DOÑA MARIA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO, SECRETARIA ACCIDENTAL DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE EL PASO C E R T I F I C O: Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de marzo de 2022, adoptó, por unanimidad de sus miembros, el siguiente acuerdo: “QUINTO. ASUNTOS DE URGENCIA 5.1ºAprobación Adenda quinta del Convenio marco de colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento para el desarrollo del programa FDCAN (2016/2025) en la Isla de la Palma(Expediente nº 2022/818) Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe de Secretaría, de fecha 22 de febrero de 2022, obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: “En relación con el expediente referenciado al margen y relativo a suscripción de la Adenda quinta al Convenio suscrito entre el Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento el 14 de junio de 2017 para el desarrollo del Programa FDCAN(2016-2025) para la Isla de La Palma, se emite informe-propuesta de resolución teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 9 de febrero de 2022 y bajo el nº 2132 tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento oficio de la Coordinadora FDCAN La Palma mediante el que da traslado a este Ayuntamiento del borrador de la Adenda quinta al Convenio suscrito entre el Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento el 14 de junio de 2017 para el desarrollo del Programa FDCAN(2016-2025) para la Isla de La Palma a los efectos de la oportuna tramitación por este Ayuntamiento de la referida Adenda. SEGUNDO.- La Adenda quinta tiene por objeto establecer las acciones que se ha acordado que sean desarrolladas por este Ayuntamiento en la anualidad 2022 del Programa FDCAN La Palma. Concretamente se incluye, en la Línea Estratégica 3º: Políticas de Empleo, la actuación denominada Plan de Empleo Social Ayuntamientos FDCAN por un importe de 132.974,71 €. CONSIDERACIONES JURIDICAS PRIMERO.- Con fecha 14 de junio de 2017 se suscribió entre el Cabildo Insular de la Palma y este Ayuntamiento un Convenio para el desarrollo del Programa FDCAN(2016-2025) para la Isla de La Palma. En la cláusula segunda del mencionado Convenio, que regula el procedimiento para determinar las actuaciones a incluir en el Programa FDCAN La Palma (2016-2025) para la Isla de La Palma en las anualidades 2018 y siguientes, se señala que, las actuaciones a incorporar Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 07-03-2022 11:52:34 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 08-03-2022 08:19:04 Ver firma Ver firma Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-002811 Fecha: 11-03-2022 11:18 Nº expediente administrativo: 2022-000818 Código Seguro de Verificación (CSV): 9822E29398B4F15CC72117BF9ADFC3F2 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/9822E29398B4F15CC72117BF9ADFC3F2 . - 1/4 - Fecha de sellado electrónico: 11-03-2022 11:22:49 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 15:58:18 Ver sello y los compromisos financieros para cada anualidad, requerirán la suscripción de adenda, de conformidad con el acuerdo de la Comisión de seguimiento de este Convenio, y previa tramitación del correspondiente expediente. Con fecha 31 de enero de 2022, se celebró reunión de la Comisión de seguimiento del referido Convenio en la que se acordó la inclusión en la anualidad 2022 de la actuación denominada Plan de Empleo Social Ayuntamientos FDCAN por un importe de 132.974,71 €. SEGUNDO.- El artículo 15.1º de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (en adelante LRJAPC) contempla la posibilidad de celebrar convenios entre el Cabildo insulares y los ayuntamientos en los que se establezcan libremente los instrumentos de colaboración previstos para la consecución de fines comunes de interés público, y a través de los Convenios de colaboración las partes podrán coordinar sus políticas de fomento dirigidas a un mismo sector, distribuir las subvenciones otorgadas por una de ellas con referencia al ámbito territorial o población de otra, ejecutar puntualmente obras o servicios de la competencia de una de las partes, compartir las sedes, locales o edificios que sean precisos para el desarrollo de competencias concurrentes, ceder y aceptar la cesión de uso de bienes patrimoniales, desarrollar actividades de carácter prestacional y adoptar las medidas oportunas para alcanzar cualquiera otra finalidad, de contenido análogo a las anteriores. ejecutar puntualmente obras de la competencia de una de las partes. TERCERO.- Del mismo modo, el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que la cooperación, técnica y administrativa entre la Administración local y la Administración autonómica, tanto en los servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o los convenios administrativos que se suscriban. CUARTO.