CONVENIO ENTRE EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE EL PASO Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA PALMA, PARA DESARROLLAR ACTUACIONES, EN MATERIA DE VIVIENDA, PARA LOS AFECTADOS POR LA ERUPCIÓN VOLCÁNICA DE CUMBRE VIEJA Y EL INCENDIO DE INTERFAZ URBANO En La Palma, De una parte, Dº Sergio Javier Rodríguez Fernández, Alcalde-Presidente del lustre Ayuntamiento de El Paso, con CIF nº P3802700I y domicilio en Avda. Islas Canarias, nº 18, actuando en virtud de lo dispuesto en los artículos 21.1º.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 16.3º de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y 31.1º.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, y facultado para la firma del presente Convenio por autorización de la Junta de Gobierno, en acuerdo adoptado en sesión extraordinaria urgente celebrada el 7 de julio de 2022. Y de otra parte, Dª Beate Dorothea Ricken, en su calidad de Decana del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, con CIF nº Q-3800530B y domicilio en C/ Virgen de La Luz, nº 11 de Santa Cruz de La Palma, facultada para la firma del presente convenio en virtud de lo establecido en los Estatutos Particulares del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma (BOC nº 245, de 22 de diciembre de 2017) y según acuerdo de Junta de Gobierno adoptado en sesión celebrada 18 de enero de 2022. Las partes intervienen con la representación que ostentan y en el ejercicio de las facultades que sus respectivos cargos les confieren, se reconoce mutua capacidad para obligarse y convenir y en orden al mismo, EXPONEN PRIMERO.- El Ayuntamiento de El Paso es la institución que asume en el municipio las competencias recogidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, concretamente en su artículo 25 cuyo apartado a) establece como competencias municipales las relativas, entre otras, al planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística, Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Ver firma Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 1/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 Ver sello promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera y conservación y rehabilitación de la edificación. Por su parte, el Colegio de Arquitectos de La Palma es una Corporación de Derecho Público, integrada por los Arquitectos a él incorporados, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines legales y estatutarios, que entre sus fines esenciales tiene el de procurar el perfeccionamiento de la actividad profesional al servicio de la sociedad, en atención a la consideración de la Arquitectura y el Urbanismo como funciones sociales de interés público dirigidas a la protección y mejora de la calidad de vida y el medio ambiente; a la realización del derecho de todos a una vivienda digna y un entorno adecuado. Asimismo, entre las funciones de este Colegio oficial se encuentra la de prestar su colaboración en las materias de su competencia, para lo que podrá celebrar convenios con los organismos respectivos. SEGUNDO.- En el Boletín Oficial de Canarias nº 16, de 24 de Enero de 2022, rectificado por corrección de errores (B.O.C. nº 17, de 25 enero de 2022) se publicó el Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales, legales o en situación asimilada, destruidas por las coladas de la erupción volcánica acaecida a partir del 19 de septiembre de 2021. Como señala la Exposición de Motivos del mencionado Decreto ley, la gravedad de los daños producidos en viviendas hace necesaria la adopción de medidas extraordinarias que permitan la reconstrucción y rehabilitación de las mismas sin sujeción a las normas que rigen su legitimación en una situación de normalidad. En esta línea, el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma cuenta con un Inventario de proyectos, que, por un coste mínimo de gestión, ponen a disposición de todas aquellas personas del Muncipio que se han visto afectadas, por la erupción volcánica de Cumbre Vieja o el incendio de interfaz urbano de agosto de 2021, con la pérdida de la vivienda que constituía su residencia habitual, con el objetivo de que una vez seleccionado un proyecto de ejecución de los contenidos en el mencionad inventario, puedan reconstruir su vivienda en un terreno de su propiedad. TERCERO.- En relación al coste que los promotores deberán abonar para hacer uso de uno de estos proyectos, dependerá de la superficie construida del proyecto elegido, estableciendo una superficie máxima de 150,00 m2 distribuida en una tipología de vivienda unifamiliar aislada de una planta de altura. Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 2/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 En base a este criterio, el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, ha establecido la siguiente tabla de honorarios en función de la superficie construida (m²) de cada edificio: TABLA 1.A. – BAREMOS HONORARIOS PROYECTO (*) EDIFICIOS RESIDENCIALES IMPORTE VIVIENDAS (SUPERFICIE CONSTRUIDA POR UNIDAD) (IGIC NO INCLUIDO) ≤ 70 M² 1.500,00 Euros 71 – 150 M² 2.500,00 Euros (*) Los precios establecidos se han en elaborado en función de un precio de referencia por metro cuadrado de tipología residencial (obra nueva), estimado en 800,00 Euros / m2. Asimismo, el Colegio ha fijado los honorarios para la Dirección de obra de esos proyectos de ejecución conforme a la tabla siguiente: TABLA 1.B. – BAREMOS HONORARIOS DIRECCIÓN DE OBRA EDIFICIOS RESIDENCIALES IMPORTE VIVIENDAS (SUPERFICIE CONSTRUIDA POR UNIDAD) ≤ 70 M² 500,00 Euros 71 – 150 M² 800,00 Euros Los mencionados honorarios incluyen las visitas de obra, el seguro de responsabilidad civil y la tramitación de la documentación relativa al certificado final de obra. Los acuerdos y honorarios serán gestionados por la Tesorería del COALP, quién hará las funciones de intermediación entre las partes. Dicha supervisión supondrá un coste de gestión de 100,00 Euros (IGIC no incluido), que se descontará del precio establecido por Proyecto. CUARTO.- El Ayuntamiento de El Paso, como uno de los municipios afectados de la erupción volcánica de Cumbre Vieja y el incendio de interfaz urbano acaecido en agosto del año 2021, ha considerado asumir el coste de los honorarios por la redacción de los proyectos de ejecución, para la reconstrucción de viviendas destruidas por la erupción volcánica de Cumbre Vieja y por el incendio de interfaz urbana de agosto del 2021, incluidos en el Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 3/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 Inventario de proyectos con el que, para tal fin, cuenta el Colegio de Arquitectos de La Palma, El Ayuntamiento también asumirá los honorarios profesionales que se devenguen en concepto de Dirección de Obra de los referidos proyectos de ejecución, de acuerdo a las tarifas fijadas por el Colegio oficial de Arquitectos de La Palma. Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO El Ayuntamiento de El Paso conviene con el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma la puesta en marcha de una serie de actuaciones que, en materia de vivienda, se van a desarrollar en el ámbito local, para facilitar a los ciudadanos de este Municipio afectados con la pérdida de su vivienda habitual por la erupción volcánica de Cumbre Vieja o el incendio de interfaz urbano de agosto de 2021, la construcción de nuevas viviendas de conformidad con la regulación contenida en el Decreto-ley 1/2022, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la Isla de La Palma. SEGUNDA.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN. El ámbito de actuación territorial del presente Convenio se circunscribe al término municipal de El Paso. TERCERA.- OBLIGACIONES Y COMPROMISOS ECONÓMICOS DE LAS PARTES. El Ayuntamiento de El Paso se compromete a: 1. Asumir el coste de los honorarios profesionales por la redacción de los proyectos de ejecución, incluidos en el Inventario de Proyectos puesto a disposición por el COALP, para la reconstrucción de las viviendas que constituían la residencia habitual de los afectados por la erupción volcánica de Cumbre Vieja o el Incendio de interfaz urbano, y que se situarán en parcelas del Término Municipal de El Paso. Dichos honorarios quedan recogidos en la siguiente tabla: Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 4/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 TABLA 1.A. – BAREMOS HONORARIOS PROYECTO (*) EDIFICIOS RESIDENCIALES IMPORTE VIVIENDAS (SUPERFICIE CONSTRUIDA POR UNIDAD) (IGIC NO INCLUIDO) ≤ 70 M² 1.500,00 Euros 71 – 150 M² 2.500,00 Euros (*) Los precios establecidos se han en elaborado en función de un precio de referencia por metro cuadrado de tipología residencial (obra nueva), estimado en 800,00 Euros / m2. Los honorarios relativos a la redacción del proyecto serán abonados, por parte del Ayuntamiento, en la cuenta bancaria del COALP, una vez sea firmado el acuerdo entre el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma y el promotor donde se indique el proyecto seleccionado. En este momento el COALP notificará al Arquitecto el inicio del plazo para la adaptación del Proyecto a la parcela. Los honorarios se transferirán al Arquitecto una vez sea entregada la documentación modificada ante el Colegio Oficial de Arquitectos (Plataforma ARQUIGES) y estos dispongan del visto bueno de la Oficina de Visados. En cuanto a los honorarios correspondientes a la Dirección de obra se abonarán previo al inicio de la obras de ejecución del Proyecto. 