DOÑA MARIA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO, SECRETARIA ACCIDENTAL DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE EL PASO C E R T I F I C O: Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de marzo de 2022, adoptó el siguiente acuerdo: “QUINTO. Asuntos de urgencia 5.2º Aprobación del Convenio de colaboración entre la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de Navarra y el Ayuntamiento de El Paso, para la realización de un ejercicio de propuestas de viviendas de emergencia sostenibles. PRIMERO.- Aprobar el Convenio de colaboración entre la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Universidad de Navarra y este Ayuntamiento, para la realización de un ejercicio con propuestas de viviendas de emergencia sostenible, cuyo tenor literal es el que a continuación se transcribe: “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA Y EL AYUNTAMIENTO DE EL PASO, PARA LA REALIZACIÓN DE UN EJERCICIO CON PROPUESTAS DE VIVIENDAS DE EMERGENCIA SOSTENIBLES De una parte, Dº Carlos Naya Villaverde, Director de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura, centro sin personalidad jurídica de la Universidad de Navarra, con CIF nº R3168001J, en ejercicio de las facultades que constan en la escritura de apoderamiento nº 1756 otorgada ante el notario de Pamplona, Dº José Miguel Gómez Sánchez, con fecha 29 de julio de 2021. De otra parte, Don Sergio Javier Rodríguez Fernández, Alcalde del Ilustre Ayuntamiento de El Paso, con CIF P380270I y domicilio en la Avda. Islas Canarias, nº 18 de El Paso, en uso de las facultades atribuidas por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el …. Reconociéndose ambas partes capacidad y competencia para la suscripción del presente convenio de cooperación y en su virtud, EXPONEN PRIMERO.- La Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de Navarra (en adelante ETSAUN) afronta su tarea académica con un prisma de base teórica, pero desea dar un enfoque más práctico a sus alumnos/as. SEGUNDO.-Que el Ayuntamiento de El Paso, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 11 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los Municipios de Canarias, tiene, en el marco de la Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 07-03-2022 12:47:40 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 08-03-2022 08:18:04 Ver firma Ver firma Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003532 Fecha: 24-03-2022 14:24 Nº expediente administrativo: 2022-000687 Código Seguro de Verificación (CSV): 62071B3D9A9DAEBE917CB4DDEA43644A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/62071B3D9A9DAEBE917CB4DDEA43644A . - 1/4 - Fecha de sellado electrónico: 10-03-2022 13:47:37 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 15:55:50 Ver sello legislación del Estado y de la Comunidad autónoma canaria, competencias en materia de urbanismo y vivienda, respectivamente. TERCERO.- Que tanto la ETSAUN, como el Ayuntamiento de El Paso, desean comprometerse, a través de la suscripción del presente Convenio, en un proyecto cuya finalidad es que los alumnos del Máster en Diseño y Gestión Ambiental de Edificios de la Universidad de Navarra realicen propuestas de viviendas de emergencia, de carácter sostenible, para realojar a las familias afectadas por la erupción volcánica de Cumbre Vieja en este municipio. En consecuencia, las parte intervinientes, de conformidad con la normativa citada, con pleno respeto a sus respectivas competencias y con la finalidad de alcanzar el objetivo fijado, proceden a la formalización del presente Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA.- Contenido del convenio. Mediante el presente Convenio se determinan los compromisos y se regulan las actividades que deberá desempeñar cada una de las entidades participantes en el proyecto de elaboración de propuestas de viviendas de emergencia, de carácter sostenible, para realojar a las familias afectadas por la erupción volcánica de Cumbre Vieja en este municipio SEGUNDA.- Obligaciones de la ETSAUN. Para la adecuada ejecución de este Convenio, la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de Navarra se compromete a: 1º.- Que los/as alumnos/as del Máster en Diseño y Gestión Ambiental de Edificios de la Universidad de Navarra desarrollen, en grupos, un total de ocho (8) propuestas, para crear viviendas de emergencia de rápida construcción y de carácter sostenible, para el realojo en el Municipio de las familias afectados por la erupción volcánica de Cumbre Vieja. 2º.- Poner a disposición del Ayuntamiento de El Paso, una vez concluido el taller de proyectos, las propuestas elaboradas por los/as alumnos/as. TERCERA.- Obligaciones del Ayuntamiento de El Paso. Corresponden al Ayuntamiento de El Paso las siguientes obligaciones: 1º.