CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN ‘INSTITUTO FOCAN’ ENTIDAD JURÍDICA ADMINISTRACIÓN CONDE SL Y LA EMPRESA AYUNTAMIENTO EL PASO PARA LA REALIZACIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DEL ALUMNADO PARTICIPANTE EN LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN DE OFERTA 2021. REUNIDOS Por el CENTRO COLABORADOR: D. CRISTÓBAL CASTRO HENRÍQUEZ, con D.NI. nº 43.665.224-T, en nombre y representación del centro ‘INSTITUTO FOCAN’, entidad jurídica ADMINISTRACIÓN CONDE SL con CIF/NIF nº B38801619 y domicilio social en calle CALVARIO Nº 17, LOS LLANOS DE ARIDANE, C.P.: 38760 y teléfono 922 462 648. Y POR LA ENTIDAD: D. SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, con DNI Nº 42172780A, en nombre y representación de la entidad AYUNTAMIENTO DE EL PASO con CIF nº P3802700I y domicilio social en AVDA. ISLAS CANARIAS Nº 18, Municipio EL PASO provincia SANTA CRUZ DE TENERIFE teléfono 922 485 130. DECLARAN PRIMERO. - Que se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para la negociación y firma del presente convenio. SEGUNDO. - Que el objeto del presente convenio es facilitar por parte de la empresa AYUNTAMIENTO DE EL PASO la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo (FCT) al alumnado de los Certificados de Profesionalidad con código SSCS0108 de la acción formativa nº 21-38/000836 especialidad ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS EN EL DOMICILIO, impartido en el Centro ‘INSTITUTO FOCAN’ entidad jurídica ADMINISTRACIÓN CONDE SL. TERCERO. - La entidad AYUNTAMIENTO DE EL PASO tiene actividad suficiente para acoger al alumnado en prácticas y dispone de las condiciones de espacio y mobiliario necesarios para el desarrollo de las capacidades de la acción formativa señalada. Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-05-2022 14:19:25 Ver firma Registrado en: CONVENIOS - Nº: 4/2023 Fecha: 06-03-2023 11:59 Nº expediente administrativo: 2022-002375 Código Seguro de Verificación (CSV): A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 . - 1/7 - Fecha de sellado electrónico: 08-06-2022 13:23:52 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:05:28 Ver sello CONVENIO Número: 4/2023 Fecha: 06-03-2023 ACUERDAN Suscribir el presente convenio de colaboración para la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo, de conformidad con lo establecido en Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE nº159, de 5 de julio de 2017), el RD 34/2008 de 18 de enero, que regula los Certificados de Profesionalidad (BOE nº27, de 31 de enero de 2008), el Real Decreto RD 1379/2008 de 1 de Agosto modificado por el RD 721/2011 de 20 de Mayo correspondiente a esta especialidad formativa y la Convocatoria de concesión de subvenciones para este tipo de acción formativa así como la Resolución de concesión sobre la misma y el Manual de Gestión pertinente, además de las cláusulas que establece este Convenio y todas aquellas normas que sean de aplicación y que ambas partes conocen y acatan. Por todo ello se firma el presente Convenio con las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA. - Objeto. - El objetivo del presente convenio es facilitar por parte de la empresa suscriptora la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo (FCT) al alumnado de la/s acción/es formativa/s que figura en el cuadro adjunto, del Subsistema de Formación para el Empleo, impartidos en el centro de formación que suscribe el presente convenio. Nº Curso Especialidad Horas de prácticas 21-38/000836 SSCS0108 - ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS EN EL DOMICILIO 120 SEGUNDA. - Relación entre el alumnado en prácticas y la entidad La relación entre el alumnado y la empresa en la que realiza las prácticas profesionales, que en ningún caso será de carácter laboral, se efectuará dentro del marco previsto por la legislación aplicable en materia de Formación Profesional para el Empleo y su normativa de desarrollo, sin perjuicio de cualquier otra que fuera de aplicación. Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-05-2022 14:19:25 Registrado en: CONVENIOS - Nº: 4/2023 Fecha: 06-03-2023 11:59 Nº expediente administrativo: 2022-002375 Código Seguro de Verificación (CSV): A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 . - 2/7 - Fecha de sellado electrónico: 08-06-2022 13:23:52 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:05:28 La empresa no podrá cubrir ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo con un alumno/a en prácticas, salvo que se establezca al efecto una relación laboral retribuida. En este caso, se considerarán extinguidas las prácticas con respecto a este alumno/a, debiendo la empresa comunicar este hecho al Centro de formación para formalizar su baja. TERCERA. - Inicio de las prácticas y póliza de accidentes. Las prácticas se iniciarán en la fecha que se comunique en el documento establecido al efecto. Con carácter previo, el centro de formación presentará la siguiente documentación al Servicio Canario de Empleo: – Convenio debidamente firmado y sellado entre la empresa y el centro colaborador – Programa formativo (anexo VIII de la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre) El