2. Asumir el coste de los honorarios profesionales por la Dirección de obra de esos proyectos de ejecución conforme a la tabla siguiente: TABLA 1.B. – BAREMOS HONORARIOS DIRECCIÓN DE OBRA EDIFICIOS RESIDENCIALES IMPORTE VIVIENDAS (SUPERFICIE CONSTRUIDA POR UNIDAD) ≤ 70 M² 500,00 Euros 71 – 150 M² 800,00 Euros El Colegio de Arquitectos de La Palma se compromete a: 1. Poner a disposición de aquellos promotores, afectados por la erupción volcánica de Cumbre Vieja o el incendio de interfaz forestal y remitidos por el Ayuntamiento de El Paso, los proyectos incluidos en el Inventario de Proyectos con el que cuenta el Colegio oficial de Arquitectos de La Palma. 2. Informar al Ayuntamiento de El Paso del proyecto elegido por el promotor, con indicación de los costes por honorarios de redacción de proyecto así como los de dirección de obra. 3. Presentar factura individual de los servicios prestados, una vez firmado el acuerdo entre el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma y el Promotor Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 5/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 donde se indique el proyecto seleccionado. Dicha factura irá a nombre de El Ayuntamiento de El Paso, y se indicará como concepto el nombre del promotor/afectado especificando el importe de los honorarios por la redacción del proyecto y los honorarios relativos a la Dirección de Obra. CUARTA.- PROCEDIMIENTO 1. El promotor/afectado solicitará en el Ayuntamiento de El Paso acogerse a la iniciativa propuesta por el Colegio de Arquitectos de La Palma “Inventario de Proyectos”. El Ayuntamiento de El Paso al COALP un listado con los nombres de los beneficiarios de la iniciativa. 2. El Ayuntamiento elaborará una certificación, acreditativa de su condición de afectado, incluyendo toda la información determinante de la parcela donde se pretende ubicar la nueva edificación (aptitud urbanística de la parcela, superficie de la vivienda que se va a sustituir), y la remitirá al Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma. Así mismo, dicha Certificación, se acompañará junto con un Informe o cédula urbanística de la parcela donde se realizará la actuación. 3. El Colegio oficial de Arquitectos de La Palma remitirá al Ayuntamiento información detallada sobre el proyecto de ejecución elegido por el promotor/afectado, sobre los costes de honorarios profesionales por redacción del proyecto de ejecución y por la dirección de obra. 4. Previo inicio de los trabajo de redacción y, posteriormente, de Dirección de Obras, el Colegio oficial de Arquitectos de La Palma presentara en el Ayuntamiento de El Paso factura individual de los servicios acordados de acuerdo al cuadro de tarifas aprobado para estos proyectos por el mencionado Colegio. 5. Todos los honorarios incluyen los gastos del visado. Los precios de los honorarios son precios netos. Los arquitectos que estén obligados a aplicar el Impuesto General Indirecto Canario, lo aplicarán sobre estos honorarios netos acordados. QUINTA.- COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL CONVENIO Para el seguimiento, desarrollo y evaluación del presente Convenio, y de cuantas actuaciones se deriven de él, se constituye una Comisión integrada por dos representantes del Ayuntamiento, un representante del Colegio de Arquitectos de La Palma, actuando los representantes del Ayuntamiento como Presidente y Secretaria de la Comisión Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 6/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 En la tabla que figura en el Anexo I del presente Convenio se indica la composición nominal de este Comité de seguimiento que se constituye en el momento de la firma del presente Convenio. Los integrantes de esta comisión podrán ser sustituidos, con carácter definitivo o temporal. Esta sustitución será anunciada en la convocatoria de la reunión correspondiente, y quedará debidamente reflejada en el acta de la misma. A las reuniones del comité podrán acudir como invitados aquellos técnicos vinculados con alguna de las entidades participantes en el Convenio que considere oportuna su presencia y así lo manifieste previamente a cada reunión. El grupo se reunirá cuando las partes lo acuerden. De cada reunión deberá levantarse un acta en la que se reflejarán las decisiones tomadas. SEXTA.