DOÑA MARIA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO, SECRETARIA ACCIDENTAL DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE EL PASO C E R T I F I C O: Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de marzo de 2021, adoptó, por unanimidad de los miembros presente, el siguiente acuerdo: “5.1º. Acuerdos que procedan sobre Adenda cuarta al Convenio de colaboración entre el Cabildo insular de La Palma y este Ayuntamiento para el desarrollo del Programa FDCAN (2016-205) para la isla de La Palma.(Expediente nº 2021/674). Se motiva la urgencia en que se trata de un asunto cuya resolución no admite demora. Se procede a votar la urgencia siendo la misma aprobada por unanimidad. Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, del informe emitido por la Secretaria con fecha 14 de marzo de 2021 obrante en el expediente que nos ocupa, que se transcribe a continuación: En relación con el expediente referenciado al margen y relativo a suscripción de la Adenda cuarta al Convenio suscrito entre el Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento el 14 de junio de 2017 para el desarrollo del Programa FDCAN(2016- 2025) para la Isla de La Palma, se emite informe-propuesta de resolución teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 5 de marzo de 2021 y bajo el nº 2871 tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento oficio suscrito por la Técnico del Programa FDCAN mediante el que da traslado a este Ayuntamiento de un borrador de la Adenda cuarta al Convenio suscrito entre el Cabildo Insular de La Palma y este Ayuntamiento el 14 de junio de 2017 para el desarrollo del Programa FDCAN(2016- 2025) para la Isla de La Palma a los efectos de la oportuna tramitación por este Ayuntamiento de la referida Adenda. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 05-04-2021 09:49:20 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 05-04-2021 12:33:08 Ver firma Ver firma Nº expediente administrativo: 2021-000674 Código Seguro de Verificación (CSV): 03AF1594F48B89DD9B5BDF26AA9455BD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/03AF1594F48B89DD9B5BDF26AA9455BD - 1/4 - Fecha de sellado electrónico: 19-04-2022 08:28:54 Fecha de emisión de esta copia: 19-04-2022 08:28:57 Ver sello SEGUNDO.- La Adenda cuarta tiene por objeto establecer las acciones que se ha acordado que sean desarrolladas por este Ayuntamiento en la anualidad 2021 del Programa FDCAN La Palma. Concretamente se incluye, en la Línea Estratégica 3º: Políticas de Empleo, la actuación denominada Plan de Empleo Social Ayuntamientos FDCAN por un importe de 132.089,11 €. CONSIDERACIONES JURIDICAS PRIMERO.- Con fecha 14 de junio de 2017 se suscribió entre el Cabildo Insular de la Palma y este Ayuntamiento un Convenio para el desarrollo del Programa FDCAN(2016-2025) para la Isla de La Palma. En la cláusula segunda del mencionado Convenio que regula el procedimiento para determinar las actuaciones a incluir en el Programa FDCAN La Palma (2016-2025) para la Isla de La Palma en las anualidades 2018 y siguientes se señala que las actuaciones a incorporar y los compromisos financieros para cada anualidad requerirán la suscripción de adenda, de conformidad con el acuerdo de la Comisión de seguimiento de este Convenio, y previa tramitación del correspondiente expediente. Con fecha 24 de septiembre de 2020, se celebró reunión de la Comisión de seguimiento del referido Convenio en la que se acordó la inclusión en la anualidad 2021 de la actuación denominada Plan de Empleo Social Ayuntamientos FDCAN por un importe de 132.089,11 €. SEGUNDO.- El artículo 15.1º de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (en adelante LRJAPC) contempla la posibilidad de celebrar convenios entre el Cabildo insulares y los ayuntamientos en los que se establezcan libremente los instrumentos de colaboración previstos para la consecución de fines comunes de interés público, y a través de los Convenios de colaboración las partes podrán coordinar sus políticas de fomento dirigidas a un mismo sector, distribuir las subvenciones otorgadas por una de ellas con referencia al ámbito territorial o población de otra, ejecutar puntualmente obras o servicios de la competencia de una de las partes, compartir las sedes, locales o edificios que sean precisos para el desarrollo de competencias concurrentes, ceder y aceptar la cesión de uso de bienes patrimoniales, desarrollar actividades de carácter prestacional y adoptar las medidas oportunas para alcanzar cualquiera otra finalidad, de contenido análogo a las anteriores. ejecutar puntualmente obras de la competencia de una de las partes. TERCERO.- Del mismo modo, el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que la cooperación, técnica y administrativa entre la Administración local y la Administración autonómica, tanto en los servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 05-04-2021 09:49:20 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 05-04-2021 12:33:08 Nº expediente administrativo: 2021-000674 Código Seguro de Verificación (CSV): 03AF1594F48B89DD9B5BDF26AA9455BD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/03AF1594F48B89DD9B5BDF26AA9455BD - 2/4 - Fecha de sellado electrónico: 19-04-2022 08:28:54 Fecha de emisión de esta copia: 19-04-2022 08:28:57 carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o los convenios administrativos que se suscriban. CUARTO.