centro de formación formalizará, antes del inicio de las prácticas, una póliza de accidentes de los alumnos y alumnas, facilitando copia de la misma a la empresa, que deberá tener contratadas las siguientes coberturas: - Fallecimiento por accidente: importe asegurado de treinta y seis mil euros (36.000 Euros). - Invalidez absoluta y permanente por accidente: importe asegurado de cuarenta mil euros (40.000 Euros). - Invalidez permanente parcial por accidente: importe que corresponda según baremo. - Asistencia ilimitada sanitaria por accidente, más el riesgo “in itinere”. En todo caso, el alumnado quedará exento de la responsabilidad civil por daños frente a terceros producidos durante la realización de prácticas en empresas, siendo responsable el centro de formación, para lo que podrá concertar una póliza. En cada centro de trabajo donde se vaya a impartir el módulo de FCT deberá constar: – Copia u original de la póliza de seguro del alumnado suscrita por el centro colaborador – Convenio – Autorización de la alumna o alumno menor de edad – Ficha relación de las alumnas y alumnos iniciales y tutor o tutora. – Control de asistencia. – Programa formativo según modelo Anexo VIII, Orden ESS 1897/2013 y escala evaluativa. – Documentación para el seguimiento en las visitas presenciales al alumnado. Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-05-2022 14:19:25 Registrado en: CONVENIOS - Nº: 4/2023 Fecha: 06-03-2023 11:59 Nº expediente administrativo: 2022-002375 Código Seguro de Verificación (CSV): A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 . - 3/7 - Fecha de sellado electrónico: 08-06-2022 13:23:52 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:05:28 CUARTA. Contenido del módulo de prácticas. Con el fin de garantizar que las actividades a desarrollar por el alumnado en el módulo F.C.T. se ajusten al certificado realizado, se tendrá en cuenta el contenido de las mismas establecido en el correspondiente Real Decreto que regule dicho certificado; sin perjuicio de que dichas actividades puedan ser supervisadas por parte del Servicio Canario de Empleo a través del personal que tenga asignado para esta tarea. El centro de formación y la empresa elaborarán conjuntamente el programa formativo de acuerdo con lo que establezca cada certificado de profesionalidad. Dicho programa formativo, que se adjuntará al convenio, incluirá criterios de evaluación observables y medibles, debiendo constar los departamentos de trabajo por los que rotará el alumno/a y las tareas a desarrollar, con sus horas correspondientes, así como el seguimiento y evaluación de los alumnos/as y su evaluación final de acuerdo con los criterios de evaluación del mencionado módulo de prácticas. QUINTA. - Desarrollo de las prácticas El módulo de formación práctica se desarrollará en los centros de trabajo que tengan actividad suficiente para acoger al alumnado en prácticas, siempre que dispongan de espacio y mobiliario necesario para el desarrollo de las mismas. CENTRO DE TRABAJO DIRECCIÓN AYUNTAMIENTO EL PASO AVDA. ISLAS CANARIAS Nº 18 38750 – EL PASO. Con carácter general, las prácticas no superarán las 40 horas semanales. El número de horas diarias de las prácticas no podrá ser superior a 8, ni inferior a 4, salvo cuando exista simultaneidad con el curso, en cuyo caso sí podrá ser inferior a 4 horas, sin que la suma total de horas del curso y horas de prácticas supere las 8 horas diarias. En el desarrollo de las prácticas, se tendrá en cuenta el horario de los centros de trabajo. El horario fijado deberá estar comprendido entre las 8:00 y las 22:00 horas, salvo para aquellos certificados que por su naturaleza impidan que se desarrollen dentro de este horario, en cuyo caso se acordará con el centro de formación, aportando al SCE informe motivado que se refleje en el programa formativo de las prácticas. SEXTA. - Sistema de tutoría para el seguimiento y evaluación de la realización de las prácticas Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-05-2022 14:19:25 Registrado en: CONVENIOS - Nº: 4/2023 Fecha: 06-03-2023 11:59 Nº expediente administrativo: 2022-002375 Código Seguro de Verificación (CSV): A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 . - 4/7 - Fecha de sellado electrónico: 08-06-2022 13:23:52 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:05:28 En el seguimiento y valoración de las prácticas realizadas, de acuerdo con la programación establecida, intervendrá, de una parte, el formador o formadora del centro de formación y, de otra, personal de la empresa donde se realizan las prácticas. Las funciones principales del tutor o tutora del centro de formación son: 1. Acordar el programa formativo con la empresa. 2. Realizar, junto con la tutoría asignada por la empresa, el seguimiento y la evaluación del alumnado. Respecto al seguimiento y evaluación del alumnado programará una serie de actividades con objeto de facilitar el desarrollo de este módulo, entre las que se incluyen: 1. Explicar al alumnado las condiciones tecnológicas de la empresa (actividades, puestos de trabajo, seguridad y salud laboral; etc.) 2. Presentar a los alumnos en la empresa. 