- VIGENCIA. El presente convenio producirá efectos desde la fecha de su firma y estará vigente por un periodo de 2 años pudiéndose prorrogar por mutuo acuerdo de las partes si las circunstancias así lo aconsejaran. La prórroga será expresada conforme al artículo 49.h).2º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. El plazo máximo de ejecución de las obras, desde la firma del acta de replanteo, se establece en 15 meses para viviendas ≤ 70 m2 y 18 meses para viviendas entre 71-150 m2. Una vez finalizado este plazo, se dejarán de aplicar las condiciones del convenio, incluyendo las condiciones especiales de visado, y será a criterio de los técnicos el actualizar o no los honorarios. SÉPTIMA.- RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN. La modificación del contenido de este Convenio requerirá cuerdo unánime de los firmantes y deberá tramitarse conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. OCTAVA.- EXTINCIÓN. El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causas de resolución: Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 7/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo. b) El acuerdo unánime de todos los firmantes. c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte alguno de los firmantes. En este caso cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de seguimiento del Convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. d) Por decisión judicial que declare la nulidad del Convenio. Si, en caso de resolución del Convenio, existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS De conformidad con lo establecido en la normativa española sobre protección de datos vigente, en particular, la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, los datos personales aportados por las partes serán tratados por el Ayuntamiento de El Paso y el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, con domicilios respectivos en Avda. Islas Canarias, nº 18, 38750 El Paso y C/ Virgen de La Luz, nº 11 de Santa Cruz de La Palma. Ese tratamiento se realizará exclusivamente para la ejecución del Convenio y los datos se conservarán indefinidamente para fines de archivo mientras hay un interés mutuo para ello. No se comunicarán dichos datos a terceros, salvo por obligación legal. Los titulares de datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, objeción, así como todos los derechos recogidos en el RGPD, acreditando debidamente su identidad, de la siguiente manera: Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 8/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 − Ante el Ayuntamiento de El Paso: presencialmente, por correo postal a Avda Islas Canarias, nº 18, 38750, El Paso o electrónicamente a través de su sede electrónica: https://sede.elpaso.es. − Ante el Colegio de Arquitectos de La Palma: a través de la dirección de correo electrónico colegio@coalapalma.com DÉCIMA.- RÉGIMEN JURÍDICO. El régimen jurídico vendrá determinado por las estipulaciones previstas en el propio Convenio y los principios generales de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas de derecho administrativo para resolver cuantas dudas y lagunas pudieran presentarse. La controversias que puedan surgir sobre la aplicación, interpretación, modificación, resolución y efectos del Convenio serán resueltas entre las partes, de forma amistosa en el seno de la Comisión de seguimiento, en todo caso, antes de someterse a la jurisdicción contenciosa-administrativa, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. ANEXO I RELACIÓN DE INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL CONVENIO ENTIDAD REPRESENTANTE AYUNTAMIENTO DE EL PASO Sergio Javier Rodríguez Fernández(Presidente) COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA PALMA Beate Dorothea Ricken (Decana) Firmado por: SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 23-08-2022 13:35:41 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-009891 Fecha: 23-08-2022 13:37 Nº expediente administrativo: 2022-002507 Código Seguro de Verificación (CSV): AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/AA8677F9F2332485822EB9D77D7A1191 . - 9/9 - Fecha de sellado electrónico: 23-08-2022 13:39:01 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 16:07:00 Patricia Taño Rodríguez(Secretaria)