CONVENIO ADMINISTRATIVO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE EL PASO Y LA FUNDACIÓN CANARIA DESTILERÍAS AREHUCAS En Canarias, REUNIDOS De una parte, Dº SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, en representación de dicha Corporación, en uso de las facultades que le atribuyen los artículos 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. Y de otra parte, Dº RAFAEL MÉNDEZ MARTÍN en su calidad de Presidente del patronato de la FUNDACIÓN CANARIA DESTILERÍAS AREHUCAS (la FUNDACIÓN en lo sucesivo), con NIF nº G05409420, inscrita con el número 375 en el Registro de Fundaciones Canarias y con domicilio en Calle Era de San Pedro, nº2, Arucas, facultado para la firma del presente convenio en virtud de lo dispuestos en los estatutos fundacionales y del acuerdo del patronato de fecha 10 de mayo de 2021. Las partes intervinientes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad para obligarse y formalizar el presente convenio administrativo de colaboración y, en su virtud, EXPONEN PRIMERO.- El Municipio de El Paso ha tenido que afrontar en los últimos meses una situación de excepcionalidad extrema como consecuencia de la erupción volcánica de Cumbre Vieja. El nivel de daños en infraestructuras públicas y privadas ha sido de tal magnitud que se han tenido que arbitrar todo tipo de mecanismos de colaboración pública y privada para intentar paliar los daños causados. El Ayuntamiento de El Paso ha movilizado todos sus recursos y capacidades para prestar asistencia a los vecinos y vecinas del municipio en esta situación extraordinaria. En este contexto, se ha revelado como especialmente útil la colaboración desinteresada de miles de personas y entidades, que han contribuido de distintas maneras a proveer de recursos económicos, materiales y humanos para atender a la situación de emergencia. SEGUNDO.- Que la FUNDACIÓN AREHUCAS fue constituida por su fundador, DESTILERÍAS AREHUCAS S.A., como expresión de su compromiso con la responsabilidad social corporativa, dirigida a la mejora sostenible de la sociedad y de las comunidades locales en las que desarrolla su actividad 1 Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-03-2022 11:28:38 Ver firma Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003626 Fecha: 28-03-2022 12:25 Nº expediente administrativo: 2022-000357 Código Seguro de Verificación (CSV): 5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B - 1/5 - Fecha de sellado electrónico: 25-03-2022 20:22:10 Fecha de emisión de esta copia: 11-04-2022 10:58:40 Ver sello CONVENIO Número: 5/2022 Fecha: 21-06-2022 industrial y empresarial. Para ello persigue, entre otros, los siguientes fines: a) promover o participar en la realización de actividades de carácter formativo, lúdico, divulgativo, científico, artístico, cultural o deportivo; b) promover la sostenibilidad ambiental, social y económica, así como el comportamiento socialmente responsable de empresas, particulares e instituciones; c) colaborar con la empresa fundadora en la ejecución de sus actividades de responsabilidad social corporativa y en la promoción y apoyo a proyectos e iniciativas de interés general en las comunidades locales con las que tenga especial vinculación; d) colaborar con la empresa fundadora en la promoción y divulgación de su historia y en la protección y conservación de su patrimonio y acervo histórico y cultural; e) cuantos otros contribuyan, a juicio del patronato, a la mejor consecución de los objetivos generales de la fundación. De acuerdo con sus Estatutos, para la consecución de sus fines la fundación podrá colaborar con particulares, empresas, entidades e instituciones públicas y privadas en la preparación, diseño o ejecución de proyectos, programas y actividades relacionados con los fines fundacionales.. TERCERO.- Que ambas partes tienen interés en colaborar en las tares vinculadas a la reparación de los daños causados por la erupción volcánica de Cumbre Vieja, con arreglo a las siguientes ESTIPULACIONES PRIMERA.- OBJETO. El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre las partes para las tareas de reparación de los daños ocasionados por la erupción del volcán de Cumbre Vieja. SEGUNDA.- NATURALEZA Y RÉGIMEN. El convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 47 y ss. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En consecuencia, se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en su artículo 6.2. El convenio se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; demás normativa que resulte de aplicación y por sus propias estipulaciones. 2 Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-03-2022 11:28:38 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003626 Fecha: 28-03-2022 12:25 Nº expediente administrativo: 2022-000357 Código Seguro de Verificación (CSV): 5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B - 2/5 - Fecha de sellado electrónico: 25-03-2022 20:22:10 Fecha de emisión de esta copia: 11-04-2022 10:58:41 El convenio no implicará, en ningún caso, cesión de la titularidad de las competencias que correspondan al Ayuntamiento de El Paso. TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1. La FUNDACIÓN se compromete a realizar una aportación económica de DOS MIL EUROS (2.000 €) que irá dirigida a costear los gastos de estancia del colectivo de voluntarios que se viene desplazando desde el Municipio de Arucas para colaborar con el Ayuntamiento de El Paso en las labores de desescombro y recogida de cenizas. 