3. Periódicamente (en función de la duración del módulo) visitar la empresa para realizar el seguimiento de las actividades. 4. Acción tutorial con los alumnos y alumnas (dificultades, aclaraciones; etc.). 5. Planificar y realizar la evaluación del alumnado junto con el tutor o tutora de empresa. Para ello se tendrá en cuenta lo establecido sobre procedimientos, métodos e instrumentos de evaluación La empresa donde se desarrollen las prácticas designará un/a tutor/a que desempeñe una actividad igual o afín a la especialidad en la que haya sido formado el alumnado que tendrá las siguientes funciones: 1. Dirigir las actividades formativas de las alumnas y alumnos en el centro de trabajo. 2. Orientar al alumnado durante el periodo de prácticas no laborales en la empresa 3. Valorar el progreso del alumnado y evaluarlos junto con el tutor o tutora del centro formativo. En cualquier momento del desarrollo de las prácticas, el SCE podrá visitar las instalaciones de la empresa para supervisar las condiciones de realización de las prácticas que figuran en el presente convenio y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para ello. SÉPTIMA. - Baja e incidencias del alumnado en prácticas. Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-05-2022 14:19:25 Registrado en: CONVENIOS - Nº: 4/2023 Fecha: 06-03-2023 11:59 Nº expediente administrativo: 2022-002375 Código Seguro de Verificación (CSV): A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 . - 5/7 - Fecha de sellado electrónico: 08-06-2022 13:23:52 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:05:28 La empresa, previa comunicación al centro de formación, podrá excluir de la participación en las prácticas a aquellos alumnos y alumnas que: a) Incurran en más de tres faltas de asistencia no justificadas en un mes. a) Incurran en faltas de puntualidad, incorrecto comportamiento, o falta de aprovechamiento, a criterio del responsable del seguimiento de las mismas, previa audiencia al interesado o interesada. b) Lo soliciten motivadamente. En todos los citados casos, así como cuando se produzcan variaciones en las fechas de ejecución de las prácticas, horario, suspensión etc.…, la empresa está obligada a comunicar de forma inmediata al centro de formación esta circunstancia. OCTAVA. - Derechos y obligaciones. - La empresa deberá comunicar a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras los convenios de prácticas que se suscriban. - El centro de formación y la empresa elaborarán conjuntamente el seguimiento y evaluación final del alumnado de acuerdo con los criterios de evaluación del mencionado módulo de prácticas. - El centro de formación deberá presentar al SCE dentro de los 30 días siguientes a la finalización de las prácticas la siguiente documentación elaborada conjuntamente con la empresa consistente en: 1. Controles de asistencia. 2. Escala evaluativa en base al anexo VIII de la Orden ESS1897 y sistema de seguimiento del tutor del Centro Colaborador, debidamente cumplimentada y firmada por los tutores que aparecen asignados en el Programa formativo (anexo VIII) y mecanizadas en el aplicativo SISPECAN. NOVENA. - Vigencia. Este convenio entrará en vigor desde la fecha de la firma del mismo y finalizará una vez que el alumno o alumna haya completado el nº de horas de prácticas establecido en la cláusula, PRIMERA del presente convenio. DÉCIMA. - Causas de extinción. Serán causas de extinción del convenio: a. El cese de la actividad de la empresa. b. Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas. Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-05-2022 14:19:25 Registrado en: CONVENIOS - Nº: 4/2023 Fecha: 06-03-2023 11:59 Nº expediente administrativo: 2022-002375 Código Seguro de Verificación (CSV): A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 . - 6/7 - Fecha de sellado electrónico: 08-06-2022 13:23:52 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:05:28 c. El mutuo acuerdo entre las partes firmantes del mismo. d. El incumplimiento de alguna de las cláusulas establecidas en el convenio. e. La modificación por alguna de las partes de las cláusulas del presente convenio. f. La denuncia del convenio por cualquiera de las partes, siempre que se hubiese realizado con una antelación suficiente a la fecha de finalización. UNDÉCIMA. - Se autoriza al Centro de formación y al SCE, al tratamiento informático de sus datos y la tramitación documental de todos los procesos que lleva la tramitación de prácticas en empresas, a los efectos dispuestos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa de desarrollo. Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firmas el presente documento, considerándose firmado en la fecha de la firma de la última de las partes. Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-05-2022 14:19:25 Registrado en: CONVENIOS - Nº: 4/2023 Fecha: 06-03-2023 11:59 Nº expediente administrativo: 2022-002375 Código Seguro de Verificación (CSV): A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/A0E24378F31321B64D2CB6C341C82F09 . - 7/7 - Fecha de sellado electrónico: 08-06-2022 13:23:52 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:05:28