 12-08-2025 09:41:50 Registrado en: ENTRADA - Nº: 2025-012419 Fecha: 12-08-2025 07:41 Nº expediente administrativo: 2025-002592 Código Seguro de Verificación (CSV): 4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/4106BB25DD9BEA5CB4876E506A2E1DFF . Fecha de sellado electrónico: 12-08-2025 10:31:10 Fecha de emisión de esta copia: 20-04-2026 13:02:15 Consejería de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud Página 37 de 37 ANEXO XI SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA DE ACCIÓN SOCIAL MEMORIA DE DIVULGACION DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO *: Medios y/o herramientas que se utilizaron para dar a conocer la subvención concedida, (incluye nuevas tecnologías de la información y redes sociales, con cumplimento expreso de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales). Añadir tantas filas como sea necesario. Nº Acciones realizadas Fecha Medios utilizados Herramientas utilizados Inclusión de la imagen institucional del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, la identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias y del logotipo de “Dependencia La Palma”. Leyendas relativas a la financiación pública en carteles, placas conmemorativas o materiales impresos: medios electrónicos o audiovisuales Otros medios de difusión (indicar): Se deberán acreditar los medios de difusión utilizados para la adecuada publicidad de la actividad y su financiación por parte del Excmo. Cabildo Insular de La Palma y en su caso el Gobierno de Canarias, aportando reportaje fotográfico de las actuaciones o cualquier otro documento acreditativo. Se podrán incluir mediante links de descarga o links a repositorios en nubes de almacenamiento otros documentos digitales que permitan una mejor clarificación y justificación de las actividades efectivamente realizadas en cumplimiento de la publicidad de financiación del proyecto subvencionado. FIRMA DEL SR. ALCALDE-PRESIDENTE/A - 37/37 -