- Facilitar a la ETSAUN la documentación de la que disponga y que sea necesaria para el desarrollo de la actuación contemplada en el presente Convenio. 2º.- Financiar los gastos derivados de la exposición de las referidas propuestas. CUARTA.-Vigencia. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 07-03-2022 12:47:40 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 08-03-2022 08:18:04 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003532 Fecha: 24-03-2022 14:24 Nº expediente administrativo: 2022-000687 Código Seguro de Verificación (CSV): 62071B3D9A9DAEBE917CB4DDEA43644A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/62071B3D9A9DAEBE917CB4DDEA43644A . - 2/4 - Fecha de sellado electrónico: 10-03-2022 13:47:37 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 15:55:50 La vigencia del mismo se establecerá desde la fecha de su formalización y tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de las posibles prórrogas que puedan adoptarse antes de la finalización del plazo de vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. QUINTA.- Protección de datos. Ambas partes se declaran conocedoras y se comprometen al cumplimiento estricto de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, cuyo objeto es adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos. El derecho fundamental de las personas físicas a la protección de datos personales, amparado por el artículo 18.4 de la Constitución, se ejercerá con arreglo a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la mencionada Ley Orgánica. SEXTA.- Confidencialidad. Ambas partes se obligan a tratar con la máxima confidencialidad todos los datos o información que cada una de ellas le proporcione a la otra. Ambas partes se obligan a utilizar los datos e información que puedan intercambiarse única y exclusivamente en el contexto de lo establecido en el presente Convenio para el uso propio al que sea destinada y a no hacer uso distinto alguno de la misma, salvo autorización expresa por escrito de la otra parte. Asimismo, las partes permitirán el acceso a la información únicamente a aquellos representantes u otras personas físicas o jurídicas que necesiten los datos para el desarrollo de tareas en las que el uso de esta información sea indispensable para la consecución de los objetivos del presente Convenio. SÉPTIMA.- Naturaleza y régimen jurídico. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo previsto en los artículo 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, encontrándose excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en su artículo 6. En todo caso, y de conformidad con el artículo 4 de la referida Ley de Contratos del Sector Público, las dudas o lagunas que en la interpretación o ejecución de este Convenio pudieran suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha ley. OCTAVA.- Jurisdicción. Las cuestiones litigiosas o controversias que pudieran surgir de la interpretación o aplicación del presente Convenio se sustanciarán ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo y conforme a sus normas de competencia y procedimiento, correspondiendo por tanto a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 07-03-2022 12:47:40 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 08-03-2022 08:18:04 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003532 Fecha: 24-03-2022 14:24 Nº expediente administrativo: 2022-000687 Código Seguro de Verificación (CSV): 62071B3D9A9DAEBE917CB4DDEA43644A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/62071B3D9A9DAEBE917CB4DDEA43644A . - 3/4 - Fecha de sellado electrónico: 10-03-2022 13:47:37 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 15:55:50 Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.m) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Y en prueba de conformidad, se firma el presente convenio en el lugar y fecha de su firma electrónica SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma del mencionado Convenio. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte a la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de Navarra, al Interventor municipal y a la Oficina Técnica Municipal para su conocimiento y efectos procedentes.” Y para que así conste y produzca los efectos oportunos en el expediente de su razón, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, a la fecha de su firma electrónica. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 07-03-2022 12:47:40 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 08-03-2022 08:18:04 Registrado en: SALIDA - Nº: 2022-003532 Fecha: 24-03-2022 14:24 Nº expediente administrativo: 2022-000687 Código Seguro de Verificación (CSV): 62071B3D9A9DAEBE917CB4DDEA43644A Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/62071B3D9A9DAEBE917CB4DDEA43644A . - 4/4 - Fecha de sellado electrónico: 10-03-2022 13:47:37 Fecha de emisión de esta copia: 14-11-2023 15:55:50