2.- EL Ayuntamiento se compromete a destinar la aportación económica recibida a cubrir los gastos señalados en el apartado anterior. 3.- La FUNDACIÓN podrá realizar colaboraciones económicas adicionales en caso de resultar necesario y posible de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias. CUARTA.- APORTACIONES ECONÓMICAS. El presente convenio comporta obligaciones económicas exclusivamente con cargo a la Fundación, que se hará efectiva mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente ES57 3076 0480 6710 0761 6723. QUINTA.- INTERLOCUCIÓN Y SEGUIMIENTO. Se crea una Comisión de Seguimiento, que estará integrada por un representante designado por cada una de las partes firmantes. La presidencia corresponderá al representante designado por el Ayuntamiento. La Comisión velará por la correcta ejecución del convenio, realizará el seguimiento de las actividades y resolverá sobre las cuestiones que se planteen en torno a su interpretación y aplicación. Además, establecerá sus propias normas de funcionamiento. SEXTA.- COLABORACIÓN ENTRE LAS PARTES. Las partes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta de lo pactado. SÉPTIMA.- VIGENCIA. El presente convenio producirá efectos desde la fecha de su firma y estará vigente durante todo el año 2022. 3 Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-03-2022 11:28:38 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003626 Fecha: 28-03-2022 12:25 Nº expediente administrativo: 2022-000357 Código Seguro de Verificación (CSV): 5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B - 3/5 - Fecha de sellado electrónico: 25-03-2022 20:22:10 Fecha de emisión de esta copia: 11-04-2022 10:58:41 OCTAVA.- MODIFICACIÓN. Las partes podrán acordar la modificación del convenio, que deberá formalizarse por escrito. NOVENA.- EXTINCIÓN. El presente convenio se extinguirá, además de por el transcurso de su periodo de vigencia, por las causas de extinción y con los efectos previstos en los artículos 51 y 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En cualquier caso, la extinción del convenio deberá realizarse en términos que permitan la finalización de las actividades que ya se hubieran iniciado. DÉCIMA.- CONSECUENCIAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. El incumplimiento reiterado de sus obligaciones por cualquiera de los firmantes habilitará a los demás para resolverlo unilateralmente. El incumplimiento deberá ser denunciado previamente en el seno de la Comisión de Seguimiento o mediante escrito dirigido a las contrapartes. DÉCIMOPRIMERA.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. El presente convenio no afectará a la titularidad de los derechos de propiedad intelectual e industrial de cualquiera de las partes, ni se considerará como una cesión de derechos u otorgamiento de cualquier licencia o derecho para usar derechos de propiedad intelectual. Cualquier propiedad intelectual que, en su caso, se genere por una de las partes durante el curso de sus actividades en virtud del presente convenio será propiedad de la parte que la desarrolla. Las partes quedan autorizadas para utilizar los logotipos y signos distintivos de las otras o los generados para el proyecto a los efectos exclusivos de la publicidad de su colaboración y siguiendo las indicaciones de su titular acerca de su uso o los acuerdos que se alcancen al respecto. DÉCIMOSEGUNDA.- DE LAS CUESTIONES LITIGIOSAS. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación de este convenio de colaboración, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes y, en 4 Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-03-2022 11:28:38 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003626 Fecha: 28-03-2022 12:25 Nº expediente administrativo: 2022-000357 Código Seguro de Verificación (CSV): 5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B - 4/5 - Fecha de sellado electrónico: 25-03-2022 20:22:10 Fecha de emisión de esta copia: 11-04-2022 10:58:41 defecto de acuerdo, el conocimiento de estas cuestiones corresponderá a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, considerándose firmado en la fecha de la firma de la última de las partes. Firmado por ***4957** RAFAEL ALFREDO MENDEZ (R: ****0942*) el día 12/04/2022 con un certificado emitido por AC Representación 5 Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-03-2022 11:28:38 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003626 Fecha: 28-03-2022 12:25 Nº expediente administrativo: 2022-000357 Código Seguro de Verificación (CSV): 5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/5C882B9FB26BBAC747C10547256CBF8B - 5/5 - Fecha de sellado electrónico: 25-03-2022 20:22:10 Fecha de emisión de esta copia: 11-04-2022 10:58:41