- Conforme al artículo 16.3º de la LRJAPC las Entidades locales actuarán en los Convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materias en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de los miembros de la Corporación, que no es el presente caso. Asimismo, el artículo 31.1º e) de la Ley 7/1985, de 1 de abril, de municipios de Canarias señala entre las competencias del Alcalde la firma de los convenios acordados por el Pleno. Por acuerdo del Pleno municipal adoptado en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el 28 de junio de 2019 se delegó en la Junta de Gobierno la competencia para suscribir, en nombre y representación del Ayuntamiento, cualquier clase de convenio con otras Administraciones Públicas, sociedades u organismos autónmos de ellos dependientes, y con personas o entidades privadas. Asimismo en el acuerdo de delegación se señala que los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de sus competencias delegadas por el Ayuntamiento Pleno, deberán ir precedidas de la emisión de dictamen por la Comisión informativa competente. No obstante lo anterior, se podrán adoptar acuerdos, por razones de urgencia, sin el refirido dictamen previo, pero en este último caso, deberá darse cuenta a la Comisión informativa en la primera sesión que ésta celebre. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 07-03-2022 11:52:34 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 08-03-2022 08:19:04 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-002811 Fecha: 11-03-2022 11:18 Nº expediente administrativo: 2022-000818 Código Seguro de Verificación (CSV): 9822E29398B4F15CC72117BF9ADFC3F2 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/9822E29398B4F15CC72117BF9ADFC3F2 . - 2/4 - Fecha de sellado electrónico: 11-03-2022 11:22:49 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 15:58:18 QUINTO.- El artículo 6.1º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público establece que quedan fuera de esta Ley los convenios de colaboración que celebren las Comunidas autónomas y las Entidades locales entre sí. En virtud de todo lo anteriormente expuesto, la funcionaria que suscribe, previo dictamen de la Comisión informativa competente por razón de la materia, eleva a la Junta de Gobierno, la siguiente propuesta de resolución: PRIMERO.- Aprobar la Adenda quinta al Convenio marco de colaboración suscrito el 14 de junio de 2017 entre el Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de El Paso para el desarrollo del Programa FDCAN La Palma (2016-2025), conforme al borrador remitido por el Cabildo Insular de La Palma con fecha 9 de febrero de 2022 y que obra en este expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma de la mencionada Adenda. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte al Cabildo de La Palma(Asistencia a Municipios-Coordinación FDCAN), al Interventor municipal y a la Agencia de Desarrollo Local para su conocimiento y efectos procedentes. Visto asimismo que la Comisión informativa de Recursos Humanos, Urbanismo, Aguas y Asuntos Generales, en sesión ordinaria celebrada el 3 de marzo de 2022, dictaminó favorablemente el expediente y propuso a la Junta de Gobierno la adopción de acuerdo en los términos que constan en el informe-propuesta de Secretaría. Sin producirse deliberación y sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno, en uso de las competencias delegadas por el Ayuntamiento Pleno, y por unanimidad de sus miembros, lo que implica la mayoría absoluta legal, adoptó el acuerdo que seguidamente se describe, sirviendo de motivación al mismo el informe transcrito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Aprobar la Adenda quinta al Convenio marco de colaboración suscrito el 14 de junio de 2017 entre el Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de El Paso para el desarrollo del Programa FDCAN La Palma (2016-2025), conforme al borrador remitido por el Cabildo Insular de La Palma con fecha 9 de febrero de 2022 y que obra en este expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma de la mencionada Adenda. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte al Cabildo de La Palma(Asistencia a Municipios-Coordinación FDCAN), al Interventor municipal y a la Agencia de Desarrollo Local para su conocimiento y efectos procedentes” Y para que así conste y produzca los efectos oportunos en el expediente de su razón, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 07-03-2022 11:52:34 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 08-03-2022 08:19:04 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-002811 Fecha: 11-03-2022 11:18 Nº expediente administrativo: 2022-000818 Código Seguro de Verificación (CSV): 9822E29398B4F15CC72117BF9ADFC3F2 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/9822E29398B4F15CC72117BF9ADFC3F2 . - 3/4 - Fecha de sellado electrónico: 11-03-2022 11:22:49 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 15:58:18 Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 07-03-2022 11:52:34 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 08-03-2022 08:19:04 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-002811 Fecha: 11-03-2022 11:18 Nº expediente administrativo: 2022-000818 Código Seguro de Verificación (CSV): 9822E29398B4F15CC72117BF9ADFC3F2 Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/9822E29398B4F15CC72117BF9ADFC3F2 . - 4/4 - Fecha de sellado electrónico: 11-03-2022 11:22:49 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 15:58:18