- Conforme al artículo 16.3º de la LRJAPC las Entidades locales actuarán en los Convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materias en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de los miembros de la Corporación, que no es el presente caso. Asimismo, el artículo 31.1º e) de la Ley 7/1985, de 1 de abril, de municipios de Canarias señala entre las competencias del Alcalde la firma de los convenios acordados por el Pleno. Por acuerdo del Pleno municipal adoptado en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el 28 de junio de 2019 se delegó en la Junta de Gobierno la competencia para suscribir, en nombre y representación del Ayuntamiento cualquier clase de convenio con otras Administraciones Públicas, sociedades u organismos autónmos de ellos dependientes, y con personas o entidades privadas. Asimismo en el acuerdo de delegación se señala que los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de sus competencias delegadas por el Ayuntamiento Pleno, deberán ir precedidas de la emisión de dictamen por la Comisión informativa competente. No obstante lo anterior, se podrán adoptar acuerdos, por razones de urgencia, sin el refirido dictamen previo, pero en este último caso, deberá darse cuenta a la Comisión informativa en la primera sesión que ésta celebre. QUINTO.- El artículo 6.1º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público establece que quedan fuera de esta Ley los convenios de colaboración que celebren las Comunidas autónomas y las Entidades locales entre sí. En virtud de todo lo anteriormente expuesto, la funcionaria que suscribe, previo dictamen de la Comisión informativa competente por razón de la materia, eleva a la Junta de Gobierno, la siguiente propuesta de resolución: PRIMERO.- Aprobar la Adenda cuarta al Convenio marco de colaboración suscrito el 14 de junio de 2017 entre el Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de El Paso para el desarrollo del Programa FDCAN La Palma (2016-2025), conforme al borrador remitido por el Cabildo Insular de La Palma con fecha 5 de marzo de 2021 y que obra en este expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma de la mencionada Adenda. Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 05-04-2021 09:49:20 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 05-04-2021 12:33:08 Nº expediente administrativo: 2021-000674 Código Seguro de Verificación (CSV): 03AF1594F48B89DD9B5BDF26AA9455BD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/03AF1594F48B89DD9B5BDF26AA9455BD - 3/4 - Fecha de sellado electrónico: 19-04-2022 08:28:54 Fecha de emisión de esta copia: 19-04-2022 08:28:57 TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte al Cabildo de La Palma(Asistencia a Municipios-Coordinación FDCAN), al Interventor municipal y a la Agencia de Desarrollo Local para su conocimiento y efectos procedentes. Visto asismismo que la Comisión Informativa de Recursos Humanos, Urbanismo, Aguas y Asuntos Generales en sesión ordinaria celebrada el día 18 de marzo de 2021, dictaminó favorablemente que la Junta de Gobierno adoptase acuerdo en los términos que se contienen en el informe jurídico anteriormente transcrito. Sometido el asunto a votación se aprueba por unanimidad, adoptándose el acuerdo que seguidamente se describe, sirviendo de motivación al mismo el informe transcrito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: PRIMERO.- Aprobar la Adenda cuarta al Convenio marco de colaboración suscrito el 14 de junio de 2017 entre el Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de El Paso para el desarrollo del Programa FDCAN La Palma (2016-2025), conforme al borrador remitido por el Cabildo Insular de La Palma con fecha 5 de marzo de 2021 y que obra en este expediente. SEGUNDO.- Facultar al Sr Alcalde para la firma de la mencionada Adenda. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo que se adopte al Cabildo de La Palma(Asistencia a Municipios-Coordinación FDCAN), al Interventor municipal y a la Agencia de Desarrollo Local para su conocimiento y efectos procedentes Y para que así conste y produzca los oportunos efectos acreditativos, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde Firmado por: MARÍA DEL CARMEN CAMACHO LORENZO - Secretaria Fecha: 05-04-2021 09:49:20 SERGIO JAVIER RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ - Alcalde - Presidente Fecha: 05-04-2021 12:33:08 Nº expediente administrativo: 2021-000674 Código Seguro de Verificación (CSV): 03AF1594F48B89DD9B5BDF26AA9455BD Comprobación CSV: https://sede.elpaso.es//publico/documento/03AF1594F48B89DD9B5BDF26AA9455BD - 4/4 - Fecha de sellado electrónico: 19-04-2022 08:28:54 Fecha de emisión de esta copia: 19-04-2022 08:28:57